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¿Qué pena pueden recibir los dueños del Jet Set por los 236 muertos?

El juicio por el Jet Set enfrenta a sus dueños a penas muy distintas mientras las familias de las 236 víctimas reclaman una condena ejemplar.

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martillo de juez apoyado sobre mesa con libro

El juicio por el derrumbe de la discoteca Jet Set ya ha entrado en su fase decisiva. Antonio y Maribel Espaillat, propietarios del establecimiento de Santo Domingo cuyo techo se desplomó el 8 de abril de 2025, están siendo juzgados por homicidio involuntario tras una catástrofe que causó 236 muertos y más de 180 heridos. Con la calificación penal que sostiene el Ministerio Público, la pena máxima contemplada es de dos años de prisión.

Ahí está, precisamente, la gran batalla del proceso. Parte de las familias y supervivientes considera que dos años de cárcel resultan difícilmente conciliables con la dimensión de la tragedia y reclama que los hechos sean tratados como homicidio voluntario, bajo la tesis de que los responsables conocían el deterioro y el riesgo existente. Esa calificación podría llevar las penas hasta una horquilla de 20 a 30 años. No es una diferencia menor: entre una posibilidad y otra hay prácticamente dos sistemas penales distintos.

La primera jornada del juicio de fondo se celebró este viernes 28 de agosto ante el juez Franny González, de la Cuarta Sala Penal del Distrito Nacional. Tras escuchar la acusación, las querellas y los primeros argumentos de las partes, el magistrado suspendió la vista hasta el viernes 4 de septiembre a las 9:00 horas, cuando deberán comenzar a comparecer testigos y peritos.

El juicio arranca con una brecha de dos a 30 años de cárcel

El Ministerio Público acusa a los hermanos Espaillat de homicidio y lesiones involuntarias por imprudencia, negligencia o incumplimiento de las obligaciones de seguridad. Los cargos admitidos para el juicio se apoyan en los artículos 319 y 320 del Código Penal aplicado al procedimiento.

La Fiscalía describe un establecimiento que habría funcionado durante años con graves deficiencias de mantenimiento estructural. Wilson Camacho, responsable de la Dirección General de Persecución, resumió durante la vista la tesis acusatoria de forma bastante gráfica: el peso de la negligencia acabó siendo superior a la capacidad del techo.

La palabra jurídicamente incómoda aquí es «involuntario». Nadie sostiene que los propietarios quisieran provocar el derrumbe. El debate es otro: determinar qué riesgos conocían, desde cuándo los conocían y, sobre todo, qué hicieron después de conocerlos.

Varios querellantes creen que esa diferencia permite hablar de dolo eventual: no se trataría de querer causar las muertes, sino de continuar una actividad pese a conocer un peligro grave, concreto y evitable. Ya durante la fase preliminar un juez rechazó esa interpretación y mantuvo la calificación de homicidio involuntario, pero las familias que discrepan continúan defendiendo una responsabilidad penal más severa.

Qué sostiene la Fiscalía sobre el techo del Jet Set

La acusación no presenta el derrumbe como un accidente surgido de la nada. Según el Ministerio Público, los propietarios habrían recibido señales, imágenes y comunicaciones relacionadas con problemas en la cubierta y, pese a ello, habrían continuado explotando el local sin acometer una evaluación estructural suficiente.

La investigación fiscal también señala la colocación sobre el techo de instalaciones pesadas, entre ellas grandes equipos de climatización y depósitos de agua, sin que se realizasen previamente estudios capaces de acreditar que la estructura podía soportar esas cargas. La Fiscalía asegura que se recurrió durante años a reparaciones parciales frente a filtraciones y otros problemas visibles. Son afirmaciones de la acusación que deberán probarse en el juicio; no hechos judicialmente declarados todavía.

Los avisos anteriores al derrumbe serán decisivos

Hay un episodio especialmente delicado. El auto de apertura a juicio recoge la tesis acusatoria de que los responsables habrían tolerado modificaciones en el inmueble y que la propia noche de la tragedia se produjo la caída de parte de un plafón sobre un asistente antes del colapso general, sin que se suspendiera el espectáculo.

Ese tipo de detalle puede pesar mucho más que cualquier frase grandilocuente ante un tribunal. Si existieron avisos concretos y suficientemente graves, la acusación intentará utilizarlos para demostrar previsibilidad. La defensa, en cambio, tratará de separar problemas habituales de mantenimiento de la posibilidad real de prever que toneladas de hormigón terminarían cayendo sobre una sala repleta.

La madrugada del 8 de abril de 2025, el Jet Set estaba lleno durante una actuación del merenguero Rubby Pérez. Buena parte del techo se vino abajo sobre el público. Pérez murió entre los escombros. También fallecieron el exjugador de Grandes Ligas Octavio Dotel y decenas de ciudadanos extranjeros, dentro de un balance que terminó fijándose en 236 fallecidos y más de 180 heridos.

La defensa discute la negligencia y la causa del colapso

Los abogados de los Espaillat niegan que ser propietarios del establecimiento equivalga automáticamente a ser responsables penalmente del comportamiento de una estructura. Durante la primera jornada insistieron en que Antonio Espaillat se encontraba fuera del país aquella noche y que Maribel estaba dentro de la discoteca cuando ocurrió el derrumbe.

Miguel Valerio, uno de los abogados defensores, sostuvo que ningún empresario que haya mantenido abierto durante décadas un establecimiento quiere que este termine desplomándose sobre sus clientes. Su argumento central es que los dueños no son ingenieros y que el proceso debe establecer hasta dónde llegaban realmente sus conocimientos sobre el estado de la cubierta.

La defensa también rechaza que el caso sea contemplado desde una lógica cercana a la criminalidad organizada y pide que cada prueba sea analizada al margen de la enorme carga emocional producida por las 236 muertes. En términos procesales, ese matiz importa: los hermanos Espaillat siguen siendo acusados, no condenados, y corresponde al tribunal determinar su responsabilidad.

Dos peritajes cuentan dos historias diferentes

El juicio tendrá un núcleo técnico extraordinariamente importante. La explicación oficial relaciona el colapso con una sobrecarga de las vigas postensadas del techo. Los peritos señalaron capas acumuladas de material, instalaciones de climatización, depósitos de agua y otros pesos que habrían reducido progresivamente el margen de resistencia hasta desencadenar el fallo estructural.

La defensa encargó otro análisis y llegó a una conclusión distinta. Ese contraperitaje sostiene que el problema fundamental estaría en defectos originales de construcción y décadas de deterioro interno en elementos esenciales de las vigas. Sus autores afirman que la sobrecarga reciente no habría sido suficiente por sí misma para provocar el hundimiento y describen daños progresivos en los sistemas de postensado que podían permanecer ocultos a simple vista.

Lo que sabían los propietarios importa tanto como la ingeniería

La diferencia no es un debate académico entre ingenieros. Puede cambiar la lectura de la responsabilidad penal.

Si el tribunal acepta que existían problemas visibles, advertencias repetidas y cargas añadidas sin controles suficientes, la Fiscalía tendrá más espacio para sostener que hubo una negligencia grave y consciente. Si prospera la tesis de un defecto estructural profundo, antiguo y difícil de detectar sin pruebas especializadas, la defensa podrá argumentar que el colapso era mucho menos previsible para quienes administraban la sala.

Y existe una zona gris, posiblemente la más incómoda: que el edificio tuviera defectos antiguos y, al mismo tiempo, presentara señales suficientemente preocupantes como para exigir una inspección profesional. El proceso tendrá que navegar precisamente por ahí, lejos de las certezas fáciles.

Las víctimas reclaman que las indemnizaciones no sustituyan a la justicia penal

Durante los meses anteriores al juicio se alcanzaron acuerdos económicos con algunas personas afectadas. El Movimiento Justicia Jet Set ha insistido en separar esas compensaciones de la responsabilidad criminal: una indemnización civil no equivale por sí misma a una absolución penal.

El tribunal mantiene sobre los acusados medidas de coerción que incluyen garantía económica, presentación periódica e impedimento de salida de República Dominicana. También fueron adoptadas medidas cautelares sobre bienes por hasta 500 millones de pesos dominicanos, destinadas a preservar activos ante las posibles responsabilidades económicas derivadas del caso.

La discusión adquiere especial relevancia porque detrás de los números aparecen familias enteras. Decenas de hogares perdieron a padres, madres, hijos o hermanos en cuestión de segundos. El Ministerio Público señaló durante las primeras etapas del caso que más de un centenar de menores quedaron huérfanos. El derrumbe no terminó cuando las grúas abandonaron los escombros.

Qué ocurrirá en las próximas audiencias del caso Jet Set

El juicio continuará el 4 de septiembre en el Palacio de Justicia de Ciudad Nueva. El calendario prevé nuevas sesiones en viernes y la siguiente fase estará marcada por las declaraciones de testigos y, sobre todo, por los peritos llamados por las distintas partes. El enfrentamiento técnico sobre las causas del colapso será uno de los grandes ejes del proceso.

Después llegará la valoración de las pruebas y el tribunal deberá decidir si Antonio y Maribel Espaillat incurrieron en la conducta penal que les atribuye el Ministerio Público. La Fiscalía ha avanzado que solicitará una sentencia condenatoria conforme a su acusación; los abogados de las víctimas continuarán intentando demostrar una responsabilidad más grave y la defensa buscará desmontar el vínculo entre la gestión de los propietarios y el derrumbe.

Todo gira, finalmente, alrededor de unas pocas cuestiones muy concretas: el estado real de la estructura, la información que poseían los responsables del negocio y las medidas razonables que pudieron haber adoptado antes del 8 de abril de 2025.

Un juicio donde la dimensión de la tragedia no decide la sentencia

Doscientas treinta y seis muertes hacen inevitable que el caso Jet Set esté acompañado de una enorme presión social. Pero el tribunal no juzga la magnitud del dolor; juzga conductas, conocimiento, negligencia y pruebas. Ahí reside también la dificultad del proceso.

Para las familias, una pena máxima de dos años puede parecer minúscula frente a una sala donde murieron 236 personas. Para la Justicia, sin embargo, aumentar una condena porque el resultado fue monstruoso sin demostrar previamente los elementos exigidos por un delito más grave sería sustituir el derecho por la conmoción.

Entre ambos extremos queda el juicio que acaba de empezar. La ingeniería deberá determinar por qué cayó el techo; el proceso penal tendrá que establecer quién podía haber evitado que cayera. Esa segunda respuesta será la que determine hasta dónde llega la responsabilidad de los propietarios del Jet Set.

Periodista internacional con más de 20 años de experiencia en radio, prensa y medios digitales. Licenciado en Ciencias de la Comunicación, trabaja entre España e Italia con la mirada puesta en la actualidad.

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