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¿Por qué denuncian a Figaredo por pedir «cazar» migrantes en Ceuta?

ACO denuncia a José María Figaredo por pedir «cazar» migrantes en Ceuta. Fiscalía deberá valorar el contexto, la difusión y el posible delito.

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Figaredo en 2026

Acción Contra el Odio (ACO) ha denunciado ante la Fiscalía al diputado de Vox José María Figaredo por un posible delito de incitación al odio y a la violencia después de sus declaraciones sobre los migrantes llegados a Ceuta, entre ellos menores de origen marroquí. La asociación considera que expresiones como «cazar» o «pescar» a migrantes pueden superar el terreno de la controversia política y entrar en el ámbito penal del artículo 510 del Código Penal.

La denuncia no significa que Figaredo haya cometido un delito ni supone una imputación judicial automática. Será la Fiscalía la que deba valorar las palabras, el contexto en que fueron pronunciadas, su difusión y su capacidad para generar hostilidad o violencia. El asunto, además, llega después de otras iniciativas similares contra el dirigente de Vox, mientras él mantiene que utilizó «cazar» como una manera coloquial de decir detener o apresar a quienes habían entrado irregularmente en España.

Qué ha denunciado Acción Contra el Odio

ACO anunció el 26 de agosto de 2026 la presentación de su denuncia por un posible delito de incitación al odio y a la violencia contra las personas migrantes, con especial atención a los menores marroquíes que llegaron a Ceuta durante la crisis fronteriza de finales de julio.

El escrito se centra en varias intervenciones televisivas de Figaredo. La organización sitúa una de las principales en una emisión de En boca de todos, de Cuatro, del 31 de julio. Al abordar la acogida de menores migrantes en otras comunidades autónomas, el diputado defendió su devolución a Marruecos y habló de «ir cazándolos uno a uno».

La polémica no murió con aquella emisión. El 6 de agosto, Figaredo volvió al mismo programa y tuvo la ocasión de matizar el verbo que había incendiado la discusión pública. No lo hizo. Insistió en que había que «cazar a los inmigrantes uno a uno y devolverlos», defendiendo la normalidad de la expresión.

Ahí está precisamente uno de los elementos que ACO intenta colocar bajo la lupa de la Fiscalía: no una palabra aislada pronunciada al vuelo, sino su reiteración pública, en televisión y en plena tensión social alrededor de Ceuta.

Figaredo defiende que «cazar» significa detener

El dirigente de Vox ha rechazado posteriormente que sus declaraciones deban interpretarse como una llamada a ejercer violencia física contra los migrantes. El 14 de agosto explicó que había empleado el verbo «cazar» como sinónimo de «apresar, detener o aprehender» y acusó al Gobierno de desviar el debate político hacia sus palabras.

Su posición política tampoco cambió. Figaredo mantiene que las personas que entraron irregularmente por Ceuta deben ser localizadas y devueltas, y rechaza la distribución territorial de los menores migrantes entre comunidades autónomas planteada para aliviar la presión asistencial sobre la ciudad.

La discusión jurídica, sin embargo, no se resuelve únicamente abriendo el diccionario. Para determinar si existe delito importan las palabras, sí, pero también quién las pronuncia, ante qué audiencia, contra qué colectivo, con qué intención y dentro de qué contexto social. Esa combinación será decisiva si la investigación avanza.

No es la primera denuncia por estas declaraciones

ACO llega a una Fiscalía que ya había recibido otros escritos relacionados con las palabras del diputado. Compromís llevó el asunto al Ministerio Público a comienzos de agosto y posteriormente hizo lo mismo el Foro de Abogacía y Democracia, que pidió investigar posibles delitos de odio y contra la dignidad de colectivos vulnerables.

El Ministerio de Igualdad también remitió un oficio a la Fiscalía para solicitar que se estudiara si las expresiones empleadas por Figaredo podían ser constitutivas de delito. Es decir, la denuncia de ACO no inaugura el expediente político y jurídico alrededor de estas declaraciones; lo amplía.

Una denuncia presentada inicialmente por un particular llegó igualmente a la Unidad de Delitos de Odio y Discriminación. Debido a la condición de diputado nacional de Figaredo, las actuaciones fueron remitidas a la Fiscalía del Tribunal Supremo para que valorara su eventual trascendencia penal.

Qué dice realmente el artículo 510 del Código Penal

El artículo 510 del Código Penal castiga a quienes públicamente fomenten, promuevan o inciten, directa o indirectamente, al odio, la hostilidad, la discriminación o la violencia contra determinados grupos o personas por motivos protegidos por la ley, entre ellos su raza, etnia, nación u origen nacional.

En su modalidad básica, determinadas conductas contempladas en este artículo pueden ser castigadas con penas de uno a cuatro años de prisión, además de multa. La ley prevé asimismo un tratamiento agravado cuando el mensaje se difunde mediante medios de comunicación, internet u otros canales capaces de hacerlo accesible a un número elevado de personas.

Eso no significa, ni mucho menos, que cualquier frase ofensiva, desagradable o políticamente extrema termine convertida en delito de odio. El derecho penal no funciona como un detector automático de barbaridades.

La propia Fiscalía establece una frontera importante: la expresión debe tener una capacidad real o potencial de generar un clima de odio, hostilidad, discriminación o violencia. No basta simplemente con sostener una idea radical, impopular o incluso profundamente ofensiva. Debe analizarse su aptitud para promover públicamente ese comportamiento contra un colectivo protegido.

Ese matiz será central en el caso Figaredo. La acusación intentará acreditar que la combinación de verbos asociados a la persecución de personas, la reiteración del mensaje, la condición de representante público y la enorme difusión televisiva eleva el riesgo. La defensa puede sostener justamente lo contrario: que se trataba de una fórmula coloquial para reclamar la detención y devolución administrativa de quienes habían entrado irregularmente.

El dato de los 9.590 mensajes de odio en dos días

ACO acompaña su denuncia con un contexto especialmente delicado. El Observatorio Español del Racismo y la Xenofobia (OBERAXE), dependiente de la Secretaría de Estado de Migraciones, detectó mediante su sistema FARO 9.590 contenidos de odio o narrativas discriminatorias en redes sociales durante los días 30 y 31 de julio.

El volumen mensual también se disparó. En julio fueron detectados 57.406 contenidos, frente a los 40.800 registrados en junio. El grupo principalmente señalado en esos mensajes volvió a ser el formado por personas procedentes del norte de África.

Hay una precisión importante. El informe oficial relaciona el pico de mensajes con la crisis migratoria de Ceuta y las entradas registradas aquellos días; no establece que las declaraciones de Figaredo provocaran por sí mismas esos 9.590 contenidos. ACO incorpora, en cambio, la coincidencia temporal y el clima generado en redes como uno de los argumentos para defender la potencial lesividad del discurso denunciado.

Confundir correlación con causalidad sería cómodo, pero periodísticamente bastante flojo. Lo comprobable es que la intervención del diputado se produjo dentro de un escenario digital extraordinariamente crispado alrededor de la inmigración y de la situación en Ceuta.

La condición de diputado añade otra pieza jurídica

Figaredo es diputado del Congreso y, por tanto, posee las prerrogativas parlamentarias previstas por la Constitución. Esto tampoco equivale a una inmunidad absoluta frente a cualquier investigación penal.

La Constitución protege mediante la inviolabilidad parlamentaria las opiniones expresadas por diputados y senadores en el ejercicio de sus funciones. Al mismo tiempo, establece su inmunidad durante el mandato y determina que las causas penales contra parlamentarios corresponden a la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.

Si las actuaciones desembocaran en una causa penal contra Figaredo, su condición de aforado marcaría por tanto el recorrido procesal y entraría en juego el régimen constitucional aplicable a los miembros de las Cortes. Por ahora, sin embargo, conviene no saltarse estaciones: existen denuncias y peticiones de investigación, no una condena ni una declaración judicial de culpabilidad.

La frontera entre provocación política y responsabilidad penal

El caso coloca sobre la mesa una vieja tensión democrática que reaparece cada vez con más frecuencia: hasta dónde protege la libertad de expresión al discurso político cuando señala a un colectivo vulnerable con términos asociados a persecución, captura o violencia.

La libertad de expresión protege también discursos incómodos, duros, exagerados e incluso ofensivos. Tiene que hacerlo. Una democracia que solo garantizara el derecho a pronunciar frases educadas sería más bien una tertulia con moderador. Pero esa protección tampoco es ilimitada cuando las palabras adquieren capacidad para fomentar hostilidad, discriminación o violencia contra personas identificadas por su origen.

Eso es exactamente lo que deberá determinarse con Figaredo. ACO sostiene que el diputado cruzó esa frontera. Él niega haber llamado a ninguna violencia y explica que pretendía reclamar detenciones y devoluciones. Entre ambas posiciones está el terreno menos vistoso y más importante: el Código Penal, la jurisprudencia y la valoración concreta de unas declaraciones difundidas ante una audiencia masiva.

Una palabra bajo la lupa de la Fiscalía

La palabra «cazar» ha hecho casi todo el ruido político. La cuestión decisiva, sin embargo, es qué significó jurídicamente dentro del contexto en el que fue utilizada. Esa respuesta no corresponde a un plató ni a una batalla de redes sociales, sino a las instituciones encargadas de aplicar la ley, que deberán decidir si las declaraciones permanecen en el terreno de la expresión política polémica o alcanzan el umbral penal que denuncia ACO.

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Periodista internacional con más de 20 años de experiencia en radio, prensa y medios digitales. Licenciado en Ciencias de la Comunicación, trabaja entre España e Italia con la mirada puesta en la actualidad.

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