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¿Por qué multan a Uber con 825 millones por decisiones automáticas?
Uber afronta una multa de 825 millones en Países Bajos por decisiones automáticas que afectaron a conductores y abre un pulso legal europeo.

Uber afronta una multa de 825 millones de euros en Países Bajos por haber utilizado sistemas automatizados para desactivar cuentas de conductores sin informarles adecuadamente y, según el regulador neerlandés de protección de datos, sin garantizar la intervención humana exigible ante decisiones capaces de afectar de forma grave a su actividad profesional. La resolución está fechada el 17 de agosto de 2026 y la compañía ha anunciado que recurrirá.
El asunto toca un nervio especialmente sensible de la economía de plataformas. No se discute simplemente si Uber utiliza algoritmos —lo hace, como prácticamente cualquier gran plataforma digital—, sino qué ocurre cuando el algoritmo deja de recomendar rutas o calcular precios y pasa a decidir quién puede seguir trabajando. Para la Autoridad de Protección de Datos de Países Bajos, conocida por las siglas AP, durante el periodo investigado Uber cruzó esa línea. La compañía lo niega parcialmente y considera desproporcionada la sanción.
Por qué Países Bajos multa a Uber con 825 millones
La investigación se refiere a casos ocurridos en Europa entre 2020 y 2022. El procedimiento nació a partir de reclamaciones presentadas en Francia, pero terminó en manos de la autoridad neerlandesa porque Uber tiene en Países Bajos su sede europea.
Según la resolución conocida este 21 de agosto, determinados conductores vieron sus cuentas suspendidas mediante procesos automatizados. Algunos casos estaban relacionados con sospechas de fraude: sistemas de Uber podían detectar, por ejemplo, desvíos considerados innecesarios para incrementar el precio de un trayecto o viajes aceptados que después no llegaban a realizarse.
El regulador considera que Uber vulneró dos derechos importantes del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD): el derecho a no quedar sometido exclusivamente a determinadas decisiones automatizadas con consecuencias significativas y el derecho a recibir información suficiente sobre cómo se adopta esa decisión.
Dicho de una manera menos jurídica: un programa puede detectar una anomalía. Lo problemático comienza cuando esa señal digital se convierte, sin garantías suficientes, en una especie de portero de discoteca que decide quién entra y quién se queda fuera. Solo que aquí lo que queda al otro lado de la puerta es el acceso a ingresos profesionales.
El artículo 22 del RGPD está en el centro del conflicto
La legislación europea no prohíbe los algoritmos ni las decisiones automatizadas de forma absoluta. El artículo 22 del RGPD establece, con determinadas excepciones, el derecho de una persona a no quedar sometida a una decisión basada únicamente en tratamientos automatizados cuando esa decisión produzca efectos jurídicos o tenga consecuencias relevantes similares.
Y hay otra pieza fundamental: incluso en algunos supuestos en los que ese tratamiento automatizado puede utilizarse legalmente, deben existir salvaguardias. Entre ellas aparecen la posibilidad de obtener intervención humana, expresar el propio punto de vista y discutir la decisión.
No es una cuestión menor cuando hablamos de plataformas laborales. Una recomendación automática de una canción tiene consecuencias bastante limitadas; la desactivación de una cuenta profesional con la que alguien obtiene sus ingresos juega en otra liga.
Uber rechaza la acusación y recurrirá la sanción
Uber ha dejado claro que impugnará la multa. Un portavoz de la empresa ha asegurado que la compañía discrepa firmemente de la resolución y de la cuantía de la sanción, y sostiene que sus políticas actuales contemplan revisiones humanas y mecanismos mediante los que los conductores pueden recurrir las suspensiones de sus cuentas.
Aquí aparece uno de los puntos más disputados del expediente.
Uber sostiene que las suspensiones relacionadas con sospechas de fraude eran normalmente breves y que no desactivaba permanentemente esas cuentas sin revisión humana. El regulador, por su parte, señala que hubo conductores con bajas valoraciones de los usuarios cuyas cuentas fueron desactivadas permanentemente mediante procesos informáticos.
La compañía rechaza esa interpretación y afirma que nunca automatizó decisiones de desactivación permanente. También utiliza otro argumento para cuestionar el tamaño de la sanción: según Uber, el número de afectados fue reducido. La empresa cifra en 126 los conductores europeos desactivados en 2021 como consecuencia de bajas valoraciones.
La diferencia no es precisamente decorativa. De establecerse que existía una intervención humana real antes de una decisión definitiva, el encaje jurídico cambia. Si la intervención era solo nominal, tardía o insuficiente, cambia en sentido contrario.
Una multa que estaría entre las mayores de la historia del RGPD
Los 825 millones de euros convierten el expediente en algo mucho mayor que un conflicto rutinario sobre protección de datos. Según los datos conocidos de la resolución, sería la segunda mayor multa impuesta hasta ahora bajo el RGPD, solo por detrás de los 1.200 millones impuestos a Meta en 2023 por las transferencias de datos de usuarios europeos de Facebook a Estados Unidos.
Eso no significa que Uber vaya a pagar inmediatamente esa cifra ni que la cantidad vaya a permanecer intacta. La propia experiencia europea muestra que las grandes sanciones tecnológicas suelen terminar recorriendo durante años tribunales y procedimientos administrativos. Algunas se mantienen, otras se modifican.
En el caso de Uber, el recurso anunciado abre precisamente esa segunda batalla: ya no la del algoritmo, sino la jurídica.
Uber ya arrastraba otros choques con el regulador neerlandés
La relación entre Uber y la autoridad neerlandesa de privacidad viene con historial.
En 2024, la AP impuso a la compañía 10 millones de euros por deficiencias relacionadas con los derechos de privacidad de los conductores. El organismo consideró, entre otras cuestiones, que Uber no había explicado de manera suficientemente transparente durante cuánto tiempo conservaba determinados datos ni a qué países fuera de Europa podían transferirse. Esa sanción fue recurrida por la empresa.
Ese mismo año llegó una multa mucho mayor, de 290 millones de euros, relacionada con la transferencia de datos personales de conductores europeos a Estados Unidos sin las garantías que el regulador consideraba necesarias. El expediente se convirtió en otra de las grandes actuaciones europeas contra Uber en materia de protección de datos.
La nueva resolución coloca el foco en otro terreno: no tanto dónde viajan los datos, sino qué decisiones toma una empresa después de procesarlos.
Cuando el algoritmo deja de ser una herramienta y se convierte en jefe
El caso Uber tiene una dimensión que desborda a una sola compañía. Bancos que conceden créditos, aseguradoras que calculan riesgos, plataformas que detectan fraude, empresas que seleccionan candidatos… cada vez más decisiones relevantes pasan por sistemas automáticos.
La eficiencia es evidente. Un algoritmo puede analizar millones de operaciones a una velocidad imposible para una persona. También puede equivocarse a escala industrial.
Por eso el RGPD concede especial importancia a las decisiones automáticas que producen consecuencias serias. Un banco puede utilizar sistemas informáticos para analizar una solicitud de préstamo, por ejemplo, pero cuando el resultado tiene efectos importantes sobre una persona entran en juego garantías como conocer el carácter automatizado de la decisión, impugnarla y, cuando corresponda, obtener una revisión humana real.
En el trabajo gestionado mediante aplicaciones la cuestión resulta todavía más delicada. El conductor puede no tener un supervisor tradicional sentado en un despacho, pero eso no significa que nadie ejerza control. Lo ejercen el diseño de la plataforma, las puntuaciones, los sistemas antifraude, las reglas internas y los algoritmos que interpretan miles de señales.
Ahí está el fondo del conflicto neerlandés. La tecnología puede organizar el trabajo; otra cosa es concederle una especie de derecho automático a despedir, suspender o excluir sin que exista una persona capaz de mirar el expediente y decir: un momento, aquí algo no cuadra.
Una sanción que pone precio al derecho de discutir con una máquina
La multa de 825 millones todavía tendrá recorrido judicial, y Uber niega elementos importantes de la interpretación del regulador. Conviene mantener esa cautela: una sanción administrativa recurrida no equivale a una controversia definitivamente resuelta.
Pero el mensaje regulatorio europeo resulta difícil de confundir. El problema no está en que una empresa utilice inteligencia artificial, modelos antifraude o sistemas automatizados. Está en permitir que esos mecanismos adopten decisiones con consecuencias serias sobre personas reales sin transparencia suficiente, sin garantías y sin una vía efectiva para discutirlas.
Durante años, el gran debate tecnológico fue qué datos recopilaban las plataformas. Poco a poco aparece otro, quizá más incómodo: qué hacen las máquinas con esos datos cuando empiezan a decidir sobre nuestra vida.
Para los conductores afectados, esa discusión no es filosofía digital. Es bastante más tangible. Un día la aplicación funciona; al siguiente, la pantalla se cierra. Y detrás de ella puede no haber un jefe al que llamar, sino unas líneas de código que han decidido que algo no encaja.

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