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¿Qué declaró la testigo clave en el caso del productor de Canal Sur?
El caso Canal Sur se estrecha tras la declaración de una testigo clave, los mensajes cotejados y las contradicciones del antiguo alto cargo.

Gustavo Fuentes, exdirector general de Andalucía Digital Multimedia, negó ante el juez haber agredido o acosado sexualmente a una antigua reportera de la productora vinculada a Canal Sur. Sin embargo, una exdirectiva de la empresa, considerada una testigo fundamental, declaró que Fuentes llegó a pedirle que despidiera a la periodista porque quería mantener relaciones sexuales con ella y no lo había conseguido.
El antiguo responsable de ADM sostuvo que entre ambos existió un “tonteo mutuo, no consumado” y siempre consentido. También cuestionó los mensajes de WhatsApp aportados por la denunciante y sugirió que algunas respuestas habían desaparecido o habían sido eliminadas. El magistrado le recordó que las 175 páginas de conversaciones habían sido cotejadas por la secretaria judicial e incorporadas como material probatorio. Fuentes quedó en libertad sin medidas cautelares, aunque la investigación continúa abierta.
Una testigo que conocía el poder del exdirectivo
La declaración que ha colocado de nuevo el caso bajo los focos procede de quien fue número dos de Gustavo Fuentes en ADM. No era, por tanto, una trabajadora situada en los márgenes del organigrama, sino una directiva que mantenía contacto habitual con él y conocía de cerca su capacidad para decidir contrataciones, despidos y destinos profesionales.
Ante el titular del Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 5 de Sevilla, la testigo explicó que su poder formal sobre el personal era limitado porque, en la práctica, Fuentes controlaba las decisiones relevantes. Según su relato, era él quien determinaba quién entraba en la productora y quién acababa fuera.
El detalle importa. La causa no examina únicamente palabras gruesas o mensajes incómodos, sino la posible utilización de una posición jerárquica para ejercer presión sexual y laboral sobre una trabajadora cuya continuidad profesional dependía, en buena medida, del hombre investigado.
La exdirectiva también confirmó que había escuchado repetidamente al entonces director general lamentarse por no haber mantenido relaciones íntimas con la reportera. No pudo precisar si una determinada frase fue pronunciada en el restaurante y el día concreto señalados durante el interrogatorio, pero aseguró haber oído comentarios semejantes en numerosas ocasiones y delante de otras personas.
Las palabras atribuidas al antiguo CEO encajan con la tesis de la denunciante: el rechazo sentimental o sexual habría sido interpretado por su superior como una afrenta personal. A partir de ahí, según la acusación, llegaron la insistencia, los comentarios degradantes y el deterioro de la relación profesional.
La justicia deberá determinar si ese comportamiento constituye un delito. De momento, se trata de una hipótesis respaldada por testimonios y documentos, no de una sentencia. Conviene mantener esa frontera, aunque el ruido del caso invite a cruzarla con botas.
La versión de Fuentes: una relación consentida
Fuentes compareció durante cerca de una hora y respondió a las preguntas del juez, de la Fiscalía y de su abogado. Rechazó, en cambio, contestar al letrado de la reportera, que ejerce la acusación particular. Negó las agresiones sexuales y el acoso continuado, y defendió que la comunicación entre ambos respondía a una relación consentida.
Según fuentes conocedoras del interrogatorio, el investigado comenzó describiendo el vínculo como “estrictamente laboral”. Más tarde admitió que existió un flirteo recíproco, aunque no llegó a consumarse. Las dos explicaciones no son necesariamente incompatibles en términos absolutos, pero dejan una grieta evidente que el juzgado tendrá que examinar junto con el resto de las pruebas.
La defensa intenta demostrar que la denunciante correspondía a los mensajes o que, al menos, no manifestó una negativa explícita. La acusación sostiene lo contrario: sus respuestas aparentemente cordiales habrían sido una forma de autoprotección laboral frente a un superior poderoso del que dependía buena parte de su futuro profesional.
Aquí reside uno de los núcleos del procedimiento. Una conversación amable, un emoticono o una respuesta evasiva no prueban por sí solos el consentimiento. Tampoco prueban, en sentido contrario, la existencia de un delito. El contexto, la jerarquía, la continuidad de las conductas y la reacción de la persona afectada forman una especie de mosaico judicial: cada pieza aislada dice poco, pero juntas pueden dibujar algo muy distinto.
Los mensajes de WhatsApp forman parte de la causa
La reportera entregó al juzgado 175 páginas de mensajes enviados desde el teléfono de Fuentes entre 2018 y el comienzo del procedimiento. La defensa alegó que en algunos tramos aparecen textos del exdirectivo sin las correspondientes respuestas de la periodista.
Esos espacios vacíos, según la versión del investigado, podrían deberse a la activación de los mensajes temporales de WhatsApp o a una posible manipulación de las conversaciones. El juez recordó durante la declaración que el contenido había sido cotejado por la secretaria judicial.
Esto significa que los mensajes han sido verificados e incorporados al procedimiento, aunque su interpretación definitiva seguirá correspondiendo al magistrado. Una prueba puede ser auténtica y, al mismo tiempo, admitir lecturas enfrentadas sobre su contexto o significado. Es precisamente esa disputa la que se dirime durante la instrucción.
La defensa de Fuentes sostiene que las ausencias ocultarían respuestas favorables de la trabajadora. La acusación replica que no existió consentimiento y que la comunicación aparentemente cordial obedecía al temor a una reacción profesional adversa.
La denunciante describe a su antiguo jefe como una persona influyente, insistente y capaz de perjudicar su estabilidad laboral. El juzgado deberá establecer si los mensajes reflejan un cortejo recíproco, como sostiene Fuentes, o una dinámica de presión sostenida desde una posición de poder.
Tres presuntas agresiones a lo largo de una década
La denuncia fue presentada en enero de 2026 y atribuye a Fuentes tres episodios de presunta agresión sexual, ocurridos en 2013, 2022 y 2023, además de un supuesto acoso sexual continuado. Dos de los hechos más recientes habrían sucedido durante desplazamientos vinculados a grabaciones de programas de Canal Sur en la provincia de Cádiz.
Una amiga íntima de la denunciante declaró que la periodista le contó lo sucedido poco después de los episodios. La exdirectiva de ADM también aseguró que conoció los hechos a través de la propia trabajadora. Ninguna de las dos habría presenciado directamente las agresiones investigadas, una precisión imprescindible.
Sus testimonios, no obstante, pueden servir para acreditar que el relato existía antes de la denuncia judicial y que no apareció de manera repentina años después. En los procedimientos por delitos sexuales, las confidencias cercanas a los hechos pueden ayudar a reconstruir la secuencia temporal, aunque no sustituyen a una prueba directa.
Ambas testigos relacionaron el deterioro físico y psicológico de la reportera con el miedo y la ansiedad que, según afirmaron, sufría bajo las órdenes del exdirector general. La defensa trata de vincular parte de ese deterioro con circunstancias personales ajenas al entorno laboral.
Los informes clínicos obran en poder del juzgado y serán evaluados dentro de la causa. Su existencia no determina por sí sola el origen del daño, pero puede aportar información sobre el estado de la denunciante, la evolución de los síntomas y su compatibilidad con los hechos relatados.
La ausencia de una denuncia inmediata también forma parte del debate. La trabajadora sostiene que tardó en acudir a los tribunales porque temía las consecuencias profesionales y personales de enfrentarse a un hombre con una posición dominante en el sector audiovisual andaluz.
La defensa considera que la relación mantenida durante aquellos años contradice esa interpretación. Entre ambas versiones se mueve la instrucción, todavía abierta y sin una resolución sobre el fondo.
El peso de ADM dentro de Canal Sur
Andalucía Digital Multimedia no es una productora cualquiera. ADM figura entre las principales proveedoras de contenidos de Canal Sur y ha estado detrás de espacios emblemáticos como Andalucía Directo. Sandetel, empresa pública de la Junta de Andalucía, posee aproximadamente el 48% de su capital y ocupa una posición relevante en su consejo de administración.
Esta vinculación explica por qué el caso ha saltado del ámbito estrictamente penal al institucional. No se investiga a un colaborador ocasional perdido entre cables y focos, sino al hombre que dirigía una compañía con participación pública, contratos relevantes y una notable capacidad para abrir o cerrar puertas en un sector marcado por la temporalidad y la dependencia de las productoras.
Cuando la investigación se hizo pública, ADM suspendió inicialmente a Fuentes. Poco después, el consejo de administración aprobó su cese definitivo e irrevocable como director general. El exdirectivo también había renunciado a la presidencia del Clúster Audiovisual y Digital de Andalucía, conocido como LAND.
Mientras Fuentes declaraba en Sevilla, profesionales de Canal Sur y representantes sindicales se concentraron frente al juzgado para respaldar a la denunciante y reclamar lugares de trabajo libres de acoso y abuso de poder.
El antiguo directivo salió en coche por el aparcamiento del edificio. Las testigos abandonaron el lugar acompañadas por personal del Servicio de Atención a las Víctimas de Andalucía. Dos imágenes distintas de una misma mañana judicial; en medio, una causa que todavía tiene mucho por aclarar.
Un protocolo interno cerrado sin escuchar a la denunciante
La gestión inicial de ADM también está bajo escrutinio. La propia productora reconoció que su investigación interna se había cerrado sin recoger la versión de la denunciante ni la de posibles testigos.
El procedimiento se apoyó esencialmente en las explicaciones del propio Fuentes, entonces máximo responsable de la compañía. Un protocolo contra el acoso que investiga al jefe escuchando básicamente al jefe tiene algo de paraguas abierto bajo techo: existe, sí, pero protege bastante poco.
La nueva dirección admitió posteriormente que aquel expediente se había cerrado en falso. La empresa arrastraba, además, un antecedente: en 2024 fue sancionada por la Inspección de Trabajo por un caso de acoso laboral contra otra trabajadora, considerado una infracción muy grave.
RTVA afirmó que no había recibido una denuncia formal contra Fuentes a través de sus canales internos antes de conocerse la causa judicial. Los sindicatos y representantes de la plantilla cuestionan que esa ausencia de comunicaciones oficiales baste para eludir responsabilidades cuando existían testimonios previos, una sanción laboral y relatos compartidos dentro del entorno profesional.
La cuestión trasciende la existencia de un formulario o un buzón corporativo. Un canal interno puede estar perfectamente diseñado sobre el papel y resultar inútil cuando la persona denunciada concentra poder, influencia y capacidad para condicionar la carrera de quienes deberían utilizarlo.
Una causa abierta y dos relatos enfrentados
El procedimiento continúa en fase de instrucción. El hecho de que el juez no impusiera medidas cautelares no supone el archivo de la causa ni una valoración definitiva sobre la culpabilidad o inocencia del investigado.
Fuentes mantiene la presunción de inocencia y niega los delitos. La denunciante conserva su condición de presunta víctima y ha presentado mensajes, informes y testimonios para respaldar su relato.
La acusación prevé solicitar nuevas diligencias. El magistrado y la Fiscalía deberán decidir qué pruebas faltan, qué testigos deben ser llamados y si los indicios reunidos justifican avanzar hacia un juicio o cerrar el procedimiento. No existe todavía una resolución judicial sobre el fondo.
Lo ocurrido en el juzgado, sin embargo, ha estrechado el campo. Ya no se trata únicamente de la palabra de una reportera frente a la de quien fue su jefe. Hay mensajes cotejados judicialmente, declaraciones de personas de su entorno y el testimonio de una antigua número dos que atribuye al exdirectivo comentarios sobre el despido de la trabajadora después de ser rechazado.
La justicia decidirá el alcance penal de esas pruebas. El debate público mira, mientras tanto, hacia otro lugar igualmente incómodo: cuánto poder puede concentrar un directivo antes de que una empresa, especialmente una compañía participada con dinero público, deje de fingir que no oye nada.

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