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¿Cuándo será amnistiado Puigdemont? Llarena espera la doctrina del TC
El caso Turull puede marcar el futuro judicial de Puigdemont: Llarena aplicará la doctrina del Constitucional sobre la amnistía de la malversación.

Foto: Beusson / Wikimedia Commons — Trabajo propio, CC0.
Resumen
- Llarena aplicará a Puigdemont la doctrina que el TC fije sobre Turull
- El Constitucional empezará a estudiar el recurso el 22 de septiembre
- Octubre puede ser decisivo, aunque la amnistía aún no está concedida
La situación judicial de Carles Puigdemont puede estar entrando en su tramo decisivo. El juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena prevé aplicar al expresidente catalán la doctrina que establezca el Tribunal Constitucional sobre la amnistía de la malversación cuando resuelva el recurso de Jordi Turull, sin esperar necesariamente a que el propio Constitucional dicte sentencia sobre el recurso presentado por Puigdemont.
Eso significa que la fecha que conviene mirar no es, por ahora, la del recurso del expresident, sino el calendario de Jordi Turull. El Constitucional comenzará a estudiar su caso el próximo 22 de septiembre. Si el tribunal concluye que la interpretación del Supremo sobre la malversación vulneró sus derechos y abre la puerta a la amnistía, esa doctrina podría extenderse a Puigdemont, Antoni Comín y Lluís Puig. Octubre aparece así como un mes especialmente relevante, aunque todavía no existe una fecha definitiva para la resolución.
Por qué el caso de Turull puede decidir el futuro de Puigdemont
El asunto tiene esa curiosa geometría que a veces adopta la justicia: una sentencia sobre una persona puede terminar resolviendo, en la práctica, la situación de varias. El recurso de Turull será el primero en el que el Constitucional entre de lleno en la controversia sobre la amnistía aplicada al delito de malversación del procés.
Hasta ahora, el Tribunal Supremo ha mantenido una interpretación restrictiva. Sostiene que determinados dirigentes independentistas obtuvieron un beneficio personal de carácter patrimonial porque evitaron pagar de su propio bolsillo los gastos vinculados al referéndum del 1 de octubre de 2017.
La Ley Orgánica 1/2024 incluye los delitos de malversación relacionados con el proceso independentista cuando estuvieran dirigidos a financiar o facilitar las actuaciones comprendidas en la norma, siempre que no existiera propósito de enriquecimiento. Y ahí está, desde hace más de dos años, el nudo jurídico.
El debate no gira tanto alrededor de si hubo utilización de dinero público —eso forma parte de las causas investigadas— como de qué debe entenderse exactamente por beneficio patrimonial personal y hasta dónde puede estirarse ese concepto. No es una cuestión semántica menor: de unas pocas palabras depende la situación penal de algunos de los principales dirigentes del procés.
Llarena no esperaría al recurso propio de Puigdemont
Pablo Llarena tiene previsto actuar cuando el Constitucional establezca su doctrina en el caso Turull. No esperaría al recurso específico de Puigdemont, que sigue procesado en rebeldía por malversación, si antes existe una resolución constitucional aplicable a una situación jurídica equivalente.
Si la sentencia favorece a Turull y determina que la malversación vinculada al 1-O puede acogerse a la ley en esas circunstancias, el criterio sería trasladable a los dirigentes que se encuentran en una posición comparable.
Ahí aparecen Puigdemont, Antoni Comín y Lluís Puig. Llarena podría aplicar la nueva interpretación de oficio o hacerlo después de una petición de sus defensas. Esta segunda posibilidad se considera especialmente probable.
No hay, por tanto, un auto que haya amnistiado a Puigdemont ni una fecha cerrada para su regreso sin riesgo de detención. Lo que existe es algo diferente y bastante importante: una ruta judicial mucho más concreta que hace apenas unos meses.
El 22 de septiembre abre el calendario, pero octubre será clave
El pleno del Constitucional tiene previsto abordar el recurso de Turull el 22 de septiembre de 2026. Eso no implica que la sentencia vaya a quedar aprobada ese mismo día. Una cosa es que el asunto entre en el pleno y otra que salga de allí con una resolución definitiva bajo el brazo.
La ponencia corresponde al magistrado José María Macías, que ha mantenido posiciones críticas con la ley de amnistía. Si su propuesta no obtiene respaldo suficiente del pleno y la mayoría adopta una orientación distinta, será necesario designar otro ponente y redactar una nueva resolución.
En ese escenario, el asunto podría desplazarse al siguiente pleno, previsto para el 6 de octubre. El calendario judicial, como suele ocurrir, tiene bastante menos prisa que el calendario político.
Lo verdaderamente relevante será el contenido de la sentencia. El Constitucional deberá aclarar si la interpretación que hizo el Supremo del concepto de beneficio patrimonial es compatible con los derechos fundamentales alegados por Turull y con el alcance de la propia ley.
El precedente que puede afectar también a Junqueras
La doctrina no interesará únicamente a Puigdemont. La controversia afecta igualmente a dirigentes del procés condenados por malversación, entre ellos Oriol Junqueras, Raül Romeva, Dolors Bassa y Jordi Turull, así como a los procesados que no fueron juzgados junto a ellos.
El Supremo había rechazado aplicarles la amnistía precisamente por su interpretación del beneficio patrimonial obtenido con el uso de fondos públicos.
Si el Constitucional corrige ese razonamiento, la consecuencia podría extenderse al conjunto de casos comparables. No sería una nueva declaración general sobre la constitucionalidad de la ley, cuestión sobre la que el tribunal de garantías ya se ha pronunciado, sino algo mucho más concreto: cómo debe aplicarse la amnistía a la malversación del procés.
Y esa diferencia importa. Una ley puede ser constitucional y, al mismo tiempo, generar una batalla interpretativa feroz cuando llega el momento de aplicarla. Eso es exactamente lo ocurrido aquí: el verdadero pulso se libra sobre el alcance práctico de la norma.
El aval europeo no resolvió la situación de Puigdemont
Otro elemento ha movido el tablero durante el verano. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea avaló la compatibilidad de la ley de amnistía con el Derecho comunitario en los asuntos que tenía planteados.
La decisión europea reforzó jurídicamente la norma, pero no provocó automáticamente la amnistía de Puigdemont. El Supremo mantuvo la orden nacional de detención porque el principal obstáculo en su caso continuaba siendo la interpretación española sobre la malversación y el supuesto beneficio patrimonial.
Dicho de manera sencilla: Luxemburgo despejó una parte del camino, pero no resolvió el problema judicial de Puigdemont. La batalla relevante para su situación concreta continuó en los tribunales españoles.
Por eso todas las miradas se desplazan hacia el Constitucional. El recurso de Turull ofrece al tribunal la oportunidad de establecer una doctrina específica sobre la malversación que el Supremo deberá tener en cuenta cuando vuelva a examinar los casos pendientes.
Todavía queda una posible derivada. El Supremo conservaría la posibilidad de elevar una nueva cuestión prejudicial al TJUE si encontrara una duda de Derecho europeo que no hubiera sido resuelta anteriormente. Es una puerta jurídica que permanece entreabierta, aunque el margen se ha estrechado después de las decisiones europeas.
Qué ocurriría con la orden de detención de Puigdemont
Puigdemont continúa procesado en rebeldía y sobre él pesa una orden nacional de detención relacionada con la causa que instruye Llarena. Mientras no cambie formalmente su situación judicial, esa orden sigue vigente.
El escenario sería radicalmente distinto si el Constitucional fija una doctrina favorable a la aplicación de la amnistía a la malversación y Llarena la traslada después al expresident. La extinción de la responsabilidad penal correspondiente obligaría a revisar las medidas vinculadas a esa persecución penal, incluida su situación procesal.
Por eso sería prematuro afirmar que Puigdemont puede regresar libremente a España. Pero también sería quedarse mirando una fotografía vieja decir que nada ha cambiado.
Ha cambiado, y bastante: Llarena prevé reaccionar al caso Turull sin esperar a que el Constitucional estudie uno por uno todos los recursos. Esto puede acortar considerablemente los tiempos para Puigdemont.
Una sentencia sobre Turull con consecuencias mucho mayores
La amnistía de Puigdemont sigue dependiendo de una resolución que todavía no existe. Esa precisión es fundamental entre tanto titular que, cuando la política y los tribunales se mezclan, suele llegar varios metros por delante de los hechos.
El siguiente movimiento pertenece al Tribunal Constitucional. Desde el 22 de septiembre comenzará a abordar el recurso de Jordi Turull y, si la primera ponencia no prospera, octubre puede convertirse en el mes en que quede fijada la doctrina sobre la malversación.
Después volverá el balón al Supremo. Y Llarena, según el escenario planteado, no tendría que esperar al recurso individual de Puigdemont para aplicar una doctrina constitucional que resulte trasladable a su situación.
Para Puigdemont, esa es la novedad de fondo. Su futuro judicial podría decidirse indirectamente a través del caso Turull y bastante antes de que llegue una sentencia específica sobre su propio recurso. La amnistía todavía no está concedida, pero el laberinto empieza a tener una salida reconocible.

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