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¿Por qué Txeroki podrá salir de prisión de lunes a viernes?
Txeroki logra un permiso de semilibertad: saldrá de Martutene entre semana, con control judicial, y reabre el debate vivo del artículo 100.2.

Txeroki logra un permiso de semilibertad: saldrá de Martutene entre semana, con control judicial, y reabre el debate vivo del artículo 100.2.
El Garikoitz Aspiazu Rubina ha obtenido un régimen de semilibertad que le permitirá salir de la cárcel de lunes a viernes durante el día, con una condición que marca el tono de todo lo demás: tendrá que regresar cada noche a dormir al centro penitenciario. No es una excarcelación, no es una puerta giratoria sin control; es un encaje jurídico concreto, y muy discutido, dentro del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario, una fórmula “intermedia” que se mueve dentro del segundo grado y que se usa, sobre el papel, para ir preparando una salida más estable cuando el cumplimiento está ya muy avanzado.
La medida nace en la prisión de Martutene, en San Sebastián, y se activa con la propuesta de su Junta de Tratamiento y el aval administrativo del Gobierno Vasco. A partir de ahí se abre el pasillo de siempre en estos casos: informe de la Fiscalía —no vinculante— y decisión final del juez de vigilancia competente, en este caso dentro del engranaje de la Audiencia Nacional, que es la que viene asumiendo la supervisión cuando el preso acumula causas y condenas por terrorismo.
La semilibertad de lunes a viernes, sin tercer grado
La palabra “semilibertad” suena a titular limpio, de trazo gordo, pero en la vida real se escribe con renglones pequeños: sale de día, entra de noche. De lunes a viernes, sí; el fin de semana, no. El esquema es casi doméstico, como un horario laboral invertido: el preso hace su actividad fuera —trabajo o voluntariado, según el plan presentado— y vuelve al centro para pernoctar. Ese detalle, el de la cama, es el que separa este régimen del imaginario del “tercer grado” que tanta gente asocia a dormir fuera y pasar por prisión como quien ficha.
Aquí el matiz es clave: el 100.2 no equivale al régimen abierto. No es el “ya está, a la calle”. Es una herramienta que permite flexibilizar la ejecución de la condena sin cambiar formalmente de grado, una especie de bisagra: ni el hierro del encierro completo ni la puerta abierta del todo. Y además exige una pieza de papel con nombre poco literario pero decisivo: un “plan de ejecución” en el que se acredita qué va a hacer fuera, dónde, con qué horarios, con qué seguimiento. En otras palabras: no basta con la voluntad; hace falta un programa.
En la práctica, esa flexibilidad tiene dos caras que chocan entre sí. Por un lado, la idea de que la reinserción no empieza el último día, sino antes, con rutina, responsabilidades, controles. Por otro, el vértigo social que provoca aplicar ese modelo a un perfil como “Txeroki”, con condenas acumuladas de cientos de años y un nombre incrustado en la memoria negra de la violencia de ETA.
Quién mueve la palanca y quién puede frenarla
La primera palanca está dentro de la cárcel: la Junta de Tratamiento, que es quien evalúa —en teoría, con informes técnicos— la evolución penitenciaria, el comportamiento, el itinerario de tratamiento y el encaje del plan propuesto. En este caso, esa propuesta se eleva y la administración penitenciaria vasca, a través de su Departamento de Justicia y Derechos Humanos, da el paso de conceder el régimen en el marco del 100.2. Desde 2021, Euskadi gestiona sus prisiones, con una precisión que suele olvidarse en el ruido político: la gestión es autonómica, la normativa sigue siendo estatal.
A partir de ahí entra el segundo actor: la Fiscalía de la Audiencia Nacional. Su informe no decide por sí solo, pero pesa; es el filtro que puede apoyar la medida o discutirla, advertir riesgos, pedir correcciones o directamente oponerse. Y luego llega el tercero, el que tiene la firma final: el Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria, que valida o revoca. En la práctica, muchas concesiones de este tipo terminan manteniéndose, pero en casos de alto voltaje público —y este lo es— cada trámite se mira con lupa, incluso con microscopio.
Lo importante, aunque suene frío, es entender el orden: no es una decisión “cerrada” hasta que pase el control judicial. En el trayecto pueden aparecer condiciones añadidas, ajustes de horarios, exigencias de supervisión… o un frenazo. Y mientras tanto, alrededor, el debate se enciende: víctimas, partidos, asociaciones, memoria, resentimiento, derecho. Todo a la vez, como si alguien abriera un cajón y se cayeran décadas al suelo.
El artículo 100.2 y su letra pequeña, esa que manda
El 100.2 es una cláusula de flexibilidad dentro del Reglamento Penitenciario: permite aplicar un programa específico que, de otro modo, no encajaría bien en la rigidez del sistema de grados. Dicho sin solemnidad: la cárcel funciona con carriles, y a veces, para una persona concreta, se habilita un carril mixto, con reglas propias, sin cambiarle la etiqueta oficial del grado. Se hace para trabajar hábitos, para ordenar una vida fuera con anclajes dentro, para comprobar si hay cumplimiento real y no solo un “sí, sí” de expediente.
Esa flexibilidad, sin embargo, no es un cheque en blanco. Implica control, implica revocación si se incumple, implica que la administración puede apretar y el juez puede cortar. Y, sobre todo, implica una pregunta que no necesita signos de interrogación para estar en el ambiente: si esto se concibe como preparación para la salida, ¿en qué punto del cumplimiento se considera “preparación” y cuándo se convierte en beneficio prematuro? Ahí es donde la discusión se vuelve áspera, porque no se debate una norma abstracta, se debate un nombre propio.
En el caso de “Txeroki” hay además una complejidad añadida que suele pasar desapercibida: parte de su itinerario penal se ha desarrollado en Francia, con condenas allí y traslados aquí. Los calendarios penitenciarios, cuando cruzan fronteras, se convierten en un tablero con casillas que no siempre se ven desde fuera. De ahí que el debate público, muchas veces, se quede en lo visible —“sale de lunes a viernes”— y pierda el mapa completo: qué condenas cumple, cuáles están refundidas, qué límites de cumplimiento efectivo se aplican, qué resoluciones están ya firmes, cuáles siguen vivas.
El recorrido penal de Txeroki: detención, condenas, episodios
Garikoitz Aspiazu, nacido en 1973, fue considerado durante años un dirigente clave del aparato militar de ETA. Su detención en Cauterets, en noviembre de 2008, tuvo un efecto de impacto: se produjo en una estación de esquí francesa y, según los datos conocidos entonces, fue arrestado junto a Leire López Zurutuza. Aquel golpe se leyó como un “descabezamiento” operativo en un momento en que la organización ya acumulaba presión policial sostenida. La escena —madrugada, nieve, frontera simbólica— se quedó grabada por lo que tenía de contraste: violencia planificada y paisaje de postal.
A partir de ahí, su historial judicial en España se llenó de páginas. Una de las cifras que más se repite es la de 377 años de prisión, una condena emblemática impuesta por la Audiencia Nacional por el intento de asesinato de Esther Cabezudo, entonces teniente de alcalde de Portugalete. Es una de esas sentencias que explican por qué en España se habla de “cientos de años” y, a la vez, la realidad del cumplimiento efectivo se rige por límites legales: el Código Penal fija topes máximos de cumplimiento que, en casos de terrorismo y acumulación de delitos graves, pueden llegar a 40 años. La cifra impresiona menos cuando se escribe, pero pesa más cuando se imagina.
Cauterets 2008: el golpe que lo sacó del tablero
La detención de 2008 no fue un final narrativo, fue un cambio de fase. En Francia, “Txeroki” siguió cumpliendo condenas durante años; en España, su nombre se mantuvo en la agenda judicial con procedimientos y causas. Y en 2024 llegó un punto administrativo relevante: el traslado desde la prisión francesa de Lannemezan hasta Martutene, tras su entrega en la frontera de Irún. En términos fríos: pasó a estar bajo el sistema penitenciario gestionado por Euskadi, aunque con la supervisión judicial propia de la Audiencia Nacional por el tipo de delitos y condenas.
Ese traslado, por sí mismo, no es un “premio”; es un movimiento dentro de un marco de cooperación judicial europea y de ejecución de penas. Pero en el ecosistema político español, donde cada decisión penitenciaria ligada a ETA se lee con lupa emocional, el cambio de cárcel se interpreta siempre como un signo: acercamiento, progresión, beneficios. A veces lo es; a veces no tanto. En el caso de la semilibertad actual, sí hay un salto: no geográfico, sino de régimen.
Portugalete y la condena de 377 años: el episodio que define la cifra
El episodio vinculado a Esther Cabezudo es el que suele aparecer cuando se explica el volumen de sus condenas. Más allá de la cifra, lo que marca es el tipo penal: intentos de asesinato terrorista y estragos, un patrón que la Audiencia Nacional consideró acreditado en su momento. Hablar de ello no es recrearse; es entender por qué la decisión de un 100.2 genera un eco tan grande. No se discute un hurto, se discute la ejecución de condenas asociadas a violencia política armada.
Ese contraste —condenas enormes y fórmulas de flexibilización— es uno de los puntos más difíciles de digerir en el debate público. Porque el sistema penitenciario, por diseño constitucional, no está pensado para ser solo castigo: también incorpora reinserción. Y, sin embargo, cuando el delito está en el núcleo del trauma colectivo, la reinserción se percibe como una palabra ajena, casi ofensiva, si no va acompañada de verdad, reparación, reconocimiento del daño. Ahí se abren grietas que no se tapan con tecnicismos.
Antena 3 y el paquete bomba: un caso que volvió a la mesa
Otra de las condenas relevantes en España es la de 18 años por el intento de asesinato mediante un paquete bomba dirigido a María Luisa Guerrero, entonces delegada de Antena 3 en el País Vasco. En este tipo de hechos, la crudeza no necesita adornos: se habla de un artefacto enviado a un domicilio, de riesgo para más personas presentes, de una violencia que buscaba matar y que, por fortuna, no culminó. Es una de esas causas que recuerdan que, detrás de cada nombre propio, hay vidas alrededor, familiares, rutinas, miedo.
Este punto es importante porque conecta con una de las discusiones centrales del presente: qué se exige, moral y jurídicamente, para que una progresión penitenciaria sea aceptable socialmente. El Reglamento habla de planes, horarios, reinserción; la sociedad, especialmente las víctimas, habla de responsabilidad, de colaboración, de arrepentimiento real. Dos lenguajes que se cruzan y, a veces, no se entienden.
Marina d’Or, Oropesa y la autocaravana: el detalle que explica por qué duele
El caso de Marina d’Or tiene una secuencia que parece escrita para un informe policial —porque lo fue— y que, precisamente por eso, hiela. “Txeroki” fue condenado a nueve años por ordenar un atentado que la banda pretendía cometer en el complejo turístico de Marina d’Or, en Oropesa del Mar. La operación se articuló con una autocaravana robada en Francia, cargada con explosivos y trasladada a la provincia de Castellón. El episodio terminó con la explosión del vehículo en un olivar de Las Cuevas de Vinromá, después de que un vecino avisara por la presencia extraña del vehículo. El cráter, según se describió en sede judicial, fue de varios metros; el daño, aunque no se tradujo en víctimas mortales, dejó una imagen física de lo que se pretendía.
En esa historia aparecen nombres de lugares como Messanges, donde se produjo el robo de la autocaravana, y La Venta del Baztán, donde se cargó con explosivos antes del traslado. También aparece un comando, “Elurra”, y un esquema repetido: logística, desplazamientos, carreteras secundarias, vigilancia del objetivo, y el azar —un aviso vecinal— rompiendo el plan. Son detalles que importan porque explican por qué, cuando hoy se escribe “sale de lunes a viernes”, hay gente que lee otra cosa: no un horario, sino un pasado que vuelve a tocar el timbre.
Reacciones y choque de relatos: víctimas, política y memoria
La concesión del régimen ha provocado rechazo explícito por parte del Colectivo de Víctimas del Terrorismo, que ha denunciado la decisión y ha enmarcado la política penitenciaria vasca como una vía que, a su juicio, avanza “a toda prisa” hacia el vaciado de las cárceles de presos de ETA, atribuyendo esa dirección a la presión o la hoja de ruta de EH Bildu. Es el tipo de acusación que sube la temperatura de inmediato porque no discute solo un expediente: discute legitimidad, intenciones, memoria, poder.
En paralelo, las instituciones que han tramitado la medida insisten en el marco técnico: no es tercer grado, es una modalidad de segundo grado con flexibilidad; exige un plan, tiene controles, y está bajo supervisión judicial. Ese choque es casi inevitable: un lado habla desde el dolor y la sospecha; el otro desde el reglamento y el procedimiento. En medio queda la pregunta práctica —sin formularla en alto— de si el sistema es capaz de sostener la reinserción sin humillar a las víctimas ni trivializar el pasado. No hay fórmula fácil, y por eso cada caso reabre el debate como quien reabre una cicatriz.
Aquí, además, el contexto vasco pesa: desde que Euskadi gestiona sus prisiones, cada progresión vinculada a presos de ETA se interpreta como un termómetro político. Y ese termómetro, incluso cuando marca fiebre por motivos técnicos, se lee como fiebre ideológica. El problema de fondo es que la gestión penitenciaria es una mezcla incómoda: administración diaria y, a la vez, símbolo. Y cuando el símbolo tiene nombres propios, el margen para la serenidad se encoge.
Qué cambia en su día a día y qué no cambia en absoluto
Lo que cambia es sencillo de describir y difícil de digerir: durante cinco días a la semana, “Txeroki” podrá salir del recinto para cumplir un itinerario externo —trabajo o voluntariado— y regresará por la noche. Ese “ir y volver” no es una imagen poética; es el mecanismo central del 100.2. Lo que no cambia es igualmente importante: sigue interno, sigue bajo la disciplina penitenciaria, sigue con un régimen que puede revisarse, limitarse o revocarse. Y, por definición, su margen de movimientos dependerá del plan aprobado y de cómo se controle.
Tampoco cambia el hecho de que su caso está bajo un foco especial. No por capricho mediático, sino por el tipo de delitos y por el impacto social. En estos expedientes, un incumplimiento menor —una llegada tarde, un desajuste de horario, un incumplimiento del programa— no se lee como anécdota: se lee como alarma. Y eso condiciona todo. El régimen, que en otros presos puede transitar con discreción, aquí camina con ruido de pasos en un pasillo largo.
Y hay algo más, menos visible pero decisivo: el 100.2 se mueve en la frontera entre lo penitenciario y lo judicial. La administración propone y concede, sí, pero el juez vigila. Esa vigilancia no es decorativa; puede traducirse en exigencias de control, en revisiones periódicas, en la obligación de acreditar con papeles y comprobaciones lo que se hace fuera. La semilibertad no es “vida normal”; es vida normal con lupa.
La semana que se abre en el caso Txeroki
Ahora el expediente entra en su tramo más sensible: el de la validación o revisión por parte de la Fiscalía y del juez de vigilancia competente. Es un periodo en el que, más allá del titular, se decide el perímetro real de la medida: si se mantiene tal cual, si se restringe, si se condiciona más, si se frena. En paralelo, el debate público seguirá latiendo con sus dos pulsos: el de quienes exigen que la ley se aplique con las mismas herramientas que a cualquier otro interno, y el de quienes consideran que en un caso así no puede haber un paso sin una respuesta moral y reparadora que, dicen, no ven.
La noticia, en el fondo, no va solo de un permiso entre semana. Va de cómo un país administra su pasado violento cuando ya no hay tiros, pero siguen las fechas, los nombres, las ausencias; de cómo encaja en el mismo folio palabras que se repelen —reinserción y terrorismo, flexibilidad y dolor, reglamento y memoria—. Y va, también, de un detalle que hoy pesa más que cualquier etiqueta: “Txeroki” podrá cruzar la puerta de la prisión cada mañana de lunes a viernes… y la misma puerta se cerrará detrás de él cada noche, otra vez, con la rutina dura del hierro, como recordatorio de que esto no es libertad, es un escalón intermedio con el país mirando de reojo.

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