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¿Quién frena la repatriación? Fiscalía señala a Marruecos y Argelia

España pidió 5.551 expulsiones en 2025, pero las trabas consulares de Marruecos y Argelia siguen dejando numerosas repatriaciones en el aire

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la repatriación de dos migrantes

Foto: DVIDS / Wikimedia Commons — dominio público.

Resumen

  • Fiscalía señala trabas de Marruecos y Argelia para ejecutar expulsiones
  • Marruecos exige pasaporte vigente y Argelia apenas documenta expulsiones
  • España registró 5.551 peticiones de expulsión durante 2025

La Fiscalía General del Estado ha puesto nombre a uno de los grandes agujeros del sistema español de expulsiones: Marruecos y Argelia mantienen una colaboración consular muy limitada para recibir a algunos de sus nacionales cuya expulsión ha sido acordada por la Justicia española. No es una interpretación política ni una bronca diplomática de pasillo. Es una de las conclusiones que recoge la Memoria de la Fiscalía sobre la actividad de 2025.

El problema tiene, eso sí, más de un responsable. Marruecos exige para determinadas repatriaciones que el afectado disponga de pasaporte original y en vigor, un documento que, según el Ministerio Público, algunos penados ocultan deliberadamente. Argelia plantea un obstáculo todavía mayor: prácticamente no documenta estas expulsiones, hasta el punto de que en algunas provincias españolas la vía se considera materialmente inviable. Y dentro de España tampoco todo funciona como un reloj: retrasos judiciales y personas condenadas que dejan de estar localizables completan un atasco bastante menos sencillo de lo que sugieren los eslóganes.

Marruecos y Argelia, bajo el foco de la Fiscalía

La expresión utilizada por la Fiscalía es especialmente contundente. Diversas fiscalías territoriales describen una posición extremadamente restrictiva de los consulados marroquíes y argelinos ante la documentación necesaria para ejecutar expulsiones.

Los avisos proceden, entre otras, de las fiscalías de Sevilla, Baleares, Valencia, Murcia y Zaragoza. No se habla, por tanto, de un incidente aislado en una comisaría o de un expediente que quedó atrapado entre sellos y fotocopias. La Memoria presenta el problema como algo persistente, consolidado durante los últimos años y capaz de reducir la eficacia real de las expulsiones previstas por la legislación penal española.

Conviene precisar el terreno porque aquí las palabras importan. La Fiscalía no acusa formalmente a Marruecos o Argelia de cometer una ilegalidad ni sostiene que exista un plan organizado para sabotear las expulsiones españolas. Lo que sí afirma es que el déficit documental y la limitada cooperación consular constituyen el principal factor que termina frustrando muchas de ellas.

Eso, en lenguaje menos administrativo, significa algo bastante sencillo: España puede tener una resolución judicial preparada, pero necesita que el país de origen reconozca y documente a la persona que va a recibir. Sin ese engranaje, la maquinaria se queda haciendo ruido en vacío.

Marruecos exige un pasaporte que a menudo no aparece

El caso marroquí tiene una peculiaridad. Según la Memoria, Marruecos acepta la repatriación cuando el ciudadano dispone de pasaporte original vigente. El problema surge cuando ese documento no existe, está caducado o, como señala expresamente la Fiscalía, el propio condenado lo ha ocultado.

Ahí aparece otro actor del bloqueo que suele desaparecer de la discusión pública. Algunos penados tienen un incentivo evidente para dificultar su identificación documental porque una expulsión efectiva significa abandonar España. Es decir, no todas las piedras del camino proceden de Rabat.

Pero la documentación consular existe precisamente, entre otras cosas, para resolver situaciones en las que una persona carece de pasaporte. Y es en ese punto donde las fiscalías territoriales consideran especialmente restrictiva la posición marroquí.

Argelia presenta un bloqueo todavía más severo

Con Argelia, el diagnóstico es aún más áspero. La Fiscalía sostiene que el país prácticamente no documenta las expulsiones y recoge que en determinados territorios españoles esta posibilidad ha llegado a considerarse materialmente inviable.

La diferencia no es menor. Un pasaporte difícil de conseguir complica una expulsión; una ausencia prácticamente general de documentación puede hacerla imposible.

Este problema tampoco nació en 2026. Las dificultades para materializar repatriaciones de ciudadanos argelinos vienen apareciendo en memorias territoriales anteriores y han afectado incluso al funcionamiento práctico de los Centros de Internamiento de Extranjeros. Si las autoridades saben de antemano que una devolución difícilmente podrá ejecutarse, internar durante semanas a una persona para terminar poniéndola en libertad pierde buena parte de su sentido jurídico y operativo.

Las expulsiones solicitadas crecen con fuerza en España

El atasco llega justo cuando la Justicia española está utilizando más esta herramienta. En 2025 se registraron 5.551 peticiones de sustitución de penas de prisión por expulsión del territorio nacional. Un año antes habían sido 4.656 y en 2023, 4.144.

El salto es considerable: un 19,2% más en un solo año y aproximadamente un 34% respecto a 2023.

El artículo 89 del Código Penal establece, con sus excepciones y garantías, la sustitución por expulsión de penas de prisión superiores a un año impuestas a ciudadanos extranjeros. No significa que cualquiera que cometa un delito sea automáticamente colocado en un avión. El juez debe valorar las circunstancias del caso y existen límites específicos, especialmente cuando hay vínculos relevantes con España o cuando se trata de ciudadanos de la Unión Europea.

La propia Fiscalía señala que sus solicitudes se concentran en situaciones de ausencia total de arraigo. Entre los delitos que aparecen con mayor frecuencia figuran los relacionados con el orden público, la seguridad vial y los robos.

Hay otra novedad curiosa. Durante 2025 aumentaron las peticiones de expulsión realizadas por los propios condenados durante la fase de ejecución de la pena, especialmente en Madrid, Navarra y Cataluña, incluso cuando la sentencia inicial no había previsto esa salida. La cuestión ha generado dudas jurídicas y consultas internas sobre hasta dónde puede modificarse una decisión cuando la condena ya está ejecutándose.

No todo el atasco viene del otro lado del Mediterráneo

Cargar toda la responsabilidad sobre Rabat y Argel sería cómodo. También incompleto. La Memoria identifica problemas dentro de España que retrasan o impiden ejecutar las decisiones judiciales.

Uno es el colapso de determinados órganos judiciales. Otro, bastante más terrenal, aparece cuando el investigado o condenado no puede ser localizado llegado el momento de ejecutar su expulsión.

Después está la burocracia documental. Identificación, certificados consulares, resoluciones judiciales, coordinación policial, disponibilidad del traslado… basta con que falle una pieza para que el expediente se eternice. Una decisión escrita sobre papel no atraviesa una frontera por sí sola.

El mejor ejemplo de que el sistema puede funcionar cuando todas las piezas encajan aparece lejos de los grandes focos migratorios. Segovia registró 16 solicitudes de expulsión: 14 fueron autorizadas y 13 llegaron finalmente a ejecutarse.

Ese resultado tiene interés porque desmonta dos explicaciones demasiado cómodas. Ni todas las expulsiones son imposibles ni basta con que un juez las ordene. Cuando documentación, cooperación administrativa y ejecución coinciden, salen adelante. Cuando no, empiezan los pasillos.

Los CIE también reflejan las dificultades de repatriación

La Memoria recoge igualmente 2.510 informes sobre internamientos en Centros de Internamiento de Extranjeros durante 2025. Los CIE no son cárceles ni el internamiento constituye una pena: su función, en estos procedimientos, es asegurar temporalmente que pueda ejecutarse una expulsión o devolución.

Ese matiz resulta esencial. Existe un tiempo máximo de internamiento y, si durante ese periodo no se consigue identificar correctamente al extranjero, obtener la documentación o garantizar que el país de destino lo aceptará, la medida acaba perdiendo su finalidad.

La Fiscalía observa también un mayor filtro judicial en las autorizaciones de ingreso, con más atención a circunstancias como el arraigo personal y familiar. Al mismo tiempo, sus visitas han detectado problemas de saturación y dificultades para identificar dentro de los centros a personas especialmente vulnerables, incluidas posibles víctimas de trata.

La inmigración irregular suele discutirse como una sucesión de cifras, fronteras y discursos políticos. Luego llega el expediente concreto y el paisaje cambia: un consulado que no entrega documentación, un pasaporte que desaparece, un juzgado saturado, una identificación pendiente. El Estado puede disponer de una orden de expulsión y seguir sin poder ejecutarla.

La repatriación vuelve al centro de la relación con el Magreb

La publicación de estos datos llega en un momento especialmente sensible para la relación migratoria entre España y Marruecos, después de los acontecimientos registrados en Ceuta durante los días 30 y 31 de julio de 2026. Pero conviene no mezclar expedientes.

La Memoria publicada por la Fiscalía analiza lo ocurrido durante 2025. Por sí sola, por tanto, no demuestra ninguna responsabilidad marroquí en episodios fronterizos posteriores ni permite convertir las dificultades de repatriación en prueba de una maniobra política de Rabat. Son cuestiones distintas.

Sí muestra algo más estructural. España depende en buena medida de la cooperación de los países de origen para que determinadas expulsiones judiciales dejen de ser simplemente una resolución estampada en papel. Y cuando esa cooperación falla, el margen de actuación español se estrecha mucho.

En ese terreno, la Fiscalía ha sido bastante clara: Marruecos y Argelia forman parte central del problema. Especialmente Argelia, cuya falta de documentación convierte algunas repatriaciones en prácticamente impracticables; Marruecos, por su parte, mantiene unas exigencias documentales que las fiscalías españolas consideran extremadamente restrictivas.

Una orden judicial que necesita dos fronteras

La fotografía que deja la Memoria no permite repartir cómodamente buenos y malos. Hay gobiernos de origen cuya colaboración resulta insuficiente, condenados que ocultan documentación, juzgados españoles sobrecargados y procedimientos capaces de encallar durante meses.

Pero tampoco cabe diluir el dato principal. Las fiscalías españolas llevan tiempo alertando de las dificultades para conseguir que Marruecos y, sobre todo, Argelia documenten y acepten a determinados nacionales expulsados por la Justicia. En 2025, con 5.551 solicitudes de expulsión, ese problema dejó de ser una anomalía burocrática para convertirse en una cuestión de eficacia real del sistema.

España puede dictar la expulsión. Puede ordenar su ejecución. Incluso puede internar temporalmente al afectado mientras se prepara. Pero para que la persona cruce finalmente la frontera hace falta algo que ningún auto judicial puede fabricar: que el país situado al otro lado la reconozca y la reciba. Y ahí, según la Fiscalía, es precisamente donde demasiados expedientes se quedan atascados.

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Fundador de DonPorqué y curioso empedernido. Escribe sobre tecnología, viajes, gastronomía, cultura y todo lo que le genera una pregunta con un buen «¿por qué?» detrás. En su tiempo libre es aficionado a los casinos online y aprovecha esa experiencia para compartir análisis y recomendaciones sobre el sector del iGaming.