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¿Puede este fallo regularizar a 500.000 cubanos en Estados Unidos?
Una jueza federal de Miami deja avanzar el caso que podría cambiar la situación migratoria de cientos de miles de cubanos con formulario I-220A.

Foto: Luigi Novi / Wikimedia Commons — Trabajo propio, CC BY 3.0.
Resumen
- Una jueza de Miami permite que la demanda siga adelante
- El caso puede afectar a cientos de miles de cubanos con I-220A
- El fallo no concede residencias, pero mantiene abierta la vía judicial
Una jueza federal de Miami ha dado un paso que puede cambiar el horizonte migratorio de cientos de miles de cubanos en Estados Unidos. Jacqueline Becerra, magistrada del Distrito Sur de Florida, determinó este 10 de septiembre que su tribunal tiene jurisdicción para seguir adelante con una demanda presentada por 992 ciudadanos cubanos que aspira a abrir de nuevo la vía de la Ley de Ajuste Cubano para personas atrapadas durante años en un peculiar limbo administrativo.
Conviene poner freno, eso sí, a la parte más espectacular del titular. Nadie ha recibido una tarjeta de residencia por esta decisión y tampoco hay medio millón de personas regularizadas de un plumazo. Lo ocurrido es anterior —y jurídicamente decisivo—: la jueza ha rechazado que el caso muera en su fase preliminar por falta de jurisdicción. El litigio continúa y, si termina prosperando en sus distintas etapas, sus consecuencias podrían extenderse mucho más allá de los demandantes iniciales.
El Gobierno estadounidense había solicitado la desestimación del caso. Becerra rechazó esa petición en su formulación actual, aunque concedió al Departamento de Seguridad Nacional (DHS) una semana para modificar sus argumentos. Quedan, pues, bastante carretera y unas cuantas curvas judiciales. Pero la puerta que Washington pretendía cerrar antes de discutir el fondo sigue abierta.
Qué ha decidido realmente la jueza Jacqueline Becerra
El caso, conocido como Bello-Rubio contra el Departamento de Seguridad Nacional, gira alrededor de cubanos que llegaron principalmente a través de la frontera con México y fueron liberados por las autoridades migratorias con documentos que no les permitieron acceder posteriormente a la residencia permanente mediante el mecanismo especial reservado históricamente a los ciudadanos de Cuba.
La primera batalla era casi tan importante como el pleito mismo: determinar si un tribunal federal podía entrar a estudiar el asunto. El Gobierno sostuvo que las reclamaciones no debían prosperar ante esa corte. La jueza Becerra consideró que sí existe jurisdicción para continuar.
Eso no equivale a decir que haya aceptado los argumentos de los demandantes sobre el fondo. En un litigio complejo, jurisdicción y victoria son animales distintos. La primera permite entrar al estadio; la segunda exige jugar el partido.
Ahora el tribunal tendrá que abordar, entre otras cuestiones, si procede convertir el litigio en una acción colectiva de alcance nacional y qué solución jurídica correspondería en caso de que las tesis de los demandantes terminen imponiéndose.
Medio millón de cubanos no significa medio millón de residencias
La cifra que convierte este asunto en un terremoto potencial procede del enorme grupo de cubanos que llegó a Estados Unidos después del final de la política conocida como «pies secos, pies mojados», eliminada en enero de 2017 durante los últimos días de la presidencia de Barack Obama.
Las estimaciones manejadas alrededor del litigio sitúan entre 500.000 y 600.000 personas el número que podría encontrarse en situaciones migratorias comparables. Una parte sustancial llegó entre 2019 y 2023 atravesando la frontera mexicana y recibió un formulario I-220A.
Pero incluso una victoria completa de los demandantes no debería interpretarse como la fabricación instantánea de cientos de miles de green cards. Lo que sus abogados buscan es que esas personas puedan ser consideradas elegibles para solicitar el Ajuste Cubano. Después vendría cada expediente individual, con sus requisitos, posibles causas de inadmisibilidad y decisiones administrativas.
Para quienes tengan una orden de deportación, el objetivo es aún más específico: disponer de una base jurídica con la que intentar reabrir su procedimiento migratorio ante un juez. No es poca cosa. Tampoco es una amnistía.
El I-220A, el documento en el centro del laberinto
Buena parte de la historia cabe en una combinación de letras y números bastante poco fotogénica: I-220A. Su nombre oficial es «Order of Release on Recognizance», una orden mediante la cual una persona queda en libertad mientras continúa su procedimiento migratorio.
Durante años, numerosos cubanos fueron liberados de custodia con este documento después de cruzar la frontera. Ahí nació el problema. Un I-220A permite estar fuera de un centro de detención mientras avanza el expediente, pero el Gobierno estadounidense no lo considera equivalente al parole migratorio exigido para determinadas vías de regularización.
Y esa diferencia, que sobre el papel parece una sutileza para aficionados al derecho administrativo, acaba separando dos vidas bastante distintas: la de quien puede pedir una residencia y la de quien permanece durante años renovando permisos, acudiendo a citas y preguntándose qué ocurrirá con su expediente. El tipo de documento recibido se convierte así en una frontera dentro de la propia frontera.
Por qué el «parole» resulta determinante para el Ajuste Cubano
La Ley de Ajuste Cubano de 1966 concede a los nacionales o ciudadanos cubanos un régimen excepcional dentro del sistema migratorio estadounidense. Entre sus requisitos esenciales figura haber sido inspeccionado y admitido o puesto en libertad bajo un parole reconocido por la legislación migratoria, además de acumular al menos un año de presencia física en Estados Unidos y cumplir las restantes condiciones de admisibilidad.
El obstáculo se endureció en 2023. La Junta de Apelaciones de Inmigración estableció en el caso Matter of Cabrera-Fernandez que la libertad condicional vinculada al régimen del I-220A y el parole humanitario previsto por la ley son figuras jurídicamente diferentes. En otras palabras: recibir un I-220A no convierte automáticamente a una persona en alguien «paroled» a efectos del Ajuste Cubano.
Ese precedente dejó a miles de personas frente a una escena difícil de explicar fuera de una oficina de inmigración. Habían sido detenidas, identificadas, procesadas y posteriormente liberadas por el propio Gobierno estadounidense; sin embargo, el documento entregado al salir podía impedirles utilizar una ley concebida precisamente para facilitar la residencia de los cubanos que cumplían sus condiciones. Una diferencia administrativa, sí, pero con consecuencias enormes.
Qué intenta demostrar la demanda Bello-Rubio
Los abogados de los demandantes sostienen que las autoridades migratorias procesaron incorrectamente a muchos de estos ciudadanos cuando llegaron a la frontera y que el tipo de documentación utilizado para liberarlos no debería impedirles acceder al marco previsto por la Ley de Ajuste Cubano.
El asunto es más complejo que convertir por orden judicial todos los I-220A en paroles. Los letrados buscan definir diferentes grupos de afectados según la manera en que cada persona fue procesada, porque no todos los expedientes siguieron exactamente el mismo recorrido. Esa diferencia puede ser determinante cuando llegue el momento de decidir qué colectivos, si alguno, pueden beneficiarse de una sentencia favorable.
La demanda original reúne a 992 cubanos, pero su verdadera dimensión dependerá de que Becerra acepte certificar uno o varios colectivos nacionales. Ese es uno de los grandes escalones que quedan pendientes. Hasta entonces, hablar de 500.000 beneficiarios describe el alcance potencial del caso, no su resultado jurídico presente.
El abogado Mark Prada, uno de los responsables de la demanda, ha explicado que el propósito es conseguir que el mayor número posible de cubanos en esta situación tenga al menos la oportunidad de solicitar el Ajuste Cubano. Cada solicitante tendría después que defender su propio expediente.
Un viejo privilegio migratorio ante una realidad muy distinta
La Ley de Ajuste Cubano fue promulgada en 1966, durante la presidencia de Lyndon B. Johnson, en un contexto político marcado por la Guerra Fría y por el éxodo posterior a la revolución cubana. Ha sobrevivido seis décadas, cambios de presidente, acercamientos diplomáticos, nuevas crisis y una transformación completa de las rutas migratorias desde la isla.
Lo que sí desapareció fue «pies secos, pies mojados». Hasta 2017, aquella política permitió durante años que numerosos cubanos que alcanzaban territorio estadounidense permanecieran en el país y posteriormente utilizaran el Ajuste Cubano. Su eliminación cambió las reglas de llegada, aunque no derogó la Ley de Ajuste Cubano.
Después llegaron las grandes oleadas por la frontera sur. El sistema terminó produciendo situaciones paradójicas: ciudadanos cubanos llevaban años viviendo y trabajando en Estados Unidos, algunos con procesos abiertos y permisos temporales, pero sin el documento concreto que les permitiría intentar conseguir la residencia por la vía tradicionalmente asociada a su nacionalidad.
Ahí está precisamente la pólvora jurídica del caso de Miami. No se está discutiendo únicamente la existencia de una antigua ley. Se discute quién puede entrar por su puerta.
Una puerta judicial que sigue abierta
El proceso coincide con una etapa de fuerte endurecimiento migratorio bajo la Administración de Donald Trump. Las detenciones de inmigrantes cubanos por parte de ICE han aumentado de manera considerable y el procesamiento de determinadas solicitudes de residencia se ha reducido o paralizado dentro de políticas más amplias aplicadas a varias nacionalidades.
Un análisis del Instituto Cato calculó que los arrestos de cubanos por las autoridades migratorias crecieron un 463 % durante el primer año de la nueva Administración Trump. La presión no es abstracta para quienes llevan años con un I-220A: una persona puede tener familia, empleo y una vida construida en Florida y, aun así, conservar un expediente migratorio abierto capaz de devolverla al punto de salida.
La paradoja política es evidente. Washington mantiene una posición extraordinariamente dura frente al Gobierno cubano mientras, al mismo tiempo, endurece la situación de muchos ciudadanos que abandonaron precisamente esa Cuba. Política exterior y política migratoria, como suele ocurrir, pueden vivir cómodamente en habitaciones contiguas sin dirigirse demasiado la palabra.
La decisión de Jacqueline Becerra no ha regularizado a 500.000 cubanos, pero sí ha evitado que una de las demandas con mayor capacidad para alterar su situación sea eliminada antes de examinar sus argumentos centrales. Ese matiz es fundamental.
El Gobierno tendrá oportunidad de reformular su petición de desestimación y la jueza deberá pronunciarse todavía sobre la certificación colectiva. Después vendrá el debate verdaderamente espinoso: determinar si determinados cubanos liberados con I-220A fueron procesados de manera incompatible con el marco legal que les correspondía y qué remedio puede ordenar un tribunal federal.
Para los 992 demandantes, la jornada de Miami supone una victoria procesal relevante. Para los cientos de miles que observan el caso desde fuera, supone algo menos espectacular pero quizá más valioso en este momento: el pleito sigue vivo.
Y en inmigración estadounidense, donde una palabra impresa en un formulario puede separar la residencia permanente de años de incertidumbre, seguir teniendo una puerta jurídica abierta no es precisamente un detalle.

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