Síguenos

Actualidad

¿Qué revela el auto judicial que acorrala a Mazón?

Publicado

el

auto judicial que acorrala a Mazón

La causa por la dana de Valencia apunta a Mazón: 15 meses de instrucción, Es-Alert tardío, Cecopi y más de 400 testigos bajo lupa judicial.…

La instrucción penal por la gestión de la dana de Valencia del 29 de octubre de 2024 ha entrado en su fase más incómoda para el poder político: la magistrada Nuria Ruiz Tobarra, titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Catarroja, ha pedido al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) que investigue al expresident Carlos Mazón. En su exposición razonada lo coloca en el “núcleo de responsabilidad” y sostiene que se “excluyó voluntariamente” de la gestión de aquella jornada, un concepto que, en una emergencia, equivale a hablar de mando ausente cuando el agua ya estaba golpeando puertas.

El sumario —diligencias previas 692/2024— persigue algo muy concreto: probar si existe conexión entre la pasividad, el retraso manifiesto y un aviso a la población que la jueza considera tardío y erróneo, y la pérdida de 230 vidas (con más casos aún bajo examen), además de lesiones vinculadas a “la ausencia de decisiones para salvaguardar a la población”. Es una causa penal por homicidio imprudente y lesiones imprudentes: no se discute intención, se discute diligencia, tiempos y obligaciones.

Catarroja, 15 meses de instrucción y un sumario en exclusiva

La investigación se abrió el 30 de octubre de 2024, un día después de la riada, por 75 fallecimientos ocurridos dentro del partido judicial de Catarroja. A finales de enero de 2025 la jueza Ruiz Tobarra centralizó las diligencias y, desde marzo de 2025, el juzgado se dedica en exclusiva a esta causa penal. Ese “en exclusiva” no es una etiqueta: significa que el expediente marca el ritmo de la oficina, que el calendario se llena de comparecencias y que la reconstrucción del 29 de octubre se trabaja como si fuera un plano de metro, estación por estación, minuto por minuto.

En estos meses han entrado al sumario informes, registros de comunicaciones, reconstrucciones de horarios y un volumen de testimonios que ya desborda cualquier idea de “procedimiento estándar”. La jueza ha ido fijando lo que en una tragedia suele ser lo más difícil: la cronología comprobable. No vale “a media tarde”; vale una hora. No vale “se avisó”; vale el contenido exacto del aviso, quién lo validó y a qué momento del desastre llegó. La causa, con su tono de papel timbrado, intenta responder a una pregunta que en la calle se formula de otra manera: por qué tantas personas se enteraron tarde de que estaban en peligro.

La cifra de víctimas, además, no ha sido inmóvil. La autoridad judicial elevó a 230 el número oficial tras incorporar una muerte posterior con nexo causal acreditado: un vecino de Catarroja, de 74 años, que falleció el 3 de noviembre de 2024 en el Hospital La Fe de València. El auto describe que vivía en una planta baja, pasó la noche mojado por la entrada de agua y no pudo refugiarse; el frío, la limitación de movimiento y el estrés físico, junto a patologías previas, derivaron en un tromboembolismo pulmonar. Antes, ya constaba como víctima 229 una bebé de ocho meses que no llegó a nacer por la muerte de su madre en Riba-roja de Túria; y la propia jueza ha recordado que existen nueve posibles víctimas aún “en proceso de análisis”.

El aviso “tardío y erróneo”: Es-Alert, 112 y barrancos

El núcleo del caso no es meteorológico, es decisional. La dana fue el fenómeno; la instrucción investiga la gestión. Por eso el sumario vuelve una y otra vez a dos elementos: el aviso masivo a la población y la vigilancia del territorio. En el primero aparece el sistema Es-Alert, que envió una alerta a móviles a las 20:11 del 29 de octubre; en el segundo, la falta de vigilancia de cauces y barrancos en una situación de emergencia hidrológica, algo que la jueza considera preceptivo. Entre medias, el 112 como termómetro: decenas de miles de llamadas recibidas, con franjas horarias que dibujan la escalada del desastre y que obligan a preguntarse por qué la respuesta institucional no se aceleró en paralelo.

Lo que se discute, en realidad, es el tiempo. Una alerta no es una sirena decorativa: mueve decisiones domésticas, evita bajar a un garaje, cambia un trayecto, empuja a subir a una planta alta. La jueza sostiene que el aviso no solo llegó tarde; también pudo ser erróneo en su planteamiento respecto a lo que estaba ocurriendo ya. Esa combinación —tarde y con un contenido discutible— es veneno para la defensa de una actuación diligente. Por eso la instrucción se esfuerza en atar quién sabía qué, quién alertó internamente, qué se consideró “confirmado” y qué se trató como ruido.

La alerta de las 20:11 y quién podía validarla

La hora 20:11 se ha convertido en un punto fijo, casi una coordenada moral. En sede judicial se ha señalado que, para entonces, la mayor parte de las muertes ya se habían producido. A partir de ahí, la tesis de la jueza no necesita grandilocuencia: si el aviso masivo llega cuando el daño es mayoritario, la pregunta pasa a ser por qué no se envió antes y qué lo impidió. En esa línea, la magistrada ha impulsado diligencias para identificar a las personas acreditadas para redactar y validar mensajes del Es-Alert, su formación y quién estaba trabajando exactamente ese día. El sumario quiere manos y nombres, no solo organigramas.

En declaraciones recientes ha aparecido una pieza que añade presión al calendario: el director general de Comunicación, Francisco González, declaró que la entonces consellera Salomé Pradas le advirtió de la gravedad aproximadamente dos horas antes del envío del Es-Alert. Si esa advertencia existió, la instrucción intenta aclarar qué ocurrió en ese intervalo: si se preparó un mensaje y se frenó, si se discutió su alcance, si faltó coordinación con el Cecopi o si, sencillamente, nadie asumió la decisión de pulsar el botón cuando todavía podía salvar tiempo. Y en emergencias, el tiempo es el recurso más caro.

El otro lado del mismo problema está en el terreno. La jueza considera esencial que no se vigilasen cauces y barrancos, como era obligatorio en una emergencia hidrológica. Ese punto no es una “falta técnica” sin más: es la base para anticipar desbordamientos súbitos y para trasladar avisos concretos a municipios y barrios vulnerables. Sin vigilancia, la información llega tarde; y cuando la información llega tarde, el aviso masivo se vuelve una reacción, no una prevención. Ahí encaja la insistencia del sumario en cruzar datos del 112 con lo que se transmitía —o no— desde el sistema de coordinación.

Mazón, el TSJCV y la “exclusión voluntaria”

La petición al TSJCV responde a una realidad jurídica: Mazón conserva condición de aforado por su acta en Les Corts, y solo el tribunal superior puede investigarlo formalmente. La jueza ha elevado una exposición razonada por homicidio imprudente y ha subrayado que no pretende “retener la causa”, así que seguirá con diligencias y testigos mientras el TSJ decide. En paralelo, ha rechazado suspender declaraciones solicitadas por la defensa de uno de los investigados, dejando claro que la instrucción no entra en congelación por el simple hecho de que la pelota esté ahora también en el tejado del tribunal superior.

El término que ha marcado el giro es “exclusión voluntaria”. No es una frase de tertulia: es una caracterización judicial de conducta. La magistrada sugiere que el expresident se apartó de la gestión y que ese apartamiento tuvo repercusión en la cadena de decisiones, especialmente en el aviso a la población. En una crisis, la ausencia de mando no solo es ausencia: es retraso multiplicado. Las decisiones se delegan, se discuten más, se validan tarde. Y el sumario intenta comprobar si eso ocurrió y, sobre todo, si ese retraso fue relevante para la magnitud del daño.

En ese contexto aparece el Cecopi, en l’Eliana, como escenario operativo y símbolo incómodo. La instrucción ha ido conociendo detalles sobre la llegada de Mazón al Cecopi, el tiempo de permanencia y los movimientos previos; no como curiosidad, sino como prueba de gestión. También han surgido referencias, vinculadas a testimonios, sobre una conversación con Mazón ese día y sobre su presencia previa en un almuerzo prolongado con una periodista, un dato que, por sí solo, no decide nada, pero sí empuja a una pregunta procesal: dónde estaba el máximo responsable autonómico mientras la emergencia se desbordaba y cuándo entró de verdad en el circuito de mando.

Pradas y Argüeso, investigados desde marzo de 2025

La causa ya tenía investigados antes de que el foco subiera a la cúpula política. Desde el 10 de marzo de 2025 figuran como investigados la exconsellera Salomé Pradas y el ex secretario autonómico de Emergencias Emilio Argüeso. La instrucción examina su actuación en la gestión de la emergencia y la posible relación con el aviso tardío, la coordinación del Cecopi y la falta de medidas eficaces para proteger a la población. En términos penales, lo relevante no es si “hubo caos” —eso casi se da por hecho—, sino si quienes tenían posición de garante actuaron con la diligencia exigible y si existía margen real para hacer más y antes.

Argüeso ha intentado que se paren algunas declaraciones hasta que el TSJ se pronuncie sobre Mazón, alegando que ciertas preguntas tocaban el ámbito del aforado. La jueza lo rechazó y mantuvo el calendario. Ese pulso procesal dice mucho del momento actual: la instrucción sigue centrada en los investigados ya personados, pero la sombra de la exposición razonada a Mazón planea sobre cada comparecencia, porque muchas decisiones de aquel día pasan inevitablemente por presidencia, por comunicación institucional y por el engranaje político que rodea a una emergencia.

Pradas aparece además como figura clave en la interfaz entre la gestión operativa y la comunicación pública. Su nombre vuelve en el sumario como responsable política del área de Interior y emergencias en aquel momento y como pieza dentro de la cadena que conduce al Es-Alert. La declaración de Francisco González, situando una advertencia de gravedad con antelación, pone a prueba la tesis de la defensa: si se sabía que la cosa estaba mal dos horas antes, por qué el aviso masivo se envió cuando ya era demasiado tarde para muchos. La instrucción, de nuevo, busca el hueco exacto donde se perdió el tiempo.

400 testigos, acusaciones múltiples y la vía de los 58 millones

Desde diciembre de 2024 han declarado más de 400 testigos, sobre todo familiares de víctimas, además de peritos, trabajadores de emergencias y responsables políticos. En ese recorrido han pasado por sede judicial nombres como Alberto Núñez Feijóo y el actual president de la Generalitat, Juanfran Pérez Llorca, que declaró como testigo cuando era secretario general del PP valenciano. Pérez Llorca aportó un detalle muy concreto: afirmó que fue él quien llamó a Mazón aquella tarde tras ver en la televisión de una cafetería un vídeo de las inundaciones en Utiel, arrasado por la crecida del río Magro. Son escenas así las que el sumario transforma en cronología: un vídeo visto a cierta hora, una llamada, una reacción —o su ausencia.

El procedimiento está sostenido también por una pluralidad de acusaciones poco habitual: se han personado 13 partidos políticos de distintos signos —entre ellos Podemos, Vox, PSPV-PSOE, Ciudadanos y Compromís—, sindicatos como CGT e Intersindical, asociaciones como Acció Cultural del País Valencià o Mai Més, y numerosas familias como acusación particular. Esta multiplicidad añade volumen y tensión, pero también asegura que la instrucción reciba impulsos constantes para abrir líneas, pedir documentos y citar testigos. A la jueza le toca filtrar, ordenar y decidir qué diligencias son pertinentes, porque un sumario con demasiadas manos puede convertirse en ruido; y, sin embargo, aquí el objetivo sigue siendo el mismo: fijar responsabilidades penales con pruebas.

En paralelo a la vía penal, la Asociación de Damnificados por la dana Horta Sud Valencia abrió en octubre de 2025 una reclamación patrimonial por 58 millones de euros contra la Generalitat y la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ), presentada en nombre de 418 afectados, por daños físicos, morales y materiales no suficientemente indemnizados. Esta ruta es distinta: no busca condenas penales, busca reparación económica por viviendas, vehículos y negocios destrozados, y también por el golpe emocional que deja una riada cuando el barro se retira pero la vida cotidiana sigue rota. La coexistencia de ambas vías —penal y patrimonial— refleja algo básico: una parte pide castigo si hubo imprudencia delictiva; otra pide compensación por un daño que, del modo que sea, no puede recaer solo en quienes lo sufrieron.

La cifra de víctimas y el punto exacto donde está hoy la causa

El sumario trabaja con una cifra oficial de 230 víctimas mortales, pero la propia instructora ha recordado que hay nueve posibles víctimas todavía en análisis a petición de sus familiares. Ese matiz es relevante porque muestra que el caso no está cerrado ni siquiera en su dimensión humana: algunos fallecimientos tardíos o complejos requieren informes forenses, reconstrucciones clínicas y decisiones judiciales sobre el nexo causal. La incorporación del vecino de Catarroja fallecido en La Fe el 3 de noviembre de 2024, por tromboembolismo pulmonar tras pasar la noche mojado y sin poder moverse con normalidad, es un ejemplo de cómo la tragedia se prolonga más allá del día de la riada.

A día de hoy, la instrucción mantiene su curso: siguen las declaraciones, siguen los requerimientos, y sigue el examen de la cadena que llevó al Es-Alert de las 20:11 y a la falta de vigilancia de barrancos en una emergencia hidrológica. El TSJCV debe decidir qué hace con la exposición razonada sobre Carlos Mazón; mientras tanto, el juzgado de Catarroja continúa con los investigados ya señalados, Pradas y Argüeso, y con un sumario que ha ido fijando piezas duras: que el aviso fue tardío, que el contenido pudo ser erróneo, que el sistema recibió una avalancha de señales a través del 112, y que el mando político aparece en el relato judicial, ya no como fondo, sino como cuestión central.

Lo que se ha movido en estas semanas no es una frase, es un escalón. Cuando una jueza habla de “núcleo de responsabilidad” y pide que un tribunal superior investigue al expresident por su “exclusión voluntaria”, está diciendo que la gestión de una tragedia no se mide solo por lo que se hizo, sino por lo que no se hizo cuando todavía había margen. El proceso dirá si ese margen existió de forma penalmente relevante y quién debía ocuparlo. Y lo dirá con la moneda más precisa que tiene un sumario: fechas, horas y nombres propios, uno detrás de otro, como marcas en una pared para recordar hasta dónde subió el agua.

Newsletter

Periodista internacional con más de 20 años de experiencia en radio, prensa y medios digitales. Licenciado en Ciencias de la Comunicación, trabaja entre España e Italia con la mirada puesta en la actualidad.

Lo más leído