Cultura y sociedad
¿Qué ha declarado García Ortiz en el Supremo? Los detalles

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Álvaro García Ortiz se enfrenta al Tribunal Supremo por la filtración de un correo. Detalles del juicio que podría redefinir su futuro.
La primera respuesta de Álvaro García Ortiz ante el Tribunal Supremo ha sido corta y nítida: no se considera responsable del delito de revelación de secretos que se le atribuye por la supuesta filtración de un correo electrónico relacionado con el caso tributario de Alberto González Amador. El fiscal general del Estado se ha sentado por primera vez en el banquillo de la Sala de lo Penal y ha fijado así el tono de la vista: negación rotunda, defensa técnica y un calendario de testigos que promete muchas horas de sala.
Desde primera hora de este lunes, la vista ha dejado claro el marco de juego. Siete magistrados deberán decidir si el correo de 2 de febrero de 2024 —en el que la defensa de González Amador planteaba una conformidad y admitía dos delitos fiscales por un fraude de 350.951 euros— salió del ámbito reservado por acción u omisión del máximo responsable del Ministerio Público. El tribunal ha escuchado ya las primeras explicaciones, entre ellas las de Julián Salto, el fiscal madrileño que mantuvo el intercambio con el abogado del empresario, y que ha descrito la urgencia y el tránsito de esos correos dentro de la estructura fiscal. La defensa de García Ortiz ha pedido la nulidad de registros y de algunas diligencias clave por considerarlas desproporcionadas y “prospectivas”, mientras que las acusaciones particulares y populares mantienen una petición de entre cuatro y seis años de prisión y hasta 12 de inhabilitación. Todo, en un proceso con eco político e institucional, pero con una pregunta estrictamente penal en la mesa: ¿hubo revelación de secretos y puede probarse más allá de toda duda razonable?
El núcleo del caso: la supuesta filtración del correo
La pieza sobre la que pivota el enjuiciamiento es un correo electrónico fechado el 2 de febrero de 2024 enviado por el abogado de Alberto González Amador al fiscal de Delitos Económicos Julián Salto. En él, la defensa planteaba un acuerdo de conformidad y explicitaba la intención de reconocer dos delitos contra la Hacienda Pública, con devolución de cuotas y pago de responsabilidad, en un cálculo preliminar que sumaba 350.951 euros. Esa iniciativa —que, según ha recordado Salto, parte “siempre” de las defensas y no de los fiscales— encendió una cadena de comunicaciones internas para valorar si el contenido obligaba a informaciones o decisiones inmediatas.
El 13 de marzo por la noche estalló el ruido. Medios de comunicación publicaron versiones contradictorias sobre quién había propuesto el pacto. Un día después, la Fiscalía de Madrid difundió una nota informativa para desmentir que la propuesta partiera de la institución y para aclarar que había sido la defensa la que abrió la puerta a la conformidad. Es el tránsito entre esa tensión informativa y la salida a la esfera pública de parte del contenido de los correos lo que hoy se sienta en el banquillo. La tesis acusatoria: hubo revelación de información reservada por parte de autoridades sometidas al deber de sigilo. La posición del acusado: no participó en ninguna filtración y su actuación se ajustó a los cauces legales y jerárquicos del Ministerio Fiscal.
Así ha transcurrido la primera jornada
La sesión ha arrancado a media mañana con los trámites de identificación y la pregunta ritual: “¿Se considera autor responsable de los delitos que se le imputan?”. “No”, ha contestado García Ortiz. Acto seguido, el tribunal ha dado paso a las cuestiones previas, un capítulo de alto voltaje técnico donde la Abogacía del Estado —con Consuelo Castro al frente— y la Fiscalía han cuestionado varios pilares de la instrucción. Han cargado contra el registro del despacho del fiscal general y contra la entrada en la oficina de la fiscal jefa de Madrid, Pilar Rodríguez, diligencias que la defensa califica de nulas por falta de base suficiente y por su alcance intrusivo. También han discutido el secuestro de datos de dispositivos y la forma en que se estableció el secreto de actuaciones.
En este primer acto se han escuchado ya testimonios clave. El del fiscal Julián Salto ha sido uno de los más esperados: ha explicado cómo y cuándo recibió el correo de la defensa y por qué, a partir de ahí, hubo órdenes y apremios para recabar la información completa “ahora”, de madrugada, “porque el fiscal general no puede esperar”. Ese detalle temporal —el timing de los mensajes, la cadena de custodia digital y quién pidió qué y a qué hora— se perfila como el campo de batalla de la prueba indiciaria.
En paralelo, han aparecido dos datos que apuntalan la estrategia de la defensa. Por un lado, informes periciales anteriores no hallaron rastros de envío del contenido desde el ordenador del fiscal general y detectaron “cero mensajes” en su móvil en las fechas críticas, algo que la UCO relacionó con un cambio de dispositivo y que el entorno del acusado atribuye a protocolos de gestión discutidos en sala. Por otro, y quizá más determinante, el dato de los accesos masivos a la documentación del caso, que complica cualquier atribución directa.
El “No” del fiscal general
Pocas veces una palabra dice tanto en una primera sesión de juicio. “No”. Esa negativa resume la vivienda jurídica de García Ortiz: no filtró, no ordenó que se filtrara y no desatendió su deber de reserva. Su defensa ha reforzado el cuadro con tres ideas: falta de prueba directa, sesgo en la indagación del juez instructor Ángel Hurtado y nulidad de diligencias clave. La Abogacía sostiene que se construyó un relato de culpabilidad “desde el inicio”, ignorando líneas alternativas que, por ejemplo, apuntan a que el contenido del correo circuló fuera de la Fiscalía antes de que el fiscal general tuviera los documentos en su dispositivo.
En el otro lado, las acusaciones —entre ellas la particular que representa a González Amador— consideran que el conjunto de indicios pinta un cuadro suficiente para la condena: peticiones fuera de hora, urgencias impropias para que corrieran los correos, saltos en la trazabilidad y una nota informativa que, en su lectura, desbordó el deber de discreción.
Urgencias y correos: lo que contaron los testigos
El relato de Julián Salto encaja buena parte de las piezas. Ha detallado que la iniciativa de conformidad llegó de la defensa, que respondió a ese gesto con un correo tipo —tomando nota de la voluntad de reconocer los hechos, sin cerrar ningún acuerdo— y que, a partir del 13 de marzo por la noche, el ruido público y los desmentidos internos activaron el paso de correos por varios despachos. Salto ha subrayado que nunca antes se le había exigido “a esas horas” que remitiese material, pero ha matizado que no vio ilegalidad en que sus superiores le pidieran toda la información disponible para articular una respuesta institucional.
El tribunal también ha escuchado a Pilar Rodríguez, la fiscal jefa provincial de Madrid, que ha defendido la legalidad de su intervención para coordinar la comunicación con la Fiscalía Superior y con la Secretaría Técnica. Su declaración adquiere más peso por lo que ha sostenido meses atrás: que el expediente de González Amador estaba subido a repositorios internos a los que accedían cientos de personas, y que el correo clave —el de la defensa a Salto— estuvo al alcance de al menos 60 profesionales entre fiscales y abogados. Ese dato, recordado hoy, es central en la valoración del origen de la filtración.
Accesos masivos al expediente y efecto en la prueba
Un número circular en las crónicas de la causa: 500. Es la magnitud aproximada de profesionales con acceso a la denuncia y al expediente tributario de González Amador tras su subida a carpetas compartidas del Ministerio Fiscal en los primeros días de marzo de 2024. En cuanto al correo de 2 de febrero, las cifras oscilan en torno a medio centenar largo de posibles destinatarios o lectores. No es un tecnicismo: en un delito que castiga revelar datos reservados por razón del cargo, una difusión previa o simultánea en buzones amplios añade ruido probatorio. No basta con cercanía o rango; el tribunal necesita un nexo entre persona concreta y transmisión efectiva a medios.
De esa fotografía se desprenden dos caminos. El primero, el que empujan las acusaciones: que la urgencia y la cadena de correos en la cúpula fiscal incrementan la probabilidad de que el quebrantamiento partiera de arriba. El segundo, el que enarbola la defensa: con tantos accesos potenciales, es imposible —sin rastros digitales o testigos directos— asignar una autoría sólida al fiscal general. Y más si se acredita que terceros ajenos a la cúpula tenían copias del material y que parte del contenido ya se movía por grupos y teléfonos antes de que la Fiscalía reaccionara con su nota informativa.
Este punto no es menor. Buena parte de la jurisprudencia exige, para condenar por revelación de secretos, prueba de acto positivo de comunicación o de facilitación al exterior con conciencia del carácter reservado. El simple manejo interno de un documento, aunque imprudente o acelerado, no siempre cruza la línea penal. El tribunal deberá decidir si la composición de indicios —horas, órdenes, borrados, fugas— basta para llegar a esa certeza.
Qué exige la ley y qué penas se juegan
El delito que se examina es la revelación de secretos por autoridad o funcionario público en el desempeño de su cargo. El bien jurídico protegido es la confidencialidad de datos obtenidos por razón del puesto. Para que haya condena, la sala debe comprobar dos elementos: que la información era reservada en los términos legales y que el acusado la reveló o facilitó a quien no debía conocerla, con conciencia de esa reserva. La discusión, por tanto, no gira sólo en torno a si el contenido era o no sensible, sino cómo y por qué pudo conocerse fuera de los cauces institucionales.
Las penas reclamadas por las acusaciones oscilan entre cuatro y seis años de prisión y la inhabilitación especial para empleo o cargo público hasta doce años. La Fiscalía y la Abogacía del Estado piden la absolución. A esa ecuación penal se suman las consecuencias institucionales: una condena implicaría la salida inmediata del jefe del Ministerio Público; una absolución no cerraría el debate sobre la gestión de documentos sensibles en la época de la comunicación digital.
En la trastienda jurídica asoman varias cuestiones previas que el tribunal deberá resolver. ¿Fueron legales los registros practicados en despachos y dispositivos de fiscales? ¿Es válida la clonación y análisis masivo de teléfonos cuando no se puede asegurar la integridad de todos los mensajes? ¿Debe excluirse alguna prueba por vulnerar derechos fundamentales? Son preguntas que afectan al valor probatorio del material clave: metadatos, logs, huellas de envío y recepción.
Calendario y nombres propios que vienen
La Sala Segunda ha fijado un calendario intenso que se extiende hasta mediados de noviembre. La presidencia del tribunal recae en Andrés Martínez Arrieta; la ponencia será de Susana Polo. Se sientan también en el estrado Carmen Lamela, Ana María Ferrer, Manuel Marchena, Juan Ramón Berdugo y Antonio del Moral. Una composición poderosa que conoce al detalle el diseño de la instrucción y la dinámica de grandes causas.
Entre los testigos que pasarán por la sala figuran fiscales y responsables de la cadena de correos, como Julián Salto; responsables de comunicación institucional y cargos que tuvieron relación con la nota informativa; y nombres del ecosistema político y jurídico que, según la instrucción, pudieron recibir o reenviar mensajes. En agenda están, asimismo, las declaraciones de González Amador y de Miguel Ángel Rodríguez, jefe de gabinete de la presidenta madrileña, que la instrucción sitúa en el mapa de difusión de documentos y mensajes en aquellas horas febriles de marzo de 2024.
La defensa del fiscal general sostiene que cuando García Ortiz tuvo constancia del contenido esencial del correo, parte de esa información ya circulaba en ámbitos no institucionales, lo que rompe la idea de exclusividad del secreto. Las acusaciones replican que el momento crítico de la filtración se ubica precisamente en la cúpula del Ministerio Fiscal, por la capilaridad y el alcance que allí adquiere cualquier documento.
En el centro de la sala, un detalle procesal importante: la acusación particular que representa a González Amador, con el abogado Gabriel Ramos, ha perfilado sus penas con precisión: cuatro años de cárcel, suspensión de empleo y sueldo por tres y inhabilitación. Al costado, la teniente fiscal del Supremo, María Ángeles Sánchez Conde, ha marcado la posición del Ministerio Fiscal: no hay delito y las pruebas no sostienen la narrativa de la filtración atribuida al acusado.
Certezas del día y dudas que seguirán en sala
La primera jornada deja hechos firmes y zonas grises. Firmes: el fiscal general niega toda participación en la filtración; el correo de 2 de febrero de 2024 partió de la defensa con una propuesta de conformidad y reconocimiento de delitos; la estructura del Ministerio Fiscal manejó con urgencia la información la noche del 13 de marzo; las cifras de acceso al expediente fueron masivas y el correo clave estuvo al alcance de decenas de personas. Grises: quién y cómo sacó a la luz el contenido que debía permanecer reservado y si existen rastros digitales suficientemente contundentes para atribuir la autoría penal.
En este terreno, el partido se jugará en tres capas. La primera, la forense-digital: metadatos, rutas de envío, borrados y cambios de terminal que expliquen por qué hay huecos en determinados históricos y si esos huecos se deben a protocolos informáticos o a intenciones. La segunda, la testifical: coherencia interna de los relatos, contradicciones mínimas que, acumuladas, dibujan un patrón y la consistencia del recuerdo cuando se interroga a la contra. La tercera, la jurídica: límites del delito de revelación de secretos, requisitos de la tipicidad y estándar de prueba para condenar a una autoridad de primer nivel.
Un último apunte sobre el pulso institucional. El hecho de que un fiscal general comparezca como acusado ante el Supremo es inédito y coloca el foco sobre la credibilidad de las instituciones. Pero el marco del juicio no es político; es penal y probatorio. La Sala tendrá que filtrar el ruido y quedarse con lo relevante: quién tuvo qué documento, cuándo, para qué lo pidió y cómo terminó en manos de periodistas. Nada más. Y nada menos.
De aquí en adelante, la vista medirá tiempos y resistencias. Habrá sesiones densas, con peritos y fiscales desgranando líneas de código, cabeceras de correo y procedimientos internos. Pasarán por la sala protagonistas que ya han dejado titulares fuera. Y, al final, ese “No” del primer día se verá respaldado por una absolución o derrotado por una condena. Hoy, a falta de la pieza que todo lo ordene —la prueba directa—, lo que hay es un mosaico de horas, frases, accesos y urgencias. La conclusión interina es simple y, a la vez, insuficiente: queda juicio.
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Este artículo ha sido redactado basándose en información procedente de fuentes oficiales y confiables, garantizando su precisión y actualidad. Fuentes consultadas: El Confidencial, ABC, EL PAÍS, El Mundo.

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