Actualidad
¿El fiscal general es inocente? Un testimonio lo cambia todo
El testimonio prestado hoy por José Precedo (elDiario.es) ante el Tribunal Supremo fija una secuencia nítida: el 6 de marzo de 2024 tuvo en su poder un pantallazo en papel del correo que desencadenó la tormenta pública y el proceso penal contra el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz.

Diseñado por Freepik
El testimonio de José Precedo fija fechas y desmonta la tesis de la filtración: el correo clave circulaba antes de llegar al fiscal general.
El testimonio prestado hoy por José Precedo (elDiario.es) ante el Tribunal Supremo fija una secuencia nítida: el 6 de marzo de 2024 tuvo en su poder un pantallazo en papel del correo que desencadenó la tormenta pública y el proceso penal contra el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz. Esa fecha es seis días anterior a la primera recepción formal del documento por parte del fiscal general, que ocurrió la noche del 13 de marzo. Si se mantiene esta cronología, el relato que apuntaba a la Fiscalía General como foco de la filtración pierde base fáctica: el contenido esencial del email ya circulaba, al menos parcialmente, antes de que llegara a la cúspide del Ministerio Público.
El núcleo del mensaje es inequívoco y llega con nombres y días: el correo del 2 de febrero partió de la defensa de Alberto González Amador —pareja de Isabel Díaz Ayuso—, asumía la comisión de fraude fiscal y proponía un acuerdo de conformidad. Precedo declaró que conoció esa pieza el 6 de marzo, que no la publicó porque su fuente no le autorizó a difundir la imagen, y que por eso esperó a que el contenido fuese público para completar su información. Añadió una frase que pesa: “Es inocente”, en referencia a García Ortiz, amparándose en el secreto profesional para no identificar de dónde le llegó el documento.
La cronología que cambia la interpretación
Reconstruir el itinerario temporal no es un capricho sino la llave del caso. El 2 de febrero de 2024, el abogado de González Amador escribió al fiscal del procedimiento para proponer un pacto, con aceptación de hechos y ajuste de la pena. Es el primer paso. El 12 de marzo, el fiscal instructor respondió al hilo abriendo la puerta a explorar esa vía, pero como contestación a la propuesta ya formulada por la defensa. En paralelo, el 6 de marzo, un periodista —Precedo— accede a un pantallazo en papel del correo original de 2 de febrero, con su literalidad, y lo almacena sin publicarlo por falta de permiso de su fuente. Esa pieza, por tanto, existía fuera de la Fiscalía —y en manos de terceros— antes de que la cadena llegase a la cúspide institucional.
La noche del 13 de marzo estalla el conflicto público. A última hora, un medio publica que la Fiscalía habría ofrecido un pacto y que luego lo habría retirado por presiones “de arriba”. El encuadre omite que el ofrecimiento inicial lo hizo la defensa en febrero. En minutos, varias redacciones comprueban documentos, llaman a fuentes, contrastan el orden de los correos y el texto exacto. Cuando la literalidad del 2 de febrero se hace pública, el relato cambia: la iniciativa no salió de la Fiscalía, sino de la parte investigada. Ese dato, con su fecha y sentido jurídico, es el que hoy se ha ratificado en el Supremo mediante declaración bajo juramento.
El matiz del orden —febrero primero, marzo después— resulta determinante. Es lo que transforma una narrativa de “ofrecimiento desde Fiscalía” en otra diametralmente opuesta: respuesta de Fiscalía a un ofrecimiento previo de la defensa. No es una filigrana semántica. En términos penales, sitúa a cada actor en su sitio y redefine la posibilidad de que exista revelación de secretos con origen en el fiscal general. Si un periodista pudo ver ese material días antes de que llegara a la mesa del jefe del Ministerio Público, afirmar que la difusión nace de éste no encaja con los hechos descritos hoy.
Qué se juzga en el Supremo y por qué importa
El procedimiento contra Álvaro García Ortiz se centra en un presunto delito de revelación de secretos. Las acusaciones sostienen que, la noche del 13 de marzo, la difusión del contenido de una comunicación entre la Fiscalía y la defensa vulneró la confidencialidad y perjudicó el derecho de defensa del investigado. La defensa del fiscal general se aferra a dos pilares: por un lado, la necesidad institucional de corregir una versión inexacta que ya estaba circulando; por otro, que el contenido esencial del correo de 2 de febrero estaba conocido en redacciones antes de la supuesta filtración atribuida a la cúpula del Ministerio Público.
Esa doble línea de defensa ha ganado cuerpo con la sesión de hoy. La tipicidad penal exige un origen claro de la revelación, no meramente una coincidencia temporal con una nota institucional. Además, el estándar práctico para condenar por revelación de secretos incluye el análisis del daño: si lo difundido ya era conocido en términos sustanciales —porque su literal estaba en manos de periodistas—, la imputación pierde aire. No se trata de una inmunidad general para la institución, sino de encajar qué se conocía y cuándo. A partir de ahí, decidir si lo que hubo fue una filtración o una reacción a un relato que, de hecho, invertía el sentido de los correos.
La sesión ha servido también para ordenar los roles: el fiscal del caso conduce la interlocución con la defensa; la Fiscalía Provincial canaliza parte del tráfico; la Fiscalía General no recibe la cadena completa hasta la noche del 13. A esa hora, el debate público estaba encendido y los medios ya trabajaban —algunos desde el día anterior— con textos y fechas que ahora conocemos con mejor precisión. El tribunal dispone, por tanto, de un mapa temporal que permite valorar el nexo causal entre cada paso y cada agente.
Secreto profesional y límites en España
Un elemento ha cruzado toda la sesión: el secreto profesional de los periodistas. Precedo no reveló la identidad de su fuente, conforme a una protección reconocida por la Constitución y asentada por el Tribunal Constitucional y el Tribunal Supremo en su jurisprudencia. No es un capricho gremial, sino una garantía de libertad de información. La clave —y ahí está el equilibrio— es que ese secreto no legitima difundir datos falsos ni descontextualizados, pero sí blinda a quien entrega documentos veraces para destapar un interés público.
El Supremo, en este marco, debe sopesar dos derechos fundamentales en tensión: el de informar y el de defensa. La pregunta práctica es si publicar —o adelantar a medios— la existencia y el contenido de un correo que corrige una versión errónea causó un perjuicio real a la posición procesal del investigado, o si, al contrario, evitó que prosperara una falsedad con impacto político. No hay una respuesta automática. Pero la cronología que hoy se ha reforzado en sala inclina la balanza hacia una reacción institucional frente a un bulo previo, más que hacia una filtración con origen en la cúpula fiscal.
Los medios en el ojo del huracán
El caso no se entiende sin observar el comportamiento de los medios aquella noche. Hubo periódicos que apostaron de salida por el titular de que Fiscalía ofreció el pacto; otros prefirieron esperar a certificar si había correos previos, si la propuesta venía de febrero y, sobre todo, si la admisión de fraude estaba por escrito en un primer mensaje. En ese terreno movedizo, la literalidad del correo de 2 de febrero, que apuntaló la iniciativa de la defensa, terminó emergiendo horas después y corrigió la lectura inicial.
La sesión en el Supremo ha añadido nombres propios. José Precedo situó su acceso al documento el 6 de marzo. En paralelo, otros periodistas confirmaron que el 12 de marzo por la noche ya trabajaban con el contenido del correo, aunque no todos disponían de la imagen. Esa diferencia entre literalidad y documento físico es importante: para publicar ciertas piezas se exige ver el texto; para explicar la dirección de una negociación, basta conocer su contenido y verificar su origen. El resultado fue un mapa informativo asimétrico que, durante varias horas, convivió con dos relatos opuestos.
La pieza clave: el correo del 2 de febrero
Conviene detenerse en el correo del 2 de febrero, porque es la piedra angular. No es una conversación genérica sobre posibilidades: es un ofrecimiento formal de conformidad, con admisión de delitos fiscales y con un esquema de reducción de pena propio de esa vía. Ese texto —fechado, trazable y con autor— ancla la secuencia. Coloca a la defensa como sujeto activo de la propuesta, y a la Fiscalía en un papel de receptora que, días después, contesta para explorar condiciones y encaje.
Lo sucedido el 13 de marzo —una versión pública que sugería lo contrario— solo se explica si se omite el 2 de febrero o si se desconoce su existencia. Cuando, horas después, aparece la literalidad de ese primer correo, el castillo se desarma: ya no encaja hablar de un ofrecimiento construido desde la Fiscalía, ni de una retirada por presiones. La narrativa se invierte y, con ella, el sentido político del episodio.
La derivada política y las presiones denunciadas
El proceso judicial ha puesto también luz sobre el clima en el que se produjeron las publicaciones del 12 al 14 de marzo. Miguel Ángel Rodríguez, jefe de gabinete de la presidenta madrileña, aparece en el relato de los testigos como vector de una presión sostenida y de mensajes con descalificaciones a periodistas. Precedo recordó amenazas recibidas en aquellos días, con advertencias del tipo “os vamos a triturar”. Quien conoce el medio sabe que no son palabras huecas: dibujan un ambiente de hostilidad en el que cada titular, cada coma, cada hora contaba.
Esa contaminación del ecosistema público tuvo efectos concretos. Los departamentos de comunicación institucionales tuvieron que gestionar un incendio que crecía en directo, con versiones encontradas y piezas incompletas que se replicaban a gran velocidad. En ese contexto, la Fiscalía General preparó una nota para fijar hechos: que el correo originario partió de la defensa y que la respuesta de la Fiscalía se produjo después. El punto crítico del juicio es si esa reacción cruzó la frontera de la confidencialidad o si fue una rectificación legítima frente a un relato erróneo que ya circulaba y al que se había dado megafonía.
El papel de las redes sociales y de algunos altavoces políticos no es menor. En minutos, la tesis de que la Fiscalía ofreció y retiró un pacto —con el añadido de que obedecía órdenes superiores— se viralizó y ocupó tertulias. Esa ventaja inicial del relato simple, aunque falso en su premisa de origen, obligó a varias redacciones a pisar el freno: sabían que publicar sin conocer el correo de febrero podía equivocar el análisis. Cuando el contenido completo asoma, el ruido baja y el mapa se reordena. Pero el daño al clima informativo —y a la reputación de profesionales concretos— ya estaba hecho.
Qué puede pasar a partir de ahora
Con el calendario en la mano, la prueba testifical que hoy refuerza la preexistencia periodística del correo antes del 13 de marzo coloca la acusación en una posición más frágil. El tribunal deberá encajar los relojes: 6 de marzo para el primer acceso periodístico; 12 de marzo para conversaciones y verificaciones en redacciones; 13 de marzo por la noche para la llegada formal de la cadena al fiscal general. Si esas piezas se sostienen con la documentación aportada, será difícil acreditar que la revelación nació en la cúpula fiscal.
En lo jurídico, los escenarios son bastante claros. Si se acredita un origen externo de la difusión —fuera de la Fiscalía General— y se demuestra que la nota institucional de esa noche se limitó a ordenar hechos veraces ya en circulación, la subsunción penal en revelación de secretos pierde viabilidad. El tipo penal no persigue explicaciones institucionales destinadas a corregir informaciones falsas cuando el contenido clave ha traspasado previamente el ámbito reservado. Harían falta actos positivos de entrega de documentos o datos con capacidad de lesionar un derecho de defensa. Y, de momento, lo que ha ganado fuerza es que el periodismo conocía la pieza principal —el correo del 2 de febrero— antes de que el fiscal general lo tuviera en su poder.
Queda, por supuesto, la cadena de custodia. ¿Cómo salió ese pantallazo en papel? ¿Quién lo imprimió? ¿Quién lo compartió por primera vez? El secreto profesional cierra esa puerta en sede judicial mientras no se perjudiquen otros derechos. Pero el proceso penal puede reconstruir por vías alternativas los puntos de acceso al expediente: registros internos, trazas de correo, metadatos, listados de usuarios con permiso de lectura. Si esos rastros confirman que el documento circuló por canales ajenos a la Fiscalía General antes del 13 de marzo, la tesis incriminatoria se desmorona.
A la vez, el juicio deja lecciones que trascienden a los protagonistas. La trazabilidad temporal —quién tuvo qué y cuándo— no es un asunto técnico menor: determina la verdad judicial y el impacto político. Las palabras elegidas en los titulares, incluso cuando son ciertas en una parte, pueden desorientar si ocultan la parte esencial. En este caso, omitir el 2 de febrero equivale a dar la vuelta a la historia. Y esa inversión no es inocua: orienta la conversación, condiciona decisiones y, como se ha visto, acaba en los tribunales.
Hay más derivadas. La protección a las fuentes —que hoy ha ejercido Precedo con contundencia— convive con la responsabilidad de verificar el orden de los hechos. La sesión ha mostrado que algunas redacciones, con el 13 de marzo ya caliente, detuvieron la publicación hasta atar el puzle. Otras avanzaron una tesis que no sobrevivió al día siguiente. Es legítimo y pasa en democracias sanas: el contraste público, las rectificaciones y el debate acaban depurando la información. El papel del tribunal es otro: distinguir entre filtrar y explicar, entre confidencialidad y interés público, con el reloj y los documentos como únicos árbitros.
El terreno político seguirá moviéndose. El caso intercepta a la Comunidad de Madrid, a su presidenta y a su entorno, y lo hace en un año de alta temperatura institucional. Cualquier resolución judicial tendrá lecturas y contralecturas. Pero, con independencia del desenlace, hoy la fotografía es más nítida que ayer: el correo clave nació en la defensa y fue visto por periodistas antes de llegar al fiscal general. Esa realidad se asentó con testimonios directos y marca el techo probatorio de la acusación.
Dónde queda el foco tras la declaración
En el punto exacto en el que confluyen fechas, documentos y responsabilidades. A partir de la declaración de hoy, el eje no es tanto quién respondió a un correo como quién lo envió y cuándo se difundió su contenido. La defensa de González Amador lo envió el 2 de febrero; periodistas lo conocieron el 6 de marzo o, al menos, verificaron su literalidad antes del 13; el fiscal general lo recibió después. Con esas balizas, hablar de filtración que nazca en la cúpula de la Fiscalía se hace cuesta arriba.
Quedan jornadas de vista por delante y caben giros si aparecen pruebas nuevas. Pero la estructura del caso, tal y como ha quedado hoy, señala una dirección: el procedimiento por revelación de secretos debe probar un origen y un daño que la cronología debilita. Lo demás —las fricciones políticas, los titulares cruzados, el ruido— explica el contexto, nunca sustituye los hechos. Y los hechos, con lo dicho en el Supremo, apuntan a que el correo clave empezó su viaje fuera de la Fiscalía General y que su sentido —quién lo ofreció y cuándo— no admite ya muchas vueltas. Ese es, hoy, el foco. Ahí se va a jugar la resolución.

Actualidad¿Qué se sabe hoy de los terremotos de Venezuela y cómo sigue el país?
Salud¿Por qué me duelen las piernas por dentro? Causas, síntomas y alertas
Naturaleza¿Dónde siguen activos los incendios en España este 28 de septiembre?
Economía¿Cómo funciona la nueva cuenta de Revolut al 3,51% TAE en España?
Actualidad¿Qué pasó con el terremoto de Colombia? Balance, víctimas y réplicas
ActualidadSan Miguel 2026: fecha, día de la semana y santoral
Actualidad¿Cuánto cuesta el desfile de la Fiesta Nacional en Madrid en 2026?
Economía¿Cuándo llega Kaufland a España y qué ciudades tendrán compra online?
Ocio¿Cuándo es Halloween 2026 en España y qué día se celebra este año?
ActualidadCalendario laboral 2026: ¿cuántos días festivos tendrás en España?
Salud¿Por qué mi sudor huele mal y antes no? Causas y cuándo preocuparse
Ocio¿Cómo queda la Liga Endesa? Fichajes, bajas y renovaciones 2026-27









