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Que se necesita para casarse por la Iglesia

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¿Quieres casarte por la Iglesia en España? Descubre los trámites, requisitos y secretos que debes conocer para que tu boda sea legal y sin imprevistos.

Casarse por la Iglesia en España es una decisión cargada de simbolismo, tradición y, por supuesto, una buena dosis de burocracia. No se trata solo de elegir la iglesia más bonita o la fecha más romántica, sino de cumplir con una serie de requisitos legales y religiosos que garantizarán que el matrimonio sea válido tanto a nivel eclesiástico como civil.

Este proceso puede parecer abrumador, especialmente si no se conocen bien los trámites o si la pareja tiene situaciones particulares como haber estado casada previamente, ser de distinta religión o vivir en ciudades diferentes. Por ello, en este artículo desglosamos todo lo que necesitas saber para casarte por la Iglesia en España, desde la documentación esencial hasta los detalles menos conocidos pero igualmente importantes.

La documentación que no puede faltar para casarse por la Iglesia

Uno de los primeros pasos para cualquier pareja que desee casarse por la Iglesia es reunir los documentos necesarios para abrir el expediente matrimonial en la parroquia. Este expediente es el equivalente al trámite civil que se realiza en el ayuntamiento o el juzgado, y es imprescindible para validar el matrimonio.

El documento más importante es la partida de bautismo, que acredita que los contrayentes han sido bautizados en la fe católica. No vale cualquier partida de bautismo antigua; debe estar actualizada y expedida en los últimos seis meses antes de la boda. Para obtenerla, hay que solicitarla en la parroquia donde se celebró el bautizo, lo que en ocasiones puede ser un proceso algo lento, especialmente si se trata de archivos antiguos o si el bautizo tuvo lugar en otra ciudad o país.

Además, se necesita el certificado literal de nacimiento, documento oficial expedido por el Registro Civil que acredita la identidad y edad de cada uno de los contrayentes. También se exige una fotocopia del DNI, pasaporte o tarjeta de residencia en vigor, para verificar la identidad de los novios.

Otro documento clave es el certificado de fe y estado, que acredita que los contrayentes no están casados y, por tanto, son libres para contraer matrimonio. Este documento puede obtenerse en la parroquia de residencia actual, pero en algunos casos puede ser necesario solicitarlo en el Obispado.

Finalmente, la Iglesia exige el certificado de empadronamiento, que demuestra el lugar de residencia de los contrayentes durante los últimos años. Se solicita en el ayuntamiento y, aunque en teoría debería ser un trámite rápido, en la práctica puede demorar varios días dependiendo de la administración local.

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La importancia del cursillo prematrimonial

Uno de los requisitos que más suele sorprender a los novios es la obligación de realizar un cursillo prematrimonial. Este curso, lejos de ser un simple trámite burocrático, es una preparación espiritual y práctica para el matrimonio. Durante varias sesiones, la pareja reflexiona sobre la importancia del compromiso, la comunicación en la vida conyugal, la educación de los hijos y la espiritualidad en la familia.

Dependiendo de la parroquia, estos cursillos pueden ser presenciales, online o incluso intensivos en un solo fin de semana. En cualquier caso, al finalizar se entrega un certificado que debe ser presentado junto con el resto de la documentación. Aunque algunos lo ven como un requisito tedioso, muchas parejas reconocen que los temas tratados en estos encuentros les ayudan a fortalecer su relación antes de dar el paso definitivo.

Qué hacer si uno de los novios es viudo, divorciado o no católico

No todas las parejas encajan en el modelo tradicional de novios jóvenes y solteros que desean casarse por la Iglesia. En muchos casos, uno o ambos contrayentes tienen situaciones particulares que requieren trámites adicionales.

Si uno de los novios es viudo, será necesario presentar el certificado de matrimonio anterior junto con el certificado de defunción del cónyuge fallecido. Este documento es clave para demostrar que el matrimonio previo ha finalizado por causas naturales y que la persona es libre para volver a casarse.

En el caso de los divorciados, la situación es más compleja. La Iglesia no reconoce el divorcio civil, por lo que si el matrimonio anterior se celebró por la Iglesia, es imprescindible presentar un certificado de nulidad matrimonial. Obtener esta nulidad es un proceso largo y difícil, ya que requiere demostrar que el matrimonio anterior no fue válido desde el punto de vista eclesiástico por razones como falta de consentimiento, coacción o incapacidad para asumir los compromisos del matrimonio.

Cuando uno de los contrayentes no es católico o no ha sido bautizado, se debe solicitar una dispensa de disparidad de culto o permiso de matrimonio mixto ante la autoridad eclesiástica. Esto permite que la boda se celebre bajo el rito católico, aunque la otra persona no profese la misma fe.

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El expediente matrimonial y las amonestaciones

El expediente matrimonial es el conjunto de documentos y declaraciones que la Iglesia requiere para autorizar el matrimonio. Para tramitarlo, los novios deben acudir a la parroquia con toda la documentación y solicitar una entrevista con el párroco. Durante esta reunión, el sacerdote verificará que no existen impedimentos para la boda y que ambos contrayentes aceptan el matrimonio libremente.

Uno de los pasos más tradicionales dentro de este proceso son las amonestaciones matrimoniales, un anuncio público en el que se informa a la comunidad de la intención de la pareja de casarse. Durante tres semanas consecutivas, este aviso se expone en la parroquia de cada uno de los novios con el objetivo de que, si alguien tiene conocimiento de algún impedimento legal o religioso, lo comunique a la Iglesia. Aunque este procedimiento pueda parecer antiguo, sigue siendo una parte fundamental del proceso matrimonial.

La ceremonia y la inscripción en el Registro Civil

Una vez superados todos los trámites previos, llega el momento de la ceremonia religiosa. La Iglesia permite cierta personalización en la liturgia, como la elección de lecturas bíblicas o música, siempre que se mantenga el carácter sagrado del sacramento. Sin embargo, hay elementos inamovibles, como el consentimiento mutuo y la bendición del sacerdote.

Una cuestión que muchas parejas desconocen es que, aunque el matrimonio religioso tiene validez legal, debe ser inscrito en el Registro Civil para que quede formalmente reconocido por el Estado. En la mayoría de los casos, la propia parroquia se encarga de enviar la documentación, pero es recomendable que los novios verifiquen que el trámite se ha realizado correctamente para evitar problemas legales en el futuro.

Un paso hacia una nueva vida

Casarse por la Iglesia en España es un camino lleno de emoción, amor y compromiso, pero también de trámites y requisitos que no deben tomarse a la ligera. Prepararse con tiempo, informarse bien y mantener una actitud abierta ante cada paso del proceso facilitará enormemente la experiencia.

Más allá del papeleo, lo más importante es recordar que el matrimonio no es solo una ceremonia, sino el inicio de una nueva etapa de vida compartida, basada en el amor y la fe.


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Este artículo ha sido elaborado basándose en información de fuentes oficiales y confiables, garantizando su precisión y actualidad. Fuentes consultadas: Bodas.netLegálitasElite BodasEl Corte InglésHotel Restaurante BoabdilParroquia Virgen del Cortijo.

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