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¿Por qué denuncian impunidad tras el ataque a una monja en Jerusalén?

El ataque a una monja en Jerusalén quedó probado, pero el acusado fue declarado inimputable y enviado a un hospital psiquiátrico hasta seis años

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el ataque a una monja

Resumen

  • El tribunal dio por probada la agresión a una monja en Jerusalén
  • El acusado fue declarado inimputable por su estado psicótico
  • La defensa denuncia impunidad ante el aumento de ataques a cristianos

Un tribunal de Jerusalén ha declarado penalmente inimputable al hombre que agredió violentamente a una monja católica francesa cerca de la Ciudad Vieja y ha ordenado su internamiento en un hospital psiquiátrico durante un máximo de seis años. La Justicia dio por probado que Yona Simcha Schreiber cometió la agresión, pero aceptó el dictamen médico que concluyó que atravesaba un estado psicótico y no podía comprender ni controlar plenamente sus actos.

La resolución ha reabierto, sin embargo, un debate bastante más amplio que el expediente clínico del acusado. Zaki Sahlia, abogado de la religiosa, sostiene que existe una preocupante falta de consecuencias penales en agresiones dirigidas contra cristianos en Israel. Es una denuncia de la defensa, no una conclusión del tribunal, pero aparece en un momento en el que organizaciones israelíes especializadas en libertad religiosa vienen documentando un aumento del acoso a sacerdotes, religiosas, fieles y propiedades cristianas.

Una agresión por la espalda junto al monte Sion

El ataque ocurrió el 28 de abril de 2026 en las inmediaciones de la Tumba del rey David, en el monte Sion. La víctima, una religiosa francesa de 48 años vinculada como investigadora a la Escuela Bíblica y Arqueológica Francesa de Jerusalén, caminaba vestida con su hábito cuando Schreiber se acercó corriendo por detrás y la empujó con violencia.

La caída fue aparatosa. La mujer se golpeó contra el suelo y sufrió heridas en la cabeza. El agresor comenzó a alejarse, pero regresó segundos después y le propinó una patada cuando todavía estaba en el suelo. Un transeúnte intentó intervenir y también fue atacado. La secuencia quedó registrada por cámaras de seguridad, de modo que el núcleo material de lo ocurrido apenas ofrecía margen para la discusión.

La Fiscalía presentó cargos por agresión con lesiones corporales motivada por hostilidad hacia un grupo religioso, además de otra acusación de agresión por el ataque al hombre que trató de detenerlo. Schreiber, de 36 años, residía en Peduel, un asentamiento israelí situado en Cisjordania.

El tribunal acredita los hechos, pero descarta responsabilidad penal

Aquí está el matiz que se pierde con facilidad entre titulares: Schreiber no fue absuelto porque el juez dudase de la agresión. Al contrario. La resolución consideró probados los actos descritos en la acusación. Lo que cambió el desenlace fue la evaluación de su estado mental en el momento de cometerlos.

La valoración psiquiátrica concluyó que padecía esquizofrenia y que se encontraba en un episodio psicótico que le impedía entender adecuadamente la naturaleza de su conducta o contenerla. Sobre esa base, el Tribunal de Magistrados de Jerusalén determinó que no podía ser considerado penalmente responsable conforme a las reglas aplicables a personas inimputables por enfermedad mental.

Los seis años tampoco equivalen exactamente a una condena de seis años de prisión. Se trata del periodo máximo de hospitalización psiquiátrica, vinculado a la pena máxima prevista para el delito más grave que se le atribuía. Una comisión médica puede autorizar una salida anterior si determina que su evolución clínica lo permite. Es decir: hay privación de libertad, pero su naturaleza jurídica y su finalidad son distintas de una pena ordinaria.

La diferencia entre una absolución y negar que hubo ataque

La distinción importa. Mucho. En términos jurídicos, afirmar que una persona era inimputable cuando cometió un delito no significa sostener que el episodio nunca ocurrió ni borrar a la víctima de la fotografía. Significa que el sistema penal considera que faltaba la capacidad mental necesaria para atribuirle responsabilidad criminal de la forma habitual.

Precisamente ahí nace el choque entre la sentencia y la percepción de la defensa. Para Sahlia, el resultado transmite una sensación de falta de rendición de cuentas en un contexto donde ya se han producido otros incidentes contra cristianos. Para el tribunal, en cambio, la cuestión concreta era otra: determinar si ese acusado, en ese momento y con esa enfermedad, reunía las condiciones necesarias para responder penalmente por sus actos.

Por qué la defensa de la monja habla de impunidad

Sahlia expresó tras conocerse el fallo su frustración por lo que considera una pauta repetida. Según su argumentación, en casos de agresiones contra cristianos los responsables terminan en ocasiones siendo declarados incapaces de responder plenamente de sus actos. Su crítica apunta menos al hecho de que Schreiber vaya a recibir tratamiento psiquiátrico que al efecto acumulativo que decisiones de este tipo pueden producir sobre las víctimas.

El abogado también afirmó que Schreiber mantenía vínculos con Ha Nizahon Ha Yehudi, una organización de orientación religiosa nacionalista. Esa vinculación procede de la versión ofrecida por la defensa y no constituye, por sí misma, la razón sobre la que descansó la decisión judicial. El tribunal fundamentó la inimputabilidad en los informes psiquiátricos, no en una valoración política o ideológica del acusado.

Ahí conviene separar dos planos que, juntos, producen mucho ruido: una cosa es la situación clínica particular de Schreiber y otra el problema más amplio del hostigamiento anticristiano en Jerusalén. El primer asunto se resolvió mediante un dictamen médico aplicado a un individuo. El segundo aparece en estadísticas y denuncias que abarcan centenares de episodios diferentes y que no pueden meterse todos en el mismo saco.

El contexto: más incidentes contra cristianos en Israel

Los datos disponibles explican por qué la agresión no ha quedado reducida a una crónica judicial más. Organizaciones israelíes dedicadas a documentar ataques y hostigamiento contra comunidades cristianas registraron alrededor de 180 incidentes durante 2025, frente a algo más de un centenar el año anterior. Las cifras difundidas situaron el incremento en torno al 63 %.

Los escupitajos contra religiosos y fieles aparecen de manera recurrente, junto con insultos, amenazas y vandalismo contra símbolos cristianos, además de episodios de violencia física. Jerusalén, especialmente la Ciudad Vieja, concentra buena parte de los casos registrados. No todos poseen la misma gravedad, ni su inclusión en una estadística convierte automáticamente cada incidente en delito de odio probado judicialmente. Pero la acumulación dibuja un fenómeno que organizaciones israelíes de convivencia religiosa consideran suficientemente serio como para reclamar más prevención y actuación policial.

La tendencia continuó durante 2026. Entre abril y junio fueron documentados 83 actos de acoso o violencia, desde escupitajos y amenazas hasta agresiones físicas, vandalismo y ataques contra espacios religiosos. La mayoría se produjo en Jerusalén y, de nuevo, buena parte en su casco histórico. La agresión sufrida por la religiosa francesa figura entre los episodios recogidos durante ese periodo.

El asunto incluso llegó a una comisión de la Knéset, el Parlamento israelí, donde se abordó el hostigamiento sufrido por clérigos y peregrinos cristianos en la Ciudad Vieja. Durante aquellos debates se reclamaron una mayor labor educativa y una respuesta más efectiva de las autoridades.

Condena oficial y una discusión que no termina con la sentencia

Tras la agresión de abril, representantes franceses condenaron lo sucedido y reclamaron una respuesta judicial. El Ministerio de Exteriores israelí también calificó el ataque de vergonzoso y reiteró el compromiso del Estado con la libertad religiosa y de culto. Hubo, por tanto, una condena pública clara del episodio.

Eso no liquida la controversia. Para las organizaciones que siguen estos incidentes, el problema no consiste únicamente en que las instituciones condenen una agresión particularmente visible, sino en qué ocurre después con denuncias menos mediáticas: un sacerdote escupido en una calle, una cruz dañada, insultos repetidos delante de un convento. Ahí la fotografía es más gris, hecha de expedientes policiales, denuncias que no siempre prosperan y víctimas que a veces ni siquiera acuden a las autoridades.

Tampoco sería correcto trasladar la responsabilidad de estos hechos al conjunto de la sociedad israelí o de la población judía. Las propias entidades que documentan los ataques trabajan desde Israel y con ciudadanos judíos implicados en la defensa de la convivencia religiosa. El problema que describen es más concreto: grupos e individuos capaces de convertir símbolos cristianos perfectamente visibles —un hábito, una sotana, una cruz— en motivo de humillación o agresión.

Jerusalén, entre el diagnóstico clínico y una herida pública

La sentencia sobre Yona Simcha Schreiber deja dos hechos coexistiendo, aunque resulte incómodo. El primero: la agresión ocurrió y quedó acreditada. El segundo: los informes médicos convencieron al tribunal de que su autor no podía responder penalmente por ella como lo haría una persona plenamente consciente de sus actos. Ambas cosas pueden ser ciertas a la vez.

La controversia empieza después. La defensa de la monja teme que esa decisión se sume a una sensación de impunidad entre los cristianos que sufren hostigamiento; la resolución judicial, por su parte, se refiere al estado mental de un acusado concreto y no exonera ni explica el resto de incidentes registrados en Jerusalén.

Y ese es el dato que permanece cuando desaparecen las cámaras del juzgado: el ataque de abril no nació en un vacío. El aumento de los episodios anticristianos documentados ha convertido la seguridad de religiosos, peregrinos y comunidades locales en un asunto público dentro del propio Israel. El desafío consiste en distinguir cada caso con rigor —también cuando interviene una enfermedad psiquiátrica— sin acostumbrarse a que el hábito de una monja, la cruz de un sacerdote o la fachada de una iglesia se conviertan, sencillamente, en una diana.

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Periodista internacional con más de 20 años de experiencia en radio, prensa y medios digitales. Licenciado en Ciencias de la Comunicación, trabaja entre España e Italia con la mirada puesta en la actualidad.

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