Síguenos

Actualidad

DANA de 2024: por qué no se ordenó el confinamiento

El intercambio político de aquella tarde revela por qué la orden no llegó y qué aspectos siguen en discusión.

Publicado

el

calle de la dana inhundada

La tarde del 29 de octubre de 2024, mientras la DANA descargaba sobre Valencia y las inundaciones avanzaban, la posibilidad de pedir a la población que permaneciera en casa llegó al intercambio entre Salomé Pradas, entonces consellera, y José Manuel Cuenca, secretario autonómico y jefe de Gabinete del president. Los mensajes atribuidos a Cuenca a las 19:54 y a las 20:25 rechazaban esa opción de forma tajante. La decisión política fue no promover un confinamiento general, aunque la conversación no basta, por sí sola, para reconstruir cada deliberación técnica ni para determinar responsabilidades.

La explicación no se reduce a que la medida se considerara innecesaria: el material conocido sitúa el debate en una emergencia que cambiaba con rapidez, con municipios ya afectados y datos desiguales según el lugar. También deja una cuestión central sin resolver en términos definitivos: si la alternativa debía ser una orden amplia o instrucciones muy localizadas para evitar desplazamientos en las zonas expuestas. Ese matiz importa, porque quedarse en casa durante una riada no es lo mismo que decretar un cierre general para toda una provincia.

Los mensajes que pusieron el confinamiento sobre la mesa

El intercambio comenzó mucho antes de que se descartara la medida. A las 14:25, Pradas trasladó a Cuenca que la situación se complicaba en Utiel; al minuto siguiente le comunicó que el río se estaba desbordando. A las 16:03 le indicó que el Cecopi se constituiría a las 17:00 y, a las 16:28, le informó de una víctima mortal en Utiel. La secuencia refleja el empeoramiento de la emergencia y la circulación de información entre el área autonómica responsable y el entorno político del president.

Durante esas horas se activaron medidas de respuesta, entre ellas la elevación de la emergencia al nivel 2, la puesta en marcha de un Puesto de Mando Avanzado en Requena y la petición de la Unidad Militar de Emergencias. Sin embargo, que el sistema desplegara recursos no resuelve por sí mismo la pregunta sobre las restricciones de movilidad. La coordinación operativa y la decisión de pedir a la población que no saliera eran decisiones relacionadas, pero distintas: una podía avanzar sin que la otra se formalizara.

La discusión sobre confinar apareció en el tramo final de la tarde. Según los mensajes aportados al juzgado de Catarroja y protocolizados ante notario, Cuenca pidió a Pradas que descartara la medida y reiteró esa postura poco más de media hora después. La conversación documenta una oposición expresa desde el Gabinete, pero no equivale a una resolución administrativa ni demuestra por sí sola qué propuestas concretas se plantearon en los órganos de emergencia. Lo que acredita es que la opción se habló y encontró una resistencia política explícita.

Qué significa quedarse en casa durante una inundación

En una emergencia por lluvias, confinamiento no tiene por qué significar un cierre domiciliario uniforme, como el que se asocia a una pandemia. Puede consistir en recomendar que la población permanezca en edificios seguros, no use el coche, evite calles inundables y se aleje de cauces y pasos subterráneos. En viviendas amenazadas por el agua, las instrucciones pueden ser diferentes: subir a una planta superior o abandonar el inmueble si así lo indican los servicios de emergencia. La medida útil depende del peligro concreto y del lugar en el que se encuentra cada persona.

Por eso, hablar de un confinamiento general puede ocultar decisiones de alcance muy distinto. Una orden para toda la provincia habría afectado tanto a localidades con riesgo inmediato como a otras sin una amenaza equivalente. Una instrucción más acotada, dirigida a barrios o municipios determinados, exigiría identificar con rapidez dónde podía llegar el agua y cuánto tiempo quedaba para avisar. En una riada súbita, un perímetro mal definido puede ser tan problemático como una alerta que llega tarde.

También hay situaciones en las que quedarse dentro no es la opción más segura. Una casa situada en una zona baja, un sótano o un edificio que empieza a inundarse puede exigir una respuesta distinta a la de una vivienda en terreno elevado. De ahí que una recomendación genérica no pueda sustituir a las indicaciones de Protección Civil y de las autoridades sobre el terreno. El confinamiento protege de algunos riesgos —sobre todo, de desplazarse—, pero no convierte cualquier edificio en un refugio seguro.

El tiempo y el alcance, dos dificultades posibles

El intercambio se produjo cuando la emergencia ya estaba en marcha y algunos municipios afrontaban inundaciones y rescates. En ese contexto, una orden nueva necesitaba llegar a la población con claridad, explicar a quién afectaba y evitar que la gente saliera precisamente para buscar información o ponerse a salvo. El artículo original interpreta que la hora y la extensión de la medida pesaron en la decisión; son factores operativos plausibles, aunque los mensajes conocidos no prueban que fueran las razones expresadas por Cuenca.

El alcance planteaba otra dificultad. Una instrucción para toda Valencia podía abarcar zonas con riesgos muy diferentes, mientras que una medida limitada requería disponer de información suficientemente precisa para dibujar sus límites. La lluvia intensa, las crecidas y los cortes de carreteras podían modificar el escenario en poco tiempo. Pero esa complejidad no permite concluir automáticamente que una orden localizada fuera imposible: la documentación disponible en el intercambio no aclara qué perímetros se estudiaron ni qué alternativas concretas se valoraron.

Emitir una instrucción también obliga a definir cómo se comunica y quién la ejecuta. No basta con pedir que nadie se mueva: hay que evitar desplazamientos peligrosos, mantener la actividad de los servicios esenciales y atender a quienes necesitan ayuda para salir o permanecer protegidos. Esa carga logística puede ser relevante en una crisis; no demuestra, por sí sola, que el confinamiento no pudiera aplicarse. La diferencia entre una dificultad de ejecución y una decisión de no actuar debe establecerse con pruebas, no suponerse.

Quién intervenía en la decisión

Pradas encabezaba el área autonómica vinculada a la gestión de emergencias y trasladaba a Cuenca información sobre la evolución del episodio. Cuenca, como secretario autonómico y jefe de Gabinete del president Carlos Mazón, formaba parte del entorno político de dirección. En paralelo, el Cecopi reunía a distintas administraciones para coordinar la respuesta. La conversación muestra una cadena de comunicación política, pero no sustituye al análisis del reparto formal de competencias ni identifica por sí sola quién debía adoptar jurídicamente cada decisión.

Esta distinción es importante porque una opinión o instrucción política dentro de un chat no tiene necesariamente el mismo valor que una orden formal emitida por la autoridad competente. Los mensajes pueden ayudar a conocer el clima en el que se tomó una decisión y la influencia que ejercieron determinados cargos. Para determinar su alcance institucional hay que contrastarlos con actas, comunicaciones oficiales, protocolos y declaraciones. La relevancia política del intercambio no resuelve automáticamente la cuestión jurídica.

En una emergencia también intervienen equipos técnicos y autoridades de distintos niveles, con información que puede llegar por canales diferentes. El hecho de que una persona no recibiera una comunicación no permite deducir que ningún organismo tuviera ese dato; del mismo modo, que una información existiera en un sistema no prueba que llegara a quienes debían decidir. La reconstrucción exige seguir el recorrido de cada aviso, no solo enumerar los cargos presentes. La hora, el destinatario y el contenido de cada comunicación son esenciales para valorar qué se sabía en cada momento.

Qué aporta la investigación sobre la vigilancia de los cauces

En una declaración posterior ante la jueza que investiga la gestión de la DANA, el antiguo jefe de la Policía de Aguas de la Confederación Hidrográfica del Júcar afirmó que el organismo no había ordenado una vigilancia especial de los barrancos el día de la riada ni en las jornadas anteriores. Explicó que las tareas de su departamento fueron ordinarias, que el Sistema Automático de Información Hidrológica no pidió ayuda y que él siguió desde su ordenador, entre otros datos, los valores de la presa de Forata, que describió como muy superiores a lo habitual. Se trata del testimonio de un antiguo responsable, no de una conclusión judicial sobre toda la gestión de la emergencia.

El testigo dijo también que no recibió instrucciones del Centro de Coordinación de Emergencias ni habló con Pradas, con su entonces número dos, Emilio Argüeso, o con alcaldes de los municipios afectados. Aseguró que supo al día siguiente que había fallado una estación de aforo y señaló que el servicio de vigilancia de cauces tenía una dotación de personal muy limitada. Esos elementos abren preguntas sobre el seguimiento hidrológico, pero no explican directamente por qué se descartó el confinamiento: pertenecen a otro tramo de la cadena de alerta y coordinación.

La Confederación Hidrográfica del Júcar y los responsables autonómicos de emergencias desempeñan funciones distintas. Por eso, una declaración sobre la vigilancia de barrancos no debe presentarse como prueba de lo que conocía el Gabinete ni como respuesta definitiva a la decisión de restringir movimientos. Sí aporta contexto para entender que la gestión de una riada depende de información producida y compartida por varias instituciones. La investigación debe aclarar cómo se conectaron esos datos con las decisiones de protección civil, y si las alertas disponibles llegaron a tiempo a quienes podían actuar.

Qué pueden demostrar los mensajes ante el juzgado

La conversación fue protocolizada ante notario y remitida al juzgado de Catarroja, según la información del artículo original. Su valor reside en que fija palabras, interlocutores y horas que pueden cotejarse con otros documentos. La cronología incluye los avisos sobre Utiel, la próxima constitución del Cecopi, la comunicación de una víctima mortal y el rechazo posterior a confinar. Ese rastro permite preguntar qué información se había transmitido antes de descartar la medida, pero no reemplaza las demás pruebas necesarias para reconstruir la respuesta.

Una investigación judicial no determina responsabilidades por el tono de un mensaje aislado. Debe valorar qué competencias tenía cada cargo, qué información estaba disponible, qué decisiones se adoptaron formalmente y qué consecuencias tuvieron. También puede contrastar los mensajes con llamadas, registros de coordinación, partes de intervención y datos hidrológicos. La conversación es una pieza relevante del expediente, no el expediente entero.

Por eso, afirmar que el confinamiento se rechazó únicamente para evitar un coste político iría más allá de lo que acreditan los datos aquí descritos. Los mensajes revelan una oposición clara, pero no detallan una motivación completa. Tampoco permiten afirmar que una orden distinta hubiera evitado todas las víctimas o que pudiera implantarse sin obstáculos. La diferencia entre una decisión discutible y una responsabilidad legal corresponde establecerla a la investigación y, en su caso, a los tribunales.

Una decisión que sigue ligada a la precisión de las alertas

La tarde de la DANA dejó una tensión difícil de resolver a posteriori: actuar de manera general puede afectar a lugares que no están en peligro inmediato; esperar a tener una delimitación perfecta puede consumir un tiempo que la riada no concede. En ese margen, las instrucciones locales, los avisos oficiales y la capacidad de comunicar con rapidez adquieren un valor decisivo. La pregunta de fondo no es solo si debía ordenarse quedarse en casa, sino cómo identificar a tiempo quién debía hacerlo y en qué condiciones.

Los mensajes entre Pradas y Cuenca muestran que el confinamiento se contempló y que desde el Gabinete se pidió descartarlo. La información sobre la activación del Cecopi, el despliegue de recursos y los avisos sobre Utiel describe una respuesta en marcha, pero no borra el debate sobre la movilidad de la población. A su vez, el testimonio del antiguo responsable de la Policía de Aguas añade interrogantes sobre la vigilancia de los cauces y el flujo de información, sin resolver por sí mismo la decisión política. Son piezas conectadas, pero no intercambiables.

El examen de lo ocurrido depende, en último término, de reconstruir qué se sabía, quién lo sabía y qué margen existía para convertir esa información en una instrucción clara. Una orden general, una recomendación local y la evacuación de un edificio son respuestas distintas, con riesgos y objetivos diferentes. La documentación conocida permite fijar momentos concretos y señalar el rechazo expreso de Cuenca; la valoración completa de la decisión requiere todavía distinguir con rigor entre hechos acreditados, testimonios y explicaciones posibles.

Newsletter

Periodista internacional con más de 20 años de experiencia en radio, prensa y medios digitales. Licenciado en Ciencias de la Comunicación, trabaja entre España e Italia con la mirada puesta en la actualidad.

Lo más leído