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¿Por qué el Supremo cita a Alvise el 26? Acoso y secretos…
El Supremo cita a Alvise el 26 por presunto acoso y revelación de datos a dos eurodiputados tras romper con su lista en Europa y elevar el conflicto a la justicia.

El Supremo cita a Alvise el 26 por presunto acoso y revelación de datos a dos eurodiputados tras romper con su lista en Europa y elevar el conflicto a la justicia.
El Tribunal Supremo ha citado para el 26 de enero a Luis Pérez Fernández, “Alvise”, eurodiputado y rostro más conocido de Se Acabó la Fiesta (SALF), para que declare como investigado en una causa por presunta revelación de secretos y acoso contra dos eurodiputados que fueron elegidos en su misma lista: Diego Adrián Solier y Nora Junco. La citación la firma el magistrado Manuel Marchena, instructor del procedimiento, y llega después de que el propio Alvise trasladara al tribunal su disposición a comparecer voluntariamente cuando el juez le planteó si quería declarar.
Este lunes, 19 de enero de 2026, Solier y Junco han acudido al Supremo para ratificar su querella y declarar como testigos. Mantienen que, tras romper con SALF y tomar otro rumbo en el Parlamento Europeo, quedaron expuestos a una campaña de hostigamiento en redes que habría incluido la difusión de datos personales, la identificación de lugares por los que se movían y un clima de presión constante que, aseguran, terminó afectando a su seguridad, a su vida diaria y a su trabajo institucional. La investigación se encuadra, además, en un contexto que pesa: esta es la cuarta causa penal que el alto tribunal tiene abierta en torno a Alvise, según se ha venido informando en los últimos meses.
La citación del 26: un paso con calendario y con intención
En el Supremo casi nada se hace por inercia. Que Marchena fije una fecha concreta —26 de enero— y que lo haga después de escuchar a los querellantes no es una coreografía decorativa, es un orden lógico de instrucción: primero se consolida el relato denunciado con los denunciantes bajo juramento y con preguntas en sede judicial; después, el investigado expone su versión con su defensa, con posibilidad de matizar, negar, contextualizar o aportar documentación.
Hay, además, un matiz que no es menor: la citación se acuerda en una providencia y se enmarca en diligencias que el tribunal ya venía impulsando desde que la Sala apreciara indicios para abrir la causa. El Supremo no está celebrando un juicio, todavía está preguntándose qué ocurrió exactamente, qué se publicó, en qué términos, con qué alcance y si de ahí se derivó un daño relevante y penalmente reprochable. Dicho sin barroquismos: no se trata de si hubo bronca política, sino de si esa bronca cruzó una frontera que el Código Penal protege con firmeza cuando entra la esfera íntima, la seguridad y la persecución sostenida.
En paralelo, sobre el procedimiento planea un elemento institucional que suele salir a escena cuando hay aforamiento europeo: la necesidad de tramitar con el Parlamento Europeo lo que corresponda para avanzar en determinadas actuaciones. En los últimos días se ha recordado que se han activado trámites en la Eurocámara para poder proceder, el conocido suplicatorio, un mecanismo que, por su naturaleza, acompaña a este tipo de causas cuando afectan a un eurodiputado.
Los protagonistas: Alvise, Solier y Junco, y una ruptura que explotó en público
A Alvise se le conoce tanto por su papel político como por su presencia digital. Su estilo, a menudo frontal, le ha dado altavoz… y también enemigos. En este caso, el conflicto nace dentro de casa. Diego Adrián Solier y Nora Junco se presentaron en la lista vinculada a SALF en las elecciones europeas de 2024, resultaron elegidos y, con el tiempo, se alejaron de la formación. Después se integraron en el grupo Conservadores y Reformistas Europeos (ECR), un movimiento que, según se ha publicado, fue parte del detonante de la escalada interna.
A partir de ahí, la política deja de ser solo despacho y se convierte en relato público, con todo lo que eso implica cuando hay una base digital intensa alrededor. Según informaciones conocidas, Alvise llegó a acusarlos de traición y a vincularlos con lobbies armamentísticos, un tipo de señalamiento que, aunque pueda enmarcarse en la pelea política, adquiere otra dimensión cuando se combina con una audiencia numerosa y con mensajes que, por su redacción o por su contenido, pueden empujar a terceros a actuar como ejecutores del castigo.
Solier y Junco sostienen que ese empuje existió, que no fue una discusión entre tres políticos y sus equipos, sino un foco apuntándoles desde una plataforma de gran alcance. De ahí el corazón de la querella: la sensación de que la presión no fue solo un ruido de redes, sino algo que se coló en la vida física, en la calle, en la rutina, en el miedo a que un desconocido no solo les insultara, sino que supiera dónde están o a dónde van.
Qué se investiga cuando se habla de “revelación de secretos” y “acoso”
Las palabras legales a veces suenan frías, como etiquetas pegadas a un expediente, pero aquí describen conductas muy concretas. Revelación de secretos no significa “contar un chisme”; en el terreno penal suele referirse a la divulgación indebida de datos reservados o personales, especialmente cuando se difunden de manera que faciliten la identificación, la localización o la intromisión. En el contexto que describen los querellantes, la discusión gira alrededor de si se difundieron correos electrónicos, números de teléfono, perfiles y otra información, y si esa difusión estaba acompañada de un ánimo —o un resultado— de persecución.
El acoso, por su parte, no es un fogonazo aislado: es un patrón, una insistencia que estrecha el espacio vital. La querella habla de una dinámica continuada de mensajes ofensivos y amenazantes, en cantidad masiva, hasta generar una sensación de inseguridad sostenida y la necesidad de modificar hábitos. Si ese cuadro se acredita, el debate deja de ser si alguien recibió insultos (tristemente habitual en la política) para entrar en si hubo una acción que obstruyó de manera significativa la vida normal y la labor institucional, algo que el Supremo, al abrir la causa, ya consideró posible a la vista de lo denunciado.
La querella: de los mensajes a la localización, y del hostigamiento al cambio de vida
Lo que Solier y Junco han puesto sobre la mesa no se presenta como una disputa ideológica, sino como una cadena con eslabones. Primero, el señalamiento público. Después, según su versión, la filtración o difusión de datos que normalmente se guardan, o se deberían guardar. Y finalmente, la respuesta de terceros: mensajes, amenazas y una presión que —según relatan— termina condicionando rutinas.
En la información que se ha conocido sobre el contenido de la denuncia, los eurodiputados sostienen que llegaron a temer por su integridad física al divulgarse también el lugar en el que se encontraban o al que se dirigían. La palabra “localización”, en este contexto, es gasolina: no hace falta que alguien diga “ve y haz esto”, basta con señalar una dirección para que una parte de la audiencia lo interprete como permiso, o como misión. Ellos describen justo esa frontera, la que separa la crítica pública de la exposición personal.
También plantean un impacto práctico: al recibir una cantidad masiva de mensajes ofensivos y amenazantes, se vieron obligados a soportar una sensación de inseguridad continua y a cambiar hábitos. Esa idea, la del cambio de vida por miedo, suele ser uno de los núcleos cuando un tribunal valora si un hostigamiento supera la línea de lo meramente desagradable y entra en el terreno del daño real, persistente y punible.
Hay una frase que resume la gravedad que ellos quieren transmitir: que ese contexto “obstruye significativamente” su labor parlamentaria y su vida familiar. No es retórica, es un intento de que el tribunal mire el caso como un fenómeno total: la política que se convierte en asedio, la esfera profesional arrastrada por lo personal, el despacho contaminado por la amenaza.
Lo que ya dijo el Supremo al abrir la causa: el foco en las “llamadas” a seguidores
Cuando la Sala acordó abrir esta investigación, lo relevante no fue solo la posibilidad de que se hubieran difundido datos. El tribunal apuntó a algo más delicado: que la actuación atribuida a Alvise pudiera encajar en el tipo penal “habida cuenta” de unas llamadas explícitas para que un grupo numeroso de seguidores desarrollara una actitud repetidamente hostil hacia los querellantes.
Ahí está el nudo de esta historia. No se trata únicamente de qué información se publicó, sino de cómo se enmarcó y qué efecto podía tener en una audiencia grande. En política, y más en la política de redes, el mensaje no es solo el texto; es el contexto, el tono, la insinuación, la insistencia, la manera de señalar. Un nombre repetido en una comunidad calentada funciona como un cartel pegado en una farola. Y si además se acompaña de datos —un contacto, una ubicación, un rastro—, el cartel se vuelve mapa.
Qué ocurrió este lunes en el Supremo: ratificación y testificales
Este lunes, Solier y Junco han acudido al Supremo y han ratificado la querella ante Marchena. Las informaciones coinciden en que declararon como testigos y que, por la naturaleza de la fase de instrucción, no trascendieron detalles concretos de lo dicho dentro de la sala. Esa reserva es habitual: no es una comparecencia pública, es una diligencia judicial. Lo significativo es el gesto procesal: ratificar significa sostener formalmente lo denunciado, mantenerlo, asumirlo con todas las consecuencias.
La secuencia deja al investigado en el siguiente escalón. El 26 de enero, Alvise tendrá que comparecer y responder. En una declaración como investigado no está obligado a declarar contra sí mismo, puede contestar o no contestar, puede responder a unas partes y a otras no, puede aportar documentos o pedir diligencias. Pero, más allá de la técnica, hay una realidad clara: el caso entra en un momento de contraste directo entre lo que sostienen los querellantes y lo que sostendrá él.
La batalla digital: cuándo un señalamiento se convierte en persecución
En los últimos años, la política española —y la europea— ha aprendido que las redes no son solo plaza pública; son también una máquina de movilización. No siempre hace falta una orden. A veces basta con un marco narrativo, con poner a alguien en el lugar del enemigo. En ese terreno, el lenguaje se convierte en herramienta y la audiencia en fuerza organizada, aunque nadie la organice formalmente.
En este caso, el debate judicial se adivina nítido: si Alvise, con sus publicaciones, se limitó a ejercer crítica política, aunque fuera dura y desagradable, o si promovió un hostigamiento que se alimentaba de datos personales y de insistencia. La diferencia no es estética, es penal.
La querella incorpora un elemento que suele pesar mucho: el “miedo razonable” de ser abordados en la calle por cualquier desconocido. Ese miedo no se prueba con una emoción, se prueba con hechos que lo hagan verosímil: mensajes amenazantes, exposición de datos, referencias a localizaciones, capturas, trazas. En la instrucción, eso se traduce en pantallazos que se peritan, fechas que se ordenan, publicaciones que se contextualizan, cuentas que se identifican, cadenas que se reconstruyen.
Aquí, además, se añade una tensión política interna. Cuando el conflicto nace en un partido o movimiento, la gente que antes era “de los nuestros” pasa a ser “los traidores”. Ese cambio de etiqueta suele amplificar el ensañamiento: no se ataca a un rival, se castiga a un desertor. Y ese castigo, cuando se traslada a una audiencia numerosa, puede multiplicarse como una bola de nieve bajando por una calle estrecha.
El Parlamento Europeo como escenario: la otra dimensión del caso
Hay un aspecto que conviene no perder: esto sucede con eurodiputados en ejercicio y con su actividad parlamentaria como parte del relato de daños. Cuando se habla de hostigamiento que “obstruye” la labor, se está diciendo que el asedio no es solo personal, sino institucional. Y eso, en términos políticos, es explosivo: no es solo una discusión entre individuos, es un problema sobre cómo se protege el ejercicio de un mandato representativo frente a campañas de intimidación.
El grupo Conservadores y Reformistas Europeos aparece en este contexto como punto de inflexión. Según lo publicado, tras la elección en 2024, Solier y Junco se integraron ahí, y ese paso encendió el conflicto. La pertenencia a un grupo europeo no es un detalle: afecta a la influencia, a los recursos, a las alianzas, a la visibilidad. En una formación tan reciente o tan dependiente de su figura central, que dos escaños se desplacen puede vivirse como un golpe interno.
Una causa que se suma a otras: el mapa judicial de Alvise
La citación del 26 no ocurre en un vacío. Las informaciones de estos días recuerdan que el Supremo tiene otras investigaciones relacionadas con Alvise. Se ha hablado de una causa por presunta financiación ilegal, en la que se menciona el pago de 100.000 euros por parte de un empresario; otra por acoso en redes a una fiscal; y otra vinculada a la difusión de una prueba PCR falsa atribuida al exministro de Sanidad Salvador Illa. Cada procedimiento tiene su lógica, sus hechos y su prueba, pero, en conjunto, componen un paisaje: el alto tribunal ya lo mira desde varios ángulos.
Ese contexto importa porque, aunque cada causa sea independiente, dibuja un marco de atención institucional y mediática. También explica por qué cada movimiento procesal, incluso una citación, se lee con lupa. Alvise no es un político discreto que pasa por el Supremo como quien pasa por una ventanilla; es un personaje público con una audiencia fiel y con un estilo de confrontación que suele convertir cada paso judicial en parte de su narrativa política. En el tribunal, sin embargo, la narrativa se desacelera. Importan menos los eslóganes y más los detalles: fechas, mensajes, capturas, destinatarios, alcance, relación con la respuesta de terceros.
Qué se juega realmente el 26: versión, pruebas y encaje penal
La declaración de Alvise el 26 puede servir para varias cosas a la vez. Puede negar los hechos, cuestionar la autoría o el contexto de las publicaciones, argumentar que eran datos ya públicos o que no facilitaban una identificación real, o sostener que nunca llamó al hostigamiento, que solo criticó políticamente. Puede también aportar su propio material, porque en estos procedimientos a menudo hay una guerra de pantallas: “yo dije esto”, “no, dijiste aquello”, “se recortó”, “se descontextualizó”, “era una broma”, “era una denuncia política”.
Lo que el Supremo necesitará para avanzar es algo menos teatral y más verificable. Si hay datos personales difundidos, querrá saber cuáles, dónde, cuándo y cómo. Si hay llamadas a seguidores, querrá precisar el contenido exacto, el tono, la reiteración, el alcance. Si hay hostigamiento posterior, querrá ver si existe una conexión razonable entre la conducta del investigado y la reacción de terceros. En delitos con componente digital, la prueba se vuelve técnica: identificación de cuentas, conservación de publicaciones, periciales, trazabilidad. A veces lo que parece evidente en redes se deshace cuando se pide precisión, y a veces lo que parecía “solo ruido” adquiere forma cuando se ordena cronológicamente.
En el plano personal, para Solier y Junco la causa es una afirmación: que lo ocurrido no fue una bronca más, sino un episodio con consecuencias serias. Para Alvise, la declaración es un punto de tensión: el momento en que su relato político se enfrenta al lenguaje frío del procedimiento penal. Y para el Supremo, el objetivo es más simple y más duro: delimitar hechos, encajar —o descartar— delitos, y decidir si procede seguir adelante.
El hilo de la seguridad: del dato íntimo al efecto multiplicador
En el centro de todo esto está la idea de seguridad. Cuando la querella habla de “temor por la integridad física”, está describiendo el salto del insulto a la amenaza, y de la amenaza a la posibilidad de una agresión o un abordaje. No hace falta que esa agresión ocurra para que el miedo sea relevante; pero sí hace falta, en términos judiciales, que el miedo tenga base, que no sea una impresión subjetiva sin sustento.
Aquí entra la supuesta difusión de ubicaciones o destinos. Decir “están aquí” o “van allí” puede ser, en apariencia, una información trivial; en manos de una audiencia hostil, se convierte en coordenada. Y si además se difunden teléfonos o correos, se construye un kit completo: contacto directo, presión continua, sensación de invasión. La querella describe justo ese efecto: una avalancha de mensajes que no se limita a una tarde mala, sino que se prolonga y obliga a cambiar rutinas.
Por eso el caso tiene interés más allá del nombre propio. No porque haya que generalizar, sino porque plantea un conflicto muy actual: cómo se comporta la política cuando se mezcla con audiencias digitales grandes y con una cultura del señalamiento. Aquí esa mezcla ha terminado en el Supremo, con fecha en el calendario y con un instructor que, por su trayectoria, no suele moverse por impulsos.
La fecha del 26 y el peso de lo que quede en pie
El 26 de enero no es un desenlace, pero sí un umbral. Ese día, el Supremo escuchará a Luis Pérez Fernández, Alvise, en una investigación que gira alrededor de dos acusaciones concretas —revelación de secretos y acoso— y de un relato que Diego Adrián Solier y Nora Junco han ratificado ya ante el magistrado Manuel Marchena: que tras romper con su antigua formación fueron objeto de una campaña de hostigamiento alimentada por publicaciones en redes, con exposición de datos personales, recepción de mensajes ofensivos y amenazantes y un impacto real en su seguridad y su vida cotidiana.
A partir de esa comparecencia, la instrucción dependerá de lo que sobreviva cuando se apague el ruido y solo queden los hechos comprobables. Si el tribunal ve consistencia y prueba suficiente, el procedimiento seguirá su curso con más diligencias, más análisis y, llegado el momento, decisiones procesales de mayor calibre. Si encuentra fisuras, falta de conexión o dudas insalvables, la causa podría perder fuerza. En cualquiera de los escenarios, el caso ya ha dejado una idea incómoda flotando en el aire político: que cuando se juega con nombres, datos y audiencias masivas, el daño —si se produce— no se queda en la pantalla. Se vuelve expediente, se vuelve sala, se vuelve fecha marcada.

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