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Salomé Pradas: ¿cómo complica su caso la defensa de Mazón por la DANA?

La defensa de Carlos Mazón busca apartarlo del núcleo operativo de la DANA, pero la jueza considera que ese argumento refuerza el foco sobre Pradas.

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Salomé Pradas

Por VOX Congreso - CC0, vía Wikimedia Commons.

Resumen

  • La jueza cree que la defensa de Mazón refuerza el foco sobre Pradas
  • El ES-Alert de las 20.11 vuelve a ser una pieza central de la causa
  • Pradas sigue investigada mientras Mazón no figura como investigado

La situación judicial de Salomé Pradas vuelve a quedar en primer plano en la investigación de la DANA. La jueza de Catarroja, Nuria Ruiz Tobarra, considera que los argumentos empleados por la defensa de Carlos Mazón para desvincular al expresidente valenciano de las muertes terminan reforzando, paradójicamente, el foco sobre la entonces consellera de Justicia e Interior. Dicho sin barroquismos jurídicos: lo que pretende servir de escudo para Mazón puede convertirse en un problema para Pradas.

La magistrada sostiene que la llamada “tesis exculpatoria” de Mazón resulta “inculpatoria” respecto de Pradas porque la exconsellera tenía competencias directas en la gestión de la emergencia y participó en la autorización del mensaje ES-Alert enviado a las 20.11 del 29 de octubre de 2024. Eso no supone una condena ni una nueva imputación automática. Pradas ya está investigada y la instrucción continúa. Lo relevante es otra cosa: el último auto vuelve a colocar sus decisiones, los avisos que no llegaron y el contenido de los que sí llegaron en el centro de la causa.

Por qué la defensa de Mazón termina apuntando hacia Pradas

La defensa de Carlos Mazón había presentado un escrito en el que negaba que el entonces presidente de la Generalitat ordenase paralizar el ES-Alert o impartiese instrucciones sobre su contenido. También discutía la existencia de una relación causal individualizada entre su actuación y varias de las muertes ocurridas durante la riada.

El movimiento defensivo tiene una lógica bastante reconocible: acotar quién tenía realmente la competencia operativa, qué decisiones podía tomar y quién debía ejecutarlas. El problema es que, al estrechar tanto el círculo, alguien queda dentro.

Según la instructora, la afirmación de que el mensaje fue consensuado no encaja con la estructura y funcionamiento del Cecopi ni con la secuencia mediante la que se elaboró la alerta. El auto pone el acento en la intervención y autorización directa de Pradas, que ejercía responsabilidades sobre la emergencia y dirigía el plan especial frente al riesgo de inundaciones en la situación 2.

Es ahí donde la defensa de Mazón tropieza con una ironía judicial bastante poco cómoda. Cuanto más se insiste en que determinadas decisiones no correspondían al presidente, más importancia adquiere averiguar quién sí debía adoptarlas. Y la jueza vuelve a mirar hacia Salomé Pradas.

No significa que la responsabilidad penal esté establecida. Para eso existe precisamente la instrucción, y después, llegado el caso, vendrían otras fases procesales. Pero tampoco estamos ante una simple batalla de declaraciones políticas: el reparto real de competencias durante aquellas horas es una pieza central para determinar si hubo decisiones u omisiones penalmente relevantes.

El ES-Alert de las 20.11 vuelve a ser el centro del caso

La hora pesa como una losa en todo el procedimiento: 20.11. Fue entonces cuando se envió el primer mensaje masivo de Protección Civil a los teléfonos móviles de la población valenciana afectada.

Para la jueza, el problema no se reduce a que el aviso llegara tarde. También cuestiona qué decía y qué había ocurrido antes.

La resolución reprocha que durante las horas previas no se utilizaran otros sistemas para advertir a una población que, en determinados municipios, ni siquiera estaba viendo caer una lluvia especialmente intensa y podía desconocer el peligro que descendía por barrancos y cauces. También censura las discusiones mantenidas sobre la formulación jurídica y lingüística del mensaje mientras la emergencia avanzaba.

El primer ES-Alert pedía básicamente evitar desplazamientos. Más tarde, a las 20.57, se remitió otro aviso a municipios de varias comarcas con indicaciones más concretas, entre ellas permanecer en los domicilios, alejarse de ríos y barrancos y subir a pisos elevados en zonas expuestas. La jueza considera que este segundo mensaje era más acertado, pero también que llegó demasiado tarde y no alcanzó a toda la provincia.

Esa diferencia es importante. Una alerta genérica que aconseja no desplazarse no ofrece necesariamente la misma protección que otra que advierte de que el agua puede irrumpir en bajos, garajes o plantas inferiores. En una inundación súbita, unas pocas palabras cambian conductas. Y unos minutos, también.

Los garajes y una cuestión decisiva: qué sabía la población

La resolución entra además en uno de los aspectos más sensibles de la tragedia: las personas que fallecieron después de bajar a garajes o zonas bajas.

La defensa de Mazón había analizado decenas de fallecimientos para discutir que una actuación diferente del expresidente hubiese evitado esas muertes. La magistrada rechaza que puedan valorarse esas conductas ciudadanas como si las víctimas hubieran dispuesto de toda la información necesaria para medir el riesgo.

Para Ruiz Tobarra, la falta de avisos adecuados y suficientemente anticipados constituye precisamente un elemento común en muchos de esos casos. La cuestión penal que se está examinando no consiste simplemente en reconstruir qué hizo cada víctima durante los últimos minutos, sino en determinar qué información recibió para poder protegerse.

Ahí aparece una diferencia casi doméstica, pero brutalmente concreta. Una persona que cree que tiene que sacar el coche del garaje ante una tormenta actúa de una manera; una persona cuyo teléfono le advierte de una avenida potencialmente mortal y le ordena subir a una planta elevada hace otra cosa. Sobre el papel son mensajes administrativos. Dentro de una casa que empieza a llenarse de agua, son otra cosa.

La jueza llega a afirmar que la ausencia de advertencias sobre el peligro de bajar a los garajes tuvo consecuencias mortales. Su razonamiento vuelve a conectar directamente el retraso y el contenido de los avisos con las decisiones adoptadas en el dispositivo de emergencias.

Qué responsabilidad tenía Salomé Pradas durante la DANA

Pradas era entonces consellera de Justicia e Interior de la Generalitat Valenciana y una de las responsables políticas con competencias sobre Emergencias. La investigación lleva meses reconstruyendo qué información recibió, a qué hora, qué decisiones adoptó y cómo participó en el Cecopi.

Uno de los testimonios incorporados a la causa ya había situado sobre ella la validación final del mensaje. El subdirector general de Emergencias, Jorge Suárez, declaró que Pradas optó por una redacción menos imperativa del ES-Alert respecto de una propuesta anterior y sostuvo que el texto quedaba finalmente validado por la consellera.

El auto de septiembre encaja esa cuestión dentro de una fotografía más amplia: no se investiga únicamente quién pulsó un botón, sino por qué se tardó tanto, qué datos estaban disponibles, qué órdenes podían haberse dado y qué mecanismos alternativos de información podían haberse empleado.

Ese matiz evita una simplificación frecuente. El ES-Alert no era una especie de varita tecnológica que, activada cinco minutos antes, resuelve por sí sola una catástrofe. La investigación analiza toda la cadena de prevención y respuesta: información hidrológica, comunicaciones, decisiones del Cecopi, advertencias públicas y medidas de autoprotección. La responsabilidad penal, si finalmente se establece, deberá individualizar conductas y su relación con los fallecimientos.

Mazón sigue fuera de la condición de investigado en Catarroja

El auto también contiene una respuesta bastante áspera a Carlos Mazón. Su defensa pidió aclaraciones sobre la eventual existencia de líneas de investigación relativas al expresidente y rechazó que pudiera atribuírsele una relación causal con las muertes.

La jueza replica que Mazón no tiene condición de investigado ante su juzgado y que ella no puede dictar un sobreseimiento respecto de un aforado cuya eventual investigación correspondería al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana. El TSJCV ya había rechazado investigarlo en ese momento, aunque recordó que el juzgado de Catarroja debía continuar practicando diligencias.

Ruiz Tobarra también rechaza que esté desarrollando una investigación prospectiva contra él. Y desliza una observación poco habitual por su claridad: si Mazón considera que nada puede imputársele, puede abandonar su personación en las diligencias.

La discusión procesal importa porque explica la extraña posición del expresidente. No está investigado por la jueza de Catarroja, pero está personado en un procedimiento cuyas diligencias pueden inevitablemente reconstruir decisiones, conversaciones y actuaciones que lo rodean políticamente.

Mientras tanto, Pradas sí continúa formalmente investigada, al igual que quien fuera su número dos, Emilio Argüeso.

La instrucción continúa y el foco no se limita al ES-Alert

La causa está lejos de agotarse. La investigación judicial ha sido prorrogada hasta abril de 2027 y mantiene abiertas nuevas declaraciones y diligencias destinadas a reconstruir cómo circuló la información durante aquel 29 de octubre. Entre ellas figuran testimonios de alcaldes que sostienen que no recibieron advertencias del Centro de Coordinación de Emergencias y otras comparecencias relacionadas con la gestión autonómica.

Uno de los testimonios más recientes añade una comparación incómoda. La alcaldesa de Carlet, Laura Sáez, del PP, relató ante la jueza las advertencias que realizó a sus vecinos y explicó que había pedido tomar precauciones y refugiarse en zonas altas antes del envío general del ES-Alert. La declaración interesa precisamente porque muestra que, mientras el engranaje autonómico seguía discutiendo medidas, algunos responsables locales ya estaban comunicando riesgos concretos a la población.

La causa también ha seguido examinando comunicaciones del día de la DANA. A comienzos de septiembre, la Fiscalía se opuso a la petición de Pradas para que la delegada del Gobierno, Pilar Bernabé, aportase las llamadas y comunicaciones que mantuvo durante la emergencia. Esa disputa procesal refleja otra línea defensiva: determinar qué sabía cada administración y cuándo lo supo.

Pradas, además, acaba de cambiar de abogado. Su defensa ha pasado a estar encabezada por el penalista Pedro Colina, incorporado al equipo que lleva su representación durante esta fase de la instrucción. El relevo se produce precisamente cuando el procedimiento entra en un tramo particularmente delicado para la exconsellera.

Un argumento defensivo que ha cambiado de dirección

El nuevo auto no resuelve todavía la responsabilidad penal de Salomé Pradas. Tampoco convierte automáticamente la estrategia de Mazón en una prueba contra ella. Conviene separar ambas cosas porque en los procesos de enorme exposición política la frontera entre un indicio, una valoración judicial provisional y una sentencia suele evaporarse con sospechosa facilidad.

Lo que sí ocurre es bastante concreto. La jueza considera que la explicación ofrecida para apartar a Carlos Mazón del núcleo operativo de las decisiones termina subrayando las competencias de Salomé Pradas sobre el dispositivo de emergencias y su participación directa en la autorización del ES-Alert.

Y eso coloca la investigación donde lleva tiempo intentando llegar: a las horas, los teléfonos, los mensajes y las decisiones de aquella tarde. No tanto a quién habló más fuerte después, cuando el agua ya se había retirado y comenzó la inevitable industria de las versiones, sino a quién disponía de información cuando todavía podía resultar útil.

La DANA dejó 232 víctimas mortales reconocidas en la causa y convirtió cada minuto de aquella tarde en materia judicial. La incógnita que ahora pesa sobre Pradas no es retórica: hasta dónde llegaban sus competencias, qué sabía en cada momento y si las decisiones adoptadas protegieron a la población como exigía la emergencia. Eso, y no la guerra posterior de comunicados, es lo que tendrá que determinar el procedimiento.

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Fundador de DonPorqué y curioso empedernido. Escribe sobre tecnología, viajes, gastronomía, cultura y todo lo que le genera una pregunta con un buen «¿por qué?» detrás. En su tiempo libre es aficionado a los casinos online y aprovecha esa experiencia para compartir análisis y recomendaciones sobre el sector del iGaming.