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¿Cuándo podrá volver Puigdemont tras el aval del TC a la amnistía?

El giro del Constitucional sobre la malversación puede desbloquear la amnistía de Puigdemont y levantar la orden que todavía impide su regreso.

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podrá volver Puigdemont

Imagen: Jordi Borràs / Catosfera / Wikimedia Commons, CC BY-SA 4.0

Resumen

  • Puigdemont sigue sin poder regresar con plena seguridad jurídica
  • El Constitucional prevé resolver la malversación el 6 de octubre
  • Llarena prevé aplicar esa doctrina sin esperar al recurso de Puigdemont

Carles Puigdemont está más cerca de poder regresar a España sin ser detenido, pero todavía no puede hacerlo con plena seguridad jurídica. El movimiento decisivo llegará previsiblemente el 6 de octubre, cuando el Tribunal Constitucional vuelva a reunirse para resolver los recursos de Jordi Turull y Dolors Bassa y fijar doctrina sobre la aplicación de la amnistía al delito de malversación. Si el criterio anticipado por la mayoría del tribunal queda plasmado en sentencia, el magistrado del Supremo Pablo Llarena prevé trasladarlo al caso de Puigdemont y dejar sin efecto la orden nacional de detención.

La novedad acelera un calendario judicial que llevaba más de dos años atascado alrededor de la misma palabra: malversación. La posición que adopte el Constitucional puede afectar no solo al expresident, sino también a dirigentes condenados por el procés que continúan sujetos a consecuencias derivadas de aquella condena, entre ellos Oriol Junqueras, Jordi Turull, Raül Romeva y Dolors Bassa.

El escenario, por tanto, ha cambiado de forma considerable. Pero conviene no confundir una puerta que empieza a abrirse con una puerta ya abierta: mientras Llarena no dicte la resolución correspondiente y siga vigente la orden nacional de detención, Puigdemont continúa expuesto a ser arrestado si entra en España.

El 6 de octubre marca la fecha decisiva para Puigdemont

Hay dos momentos jurídicos distintos que entre titulares pueden parecer uno solo. El Tribunal Constitucional confirmó el 22 de septiembre que su pleno no había aprobado la primera ponencia del magistrado José María Macías sobre el recurso de Jordi Turull. Aquella propuesta respaldaba la decisión del Supremo de no aplicarle la amnistía por malversación. Tras quedar en minoría, Macías aceptó preparar un nuevo texto acorde con el criterio mayoritario.

Ese borrador será llevado al pleno previsto para el 6 de octubre. Ese mismo día también debe examinarse la ponencia correspondiente al recurso de Dolors Bassa. El resultado no será importante únicamente para ambos recurrentes: la argumentación que adopte el tribunal puede convertirse en la doctrina aplicable al resto de casos, incluido el de Puigdemont.

Dicho de otra manera, el horizonte está bastante más despejado, pero aún queda una formalidad que aquí no tiene nada de decorativa. En Derecho, una sentencia que todavía no se ha aprobado sigue siendo eso: una sentencia pendiente. Para Puigdemont la diferencia es muy concreta, porque su regreso depende de que la nueva doctrina produzca finalmente el levantamiento efectivo de la orden.

Por qué la malversación bloqueó durante dos años la amnistía

La Ley Orgánica 1/2024 incluyó dentro de su ámbito determinados delitos de malversación relacionados con el proceso independentista catalán siempre que concurrieran las condiciones previstas en la propia norma y no existiera un propósito de enriquecimiento personal en los términos contemplados por la ley. Precisamente ahí nació el gran choque interpretativo.

El Tribunal Supremo entendió que los responsables del procés habían obtenido un beneficio patrimonial al destinar fondos públicos a gastos que, según su interpretación, de otro modo habrían tenido que sufragar ellos mismos. Con ese razonamiento dejó fuera de la amnistía la malversación atribuida a Puigdemont y mantuvo la misma tesis respecto a otros dirigentes condenados.

El Constitucional cuestiona la interpretación del Supremo

La mayoría del Constitucional ha tomado una dirección diferente. La nueva ponencia elaborada tras el pleno de septiembre sostiene que la interpretación del Supremo se habría apartado de la finalidad de la ley de amnistía al atribuir al concepto de beneficio patrimonial un alcance que, según ese criterio, no encaja con lo que quiso establecer el legislador.

Eso no significa que los hechos dejen de haber sido considerados penalmente relevantes ni que el Constitucional esté reescribiendo retrospectivamente el proceso judicial. La cuestión es otra: una conducta puede haber sido delictiva y posteriormente quedar cubierta por una ley de amnistía. El litigio se concentra en saber qué supuestos quiso excluir el Parlamento cuando introdujo la excepción relativa al beneficio personal de carácter patrimonial.

El propio Constitucional ya había avalado anteriormente la constitucionalidad general de la Ley de Amnistía, aunque con pronunciamientos concretos sobre determinados preceptos. El debate que se libra ahora es más estrecho, casi de bisturí: no gira en torno a si una amnistía puede existir, sino a cómo debe aplicarse a la malversación de los dirigentes del procés.

Europa ha retirado otro de los grandes obstáculos

A ese cambio se añadió la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del pasado 16 de julio de 2026. Luxemburgo declaró que el Derecho de la Unión no se opone a la ley española de amnistía en las cuestiones que examinó y abordó, entre otros elementos, la protección de los intereses financieros europeos y las garantías exigidas por el ordenamiento comunitario.

La resolución europea, eso sí, no ordenó directamente a Pablo Llarena amnistiar a Puigdemont. El instructor volvió a rechazar en septiembre la petición de la defensa porque mantenía viva su interpretación sobre el beneficio personal de naturaleza patrimonial. Su mirada estaba puesta precisamente en el Constitucional, que debía pronunciarse sobre esa cuestión en los recursos planteados por los condenados.

Las distintas piezas empiezan así a encajar. Europa ha despejado buena parte de las objeciones comunitarias que rodeaban la norma y el Constitucional se prepara para determinar hasta dónde puede llegar la interpretación del Supremo sobre la malversación. El último movimiento deberá materializarse mediante una resolución judicial concreta en la causa de Puigdemont.

Qué hará Llarena cuando el Constitucional publique la sentencia

Si el Constitucional aprueba el 6 de octubre una resolución favorable a Turull y establece una doctrina extrapolable a los procesados que no fueron juzgados, Llarena prevé aplicarla a Puigdemont sin esperar a que se resuelva su recurso de amparo individual. Esa previsión es la que puede acortar notablemente los plazos.

En la práctica, el instructor tendría que dictar el correspondiente auto y determinar los efectos de la amnistía sobre la malversación atribuida al expresident. Si la norma pasa a ser aplicable en esos términos, una de las consecuencias fundamentales sería el levantamiento de la orden nacional de detención que actualmente pesa sobre él.

El mismo razonamiento resulta relevante para Antoni Comín y Lluís Puig, también procesados en la causa del procés. No obstante, cada situación debe plasmarse en su correspondiente resolución. La doctrina constitucional puede marcar la carretera; los autos judiciales son los que tienen que levantar las barreras concretas.

No hay todavía una fecha oficial para el regreso

Por eso el 6 de octubre no debe interpretarse automáticamente como el día en que Puigdemont podrá cruzar la frontera. Primero tienen que aprobarse las sentencias, conocerse su contenido definitivo y producirse después la correspondiente actuación del Supremo. No existe todavía una fecha oficial de regreso.

Cuando se habla de aplicación inmediata se está describiendo la intención de no aguardar a que el Constitucional resuelva meses después el recurso personal del expresident. No significa que todo ocurra en cuestión de horas. El matiz parece pequeño, pero separa una previsión jurídica razonable de poner el calendario a hacer acrobacias.

Junqueras, Turull, Romeva y Bassa miran también al Constitucional

Las consecuencias de la nueva doctrina van más allá de Puigdemont. Oriol Junqueras, Jordi Turull, Raül Romeva y Dolors Bassa fueron condenados en 2019 y continuaron afectados por penas de inhabilitación pese a los indultos de las penas de prisión. La negativa del Supremo a amnistiar la malversación mantuvo parte de esas consecuencias.

Una resolución constitucional favorable a la aplicación de la amnistía a ese delito puede abrir la vía para extinguir las inhabilitaciones pendientes en los casos correspondientes. El efecto político sería relevante: varios dirigentes destacados del independentismo podrían recuperar plenamente la posibilidad de optar a cargos públicos una vez ejecutadas las decisiones judiciales que procedan.

Eso tampoco convierte la amnistía en una goma de borrar automática para todos los procedimientos relacionados con el procés. Existen causas distintas, situaciones procesales diferentes y cuestiones jurídicas que no son idénticas. La futura doctrina del Constitucional tendrá un alcance considerable, pero cada procedimiento conserva sus propias particularidades.

Un regreso que cambia el tablero sin borrar el conflicto

La Ley de Amnistía entró en vigor en junio de 2024 y, más de dos años después, Puigdemont continúa sometido a una orden de detención en España por la malversación que el Supremo consideró excluida de la norma. El pronunciamiento previsto para octubre puede cambiar de raíz esa situación y cerrar uno de los principales frentes judiciales del procés.

Si el Constitucional confirma en sentencia el criterio asumido por su mayoría y Llarena lo traslada después al procedimiento del expresident, Puigdemont podrá regresar cuando quede formalmente sin efecto la orden de detención. A la vez, otros dirigentes condenados verán más cerca el final de las inhabilitaciones vinculadas a la malversación.

La controversia política sobre la amnistía seguirá intacta. Sus defensores la consideran una herramienta para normalizar la situación institucional en Cataluña; sus detractores mantienen objeciones profundas sobre su origen, alcance y consecuencias. Lo que está cambiando no es ese desacuerdo, sino el escenario de los tribunales: el obstáculo que durante más de dos años ha impedido aplicar la amnistía a la malversación del núcleo del procés está cerca de desaparecer y, para Puigdemont, la consecuencia puede ser muy tangible: volver a España sin quedar sujeto a la actual orden de detención.

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Periodista internacional con más de 20 años de experiencia en radio, prensa y medios digitales. Licenciado en Ciencias de la Comunicación, trabaja entre España e Italia con la mirada puesta en la actualidad.

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