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Israel activa la pena de muerte: ¿qué cambia en Cisjordania?
Israel activa la pena de muerte en Cisjordania y abre una crisis por discriminación, ocupación y justicia militar.

Israel ha puesto en vigor en Cisjordania ocupada la ley que permite imponer la pena de muerte a palestinos condenados por atentados mortales considerados terrorismo. La novedad no está solo en el texto aprobado por la Knéset a finales de marzo, sino en el paso que lo convierte en herramienta real sobre el terreno: el jefe del Comando Central del Ejército israelí, el general Avi Bluth, ha firmado la orden militar necesaria para aplicarla en el territorio. Dicho de forma sencilla: la norma ha dejado de ser una amenaza política escrita en papel y entra en el sistema de los tribunales militares que juzgan a palestinos en Cisjordania.
La orden establece que, cuando un tribunal militar juzgue un ataque terrorista con resultado de muerte, la pena capital será la condena disponible por defecto, salvo que los jueces aprecien circunstancias excepcionales que permitan imponer cadena perpetua. La ley ha sido denunciada como discriminatoria porque excluye expresamente a ciudadanos y residentes israelíes, mientras se aplica a procesos celebrados en la jurisdicción militar usada para palestinos; los israelíes, incluidos colonos en Cisjordania, son juzgados por tribunales civiles israelíes. Ahí está el nudo. No solo la horca, sino el mapa jurídico que decide quién puede acabar ante ella.
La orden que convierte la ley en realidad
La ley fue aprobada por el Parlamento israelí el 30 de marzo de 2026, con 62 votos a favor, 48 en contra y una abstención. Su entrada efectiva en Cisjordania dependía de una orden militar porque el territorio ocupado funciona bajo un régimen legal distinto al del interior de Israel. Esa arquitectura, pesada como una puerta blindada, es la que permite que una decisión parlamentaria pase después por la cadena de mando militar y aterrice en los procedimientos judiciales de la ocupación.
El texto fija la pena de muerte para quien cause intencionadamente la muerte de una persona en un acto terrorista con el propósito de negar la existencia del Estado de Israel o la autoridad del comandante militar en la zona. Esa formulación no menciona la palabra palestino como categoría étnica, pero en la práctica encaja casi exclusivamente con acusados palestinos, según sus críticos, porque la vía militar en Cisjordania no es la vía normal para israelíes. La ley parece técnica. No lo es. Una coma en derecho puede abrir una celda; aquí, puede abrir una cámara de ejecución.
El Gobierno israelí presenta la medida como una respuesta al trauma nacional del 7 de octubre de 2023, cuando Hamás y otros milicianos palestinos atacaron Israel, mataron a unas 1.200 personas y secuestraron a 251. Desde entonces, la política penal israelí se ha ido endureciendo en torno a una idea muy simple y muy peligrosa en manos de cualquier Estado: convertir el castigo en mensaje. El ministro de Defensa, Israel Katz, y el ministro de Seguridad Nacional, Itamar Ben Gvir, han defendido que quienes maten judíos no podrán esperar canjes de prisioneros, mejores condiciones carcelarias ni una liberación futura.
Un castigo pensado para los tribunales militares
La diferencia esencial está en el foro. En Cisjordania, los palestinos acusados de delitos de seguridad suelen ser juzgados por tribunales militares israelíes. Los israelíes, en cambio, pasan por tribunales civiles. Esa dualidad no es nueva, pero la pena de muerte la vuelve mucho más áspera. Antes podía hablarse de asimetría procesal, de desigualdad jurídica, de régimen excepcional. Ahora la palabra que aparece al fondo es otra: ejecución.
La norma reduce el margen judicial. La ley hace de la muerte por ahorcamiento una pena por defecto para palestinos condenados en tribunales militares por ataques mortales, con posibilidad de cadena perpetua solo en circunstancias especiales. También prevé que la ejecución pueda realizarse en un plazo de 90 días tras la sentencia firme, una velocidad que ha encendido todas las alarmas entre organizaciones de derechos humanos. La justicia, cuando se acelera demasiado, deja de parecer justicia y empieza a sonar a maquinaria.
Israel había mantenido durante décadas una relación muy restringida con la pena capital. Abolió la pena de muerte para el asesinato común en 1954 y solo ejecutó a una persona tras un proceso civil: Adolf Eichmann, uno de los arquitectos del Holocausto nazi, ahorcado en 1962. La comparación pesa porque en Israel la memoria histórica no es decoración institucional, sino cimiento político y moral. Precisamente por eso, la reactivación de la pena capital en un conflicto vivo, con ocupación militar, guerra en Gaza y violencia creciente en Cisjordania, abre una grieta mucho más ancha que el simple debate penal.
La palabra terrorismo y su carga política
El término terrorismo funciona aquí como llave. Para Israel, la ley busca castigar ataques mortales contra civiles y fuerzas israelíes, reforzar la disuasión y evitar que los condenados formen parte de futuros acuerdos de intercambio. Para sus detractores, el problema está en que la definición se aplica dentro de un sistema desigual, en un territorio ocupado y bajo tribunales que no ofrecen las mismas garantías que la jurisdicción civil. El mismo crimen, según quién lo cometa y quién lo juzgue, puede caminar por pasillos legales distintos.
La crítica no niega la gravedad de los asesinatos ni el derecho de las víctimas a la justicia. Ese sería un atajo miserable. Lo que cuestiona es otra cosa: si un Estado puede diseñar una pena extrema que, por su estructura, apenas alcanzará a un grupo nacional concreto. Organizaciones de derechos humanos han pedido la derogación de la ley y sostienen que amplía la pena de muerte en un contexto de discriminación contra palestinos y erosiona garantías básicas del juicio justo. Expertos de Naciones Unidas han hablado directamente de un régimen discriminatorio de pena capital.
La frontera jurídica entre israelíes y palestinos
Cisjordania es el lugar donde la geografía y el derecho se pisan los zapatos. En el mismo territorio conviven palestinos bajo jurisdicción militar e israelíes sometidos al sistema civil de Israel. Esa diferencia, que lleva años siendo criticada por juristas y organizaciones internacionales, se vuelve explosiva cuando la pena que se añade al sistema es la muerte. No es igual una multa. No es igual una prisión. No es igual nada.
La ley establece que no se aplica a ciudadanos israelíes ni a residentes de Israel. Ese punto ha sido central en las críticas porque, según los opositores, deja fuera a colonos judíos que pudieran cometer ataques violentos contra palestinos en Cisjordania, mientras introduce la pena capital para palestinos juzgados por tribunales militares. La norma, en apariencia, habla de motivaciones contra la existencia del Estado de Israel o contra la autoridad militar. En la práctica, según las denuncias, construye una puerta jurídica casi de un solo sentido.
Los defensores de la ley responden que no se castiga una identidad, sino un acto: matar en un atentado terrorista. Es el argumento clásico del Estado cuando endurece el código penal en tiempos de miedo. Pero los códigos no viven en el vacío. Viven en comisarías, cárceles, interrogatorios, tribunales, expedientes y fronteras. Viven, sobre todo, en relaciones de poder. Y en Cisjordania el poder no está distribuido como en una postal de neutralidad jurídica, sino como en una ocupación militar que dura desde 1967.
El 7 de octubre como motor político
La aprobación de esta ley no puede separarse del 7 de octubre ni del terremoto emocional que produjo en Israel. Aquella matanza rompió una sensación básica de seguridad y dio combustible a las posiciones más duras dentro del Gobierno de Benjamín Netanyahu. Itamar Ben Gvir, líder de Otzma Yehudit, llevaba años defendiendo la pena de muerte para atacantes palestinos. Ahora la presenta como una promesa cumplida. La política, cuando huele sangre, suele ponerse solemne; después busca titulares.
El Parlamento israelí aprobó además, el 12 de mayo de 2026, una ley distinta para crear un tribunal especial destinado a juzgar a cientos de milicianos palestinos acusados de participar en los ataques del 7 de octubre. Ese tribunal, con sede en Jerusalén y capacidad para imponer la pena capital bajo ciertos cargos, forma parte del mismo clima político, aunque no sea exactamente la misma norma que ahora entra en vigor en Cisjordania. Son piezas de un mismo tablero: trauma nacional, justicia penal extraordinaria y un Gobierno presionado por su ala más dura.
Israel insiste en que busca justicia para las víctimas. La frase es comprensible. También incompleta. La justicia no se mide solo por la severidad de la pena, sino por la limpieza del procedimiento, la igualdad ante la ley y la posibilidad real de defensa. Una democracia se reconoce más en cómo juzga a sus enemigos que en cómo abraza a sus aliados. Ahí está la incomodidad. Una democracia liberal no se evapora de golpe; a veces se va dejando pedazos en cada excepción.
Las dudas legales que ya están en el Supremo
La ley no caminará sola. Varias organizaciones y políticos han recurrido ante el Tribunal Supremo israelí, y el Estado debe responder antes del 24 de mayo de 2026. Esa batalla será decisiva porque puede marcar si la norma se mantiene, se limita o queda bloqueada. La cuestión no será únicamente moral, aunque la moral esté por todas partes; será también constitucional, administrativa, militar e internacional. Un buen lío, pero de los serios.
Entre las objeciones aparecen la posible vulneración del derecho a la vida, la falta de igualdad ante la ley, la discriminación en la aplicación de la pena y el debilitamiento de garantías procesales. Naciones Unidas ha advertido de que una pena de muerte diseñada de forma discriminatoria es incompatible con los derechos a la vida y a la igualdad jurídica. La Oficina del Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos también ha pedido la derogación de la norma y ha señalado problemas de debido proceso y discriminación.
La respuesta del Supremo será observada dentro y fuera de Israel. No solo por lo que diga sobre esta ley, sino por lo que revele sobre el estado del equilibrio institucional israelí en plena guerra, con una coalición de derechas y ultraderecha empujando reformas de enorme carga ideológica. El tribunal puede convertirse en dique, en corrector técnico o en espectador. Cada opción tendrá precio.
El impacto internacional de una ley incendiaria
La pena de muerte vive un retroceso global desde hace décadas, al menos en los Estados que se presentan como democracias liberales. Por eso el caso israelí resulta tan llamativo: no es solo un país que conserva formalmente supuestos de pena capital, sino un Estado que la expande en un momento de altísima tensión militar y política. Y lo hace sobre un territorio ocupado, con un sistema judicial doble y con una guerra aún abierta en Gaza como telón de fondo. La escena no ayuda a rebajar incendios; más bien les echa gasolina con pulso administrativo.
Para los aliados occidentales de Israel, la ley crea otra incomodidad. Muchos gobiernos europeos rechazan la pena de muerte por principio y sostienen oficialmente la solución de dos Estados, mientras mantienen vínculos de seguridad, comercio y diplomacia con Israel. La contradicción, como tantas en Oriente Próximo, no cabe en un comunicado limpio. Se queda pegada. Los socios pueden expresar preocupación, pero la pregunta verdadera es si esa preocupación tendrá efectos políticos o será otra pieza de porcelana en la vitrina de las declaraciones internacionales.
El Gobierno israelí, por su parte, calcula también en clave interna. La sociedad israelí vive bajo el recuerdo brutal del 7 de octubre, con familias de víctimas, rehenes, soldados movilizados y una derecha radical que ha ganado peso marcando la agenda de seguridad. En ese clima, defender la pena capital puede venderse como firmeza. El problema es que la firmeza penal, cuando se mezcla con desigualdad jurídica, deja de parecer escudo y empieza a parecer castigo identitario.
Una horca en el centro del conflicto
La entrada en vigor de la pena de muerte para palestinos en Cisjordania no resuelve el conflicto israelí-palestino; lo oscurece. Israel tiene derecho a perseguir y castigar asesinatos terroristas. Las víctimas tienen derecho a justicia. Nadie serio debería convertir esa evidencia en una nota al pie. Pero el modo en que un Estado castiga importa, y mucho. Importa más cuando ese castigo puede terminar con una vida.
La cuestión central es si una ley aplicada en tribunales militares, excluyente para ciudadanos y residentes israelíes y dirigida de facto contra palestinos puede sostenerse como justicia imparcial. Esa es la pregunta que ya atraviesa el debate internacional y que pronto tendrá que afrontar también la justicia israelí. La pena de muerte siempre promete cerrar una herida con un golpe seco. Casi nunca lo consigue. En Cisjordania, donde cada norma pesa sobre décadas de ocupación, duelo y miedo, la horca no aparece como final de nada, sino como una nueva sombra en una tierra que ya conoce demasiadas.

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