Economía
¿Por qué Cuba permitirá empresas privadas con más de 100 trabajadores?
Cuba permitirá empresas privadas con más de 100 trabajadores desde septiembre, un cambio histórico que amplía el espacio del sector no estatal.

Resumen
- Cuba permitirá empresas privadas con más de 100 trabajadores
- El nuevo régimen entrará en vigor el 9 de septiembre de 2026
- La reforma elimina un techo simbólico vigente desde las mipymes de 2021
Cuba acaba de borrar uno de los límites más simbólicos impuestos al sector privado desde que volvió a permitir la creación de empresas particulares. A partir del 9 de septiembre de 2026, una compañía privada podrá superar los 100 trabajadores y seguir creciendo: dejará de ser jurídicamente una mipyme y pasará a clasificarse como empresa privada con más de 100 empleados. La nueva regulación no establece un número máximo de trabajadores.
El cambio aparece en el Decreto-Ley 133, publicado este 2 de septiembre en la Gaceta Oficial número 71. Y conviene precisar el detalle porque cambia bastante la noticia: Cuba no acaba de descubrir la empresa privada —las mipymes privadas existen legalmente desde 2021—, sino que elimina el techo que impedía que aquellas sociedades rebasaran las 100 personas ocupadas. Exactamente 100 sigue siendo una mediana empresa; a partir de 101 se entra en la nueva categoría.
Puede parecer una sutileza burocrática, otra casilla en un formulario. No lo es. Durante décadas, el Gobierno cubano aceptó el negocio privado pequeño con una mezcla bastante reconocible de necesidad económica y desconfianza política. Ahora admite jurídicamente algo distinto: empresas privadas que pueden crecer sin un límite laboral fijado de antemano. En la Cuba nacida de la Revolución, la diferencia tiene bastante más peso que un cambio de nombre.
Qué cambia realmente para las empresas privadas en Cuba
La nueva clasificación queda bastante nítida. Una microempresa tendrá entre uno y 10 ocupados; una pequeña, entre 11 y 35; una mediana, entre 36 y 100. Por encima de esa cifra aparece la empresa privada, sin que el Decreto-Ley 133 establezca un techo posterior de 150, 500 o 1.000 empleados.
Eso significa que una mipyme que prospere ya no tendrá que detener artificialmente su plantilla al alcanzar la frontera de los 100 trabajadores. Podrá solicitar su transformación empresarial y continuar creciendo dentro del marco privado. La regulación contempla expresamente ese cambio de categoría y concede a la administración municipal hasta 10 días hábiles para decidir sobre estas modificaciones; para nuevas solicitudes de creación, el procedimiento general dispone de hasta 20 días hábiles.
La empresa conserva facultades que, leídas con ojos europeos, parecen bastante corrientes, pero dentro del sistema cubano tienen otra temperatura: administrar su patrimonio, elegir proveedores y clientes, determinar su plantilla, fijar precios dentro de las reglas vigentes, establecer los ingresos de sus trabajadores respetando el salario mínimo y realizar inversiones.
También podrá importar y exportar directamente, aunque para ello necesitará autorización del Ministerio de Comercio Exterior e Inversión Extranjera, y podrá asociarse con capital extranjero conforme a la legislación cubana. El Estado abre la puerta, sí; no entrega las llaves del edificio.
Los 100 trabajadores eran el techo, no el permiso
Aquí estaba la frontera anterior. Cuando Cuba legalizó las mipymes privadas en 2021, estas podían constituirse como sociedades con personalidad jurídica, pero el máximo estaba situado en 100 trabajadores. Las primeras 35 mipymes aprobadas aquel septiembre fueron 32 privadas y tres estatales. Era una ruptura importante después de décadas sin empresas privadas reconocidas en esos términos, aunque cuidadosamente acotada.
La legislación volvió a ordenarse en 2024 mediante el Decreto-Ley 88. El Decreto-Ley 133 modifica precisamente esa norma, junto con las que regulan las cooperativas no agropecuarias y el trabajo por cuenta propia. Ya no se trata, pues, de tolerar que una pequeña sociedad privada exista mientras permanezca pequeña. Se legaliza su crecimiento más allá del umbral de la mipyme.
Cuándo entra en vigor la nueva norma cubana
El calendario es corto. El Decreto-Ley 133 fue publicado oficialmente el 2 de septiembre de 2026 y dispone que entre en vigor siete días después de su publicación. Por tanto, el nuevo régimen será aplicable desde el 9 de septiembre.
No ha sido, sin embargo, una decisión improvisada esta semana. El Gobierno había presentado el cambio el pasado junio dentro de un enorme paquete de 176 transformaciones económicas y sociales, agrupadas en 23 ejes. Entre aquellas medidas figuraba expresamente permitir la contratación de más de 100 empleados y clasificar a esas entidades como empresas privadas. La publicación de septiembre convierte aquella decisión política en norma jurídica efectiva.
Ese paquete va bastante más lejos: pretende reformar empresas estatales, introducir más mecanismos de mercado, facilitar inversiones, revisar subsidios y ampliar el espacio de los actores económicos no estatales. Si las medidas terminan aplicándose en toda su extensión, el giro puede convertirse en una de las transformaciones más profundas del modelo económico cubano desde la Revolución de 1959.
Por qué Cuba permite ahora empresas privadas más grandes
La explicación oficial y la realidad económica terminan encontrándose, aunque lleguen por caminos distintos. Cuba atraviesa una crisis severa de producción, divisas, combustible y electricidad. El propio Gobierno ha reconocido tanto el impacto de las sanciones y de la presión estadounidense como la existencia de errores e insuficiencias internas. El viejo sector estatal, enorme y rígido, tiene dificultades evidentes para cubrir por sí solo las necesidades de la economía.
La presión sobre los suministros energéticos ha agravado mucho la situación durante 2026, con apagones, escasez de combustible y una actividad económica sometida a una tensión extraordinaria. Al mismo tiempo, la crisis es anterior a esa escalada: baja productividad, problemas estructurales, pérdida de capacidad importadora, burocracia y años de deterioro económico tampoco aparecieron ayer por la mañana.
Y entretanto sucedió algo incómodo para la ortodoxia: el sector privado se volvió imprescindible. En 2024 ya había superado al estatal en valor de las ventas minoristas, con un 55% del total según estadísticas oficiales preliminares. Hacia 2025, alrededor de 1,6 millones de personas trabajaban en actividades privadas dentro de una fuerza laboral de unos cuatro millones.
Dicho de otra manera: La Habana no está ampliando el espacio privado porque haya amanecido enamorada de Adam Smith. Lo hace porque una parte creciente de la distribución, la producción y los servicios depende precisamente de actores privados a los que hasta hace pocos años se obligaba a comportarse como negocios permanentemente pequeños.
Por qué el cambio puede considerarse histórico
Para medir la dimensión del giro hay que retroceder bastante más que a 2021. En 1968, durante la llamada Ofensiva Revolucionaria, el Gobierno de Fidel Castro nacionalizó decenas de miles de pequeños negocios que aún permanecían en manos privadas. Más de 55.000 empresas, comercios y establecimientos fueron absorbidos entonces. La actividad empresarial urbana particular quedó reducida durante años a espacios mínimos.
La grave crisis posterior al hundimiento de la Unión Soviética obligó a cambiar de rumbo. En 1993, durante el Período Especial, el Gobierno volvió a autorizar el trabajo por cuenta propia en más de un centenar de actividades. Aquello permitió restaurantes familiares, pequeños servicios, artesanos y numerosos oficios independientes, pero no equivalía todavía a reconstruir una estructura empresarial privada normal.
Más tarde llegaron las reformas de Raúl Castro, la ampliación del cuentapropismo y, en 2019, una Constitución que reconoció expresamente la propiedad privada sobre determinados medios de producción, aunque adjudicándole un papel complementario dentro de la economía socialista. En 2021 aparecieron finalmente las mipymes privadas. Cinco años después cae el límite de los 100 trabajadores.
La secuencia resulta bastante elocuente: del pequeño trabajador autónomo tolerado durante las crisis se ha pasado a reconocer una persona jurídica privada capaz de crecer por encima del tamaño de una mipyme. No devuelve a Cuba al sistema económico anterior a 1959 ni supone una privatización general, pero sí rompe una barrera que durante décadas habría resultado políticamente difícil de imaginar.
Hay otro cambio menos vistoso y quizá igualmente importante. El nuevo texto establece que pueden ser socios de empresas privadas los cubanos residentes tanto en la isla como en el exterior, además de los extranjeros con residencia permanente en Cuba.
La reforma elimina también otra restricción: una misma persona natural podrá ser socia de más de una mipyme o empresa privada. Hasta ahora, el diseño legal trataba de contener la acumulación empresarial limitando la participación individual. La nueva norma admite estructuras de propiedad algo más complejas.
Los cubanos residentes en el extranjero podrán igualmente ejercer determinadas actividades por cuenta propia cuando estas no exijan su permanencia física en el país. Para una economía cuya diáspora dispone de capital, contactos comerciales y acceso a divisas, el detalle no es precisamente ornamental.
Persisten incompatibilidades. Funcionarios y cuadros del Estado o del Gobierno, entre otros supuestos regulados, no pueden convertirse simplemente en empresarios aprovechando su posición pública. También se mantienen obligaciones tributarias, bancarias, mercantiles y laborales, así como la supervisión administrativa.
Una apertura grande, pero todavía bajo tutela del Estado
Hablar de un regreso puro y simple del capitalismo a Cuba sería demasiado cómodo. Y también demasiado pronto. La Constitución continúa definiendo la propiedad privada como complementaria, el Estado conserva amplias facultades para regular la concentración de riqueza y existen actividades restringidas o condicionadas para los operadores no estatales.
Miguel Díaz-Canel ha insistido en que las reformas no pretenden instaurar un capitalismo depredador ni acometer una privatización masiva. Sectores considerados estratégicos seguirán protegidos del proceso. La posición oficial es otra: utilizar empresa privada, inversión y mecanismos de mercado para sostener el proyecto socialista, una fórmula que recuerda, con enormes diferencias de escala y circunstancias, a los caminos emprendidos por China y Vietnam.
También sigue siendo importante el verbo empleado por la legislación. Las empresas podrán importar directamente, pero previa autorización; podrán fijar precios, pero conforme a las reglas públicas; podrán invertir y asociarse, pero dentro del marco fijado por el Estado. Hay mercado, aunque con un regulador sentado muy cerca de la caja.
Cuba cruza una frontera que parecía intocable
El cambio del 9 de septiembre no consiste en que Cuba permita por primera vez un negocio privado. Esa transformación comenzó mucho antes. Lo nuevo es que acepta algo que su arquitectura económica había evitado cuidadosamente: que una empresa particular deje de ser pequeña, supere los 100 trabajadores y continúe creciendo con reconocimiento legal.
Es histórico por esa razón, no porque Cuba se haya convertido de repente en una economía liberal. El Estado sigue dominando los sectores estratégicos y conserva una extensa capacidad de intervención. Pero la línea se ha movido. Primero reapareció el cuentapropista; después la mipyme; ahora llega la empresa privada sin techo laboral explícito.
A veces los grandes cambios económicos no llegan con una bandera nueva ni con un discurso solemne. Llegan con una cifra que desaparece de una ley. En Cuba, durante cinco años, esa cifra fue 100 trabajadores. Desde septiembre de 2026 deja de ser una frontera.












