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Economía

Ayudas DANA vehículos II: ¿cómo saber cuánto te ingresarán?

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mano amontonando euros en una mesa

Las nuevas ayudas DANA para vehículos elevan las cuantías y simplifican los trámites: conoce importes, requisitos y cómo será el ingreso.

Si tu coche, moto o camión quedó siniestro por la DANA del 29 de octubre, la cantidad que te ingresarán con la línea “Vehículos II” se calcula por categoría del vehículo y, si ya cobraste en la primera convocatoria, por la diferencia hasta las nuevas cuantías. El esquema es nítido: 500 euros para ciclomotores, 1.500 para motocicletas, 4.000 para turismos y furgonetas, y 5.000 si el turismo está adaptado para personas con movilidad reducida. En categorías profesionales sube el listón: hasta 18.000 en camiones pesados, 16.000 para maquinaria agrícola u obra y 30.000 para autobuses y autocares. Si te pagaron en invierno, ahora te ingresan de oficio la diferencia en la misma cuenta. Nada que volver a presentar.

En la práctica, “cuánto te corresponde” se resuelve en dos pasos rápidos. Primero, ubica tu tipo de vehículo en esa parrilla de importes. Segundo, cruza con lo que ya recibiste (si es el caso). ¿Ejemplo simple? En enero te abonaron 2.000 por un turismo. Con Vehículos II el tope es 4.000. Te llegará un ingreso adicional de 2.000 para completar. Si en su día cobraste 750 por una moto, ahora verás otros 750 hasta 1.500. Y si entras por primera vez en el plazo de octubre, el abono será el total de tu categoría cuando te dicten resolución favorable. No hay misterio: categoría + diferencia (si la hay) = transferencia.

Qué ha cambiado y cómo afecta a tu bolsillo

La ampliación Vehículos II nació para ensanchar las cuantías y abrir la puerta a titulares que no llegaron al primer plazo, incluyendo empresas y otras personas jurídicas. También para resolver una situación concreta que muchos afectados nos contaban: con 2.000 euros por un turismo, no se cubrían ni la mitad de la pérdida real. Ahora el marco duplica los importes de uso ordinario —motos, ciclomotores, turismos— y fija topes superiores para el transporte profesional y la maquinaria, donde la reposición y el lucro cesante pesan más. Esta sintonía con el daño causado se traduce en algo muy de andar por casa: si tu coche quedó anegado en el garaje comunitario o la riada arrastró la furgoneta del negocio, verás un ingreso mayor o, cuando menos, el complemento hasta la cifra actualizada.

Hay otra implicación directa para tu caja. Quien ya cobró en enero o febrero no tiene que mover un dedo: la administración reliquida los expedientes concedidos y ejecuta una transferencia adicional por la diferencia. Mismo IBAN, mismo expediente, nuevo apunte en la cuenta. Para nuevos solicitantes, el cálculo es igual de transparente: se mira la categoría, se verifica el siniestro total por la DANA, se comprueba la baja en la DGT (temporal al conceder, definitiva antes del 31 de diciembre de 2025) y, si todo encaja, se paga el tope de la categoría. El pago se hace en un único abono por vehículo.

Requisitos que condicionan el ingreso (y cómo no tropezar)

Estas ayudas no están ligadas a comprar otro coche. Compensan la pérdida del bien. Por eso el corazón del expediente son tres llaves: acreditar que el vehículo sufrió siniestro total por la DANA del 29 de octubre, haber iniciado reclamación ante el Consorcio de Compensación de Seguros (o, según póliza, ante tu aseguradora) y tramitar la baja en el Registro de Vehículos de la DGT. Suele bastar la baja temporal para conceder la subvención, pero la baja definitiva debe quedar formalizada antes del 31 de diciembre de 2025. Si no se llega a esa meta, tocaría reintegrar la ayuda. Esto importa: ha habido expedientes en que el coche terminó vendido como “restos” y reapareció dado de alta por un tercero. Resultado: bloqueo del abono. Evítalo.

Otro punto fino, aunque suene burocrático: la persona solicitante debe ser quien figuraba como titular el 29 de octubre de 2024. Si el titular falleció, puede pedir el causahabiente con la declaración de herederos. En los casos con cotitulares, conviene dejar claro el reparto. Y un matiz para turismos adaptados: si tu vehículo está adaptado para PMR, verifica que en la DGT consta el código 1001. No es un tecnicismo sin más: eleva la cuantía del tramo 4.000 a 5.000 euros. Ese detalle ha marcado la diferencia en más de un expediente.

Sobre la documentación, mejor ir con todo: número de expediente del Consorcio o de la aseguradora, informe de siniestro total, permiso de circulación, ficha técnica, justificante de baja en DGT y IBAN. La administración ha aligerado la carga documental, sí, pero si falta alguna pieza te requerirán y el pago se pospone. Si tu expediente previo sigue pendiente, la nueva solicitud (si decides presentarla) quedará en pausa hasta que se resuelva la primera. No es un castigo; es orden de tramitación.

Casos reales: números que verás en tu cuenta

Los ejemplos aterrizan lo que cuenta la letra pequeña. Tomemos siete casos representativos, con cifras que cualquiera puede replicar en casa.

Un turismo típico, sin adaptación. En enero te ingresaron 2.000 euros. Con Vehículos II el tope es 4.000. El nuevo abono será de 2.000 para completar. Verás un movimiento bancario adicional; no tendrás que volver a presentar papeles si tu expediente ya está resuelto. Si todavía no lo estaba, al dictarse la resolución favorable se te aplicará directamente la nueva cuantía, sin pasos extra.

Una motocicleta. La primera ronda fijó 750 euros. La ampliación sitúa la ayuda en 1.500. Te corresponde otros 750. En ciclomotores, el salto va de 250 a 500; por tanto, 250 de complemento. No hay truco ni letra diminuta.

Un turismo adaptado (PMR) —aquí vuelvo a insistir con el código 1001 de la DGT—. Pasamos de 2.500 a 5.000. La diferencia es de 2.500. Suele ser un expediente limpio si el documento de adaptación está bien incorporado desde el principio. Si no, ajusta la constancia en DGT cuanto antes para evitar retrasos.

Ahora, profesionales. Un camión pesado con más de 12 toneladas de MMA, declarado siniestro total. Vehículos II marca un tope de 18.000 euros por unidad. No hay “fórmula oculta”: si cumples requisitos, cuando llegue tu resolución, la transferencia será por esa cifra. En maquinaria agrícola o de obras, el techo está en 16.000. Para autobuses y autocares, 30.000. Esto último tiene lógica: la reposición de un autocar se dispare en múltiplos de lo que cuesta un turismo, y la línea incorpora esa realidad sin obligarte a adquirir ahora una unidad nueva.

¿Y si no pediste nada en su momento porque estabas con mil frentes y no te enteraste del plazo? La ampliación nace también para eso. Si presentas por primera vez en octubre —con el siniestro bien acreditado, reclamación al Consorcio/aseguradora y baja en DGT—, te abonarán el total que marque tu categoría, sin recortes por no haber ido “a tiempo” en el primer turno.

Cómo seguir tu expediente y cuándo esperar la transferencia

El calendario es tan importante como la cuantía. La ventana de octubre para nuevas solicitudes es un plazo acotado y, una vez cierre, la administración tiene hasta tres meses para resolver. En la práctica, se están dictando resoluciones parciales a medida que los expedientes quedan completos, y los pagos se libran en un único abono por vehículo. Quien ya fue beneficiario en invierno verá un segundo movimiento en la cuenta con la diferencia de Vehículos II, sin necesidad de revisar formularios ni cargar archivos otra vez. Aun así, conviene comprobar que el IBAN registrado es el correcto. Parece obvio, pero cada campaña deja varios casos de abonos devueltos por cuentas cerradas, fusión de bancos o simples errores de transcripción.

Para consultar el estado, la Generalitat mantiene un portal de postemergencia donde puedes seguir tu expediente con credenciales básicas. Si el tiempo pasa y no recibes notificación, entra a esa plataforma, verifica si hay requerimientos pendientes y revisa el buzón del sistema, porque muchas comunicaciones no llegan por correo electrónico o SMS con la misma diligencia con que se publican en el tablón electrónico. Si te dictan resolución desestimatoria —sucede cuando, por ejemplo, no hay baja en DGT o falta el siniestro total—, puedes subsanar en plazo o recurrrir. Si te notifican estimación, ese día arranca la cuenta atrás hacia la transferencia.

Un apunte de coyuntura que escucharás en la calle: la Generalitat anunció un paquete de pagos automáticos para agilizar el dinero en cuenta en los casos que ya estaban validados. No se confunden con Vehículos II; van en paralelo. Si te toca, verás un apunte adicional con el concepto correspondiente. Si no, no entres en pánico: no es un filtro de pasarela de pago, sino dos líneas que conviven. Lo relevante para ti es que, en el extracto bancario, identificarás dos movimientos distintos si estás en ambos supuestos: la diferencia de Vehículos II y, en su caso, ese abono automático.

Relación con otras ayudas: comprar o no comprar, esa es la cuestión

La línea Vehículos II no exige que compres un coche, moto o furgón de reemplazo. Es una reparación del daño. Si, por decisión personal o necesidad profesional, quieres reponer el vehículo, entonces entra al tablero el plan estatal —el que los concesionarios conocen de memoria— con incentivos según la etiqueta ambiental y si la compra es nueva o de segunda mano. Ese esquema se ha orientado a casos como el de la DANA para favorecer la sustitución del parque siniestrado con vehículos menos contaminantes. Hablamos de 10.000 euros para modelos Cero nuevos, 5.000 para ECO o C nuevos, y 4.000/2.000 en usados con esas mismas etiquetas, más pluses adicionales en PMR o en motos de tres ruedas. Lo gestiona el concesionario, no tú, y se aplica con carácter retroactivo dentro del periodo fijado. Son instrumentos distintos que, bien combinados, alivian la pérdida y ayudan a reponerse de la parálisis que provoca perder el vehículo de un día para otro.

¿Conviene mezclar ambos mundos? Depende de tu situación. Si necesitas volver a trabajar con una furgoneta o devolver la autonomía familiar con un turismo adaptado, la suma de la indemnización autonómica y el incentivo estatal puede dejar una factura final mucho más llevadera. Si no te urge comprar y prefieres reorganizarte —teletrabajo, coche compartido, transporte público—, la ayuda autonómica por siniestro ya sería una reparación suficiente. Lo relevante es no tener la sensación de que hace falta “ir al concesionario” para cobrar la subvención de Vehículos II, porque no es así.

Errores frecuentes y cómo sortearlos

El primer tropiezo, la baja en DGT. Demasiados expedientes se atascan porque el titular no culmina la baja definitiva. El motivo más común es aceptar una oferta por los restos con recogida a domicilio y dejar que la gestora “se encargue de todo”. Ojo: si el coche o la moto acaban revendidos y de alta, tu ayuda queda bloqueada. La solución es prosaica: tramita tú la baja o asegúrate de que el desguace te entrega el certificado y el trámite queda registrado a tu nombre. Si prefieres no lidiar con ello, verifica la baja pasados unos días.

Segundo tropiezo, las fechas. El sistema cierra plazos y abre ventanas muy concretas. Si presentas fuera de tiempo, el expediente no entra. La ampliación de octubre está para quien llega por primera vez o para vehículos distintos a los ya solicitados. Si ya cobraste, no presentes nada por la diferencia: se hace de oficio. Duplicar solicitudes por el mismo vehículo confunde el sistema y retrasa.

Tercero, el titular. Hay familias que comparten coche pero la titularidad figura a nombre de quien no vive ya en la casa, o de una sociedad. Ese detalle determina quién puede pedir y cómo se ingresa. Si hubo fallecimiento, entra en juego la herencia y hay que acreditar la condición de causahabiente. Cuanto antes lo tengas arreglado, antes verás el dinero.

Cuarto, el siniestro total. No basta con “el coche estaba inundado”. La aseguradora o el Consorcio deben declararlo siniestro y dejar constancia en su informe. Ese documento es el que da solidez al expediente. Si te han reconocido daños pero no la pérdida total, pide una revisión o un segundo informe con el coste de reparación frente al valor venal. Suele bastar para encajar la definición de siniestro.

Quinto, el IBAN. No me cansaré: revisa la cuenta. Un número mal, una fusión bancaria o una cuenta cancelada multiplican por dos los tiempos. Si cambiaste de banco, presenta el nuevo IBAN con un certificado de titularidad. Son diez minutos que te ahorran semanas.

Guía rápida de cálculo: tu cifra, sin vueltas

No hace falta papel milimetrado. Si tienes un turismo: 4.000 euros (o 5.000 si adaptado). Motocicleta: 1.500. Ciclomotor: 500. Furgoneta de uso general: 4.000. Camión pesado: hasta 18.000. Maquinaria: hasta 16.000. Autobús/autocar: hasta 30.000. Si ya cobraste, resta lo que te ingresaron en su día y lo que te da el tramo actual: la diferencia es la transferencia que verás ahora. Si entras por primera vez en octubre, la cifra es el total del tramo. Y si vas a reponer vehículo, mira con calma el incentivo estatal: según etiqueta y si es nuevo o usado, añade una cantidad extra que, en un presupuesto real, se nota.

Pongo dos combinaciones reales, porque a veces lo abstracto no ayuda. Un autónomo con furgoneta siniestrada. En enero recibió 2.000. Ahora, con la ampliación, le completan hasta 4.000. Decide comprar una furgoneta ECO seminueva para seguir repartiendo. El concesionario le tramita 2.000 de incentivo estatal por ECO usada. Resultado: entre una y otra línea, esos 6.000 euros pasan de la teoría a la factura final. Otro caso: familia con turismo adaptado. En invierno entraron 2.500. Ahora llegarán otros 2.500 hasta 5.000. Si la familia consigue un vehículo Cero adaptado nuevo, el concesionario aplicará 10.000 del plan estatal, más 1.000 de plus por PMR. Cuentas distintas, necesidades distintas. Pero el marco encaja.

Lo que conviene tener en la cabeza antes de octubre

La foto final se entiende mejor con tres ideas sencillas. Primera: tu cifra depende del tipo de vehículo y, si ya cobraste, de la diferencia hasta el nuevo tope. Segunda: para cobrar, asegúrate de que existe siniestro total, baja en DGT y titularidad correcta a fecha del 29 de octubre de 2024. Tercera: el pago llega en un único abono por vehículo —o en dos si se suma algún pago automático extraordinario—, y las resoluciones se dictan en un máximo de tres meses tras el cierre del plazo. Con eso puedes anticipar tu flujo de caja.

Si necesitas una referencia compacta para no dudar: 4.000 para turismo y furgoneta (5.000 si adaptado), 1.500 para moto, 500 para ciclomotor, 18.000 en camiones pesados, 16.000 en maquinaria, 30.000 en autobuses. Resta lo cobrado, si procede, y tendrás la cantidad que aparecerá como transferencia. Y si decides reponer, mira los incentivos por etiqueta. No es literatura: es dinero firme. Ten a mano el número de expediente, guarda los justificantes de baja y siniestro y revisa el IBAN. El resto —por una vez— debería ser sencillo.


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Este artículo ha sido redactado basándose en información procedente de fuentes oficiales y confiables, garantizando su precisión y actualidad. Fuentes consultadas: Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, Agència Tributària Valenciana, La Moncloa, Las Provincias.

Periodista con más de 20 años de experiencia, comprometido con la creación de contenidos de calidad y alto valor informativo. Su trabajo se basa en el rigor, la veracidad y el uso de fuentes siempre fiables y contrastadas.

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