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El pulso entre el CGPJ y el Gobierno por la independencia judicial

La tensión institucional revela por qué la independencia judicial depende también del tono de quienes gobiernan.

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Sede del Consejo General del Poder Judicial
Sede del Consejo General del Poder Judicial

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha elevado el tono frente al Gobierno porque considera que algunas críticas de sus miembros a jueces y tribunales dejan de discutir resoluciones concretas y ponen en duda la imparcialidad de la Justicia. La presidenta del Supremo y del Consejo, Isabel Perelló, defendió en la apertura del año judicial que los jueces deben resolver sin presiones y advirtió de la gravedad de atribuirles motivaciones políticas sin fundamento. El choque no trata solo de palabras: enfrenta dos exigencias democráticas, la libertad de criticar las decisiones judiciales y la obligación de no erosionar la independencia de quienes las dictan.

El Consejo también ha expresado, en una declaración aprobada por unanimidad, su preocupación por las manifestaciones de altos responsables institucionales sobre actuaciones judiciales concretas. Su posición no significa que los jueces sean intocables ni que el Ejecutivo deba guardar silencio. La línea que intenta marcar es otra: una resolución puede discutirse por sus argumentos, recurrirse y cuestionarse, pero presentar de forma general a los tribunales como instrumentos partidistas puede debilitar la confianza pública en el sistema. La controversia es institucional precisamente porque quienes hablan desde el poder tienen una responsabilidad añadida.

La frontera entre criticar una sentencia y desacreditar a un juez

Las resoluciones judiciales no están por encima del debate democrático. Pueden contener errores, apoyarse en interpretaciones discutibles o ser revocadas por un tribunal superior. La crítica jurídica, el análisis de los argumentos y los recursos forman parte del funcionamiento normal de la Justicia; exigir silencio ante una decisión sería confundir independencia con inmunidad. Los tribunales también deben rendir cuentas mediante las reglas procesales y el escrutinio público.

La preocupación expresada por Perelló se dirige a una acusación distinta: que jueces adoptan decisiones por motivos políticos y no jurídicos. Según la presidenta del Supremo, atribuir esa conducta de manera generalizada es una imputación de extraordinaria gravedad, porque pone en cuestión que la actividad judicial se someta al derecho. En su intervención sostuvo que la procedencia gubernamental de algunas descalificaciones agrava su efecto. No porque un ministro carezca del derecho a opinar, sino porque sus palabras llevan el peso del cargo y pueden percibirse como una presión institucional. La autoridad de quien habla cambia el alcance de lo dicho.

La distinción importa también para el ciudadano. Denunciar una resolución mediante argumentos verificables permite responder con recursos, explicaciones y debate jurídico. En cambio, afirmar que los jueces actúan como una facción política, sin individualizar conductas ni aportar pruebas suficientes, invita a desconfiar del conjunto del sistema. Una cosa es sostener que un proceso concreto está mal planteado y otra sugerir que los tribunales funcionan como una extensión de la oposición o del Gobierno. La sospecha generalizada no sustituye a la impugnación jurídica.

Por qué el Consejo ha intervenido en el enfrentamiento

El CGPJ no juzga, no dicta sentencias ni decide si una persona es culpable. Es el órgano de gobierno del Poder Judicial y tiene competencias relacionadas con nombramientos, inspección, ascensos y disciplina de jueces y magistrados. Por eso, cuando se pronuncia sobre la independencia judicial, no está resolviendo las causas que han originado la disputa: sostiene que debe preservarse el marco en el que los tribunales puedan resolverlas sin interferencias. Su función es institucional, no jurisdiccional.

La Constitución de 1978 configura a jueces y magistrados como integrantes de un poder independiente, sometidos únicamente al imperio de la ley. Esa garantía protege al ciudadano frente a cualquier autoridad, no solo frente al Ejecutivo. Permite que un tribunal examine decisiones de la Administración y que investigue hechos que afectan a personas con influencia política. También deja claro que los jueces son responsables y que sus decisiones pueden revisarse por las vías previstas. Independencia no significa ausencia de control, sino control mediante procedimientos legales.

El Consejo está compuesto por 20 vocales, además de su presidente, que también preside el Tribunal Supremo. Doce vocales proceden de la carrera judicial y ocho son juristas de reconocida competencia; Congreso y Senado proponen diez cada uno, con una mayoría de tres quintos. El mandato es de cinco años y la renovación corresponde al Consejo en su conjunto. Este diseño, y en particular la elección parlamentaria de sus miembros, alimenta desde hace años el debate sobre la influencia de los partidos. La institución que defiende la independencia también debe afrontar las dudas sobre su propia composición.

Un choque que se alimenta de varios episodios

La discusión no surge en el vacío. En el acto de apertura del año judicial presidido por Felipe VI, Perelló censuró las descalificaciones dirigidas desde el Gobierno a jueces y defendió que las decisiones deben responder a razones jurídicas, no a otros intereses. Asistieron, entre otras autoridades, el ministro de Justicia, Félix Bolaños, y el líder del Partido Popular, Alberto Núñez Feijóo. El intercambio se produjo en un ambiente de tensión entre el Ejecutivo y el Poder Judicial, con críticas recientes a resoluciones del Tribunal Supremo. La ceremonia solemne dejó al descubierto un conflicto que ya venía acumulándose.

Uno de los focos mencionados en la información de referencia es una decisión del Supremo relacionada con la llamada ley de nietos, que provocó críticas desde el Gobierno. También se habían cruzado comunicaciones entre el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, y Perelló a raíz de una investigación en Ceuta; la presidenta del Consejo había pedido respeto a las decisiones judiciales. Óscar Puente afirmó, en una entrevista radiofónica, que en el Supremo había jueces que intentaban hacer política. Son episodios distintos, pero comparten una disputa sobre cómo describir la actuación de los tribunales mientras hay procedimientos en marcha. El conflicto se agrava cuando la crítica política se refiere a investigaciones concretas.

El artículo que dio origen a esta revisión situaba el pulso en un clima más amplio de causas y controversias que afectan al PSOE y a personas próximas a Pedro Sánchez. Citaba las referencias a José Luis Rodríguez Zapatero, al hermano y a la esposa del presidente, así como el caso de Leire Díez, la actuación de la Unidad Central Operativa en la sede socialista de Ferraz y las alusiones a una supuesta operación para influir en investigaciones judiciales. Esas menciones describen el contexto político y mediático, no acreditan por sí mismas responsabilidades penales. Una investigación, una denuncia y una condena son etapas diferentes y no deben confundirse.

Desde el Ejecutivo y sus partidarios se ha sostenido que algunas causas pueden estar impulsadas por denuncias de organizaciones con intereses políticos y que ciertos procedimientos reciben un trato desigual. Esa crítica merece examinarse caso por caso: la calidad de las pruebas, la actuación de las partes y las decisiones de los jueces pueden ser objeto de discusión. Pero el CGPJ objeta que una sospecha sobre una causa concreta no justifica extender la acusación al conjunto de la judicatura. El debate pierde precisión cuando sustituye el análisis de expedientes por etiquetas sobre bloques enteros.

La unanimidad y sus límites

La declaración del Consejo aprobada por unanimidad tiene relevancia porque evita que el pronunciamiento pueda atribuirse únicamente a uno de los sectores internos. El CGPJ ha convivido con divisiones entre vocales de sensibilidades distintas y con una prolongada controversia política sobre su renovación. Que el texto reuniera todos los votos disponibles indica que la preocupación institucional trascendió, en esa ocasión, la disputa entre bloques. No convierte al Consejo en una voz neutral por definición ni demuestra que cada una de sus posiciones sea incuestionable. La unanimidad aporta peso político, pero no reemplaza el examen de los argumentos.

El comunicado también llegó después de que asociaciones judiciales expresaran malestar por lo que consideraban falta de respuesta ante informaciones sobre campañas de desprestigio contra magistrados. La reacción del Consejo puede leerse, por tanto, como una defensa de la institución y como una contestación a la percepción de que determinados ataques habían quedado sin réplica. Esa lectura no obliga a aceptar que toda crítica a un juez sea una campaña ni a descartar que existan conductas impropias. Obliga a separar los hechos acreditados de las interpretaciones interesadas. Defender a los jueces no debe convertirse en protegerlos de toda fiscalización.

La unanimidad tampoco resuelve el problema de confianza que rodea al propio órgano. La elección de los vocales por las Cortes, las negociaciones políticas asociadas a las renovaciones y las acusaciones cruzadas de reparto partidista han contribuido a que parte de la ciudadanía perciba al Consejo como una institución expuesta a la política. Esa percepción puede coexistir con una defensa legítima de la independencia judicial: una cosa no invalida automáticamente la otra. El Consejo puede tener razón sobre los límites de la crítica y seguir necesitando más credibilidad institucional.

El papel de la Fiscalía en la apertura judicial

La apertura del año judicial incluyó también la presentación de la memoria anual del Ministerio Fiscal por parte de la fiscal general del Estado, Teresa Peramato. Según la información disponible, en un año aumentó un 4,9% la apertura de diligencias. Peramato señaló que la lucha contra la corrupción es una prioridad estratégica y subrayó que investigar esas conductas exige rigor, determinación e independencia. El dato describe la actividad de la Fiscalía; por sí solo, no permite concluir que hayan aumentado en la misma proporción los delitos probados o las condenas. Las diligencias abiertas son actuaciones de investigación, no veredictos.

Sobre Ceuta, la fiscal general defendió la necesidad de preservar el principio de legalidad y recuperar una situación de plena seguridad y normalidad. También advirtió de que la crítica legítima a la Justicia no debe confundirse con una descalificación sistemática. Su intervención se sitúa en un plano diferente al de la presidenta del Supremo, aunque ambas insistieron en la importancia de la independencia y del respeto a las funciones institucionales. Fiscalía y judicatura tienen tareas distintas, pero ambas dependen de que la ley se aplique sin presiones.

Ese matiz es esencial para no presentar las instituciones como un bloque único. El Ministerio Fiscal promueve la acción de la Justicia y defiende la legalidad, mientras que los jueces resuelven los asuntos sometidos a su jurisdicción. Sus funciones se relacionan, pero no son intercambiables. La controversia política puede afectar a ambas, aunque una investigación fiscal no equivale a una resolución judicial y una crítica a la Fiscalía no demuestra, sin más, una injerencia en los tribunales. Nombrar con precisión quién investiga y quién decide evita confundir el funcionamiento del proceso.

Una independencia judicial que también exige confianza

La independencia no vuelve infalible a ningún juez. Los tribunales forman parte de una sociedad con desacuerdos, presiones mediáticas y divisiones políticas; sus integrantes pueden equivocarse y sus decisiones pueden suscitar objeciones fundadas. La garantía democrática consiste en que existan reglas para revisar lo decidido, no en suponer que toda resolución es correcta. El mismo principio impide que una discrepancia política sustituya a un recurso o se convierta en una condena pública de la institución entera. La confianza no se sostiene pidiendo fe ciega, sino haciendo comprensibles y revisables las decisiones.

También hay motivos por los que la ciudadanía puede desconfiar: procedimientos largos, resoluciones difíciles de entender, nombramientos controvertidos o diferencias en la percepción del trato entre partidos. Reconocer esos problemas no equivale a afirmar que los jueces actúen por encargo. Del mismo modo, defender la independencia judicial no borra la obligación de mejorar la transparencia ni el deber de explicar cómo funcionan los tribunales. La legitimidad se protege tanto frente a presiones externas como frente a las deficiencias propias.

La discusión sobre la politización del CGPJ muestra esa tensión con claridad. Los partidos han intervenido en la elección de sus vocales conforme al sistema legal, pero las negociaciones y los bloqueos han alimentado la idea de que la composición se decide como una prolongación de la competencia parlamentaria. Ese contexto vuelve más difícil que cualquier declaración del Consejo sea recibida como ajena a la política. No basta con afirmar independencia: también importa que el diseño y la práctica institucional hagan creíble esa independencia. La percepción pública se construye con reglas, comportamientos y resultados.

El coste de convertir los tribunales en un campo de batalla

Cuando un ministro cuestiona la motivación de jueces que conocen asuntos políticamente sensibles, sus palabras pueden ser interpretadas como una advertencia, aunque su intención sea denunciar un trato que considera injusto. Cuando un tribunal adopta una decisión que afecta al Gobierno, la oposición puede presentarla como prueba de que todo el sistema funciona correctamente, aunque una resolución aislada tampoco permita demostrarlo. Ambos atajos empobrecen el debate. Una sentencia no certifica por sí sola la neutralidad de todo el sistema, ni una crítica prueba una conspiración.

El peligro es que la discusión pase de los expedientes a la deslegitimación recíproca. Si cada investigación que afecta a un partido se describe como persecución y cada crítica judicial como un ataque al Estado de Derecho, el ciudadano recibe relatos cerrados en lugar de razones contrastables. La consecuencia puede ser una desconfianza indiscriminada: ya no se discute si una resolución está bien fundamentada, sino si quien la dicta pertenece al bando correcto. Cuando la toga se interpreta como una insignia partidista, todos los fallos parecen confirmar una sospecha previa.

Por eso el Consejo insiste en que los tribunales deben resolver sin presiones directas ni indirectas y en que la independencia judicial es una garantía para los ciudadanos. La advertencia no obliga a renunciar a la crítica, pero sí reclama que se distinga entre cuestionar una decisión y atribuir intenciones políticas a quienes la adoptan. Esa exigencia vale para el Gobierno, para la oposición, para las asociaciones judiciales y para los propios jueces cuando explican públicamente su trabajo. La contención institucional no es silencio: es precisión sobre lo que se afirma y sobre las pruebas disponibles.

La independencia se prueba cuando una decisión incomoda

La prueba más exigente para la separación de poderes llega cuando una resolución perjudica a quien gobierna, a quien se opone o a quien tiene influencia. Defender a los jueces solo cuando sus decisiones favorecen al propio espacio político no es defender su independencia, sino escoger las sentencias que se consideran legítimas. El mismo criterio debe aplicarse a las críticas: un Ejecutivo puede denunciar irregularidades, pero debe hacerlo con argumentos y sin convertir la discrepancia en una acusación global contra los tribunales. La regla democrática ha de mantenerse también en los casos más incómodos.

El CGPJ ha plantado cara al Gobierno porque entiende que algunas declaraciones han cruzado ese límite y pueden minar la confianza en la justicia. Su advertencia tiene un fundamento institucional, aunque no cierre la discusión sobre el modo de elegir a sus vocales, la lentitud judicial o la percepción de politización. A la vez, el Ejecutivo conserva el derecho a cuestionar resoluciones y a defender su actuación, siempre que la crítica no se transforme en presión sobre quienes deben decidir. Las dos obligaciones pueden y deben convivir.

La disputa, por tanto, no se resuelve pidiendo adhesión automática a uno de los poderes. Exige valorar cada resolución por sus razones, cada acusación por sus pruebas y cada declaración pública por la responsabilidad de quien la pronuncia. El Poder Judicial no puede convertirse en un refugio corporativo ni en el blanco permanente del Ejecutivo; tampoco la crítica política puede quedar reducida a un reproche de injerencia cada vez que una decisión incomoda. La confianza institucional se conserva cuando nadie reclama para sí una excepción a las reglas.

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Periodista internacional con más de 20 años de experiencia en radio, prensa y medios digitales. Licenciado en Ciencias de la Comunicación, trabaja entre España e Italia con la mirada puesta en la actualidad.

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