Actualidad
¿Por qué Bolivia plantea esterilizar a mujeres en situación de calle?
Bolivia debate un proyecto que contempla esterilización obligatoria bajo control judicial y provoca una fuerte reacción por derechos humanos.

Bolivia discute un proyecto de ley que incluye una disposición especialmente controvertida: permitir que, después de agotar otras intervenciones, pueda imponerse una esterilización bajo control judicial a personas en situación de calle. La iniciativa no está aprobada ni se encuentra en vigor, pero su redacción y las declaraciones de su impulsor han provocado un fuerte rechazo de la Defensoría del Pueblo y de organizaciones de derechos humanos.
La polémica tiene una razón bastante concreta. El propio texto del proyecto contiene dos previsiones que chocan entre sí: primero establece que cualquier anticoncepción definitiva debe contar con consentimiento libre, previo e informado; unas líneas después contempla que la esterilización llegue a ser obligatoria cuando se hayan agotado las instancias pertinentes. No es una interpretación traída por los pelos: ambas disposiciones aparecen consecutivamente en el artículo 15.
El artículo 15, donde estalla la polémica
El proyecto lleva el número 608/2025-2026 y fue presentado formalmente el 24 de junio por el diputado Néstor Rodríguez Céspedes, de la bancada de Unidad. Su nombre completo dibuja un programa mucho más amplio que la controversia que lo ha colocado bajo los focos: plantea crear un sistema nacional de atención, rehabilitación, inclusión social e inserción laboral para personas en situación de calle y poblaciones especialmente vulnerables frente al consumo de estupefacientes.
El documento incluye formación laboral, atención sanitaria, historias clínicas integrales, brigadas móviles y rehabilitación frente a dependencias severas, además de medidas de inserción. Hasta ahí, el terreno es el de una política social clásica, aunque ambiciosa. El vuelco llega con el capítulo dedicado a la salud sexual y reproductiva.
El apartado tercero del artículo 15 afirma que todo procedimiento de anticoncepción definitiva requerirá el consentimiento libre, previo e informado de la persona beneficiaria. Pero el apartado cuarto establece que, una vez agotadas las instancias pertinentes, se procederá a la obligatoriedad de realizar una esterilización bajo control judicial. El texto justifica esa posibilidad señalando que muchos recién nacidos serían introducidos en contextos de trata y tráfico de personas. Ahí está el nudo. Una norma que reconoce el consentimiento como requisito termina contemplando una excepción que permitiría prescindir precisamente de él.
Qué argumentos utiliza el diputado Néstor Rodríguez
Rodríguez sostiene que su propuesta pretende afrontar situaciones que observa entre personas que viven en la calle, especialmente mujeres con problemas graves de consumo y niños expuestos desde edades muy tempranas a sustancias como la llamada clefa, un pegamento inhalado como droga. Según explicó, la finalidad sería combinar tratamiento sanitario, rehabilitación y reinserción social.
El diputado ha defendido también que antes de llegar a una anticoncepción definitiva existirían evaluaciones médicas y psicológicas y un seguimiento de la situación personal. En declaraciones públicas ha ligado la propuesta al riesgo de que menores nacidos en entornos de extrema vulnerabilidad terminen sometidos a explotación laboral, explotación sexual o redes de trata.
El propio proyecto prevé, de hecho, mecanismos anteriores a la esterilización. Su artículo 14 contempla evaluaciones médicas, psicológicas y psiquiátricas para personas con dependencia severa de sustancias y permite medidas obligatorias de protección y tratamiento, bajo control judicial, cuando exista un riesgo cierto e inminente para la persona o terceros, abandono absoluto, incapacidad de autocuidado o una alteración grave de las facultades mentales.
Rodríguez ha dejado abierta la posibilidad de modificar el artículo controvertido durante su discusión parlamentaria después de las críticas recibidas. El proyecto, según explicó este 14 de agosto, debía pasar en primera instancia por la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados.
El problema no es sólo médico: es quién puede decidir
La discusión jurídica empieza justo donde termina el argumento asistencial. Una cosa es que el Estado proporcione tratamiento, vivienda, protección frente a las adicciones, atención psicológica o anticonceptivos; otra muy distinta es que pueda convertir en obligatorio un procedimiento destinado a impedir definitivamente la reproducción de una persona.
La esterilización es irreversible en su finalidad y afecta directamente a la autonomía reproductiva. Por eso el consentimiento no funciona aquí como un trámite burocrático, una firma en una esquina del formulario, sino como una garantía esencial. La Corte Interamericana ha desarrollado precisamente ese estándar en relación con Bolivia, estableciendo la importancia del consentimiento previo, libre, pleno e informado en este tipo de intervenciones.
La contradicción interna del proyecto resulta especialmente visible: el apartado III protege expresamente ese consentimiento y el IV introduce inmediatamente después una vía para imponer la intervención. Que exista un juez de por medio no elimina por sí solo la cuestión de fondo, porque el debate planteado por las organizaciones de derechos humanos afecta a la posibilidad misma de sustituir la voluntad de la persona en una decisión reproductiva definitiva.
La Defensoría pide descartar la esterilización forzada
La reacción institucional ha sido contundente. La Defensoría del Pueblo de Bolivia y varias organizaciones de la sociedad civil expresaron su rechazo al proyecto y calificaron la esterilización forzada como una grave violación de los derechos humanos. Su pronunciamiento cita derechos como la dignidad, la integridad personal, la libertad, la vida privada y familiar, la igualdad, la salud y los derechos sexuales y reproductivos.
La Defensoría invoca los artículos 14, 15, 60 y 66 de la Constitución boliviana, además de la legislación nacional de protección de las mujeres y de la infancia y diversos compromisos internacionales. Su planteamiento es que las políticas dirigidas a personas extremadamente vulnerables deben orientarse hacia la prevención, la atención, la rehabilitación y la protección integral, sin introducir mecanismos coercitivos sobre la capacidad reproductiva.
El defensor del Pueblo, Pedro Callisaya, ha advertido además de que imponer una esterilización supondría un retroceso en derechos humanos y ha recordado antecedentes históricos de denuncias por prácticas de esterilización forzada en Bolivia. El problema, desde esta perspectiva, no desaparece porque la medida se presente dentro de un programa de reinserción social: precisamente cuanto mayor es la vulnerabilidad de la persona, mayor debería ser la protección frente a decisiones tomadas en su nombre.
El precedente de I.V. contra Bolivia vuelve al debate
La controversia tiene un eco particularmente incómodo para Bolivia. En 2016, la Corte Interamericana de Derechos Humanos dictó sentencia en el caso I.V. contra Bolivia, relacionado con una mujer que fue sometida a una ligadura de trompas sin haber prestado un consentimiento previo, libre, pleno e informado conforme a los estándares exigibles.
Ese precedente convirtió la autonomía reproductiva y el consentimiento informado en asuntos especialmente sensibles para el Estado boliviano. La Defensoría lo ha citado expresamente al rechazar la nueva iniciativa, junto con otros pronunciamientos del sistema interamericano sobre esterilizaciones coercitivas.
No se trata simplemente, por tanto, de una batalla semántica alrededor de la palabra “obligatoria”. El consentimiento médico puede perder su sentido cuando existe coacción, presión o ausencia real de alternativas, particularmente si la persona se encuentra en condiciones de pobreza extrema, dependencia de sustancias, enfermedad o exclusión social. La información y la libertad efectiva para decidir forman parte del consentimiento, no son adornos alrededor de una firma.
El proyecto no habla específicamente de mujeres indígenas
La intensidad de la polémica también ha generado desinformación. En redes sociales ha circulado la afirmación de que el proyecto estaría dirigido específicamente a esterilizar mujeres indígenas o incluso a hacer desaparecer comunidades originarias. Esa afirmación no corresponde al contenido del documento presentado en la Cámara de Diputados.
El texto habla de personas en situación de calle y de poblaciones vulnerables frente al consumo de drogas. Su artículo 16 menciona expresamente a los pueblos indígena originario campesinos, pero lo hace para establecer una atención diferenciada e intercultural, con protocolos adaptados a su identidad, idioma y organización comunitaria. Incluso señala de manera específica la atención a grupos vulnerables como el pueblo ayoreo.
Otra cosa son las declaraciones públicas y la orientación del debate. Rodríguez ha puesto especial énfasis en mujeres consumidoras de drogas que tienen hijos mientras viven en la calle, y por eso buena parte de las críticas se ha centrado en las mujeres. Pero jurídicamente el artículo 15 utiliza una formulación general referida a personas en situación de calle, no establece que la esterilización obligatoria deba aplicarse exclusivamente a indígenas ni contiene un plan de eliminación de esas comunidades.
Esta diferencia importa. Se puede cuestionar con enorme severidad la cláusula de esterilización obligatoria —y eso es justamente lo que hacen la Defensoría y diversas organizaciones— sin atribuir al proyecto elementos que no figuran en él. En un asunto de esta gravedad, exagerar lo que ya es suficientemente grave sólo enturbia el debate.
Una propuesta todavía lejos de convertirse en ley
A fecha de 14 de agosto de 2026, Bolivia no ha aprobado una ley que permita esterilizar obligatoriamente a mujeres en situación de calle. El proyecto está en tramitación y su promotor ha reconocido que el artículo que desencadenó la controversia podría sufrir modificaciones durante el análisis parlamentario.
Lo que sí existe es un documento legislativo real que contiene una previsión inequívoca: después de establecer el consentimiento informado como principio, contempla la posibilidad de una esterilización obligatoria bajo control judicial. No es un rumor de redes ni una deformación del titular. Está escrito en el proyecto.
El debate boliviano se mueve así entre dos planos que conviene no mezclar. Nadie discute la gravedad de la situación de quienes viven atrapados entre la calle, las drogas, la pobreza y el riesgo de explotación de sus hijos. La fractura aparece en la respuesta: si la protección social puede cruzar la frontera que separa la ayuda pública de la decisión sobre el cuerpo ajeno. La Defensoría sostiene que no. Y el precedente interamericano que pesa sobre Bolivia convierte esa frontera en algo bastante más serio que una simple discusión política.

ActualidadTerremotos de Venezuela: último balance actualizado al 15 de agosto
Naturaleza¿Qué incendios siguen activos en España este 15 de agosto de 2026?
Actualidad¿Qué pasa con los españoles tras el terremoto de Venezuela de junio?
ActualidadTodos los fichajes de LaLiga 2026-27: altas y bajas al 15 de agosto
Más preguntasLiga Endesa ACB 2026-27: todos los fichajes al 15 de agosto
Actualidad¿Cuántos muertos deja ya el terremoto de Colombia? Último balance
Más preguntasTodos los fichajes de LaLiga Hypermotion 2026-27 al 15 de agosto
Actualidad¿Cuántos españoles siguen sin localizar tras el terremoto en Colombia?
Historia¿Por qué el 15 de agosto es fiesta y qué países lo celebran en 2026?
Más preguntas¿Fichajes NBA 2026? Altas y bajas equipo por equipo al 15 de agosto
Actualidad¿Por qué tiembla Granada? Terremoto de magnitud 5, daños y réplicas
Tecnología¿Por qué acusan a Jwulen de plagio tras el vídeo viral de Taiken?





















