Economía
¿A qué edad podrás jubilarte en 2027 y cuánto cobrarás de pensión?
Así cambia la jubilación en 2027: edad legal, años cotizados, cálculo de pensión y qué supone retrasar el retiro para miles de trabajadores.

La edad de jubilación en España alcanzará los 67 años en 2027 para quienes no acrediten al menos 38 años y seis meses cotizados. Quien sí alcance ese periodo podrá seguir jubilándose ordinariamente a los 65. Será el último peldaño de la reforma aprobada en 2011, después de catorce años de subida gradual de la edad legal.
Pero 2027 traerá algo más que dos meses añadidos al calendario. También cambiarán los años necesarios para obtener el 100 % de la base reguladora y seguirá desplegándose el nuevo sistema para calcular la pensión, que permite comparar dos fórmulas durante el periodo transitorio. Traducido del dialecto administrativo: no basta con mirar la fecha de nacimiento; importan, y mucho, los años y meses cotizados.
Todo esto llega, además, cuando una investigación de Fedea, la Universitat Pompeu Fabra y la Barcelona School of Economics ha puesto una incómoda piedra sobre la mesa. El retraso obligatorio del retiro aplicado desde 2013 ha conseguido que los trabajadores afectados se jubilen más tarde, sí, pero el estudio encuentra también un aumento de la mortalidad prematura, especialmente entre hombres y en actividades físicamente exigentes. El debate sobre las pensiones, tantas veces reducido a columnas de Excel, vuelve así a encontrarse con un detalle bastante humano: no todas las carreras laborales pesan igual sobre el cuerpo.
La edad de jubilación cambia definitivamente en 2027
Durante 2026, un trabajador puede jubilarse ordinariamente a los 65 años cuando acumula 38 años y tres meses o más de cotización. Si no llega a ese umbral, la edad ordinaria es de 66 años y diez meses.
Desde el 1 de enero de 2027 desaparece ese último escalón transitorio. La regla general quedará estabilizada en 67 años para quienes hayan cotizado menos de 38 años y seis meses. Con 38 años y seis meses o más, se mantienen los 65 años. Es, salvo futuras reformas, el punto de llegada de aquel largo calendario iniciado en 2013.
La diferencia parece pequeña cuando se observa año a año. Dos meses aquí, tres meses de cotización allá. Vista en perspectiva, no tanto. La Ley 27/2011 diseñó un desplazamiento progresivo desde los 65 hasta los 67 años para las carreras laborales que no alcanzasen determinados umbrales. El reloj apenas hacía ruido, pero seguía andando.
Hay otro requisito que permanece: para tener derecho a una pensión contributiva de jubilación se exigen, con carácter general, al menos 15 años cotizados, dos de ellos comprendidos dentro de los 15 inmediatamente anteriores al hecho causante. Alcanzar ese mínimo, sin embargo, no significa cobrar el 100 %.
Cobrar el 100 % exigirá 37 años cotizados
Aquí está otra de las novedades que puede despistar. Una cosa es tener derecho a jubilarse a los 65 años y otra distinta haber generado el porcentaje necesario para cobrar el 100 % de la base reguladora.
A partir de 2027 serán necesarios 37 años cotizados para alcanzar ese 100 %. La escala comenzará en el 50 % de la base reguladora con 15 años de cotización y crecerá por cada mes adicional hasta llegar al máximo.
Por eso pueden darse situaciones aparentemente extrañas. Una persona puede cumplir la edad ordinaria que le corresponde y tener derecho a jubilarse, pero no haber acumulado cotización suficiente para alcanzar el porcentaje máximo de su base reguladora. Edad, carrera cotizada y cuantía son piezas distintas de la misma maquinaria.
Y conviene no confundir tampoco el 100 % de la base reguladora con cobrar el mismo salario que se tenía trabajando. La base reguladora se obtiene mediante las bases de cotización y las reglas de cálculo establecidas por la Seguridad Social; después se aplica el porcentaje que corresponda por los años cotizados y, cuando procede, otros ajustes.
También cambia la forma de calcular la pensión
Desde 2026 está entrando gradualmente en funcionamiento una nueva fórmula para calcular la base reguladora. Durante un largo periodo transitorio convivirá con el sistema tradicional de los últimos 25 años y se aplicarán las reglas previstas para escoger la opción más favorable cuando corresponda.
En 2027, la nueva alternativa tomará los 308 meses inmediatamente anteriores al mes previo a la jubilación y seleccionará las 304 bases de cotización de mayor importe. Dicho de una manera bastante menos burocrática: podrán descartarse los cuatro peores meses dentro de ese periodo. La suma de esas 304 bases se dividirá entre 354,67 para obtener la base reguladora.
Seguirá existiendo, al mismo tiempo, la posibilidad de utilizar el cálculo basado en los últimos 300 meses, es decir, 25 años, cuando resulte más favorable conforme al régimen transitorio. El nuevo modelo continuará ampliándose poco a poco hasta llegar a considerar 29 años de carrera y permitir excluir los 24 meses con peores bases.
La reforma intenta responder a una realidad laboral bastante menos ordenada que la de otras generaciones. Desempleo, contratos temporales, interrupciones, etapas de salarios bajos… Una mala racha cerca del final de la vida laboral podía dejar una cicatriz considerable en la pensión. La posibilidad de apartar algunos meses desfavorables pretende amortiguar ese impacto.
El estudio que relaciona jubilación tardía y mortalidad
Mientras el calendario legal se aproxima a los 67 años, una investigación difundida por Fedea ha analizado qué ocurrió con quienes ya estuvieron sometidos a las primeras fases de la reforma de 2011. El trabajo, elaborado por el economista Sergi Jiménez-Martín con datos administrativos de la Muestra Continua de Vidas Laborales, estudia cerca de 180.000 jubilados de distintas cohortes.
El resultado más inmediato es bastante contundente: entre los trabajadores afectados, la reforma retrasó la jubilación efectiva alrededor de 8,1 meses de media. También alteró la forma de abandonar el mercado laboral. La probabilidad de retirarse después de los 65 años aumentó 26,7 puntos porcentuales, mientras descendieron tanto las jubilaciones exactamente a los 65 como las anteriores a esa edad.
Es decir, elevar la edad legal de jubilación sí modifica el comportamiento. No queda únicamente escrita en una disposición del BOE.
Pero aparece el reverso. El estudio detecta un incremento de la mortalidad entre los 60 y los 67 años asociado a la reforma. El efecto estimado es especialmente claro entre los hombres afectados: 1,59 puntos porcentuales adicionales de mortalidad prematura, con una evidencia estadística más sólida que la obtenida para las mujeres.
Los autores calculan 282 fallecimientos adicionales implícitos en la muestra y atribuyen alrededor del 60 % a hombres. Eso no significa que pueda confeccionarse una lista de 282 personas cuya muerte haya sido provocada individualmente por retrasar la jubilación. Es una estimación econométrica del exceso de mortalidad atribuible al cambio legal dentro de la población estudiada. La diferencia importa. Y mucho.
Trabajar más no produce el mismo efecto en todas las profesiones
Sería una simplificación bastante aparatosa concluir que cumplir años delante de un ordenador equivale a hacerlo cargando peso, entrando en una mina o trabajando durante décadas en un entorno industrial duro. El tipo de empleo importa.
El patrón hallado apunta precisamente hacia las ocupaciones físicamente exigentes. Construcción, industria y minería aparecen entre los sectores que ayudan a explicar por qué el efecto sobre la mortalidad es mayor entre los hombres. La prolongación voluntaria de una vida laboral y la permanencia impuesta por un cambio legal tampoco parecen producir el mismo resultado.
El trabajo encuentra incluso que meses adicionales de empleo voluntario pueden asociarse con efectos ligeramente protectores, mientras que la extensión laboral inducida por la reforma presenta el signo contrario. La cuestión, por tanto, no es simplemente trabajar hasta una determinada edad. Importan el empleo, sus condiciones, la salud previa y el margen real para escoger cuándo abandonar la actividad.
Ahí aparece una paradoja interesante. Las mujeres soportan una parte especialmente grande del retraso porque sus carreras de cotización han sido históricamente más cortas e interrumpidas. Representan el 62 % de los trabajadores afectados en la muestra y retrasaron su jubilación unos diez meses de media, frente a 3,1 meses entre los hombres. Sin embargo, el efecto más intenso sobre la mortalidad aparece entre ellos, algo que los investigadores relacionan, entre otros factores, con una mayor presencia masculina en trabajos de elevada carga física.
¿Retrasar la jubilación realmente ahorra dinero en pensiones?
Aquí conviene afinar porque una frase contundente puede contar una historia distinta de la que realmente mide la investigación. El estudio no demuestra, en sentido estricto, que elevar la edad de jubilación sea incapaz de reducir el gasto agregado del sistema español de pensiones.
Lo que comprueba es algo diferente: la reforma no redujo de manera sustancial la riqueza esperada en pensiones de los trabajadores afectados respecto al grupo de comparación. Esa riqueza se calcula como el valor actualizado del flujo de prestaciones que previsiblemente recibirá cada pensionista, teniendo en cuenta la cuantía, la edad de retiro y la supervivencia esperada.
El hallazgo sirve sobre todo para descartar que la mayor mortalidad observada se explique simplemente por una pérdida diferencial de ingresos futuros. Según la investigación, encaja mejor con la prolongación forzada de la actividad laboral.
Otra cosa es el balance de las cuentas públicas. Retrasar el cobro de una pensión puede generar ahorro en determinadas partidas, pero una parte puede desplazarse hacia incapacidad, desempleo, jubilación parcial u otras vías de salida de trabajadores que no consiguen prolongar efectivamente su empleo. Una cuenta aparentemente sencilla empieza entonces a llenarse de columnas.
Las pensiones tienen esa mala costumbre: no caben enteras en una sola celda de Excel.
Jubilación anticipada: las edades también se desplazan
La llegada definitiva de los 67 años repercute asimismo en la jubilación anticipada. Desde 2027, quienes tengan una edad ordinaria de 67 años podrán acceder, si cumplen el resto de requisitos, a la jubilación anticipada voluntaria desde los 65, puesto que esta modalidad permite adelantar el retiro hasta dos años.
Cuando la edad ordinaria sea de 65 años por acreditar al menos 38 años y seis meses cotizados, la anticipada voluntaria podrá situarse desde los 63 años. En estos casos continúan siendo relevantes los coeficientes reductores que disminuyen la pensión según el tiempo de anticipación y la carrera acumulada.
En la jubilación anticipada involuntaria, que puede permitir un adelanto de hasta cuatro años bajo determinados requisitos, las referencias quedarán generalmente en los 63 años para quienes tengan una edad ordinaria de 67 y en los 61 años para quienes puedan jubilarse ordinariamente a los 65. No es una puerta automática: deben cumplirse las condiciones legales específicas de acceso.
También continuará aumentando el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI). En 2027 la cotización alcanzará el 1 %, repartido entre empresa y trabajador, dentro del calendario diseñado para reforzar los ingresos de la Seguridad Social ante la jubilación de las generaciones numerosas del «baby boom».
Una misma edad legal, vidas laborales muy distintas
España llegará a 2027 con una regla bastante fácil de memorizar: 65 años con 38 años y seis meses cotizados; 67 años por debajo de ese umbral. Para alcanzar el 100 % de la base reguladora harán falta 37 años de cotización y el cálculo de la pensión seguirá incorporando gradualmente una alternativa que permitirá dejar fuera algunos meses especialmente malos.
Sobre el papel, limpio. La realidad es más rugosa. No llega igual a los 65 años quien ha pasado cuatro décadas en una oficina que quien ha trabajado en la construcción, bajo tierra, de noche o encadenando tareas físicamente duras. Tampoco llega con la misma carrera de cotización quien pudo trabajar de forma continua que quien interrumpió años de empleo para cuidar hijos o familiares. La edad cronológica es la misma; el desgaste, no.
El estudio no liquida el debate sobre la edad de jubilación ni permite afirmar que trabajar más mate, sin matices. Sí introduce una advertencia respaldada por datos administrativos: forzar el retiro más tardío puede tener costes de salud desiguales, y esos costes aparecen con especial claridad entre determinados trabajadores.
Ese será uno de los asuntos que permanecerán después de que el calendario termine de subir hasta los 67. La sostenibilidad financiera cuenta. También la esperanza de vida. Pero entre ambas hay algo que las reformas demasiado uniformes tienden a olvidar: los años cumplen igual para todos; los trabajos no envejecen igual a todo el mundo.

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