Tecnología
Japón obliga a Apple y Google a abrir sus móviles
La nueva norma japonesa altera las tiendas, los pagos y los navegadores móviles, con controles para proteger a los usuarios.

Desde el 18 de diciembre de 2025, Apple y Google deben operar bajo nuevas reglas en Japón: la Ley de Competencia del Software Móvil les exige abrir espacios de sus ecosistemas a tiendas de aplicaciones, sistemas de pago y navegadores rivales. La norma no elimina de golpe las tiendas oficiales ni obliga a los usuarios a cambiar de servicio; introduce más posibilidades de elección y límites a las barreras que pueden imponer las plataformas.
El cambio responde a una preocupación de fondo: durante años, las dos compañías controlaron buena parte de las puertas de entrada a las aplicaciones en iPhone y Android, desde su distribución hasta los pagos y algunos servicios predeterminados. Japón quiere que la competencia pueda aparecer antes de que un mercado quede cerrado, con obligaciones preventivas y la Comisión de Comercio Justo de Japón, conocida como JFTC, encargada de vigilar su aplicación. La apertura tiene límites y no equivale a eliminar las medidas de seguridad.
Una ley preventiva para abrir los ecosistemas móviles
La Ley de Competencia del Software Móvil, conocida por sus siglas en inglés MSCA, fue aprobada por el Parlamento japonés en junio de 2024. Su enfoque es ex ante: fija condiciones para prevenir prácticas que puedan bloquear la competencia, sin esperar necesariamente a que se demuestre un daño consumado. En marzo de 2025, la JFTC designó a Apple y Google como operadores sujetos a estas obligaciones, y en julio publicó directrices para aclarar cómo deben aplicarse. El objetivo es actuar sobre el diseño del mercado, no solo sancionar sus consecuencias.
La ley se ocupa de cuatro capas que condicionan la experiencia en un móvil: el sistema operativo, las tiendas de aplicaciones, los navegadores y los buscadores. En esos ámbitos, limita prácticas que favorezcan los servicios de la propia plataforma o dificulten que otros compitan. Entre ellas figuran bloquear tiendas alternativas, penalizar los enlaces a pagos externos, impedir que el usuario elija otro navegador predeterminado o dar una posición privilegiada a los servicios propios. La regla central es que una alternativa debe poder competir de manera efectiva, no limitarse a existir sobre el papel.
Este modelo recuerda a la Ley de Mercados Digitales de la Unión Europea, pero la norma japonesa concreta obligaciones para el entorno de los teléfonos inteligentes y deja a la JFTC un papel activo en su supervisión. Las directrices técnicas tratan cuestiones como las condiciones de acceso, los procesos de revisión de aplicaciones y las razones aceptables para imponer salvaguardas. La competencia, en este planteamiento, no significa que cualquier servicio deba entrar sin controles, sino que las exigencias no se conviertan en obstáculos desproporcionados para los rivales.
Tiendas alternativas: apertura con controles de seguridad
En los iPhone japoneses, la norma permite distribuir aplicaciones a través de mercados distintos de la App Store. Apple ha habilitado tiendas alternativas, pero su acceso requiere autorización y las aplicaciones distribuidas fuera de su tienda oficial pueden quedar sometidas a una notarización técnica. Este proceso permite revisar aspectos básicos de seguridad sin que la aplicación tenga que venderse necesariamente en la App Store. La apertura, por tanto, no es una vía sin filtros: cambia quién puede distribuir, pero conserva controles definidos para reducir riesgos.
La distinción importa porque permitir otras tiendas no equivale a eliminar la responsabilidad de las plataformas frente a programas maliciosos, fraudes o contenidos inadecuados para menores. Apple puede establecer requisitos operativos y controles de edad, siempre que estén justificados y sean proporcionados. La JFTC puede examinar si una restricción invocada por motivos de privacidad o ciberseguridad es necesaria de verdad o si funciona como una barrera comercial encubierta. La seguridad sirve como motivo legítimo, pero no como excusa automática.
En Android, la posibilidad de instalar aplicaciones desde tiendas de terceros ya existía antes de esta ley, algo que Google destacó al defender que cumplía de antemano varios requisitos. La diferencia está en que la MSCA limita la capacidad de cerrar el paso a los competidores mediante condiciones comerciales o técnicas. Para los usuarios, el resultado potencial es más variedad de catálogos; también implica que cada tienda puede tener sus propias normas de revisión, atención y reembolso. Más opciones reparten también la responsabilidad entre más actores.
Pagos externos y comisiones: qué cambia para las aplicaciones
La nueva regulación también permite a los desarrolladores ofrecer métodos de pago alternativos o dirigir al usuario a una página externa para completar una compra. Apple y Google no pueden castigar de forma injustificada a una aplicación por usar esas vías. Esto altera una relación que antes daba a las tiendas oficiales una posición dominante en la facturación dentro de las aplicaciones y en las condiciones para comunicar opciones externas. El cambio no prohíbe los sistemas de pago de Apple o Google; impide que sean la única ruta viable cuando la ley reconoce alternativas.
Apple ha anunciado para Japón un esquema de comisiones distinto según el canal de venta. La tarifa indicada es del 5% para ventas realizadas a través de mercados alternativos autorizados, del 15% cuando una aplicación enlaza con la web del desarrollador y la compra se completa allí, y del 26% si el pago se procesa dentro del sistema de Apple. Son porcentajes relevantes para comparar modelos, aunque no significan que todos los desarrolladores paguen lo mismo en cualquier circunstancia: el coste depende del lugar y del mecanismo con que se cierre la transacción.
La existencia de una comisión tampoco resuelve por sí sola el debate sobre la competencia. Si las tarifas, los requisitos técnicos o los pasos de autorización hacen que una opción alternativa resulte inviable, la libertad formal de elegir puede quedar vacía. Por eso la JFTC debe valorar cómo funcionan en la práctica las condiciones impuestas, no solo si aparece un botón para pagar fuera de la tienda. Google, por su parte, anunció ajustes para dar más margen a la facturación elegida por el usuario y a los sistemas de pago de terceros. Lo decisivo es que la alternativa pueda utilizarse sin fricciones diseñadas para disuadir.
Navegadores, buscadores y pantallas de elección
Una de las modificaciones de mayor alcance afecta a los navegadores en iPhone. Hasta ahora, los navegadores de terceros para iOS debían utilizar WebKit, el motor asociado a Safari. La MSCA exige que Apple permita motores alternativos cuando se cumplan los requisitos de seguridad aplicables. Así, opciones como Blink o Gecko pueden competir con el motor de Apple en lugar de depender de la misma base técnica. La aplicación de este cambio requiere ajustes profundos y su despliegue se ha previsto de forma progresiva durante 2026. La competencia pasa a abarcar también la tecnología que hace funcionar el navegador.
Un motor distinto puede influir en el rendimiento, la compatibilidad con funciones web y el desarrollo de aplicaciones que funcionan desde el navegador. No garantiza automáticamente mejores prestaciones ni una experiencia idéntica en todos los dispositivos: el resultado dependerá de la implementación y de las condiciones de acceso a las herramientas del sistema. Pero sí reduce una limitación estructural, porque permite que los rivales desarrollen tecnologías propias en iOS, sujetas a requisitos verificables y no a una prohibición general. La paridad técnica es tan importante como el permiso legal.
La ley también contempla pantallas de elección para que los usuarios puedan seleccionar buscador, navegador o tienda en vez de aceptar sin más la opción predeterminada. Apple y Google han introducido mecanismos de este tipo en Japón, junto con cambios para facilitar métodos de pago distintos de Apple Pay o Google Pay. Para que la elección sea real, la pantalla debe presentar opciones de manera clara y neutral; una interfaz que empuje al usuario hacia el servicio propio puede conservar la apariencia de libertad y frustrarla en la práctica. El diseño de la pantalla puede decidir quién recibe la elección.
Qué prohíbe la norma y cómo puede sancionar
Además de abrir canales de distribución y pago, la MSCA limita la autopreferencia: una plataforma no debe favorecer sus propios servicios frente a competidores en condiciones que cierren el mercado. También restringe el uso de datos obtenidos por controlar la plataforma para competir de manera desleal con empresas que dependen de ella. En el caso de buscadores y navegadores, las reglas buscan impedir que acuerdos con fabricantes fuercen posiciones exclusivas o preinstalaciones que dejen a los rivales sin una oportunidad razonable. El foco está tanto en las decisiones visibles como en las ventajas incorporadas a contratos y sistemas.
La JFTC dispone de herramientas para exigir cambios y supervisar el cumplimiento. El régimen contempla multas de hasta el 20% de las ventas domésticas vinculadas a la conducta y hasta el 30% en caso de reincidencia dentro de diez años, además de órdenes de cese y la posibilidad de designar supervisores independientes. La magnitud de las sanciones busca que incumplir no sea simplemente un coste asumible de hacer negocios. La amenaza regulatoria alcanza a la forma de operar y a los ingresos en Japón.
La MSCA se suma a las facultades que ya tenía la JFTC bajo la ley antimonopolio japonesa. En abril de 2025, la autoridad ordenó a Google corregir prácticas relacionadas con la preinstalación y la exclusividad en Android, en el ámbito de sus servicios de búsqueda y Chrome, y estableció obligaciones de información periódica. Ese antecedente muestra que la vigilancia no depende únicamente de las nuevas disposiciones: las autoridades pueden utilizar herramientas distintas cuando una práctica plantea problemas de competencia. La ley nueva forma parte de una intervención regulatoria más amplia.
Qué notarán usuarios y desarrolladores
Para los usuarios japoneses, los cambios pueden traducirse en más alternativas para descargar aplicaciones, pagar servicios y elegir navegador o buscador. No implican que la App Store o Google Play vayan a desaparecer ni que todo el mundo tenga que cambiar sus ajustes. La mayoría podrá seguir usando las opciones conocidas; la diferencia es que otras rutas deberán estar disponibles bajo condiciones que permitan competir. La modificación principal es ampliar la elección, no imponer una migración.
La apertura también puede hacer que la experiencia sea menos uniforme. Un mercado alternativo tendrá sus propias políticas, y una aplicación adquirida fuera de la tienda habitual puede depender de procesos distintos para recibir actualizaciones, resolver una devolución o gestionar una reclamación. En el caso de las apps instaladas mediante tiendas externas, los usuarios pueden encontrarse con solicitudes de permisos diferentes. No se sigue de ello que toda alternativa sea peligrosa, pero sí que el control de calidad deja de estar concentrado en un único canal. La diversidad de tiendas trae diferencias de supervisión y servicio.
Para los desarrolladores, poder combinar pagos integrados, pasarelas propias y ventas en la web abre opciones para organizar su negocio y comparar costes. También puede exigir mantener más de un proceso de facturación, atender consultas por distintos canales y gestionar devoluciones o fraudes en entornos diferentes. Las empresas que distribuyen sus aplicaciones en Japón y Europa tendrán que considerar que las reglas y los procedimientos no son idénticos en ambos mercados. Más libertad comercial puede traer más trabajo operativo.
Los cambios pueden favorecer la aparición de tiendas especializadas, pasarelas locales y navegadores centrados en la privacidad o el rendimiento, aunque la ley no garantiza que esos competidores consigan usuarios ni que los precios bajen. Para que la apertura se traduzca en innovación, los nuevos servicios necesitan una propuesta útil y acceso efectivo al mercado. Y para que beneficie al consumidor, la competencia debe llegar hasta las condiciones reales de uso, no detenerse en la posibilidad técnica de instalar una alternativa. La norma crea oportunidades, pero no asegura por sí misma sus resultados.
La diferencia con Europa y la lección para España
La Unión Europea cuenta con la Ley de Mercados Digitales, en vigor desde 2023, que impone obligaciones a las grandes plataformas designadas como guardianes de acceso. Desde marzo de 2024, la Comisión Europea ha abierto investigaciones sobre el cumplimiento de varias compañías. En el espacio europeo, Apple ya ha tenido que habilitar tiendas alternativas y motores de navegador propios en el iPhone, además de modificar sus condiciones comerciales. Japón no inaugura la regulación de las plataformas, pero añade otra aplicación nacional del mismo debate.
La aportación japonesa está en cómo concreta las obligaciones para el móvil y en la supervisión de detalles técnicos que pueden decidir si una alternativa funciona. Una tienda puede estar permitida y, sin embargo, quedar frenada por un proceso de autorización excesivo; un navegador puede descargarse, pero rendir peor si carece de acceso a capacidades importantes. La JFTC debe distinguir entre salvaguardas justificadas y trabas que protegen al operador dominante. La distancia entre una apertura escrita y una competencia efectiva se mide en la práctica.
Para España, el marco principal sigue siendo el europeo, no la ley japonesa. La experiencia de Tokio puede aportar referencias para evaluar si las comisiones hacen inútil el desvío a una web, si los mecanismos de elección son neutrales y si las condiciones de interoperabilidad permiten competir sin comprometer la protección de datos. La coordinación entre la Comisión Europea y autoridades nacionales como la CNMC resulta importante cuando las reglas afectan a mercados que no terminan en una frontera. La cuestión europea es hacer cumplir las obligaciones que ya existen.
También queda el equilibrio entre apertura y protección. Las tiendas alternativas, los pagos externos y los navegadores con motores propios pueden ampliar la competencia, pero exigen reglas comprensibles sobre seguridad, privacidad y responsabilidad. Una restricción no debería justificarse solo con una advertencia general, del mismo modo que la búsqueda de competencia no obliga a ignorar riesgos concretos. El desafío regulatorio es permitir opciones sin convertir la seguridad en una barrera ni en una promesa vacía.
La competencia se decidirá en los detalles
La ley japonesa transforma las condiciones bajo las que Apple y Google controlan partes centrales de la experiencia móvil: distribución de aplicaciones, cobro, navegación y elección de servicios predeterminados. Entra en vigor desde diciembre de 2025, con cambios técnicos cuyo despliegue puede prolongarse durante 2026. En las tiendas alternativas de Apple, las comisiones anunciadas varían del 5% al 26%, según el canal, mientras que las sanciones pueden alcanzar porcentajes elevados de las ventas domésticas. El alcance de la reforma combina cambios visibles con obligaciones económicas y técnicas.
Su efecto final no dependerá solo de cuántas tiendas o pasarelas aparezcan, sino de si los usuarios pueden encontrarlas y utilizarlas sin obstáculos artificiales y de si los desarrolladores pueden sostenerlas comercialmente. La JFTC tendrá que decidir en casos concretos dónde acaba una precaución legítima y dónde empieza una limitación injustificada. Japón ha abierto nuevos carriles en un mercado dominado por dos grandes plataformas; ahora la prueba será comprobar si por ellos circulan competidores capaces de cambiar la experiencia diaria. La apertura será real cuando la alternativa resulte viable, no solo permitida.

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