Ocio
Paro con un sueldo de 1.500 euros: cuánto se cobra
La base cotizada, los topes y el tiempo trabajado determinan cuánto se cobra y durante cuántos meses.

Con una base de cotización de 1.500 euros mensuales, la prestación contributiva por desempleo sería de unos 1.050 euros brutos al mes durante los primeros 180 días y de unos 900 euros brutos a partir del día 181. Son cantidades orientativas: el importe exacto depende de las bases por las que se cotizó durante los últimos seis meses, no necesariamente del sueldo neto que aparecía en la cuenta bancaria.
El cálculo también está sujeto a límites mínimos y máximos, a la jornada del contrato y a las retenciones que correspondan. Y cobrar esa cantidad durante seis meses no significa que la prestación dure solo ese tiempo: su duración depende de las cotizaciones acumuladas en los seis años anteriores. La cifra mensual y el número de meses son dos cálculos distintos.
Qué cantidad se cobra con una base de 1.500 euros
La prestación se calcula a partir de la base reguladora, que se obtiene con la media de las bases de cotización por desempleo de los últimos 180 días trabajados. Si esa media equivale a 1.500 euros al mes, el 70% corresponde a 1.050 euros brutos mensuales durante los primeros seis meses. Desde el día 181, el porcentaje pasa al 60%, por lo que la cantidad orientativa baja a 900 euros brutos al mes.
Es importante corregir una confusión que aparece en explicaciones antiguas: para el tramo posterior a los primeros 180 días, la referencia aplicable es el 60% de la base reguladora, no el 50%. Con una base de 1.500 euros, calcular ese segundo tramo con el 50% daría 750 euros, pero ese porcentaje no refleja la regla vigente descrita en la normativa actualizada de las referencias de 2025.
Las cifras de 1.050 y 900 euros son importes brutos y parten de una base constante de 1.500 euros. El SEPE calcula la prestación en días y la abona mensualmente; por eso, el importe ingresado puede variar por retenciones de IRPF y cotizaciones, además de por las circunstancias concretas del expediente. No es posible deducir la cantidad neta exacta solo con el dato del sueldo.
El sueldo no siempre coincide con la base reguladora
Una nómina de 1.500 euros no garantiza que la base reguladora sea exactamente de 1.500 euros. El salario neto, que es lo que se recibe después de descuentos, no sirve como referencia directa; lo relevante son las bases de cotización por desempleo que figuran en las nóminas. También puede haber diferencias entre el salario bruto y la base cotizada por la forma en que se distribuyen las pagas extraordinarias u otros conceptos salariales.
Para hacerse una idea aproximada, si las bases de los seis meses computables se han mantenido estables en torno a 1.500 euros, el cálculo anterior resulta útil. Si el salario cambió, hubo meses con jornada distinta o se percibieron complementos variables, el SEPE promedia las bases correspondientes al periodo. Por eso, una subida de sueldo reciente no se traslada automáticamente a toda la prestación: importa qué bases entran en esos 180 días.
Las horas extraordinarias tampoco se incorporan a la base de cotización por desempleo según la información de referencia, de modo que no deben sumarse sin más al salario ordinario para estimar la prestación. En cambio, los conceptos que sí formen parte de la base pertinente pueden alterar la media. La nómina permite comprobar el dato con más precisión que una cifra redonda de salario, aunque el cálculo definitivo corresponde al SEPE.
Cómo influyen los topes y la situación familiar
La prestación no puede quedar por debajo de un mínimo ni superar un máximo legal. Como referencia para 2025 y para un contrato a jornada completa, las cuantías mínimas indicadas son de 560 euros mensuales sin hijos a cargo y 749 euros con hijos. Los topes máximos son de 1.225 euros sin hijos, 1.400 euros con un hijo y 1.575 euros con dos o más hijos a cargo.
Con una base reguladora de 1.500 euros, los importes teóricos de 1.050 euros al principio y 900 después quedan entre esos mínimos y máximos de referencia. Por tanto, en ese supuesto los topes no cambiarían el resultado bruto. Sin embargo, la situación familiar puede ser decisiva cuando el porcentaje calculado supera el máximo o cae por debajo del mínimo: no aumenta por sí sola el porcentaje aplicado, pero puede modificar el límite que se utiliza.
Los importes citados corresponden a las cuantías de referencia de 2025 recogidas en los datos disponibles y no deben tomarse como una tabla inmutable para cualquier año. Además, los límites pueden reducirse proporcionalmente si el empleo anterior era a tiempo parcial. En ese caso, un trabajador con la misma base nominal que otro a jornada completa podría quedar sujeto a topes distintos por la parcialidad. La resolución del SEPE determina la cuantía aplicable al caso concreto.
Cuánto dura la prestación contributiva
El tiempo que se cobra el paro se determina por los días cotizados por desempleo y no utilizados en los seis años anteriores. Para acceder a la prestación contributiva se necesitan, como mínimo, 360 días cotizados; ese tramo da derecho a 120 días de prestación, equivalentes a cuatro meses. Las cotizaciones pueden proceder de distintos contratos y empresas, siempre que no se hayan empleado ya para reconocer otra prestación.
La duración aumenta por tramos. Por ejemplo, entre 1.080 y 1.259 días cotizados corresponden 360 días de prestación, es decir, 12 meses. Para alcanzar el máximo de 720 días —dos años— hacen falta al menos 2.160 días cotizados dentro del periodo computable. Así, dos años trabajados de forma continuada pueden generar ocho meses de prestación, mientras que cuatro años pueden dar lugar a 16 meses, si las cotizaciones son computables y no se han consumido anteriormente.
No conviene extrapolar la duración con una regla lineal simple, como pensar que cada seis meses trabajados añaden siempre dos meses de paro. La escala funciona por intervalos de cotización y tiene un máximo. Además, haber trabajado muchos años en total no basta si parte de ese historial queda fuera de los seis años examinados o ya sirvió para otra prestación. La cuantía mensual y la duración se calculan con criterios diferentes: una depende de las bases recientes y la otra del tiempo cotizado.
Requisitos para tener derecho al paro
La prestación contributiva exige encontrarse en una situación legal de desempleo, es decir, que la pérdida del trabajo no responda simplemente a una decisión voluntaria de dejarlo. Entre los supuestos habituales figuran el despido y la finalización de un contrato temporal. La baja voluntaria, por sí sola, no da acceso inmediato a la prestación, aunque pueden existir cambios posteriores en la situación laboral que deban valorarse conforme a las reglas aplicables.
También se requiere haber cotizado al menos 360 días en los seis años anteriores y no haber utilizado esas cotizaciones para generar otro derecho. La persona solicitante debe inscribirse como demandante de empleo y mantener esa inscripción mientras percibe la prestación. El paro no se concede solo por haber tenido una nómina: deben cumplirse simultáneamente los requisitos de cotización y situación laboral.
Quien no llegue a los 360 días puede quedar fuera de la prestación contributiva, pero eso no significa necesariamente que no exista ninguna protección. Puede haber acceso a un subsidio por insuficiencia de cotización si se reúnen los requisitos económicos y familiares correspondientes. Es una ayuda distinta, con reglas y cuantías propias; no se calcula aplicando el 70% o el 60% de la base salarial. La falta de cotización suficiente cambia el tipo de protección que se puede solicitar.
Plazo y tramitación de la solicitud
La solicitud debe presentarse dentro de los 15 días hábiles posteriores a la situación legal de desempleo. Antes hay que inscribirse como demandante de empleo en el servicio autonómico correspondiente. La prestación se puede tramitar por la sede electrónica del SEPE o presencialmente, con cita previa, y el organismo puede requerir información o documentación para comprobar el derecho.
El certificado de empresa suele ser una pieza central porque recoge datos del cese y de la relación laboral, aunque la empresa normalmente lo remite al SEPE. Conviene revisar que los datos personales y bancarios sean correctos y conservar el justificante de presentación. Si falta documentación, la administración puede pedir que se complete el expediente; presentar la solicitud dentro del plazo evita perder días de prestación por una demora atribuible a la persona solicitante.
La inscripción como demandante no termina con el trámite inicial. Mientras se cobra el paro hay que mantener las obligaciones asociadas, renovar la demanda cuando corresponda y comunicar cambios relevantes, como empezar a trabajar o modificar la situación personal. No actualizar la información puede causar incidencias o pagos incorrectos. La resolución administrativa, y no una estimación hecha con el salario mensual, fija el derecho reconocido y su importe oficial.
Qué puede reducir lo que llega a la cuenta
La cantidad que se calcula como prestación bruta puede no coincidir con el ingreso neto. Sobre ella pueden aplicarse retenciones de IRPF y cotizaciones a la Seguridad Social; su efecto varía según las circunstancias y el importe reconocido. Por eso, decir que a una persona le quedan exactamente 1.050 euros en la cuenta durante los primeros seis meses sería ir más allá de lo que permite saber una base de cotización aislada. La estimación fiable se expresa primero en bruto.
También importa si el contrato era a tiempo parcial y cómo fueron las bases de los últimos meses. Un periodo con salario variable puede elevar o reducir la media, mientras que una jornada parcial puede afectar los topes. Los cambios familiares deben comunicarse cuando correspondan, sobre todo si influyen en los límites aplicables. No obstante, tener hijos no significa que el importe aumente siempre: el efecto aparece especialmente cuando opera un mínimo o un máximo.
Si se empieza a trabajar mientras se cobra la prestación, la compatibilidad y el importe dependen del tipo de empleo y de las reglas vigentes. En el caso del trabajo a tiempo parcial, la prestación puede reducirse en proporción a la jornada, según la información de referencia. No es prudente calcular el resultado aplicando una resta improvisada al ingreso mensual: la situación debe comunicarse al SEPE, que determina cómo afecta al derecho reconocido.
Errores que suelen distorsionar el cálculo
El error más frecuente es confundir salario neto, salario bruto y base de cotización. El importe que llega al banco ya ha pasado por descuentos y no revela por sí solo cuánto se cotizó por desempleo. Otro fallo habitual es proyectar el sueldo de un mes sobre toda la prestación, aunque las bases de los seis meses computables hayan sido diferentes. Para una estimación útil, el dato clave es la media de las bases cotizadas en el periodo legal.
También se repite el uso del 50% para calcular el tramo posterior al sexto mes. Esa cifra aparece en información desactualizada, pero las referencias actuales aplican el 60% desde el día 181. Con una base de 1.500 euros, la diferencia entre ambos porcentajes son 150 euros brutos mensuales: 900 euros frente a 750. Confundirlos puede generar una previsión de ingresos sensiblemente inferior a la que corresponde.
Otro equívoco consiste en dar por hecho que la duración se deduce del salario o que todas las cotizaciones acumuladas siguen disponibles. El salario determina la cuantía mediante la base reguladora, mientras que los días cotizados determinan cuánto dura el derecho. Si una parte de las cotizaciones se utilizó antes, no puede contarse de nuevo sin más. Separar estas dos variables evita mezclar cálculos distintos.
Cuando se agota la prestación o no se alcanza el mínimo
Una vez agotada la prestación contributiva, algunas personas pueden solicitar un subsidio por desempleo si cumplen los requisitos de rentas, responsabilidades familiares u otras condiciones previstas. También puede existir una vía asistencial para quien no ha cotizado los 360 días necesarios para el paro contributivo. Estos subsidios no mantienen necesariamente el importe que se cobraba antes: pertenecen a un nivel de protección diferente.
Las referencias de 2025 sitúan varias cuantías de subsidios como porcentajes del IPREM, cuyo valor mensual se indica en 600 euros. Para algunos subsidios, los tramos citados son el 95% durante los primeros seis meses, el 90% en los siguientes seis y el 80% después; este último equivale a 480 euros. El subsidio para mayores de 52 años también se señala en el 80% del IPREM, sujeto a requisitos específicos. Son cifras de referencia de ese periodo y no sustituyen la comprobación de las reglas vigentes al solicitarlo.
La situación familiar, los ingresos y el historial de cotización pueden determinar si existe derecho a una ayuda posterior y cuál. En cuestiones de acceso, compatibilidades o cambios normativos, la valoración depende de los datos particulares y corresponde al SEPE dentro de sus competencias. Si el caso plantea una controversia laboral o jurídica, el asesoramiento profesional debe examinar la documentación concreta; un ejemplo general no equivale a una resolución individual.
Una cifra orientativa, no una nómina garantizada
El cálculo de 1.050 euros brutos durante los primeros seis meses y 900 euros desde el séptimo ofrece una referencia razonable cuando la base reguladora mensual se mantiene en 1.500 euros. En noviembre de 2024, la prestación contributiva media en España fue de 1.007,5 euros mensuales, un dato que ayuda a situar la estimación, aunque el promedio nacional no permite predecir cuánto cobrará cada persona.
La diferencia entre una previsión y el importe reconocido está en los detalles: las bases reales de cotización, la duración del derecho, la jornada y los límites familiares. Las prestaciones también reflejan una lógica precisa: protegen una parte de los ingresos anteriores durante un tiempo limitado, pero no reproducen íntegramente el salario. Por eso, la cifra de la nómina sirve como primera pista, no como cálculo definitivo.
El desempleo no se mide solo en euros mensuales. También cuenta cuánto tiempo queda cubierto y qué cotizaciones se conservan para el futuro. Entender la separación entre cuantía y duración permite leer mejor la resolución del SEPE y detectar por qué puede diferir de una cuenta rápida basada en el sueldo. La base cotizada explica cuánto; el historial de días cotizados explica durante cuánto tiempo.

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