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Por qué se niega a declarar García Ortiz: UCO le ve al mando

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Por qué se niega a declarar García Ortiz

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Silencio de García Ortiz en el Supremo y tesis de ‘dominio’ de la UCO; contexto, cronología y claves de un juicio por revelación de secretos.

El fiscal general del Estado Álvaro García Ortiz decidió no contestar a ninguna de las siete acusaciones personadas en su juicio por presunta revelación de secretos porque, según explicó en la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, no ha habido “lealtad procesal” en la búsqueda de la verdad por parte, principalmente, de la acusación ejercida en nombre del empresario Alberto González Amador, pareja de Isabel Díaz Ayuso. Rechazó validar con respuestas lo que describió como una estrategia basada en omisiones relevantes y en un uso político de comunicaciones internas del procedimiento. Al mismo tiempo, se ratificó: no filtró el correo electrónico en el que la defensa de González Amador reconocía dos delitos fiscales para sondear un acuerdo.

En paralelo, los agentes de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil declararon que, a su juicio, durante todo el proceso se observa un “dominio a todos los niveles” por parte de García Ortiz. No presentaron una prueba directa de la filtración —admitieron que no pudieron acceder a su móvil ni a su correo privado porque fueron borrados—, pero sostienen su tesis en la jerarquía de la institución y en que la información que trascendió residía en la Fiscalía General del Estado. Añaden dos piezas que consideran indicios: la urgencia con la que se articuló una nota informativa para aclarar el origen del supuesto pacto y el hecho de que el fiscal general constara como receptor de los correos clave durante la noche del 12 al 13 de marzo de 2024. Dos relatos enfrentados: el silencio defensivo de quien denuncia deslealtad y la inferencia jerárquica de quienes ven un control de la cúpula.

Lo que pasó en el Supremo este 12 de noviembre

La penúltima jornada del juicio, en el Tribunal Supremo y con la vista ya muy avanzada, dejó una escena cargada de significado. Pasadas las 16.10, García Ortiz, que había permanecido con toga junto a sus letrados, se retiró la prenda y se sentó frente al tribunal para tomar la palabra. Confirmó que no respondería a ninguna de las siete acusaciones personadas, que solicitan para él entre 4 y 6 años de prisión y hasta 12 años de inhabilitación por un presunto delito de revelación de secretos. A preguntas del presidente de la Sala, explicó que su negativa se basaba en la falta de lealtad procesal que, a su juicio, ha presidido la actuación de la acusación vinculada a la pareja de la presidenta madrileña.

El fiscal general defendió que su decisión no era un gesto de desprecio hacia el tribunal, sino una respuesta proporcionada a una estrategia que considera sesgada. Reiteró que no filtró ninguna comunicación del procedimiento y subrayó que fue la querella de González Amador la que omitió un dato esencial: el correo en el que el fiscal del caso recogía la posibilidad de un acuerdo de conformidad —después difundido— no solo viajó a la Fiscalía, también fue remitido a un abogado del Estado. Ese recorte del mapa de destinatarios, insistió, orientó desde el principio el foco de las pesquisas hacia la Fiscalía como si fuese el único origen posible de cualquier acceso o difusión.

Las razones del silencio: la “lealtad procesal” como línea roja

El concepto de lealtad procesal apareció una y otra vez. García Ortiz lo utilizó como eje para justificar su silencio. En su relato, la acusación habría ocultado piezas del contexto que alteran la interpretación de los hechos. Señaló dos hitos. Primero, la doble remisión del correo del fiscal instructor del caso de Maxwell Cremona (la sociedad vinculada a González Amador): no fue un intercambio cerrado en la Fiscalía, también se trasladó a un letrado de la Abogacía del Estado. Segundo, el hecho de que la pareja de Ayuso enviara el correo de su fiscal instructor a Miguel Ángel Rodríguez (MAR), jefe de gabinete de la Comunidad de Madrid, con la finalidad —según el fiscal general— de “hacer un uso político” de ese contenido, que después apareció reproducido en un medio de comunicación.

Para el acusado, ese itinerario desmiente la imagen de una filtración nacida necesariamente en su entorno. Y añade otro reproche: el abogado de González Amador ha reclamado una responsabilidad civil dirigida contra él —con renuncia a reclamar subsidiariamente al Estado— que, de acuerdo con su interpretación, busca señalarle a él personalmente más que asegurar un resarcimiento efectivo. Ese movimiento, afirma, refuerza su convicción de que no hay un interés genuino por esclarecer de forma completa la cadena de hechos, sino por centrar el caso en su figura.

El fiscal general también reconstruyó la cronología que, a su entender, permite entender la diana sobre la Fiscalía. Situó un momento crítico el 7 de marzo de 2024. Ese día, relató, supo de la oferta de conformidad presentada por el abogado de González Amador, y lamentó que la fiscal superior de Madrid, Almudena Lastra, no se la comunicara “directa e inmediatamente”. Vinculó ese episodio a una llamada del periodista Jose Precedo, de eldiario.es, a la dirección de Comunicación del Ministerio Fiscal el 6 de marzo, indagando por una investigación relacionada con Maxwell Cremona. Con esa información en la mano, dijo, avisó al teniente fiscal de la Secretaría Técnica, Diego Villafañe, activando la dación de cuentas prevista en el artículo 25 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal para asuntos de especial trascendencia.

Lo que sostiene la UCO: “dominio a todos los niveles” y un patrón

Los agentes de la UCO que han elaborado los informes periciales de la causa comparecieron como peritos y testigos. Su tesis central es que durante el procedimiento se detecta un “dominio a todos los niveles” de García Ortiz, algo que consideran natural en una institución jerarquizada como la Fiscalía. Según explicaron, “todo lo que se filtró” se encontraba en la Fiscalía General del Estado; no en la Fiscalía Superior de Madrid. De ahí deducen que las decisiones de comunicación y de gestión de la información salieron de la cúpula.

Presentaron, además, un antecedente: la información publicada el 12 de marzo de 2024 sobre la denuncia contra González Amador. A su juicio, esa noticia encaja con lo que en esos días se había reclamado desde la Secretaría Técnica en una dación de cuentas, bajo el impulso de Diego Villafañe, mano derecha del fiscal general. Para los investigadores, se trata de un modus operandi: recabar datos desde la Fiscalía General y, llegado el caso, impulsar una nota para fijar una versión. En ese encaje sitúan lo ocurrido la noche del 13 de marzo, cuando se trabajó una nota de prensa destinada a aclarar que la iniciativa del pacto no partió de la Fiscalía, sino de la defensa de González Amador. Subrayan que fue el fiscal general quien “dice y mueve” esa nota y el momento de su difusión; de hecho, saldría con el membrete de la Fiscalía Provincial, algo que, sugieren, pudo sorprender a parte de la estructura madrileña por la expectativa de que se difundiera por la Comunidad de Madrid.

En esa fotografía, la UCO reconoce sus límites: no halló pruebas directas de que García Ortiz filtrara el correo. ¿La razón? No pudieron acceder a su teléfono móvil ni a su cuenta privada de Gmail porque los contenidos estaban borrados cuando se abrió la causa penal en el Supremo. Según concretaron, los mensajes del terminal se habrían eliminado el 16 de octubre de 2024 —fecha de apertura de diligencias— y el 23 de octubre el fiscal general ya usaba un nuevo terminal. La copia del correo privado donde la fiscal provincial de Madrid le había reenviado los correos de negociación también estaba suprimida. Aun así, precisaron un dato que consideran significativo: el correo que termina publicándose estaba en poder del fiscal general a las 21.59 del 12 de marzo; el último correo de la cadena no le llegó hasta las 23.47.

Los peritos de la Abogacía del Estado y la imposibilidad técnica

Tras los agentes, declararon dos ingenieros informáticos designados por la Abogacía del Estado. Su conclusión fue tajante: “es totalmente imposible determinar qué mensajes se han borrado, cuántos y cuándo”. Esa imposibilidad —señalaron— incluye también la verificación de si los supuestos borrados afectaron exactamente al periodo 8-14 de marzo, el segmento temporal acotado por el magistrado instructor. De hecho, remarcaron, los mensajes podrían haberse eliminado antes de esas fechas.

La UCO, por su parte, defendió el volcado total de los dispositivos electrónicos de García Ortiz durante el registro del 30 de octubre de 2024 en su despacho oficial —y en el de la fiscal jefa de Madrid, cuyo material quedó finalmente fuera del procedimiento—. Explicaron que un volcado selectivo no era técnicamente viable en esas condiciones, o habría comprometido la operativa. En el caso del ordenador de mesa, eso sí, se practicó una selección específica de contenidos.

El correo del 2 de febrero y la línea temporal de marzo

Todo gira alrededor de un correo electrónico fechado el 2 de febrero de 2024. En él, el abogado de Alberto González Amador reconoce en su nombre dos delitos contra la Hacienda Pública y abre la puerta a una conformidad si se pactaban condiciones penales y económicas favorables. Ese mensaje se remitió al fiscal del caso y —dato subrayado por la defensa de García Ortiz— también se envió a un abogado del Estado, extremo que, según el fiscal general, no aparece en la querella inicial. Es, dice, un dato fundamental: si hubo varios destinatarios institucionales, no puede presuponerse que cualquier difusión de su contenido partiera necesariamente de la Fiscalía.

La semana clave arranca el 6 de marzo de 2024, cuando Jose Precedo, de eldiario.es, contacta con la directora de Comunicación de la Fiscalía para interesarse por una investigación relativa a Maxwell Cremona y su vínculo con la pareja de la presidenta madrileña. El 7 de marzo, ya con ese aviso, García Ortiz sostiene que activa la dación de cuentas con Diego Villafañe. Entre el 12 por la tarde y la mañana del 13, salen a la luz correos electrónicos de la negociación entre el abogado de González Amador y el fiscal instructor. Y en la noche del 13, desde la Fiscalía General, se empuja una nota informativa para aclarar que la iniciativa del acuerdo partió de la defensa, no de la institución. Esa nota, finalmente, se difunde con el sello de la Fiscalía Provincial.

En esa secuencia hay un elemento político que el fiscal general trajo a colación: la remisión de un correo del fiscal instructor por parte de la pareja de Ayuso a Miguel Ángel Rodríguez, jefe de gabinete de la Comunidad de Madrid, con la expresa intención —siempre según el relato de García Ortiz— de darle un uso político. Ese contenido terminaría reproducido en un medio de comunicación y, con ello, alimentó una tormenta informativa que marca el curso de la causa.

Las posiciones enfrentadas: acusación, defensa y el papel de Lastra

La acusación personada que representa a González Amador pide penas de cárcel e inhabilitación y centra su estrategia en la filtración del correo del 2 de febrero: sostiene que la cúpula fiscal vulneró la confidencialidad de una propuesta de conformidad y orquestó un relato público para desplazar la autoría de la iniciativa hacia la defensa, erosionando así la posición procesal del empresario. Desde ese enfoque, la jerarquía importa: si “todo pasa” por la Fiscalía General, la responsabilidad sería del fiscal general.

La defensa de García Ortiz responde con dos anclajes. Uno, formal: se ha negado a responder a las acusaciones por la falta de lealtad procesal que atribuye a quienes actúan en nombre de González Amador, tanto por omitir receptores del correo como por el envío a Miguel Ángel Rodríguez. Otro, material: no existe —admite la UCO— prueba directa de que él filtrara el correo; lo que hay son inferencias por posición jerárquica y tiempos de acceso. Además, alega que él no fue rigurosamente informado por Almudena Lastra, fiscal superior de Madrid, de la oferta de conformidad del 7 de marzo, y remarca que “debería haberse hecho directa e inmediatamente”.

El nombre de Almudena Lastra aparece como bisagra de la cadena institucional. Según el relato del fiscal general, el fiscal instructor puso en conocimiento de su superior la oferta del abogado de González Amador, pero esa información no llegó a la cúspide en tiempo y forma. Para la UCO, sin embargo, lo determinante es que las órdenes y la nota del 13 de marzo nacieron en la Fiscalía General. Incluso en esa discrepancia, las declaraciones de los guardias apuntaron a un matiz: “No sé si Almudena Lastra o la fiscal provincial tienen conocimiento de en qué condiciones y cuándo. Yo creo que incluso le sorprende a la fiscal provincial el cuándo y el cómo”. Un modo de decir que, para los investigadores, el timing y el control de la comunicación los marca la cúpula, no la estructura madrileña.

Tecnología, borrados y límites de la prueba: qué se sabe y qué no

La prueba digital se ha convertido en el campo de minas de la causa. La UCO afirmó que no pudo acceder al teléfono ni al correo privado del fiscal general porque estaban borrados cuando el Supremo abrió diligencias el 16 de octubre de 2024. De acuerdo con su pericia, el terminal había sido cambiado el 23 de octubre y la copia de la cuenta privada de Gmail —donde la fiscal provincial de Madrid reenvió los correos de la negociación— también estaba eliminada. No obstante, los agentes no pudieron precisar la fecha exacta del borrado del correo. En cuanto al teléfono, sostienen que los mensajes habían sido eliminados ese 16 de octubre, lo que impidió una recuperación forense eficaz.

La defensa técnica reaccionó con su propia batería pericial. Los ingenieros informáticos aportados por la Abogacía del Estado sostuvieron que es imposible determinar qué mensajes se borraron, cuántos y cuándo, y que tampoco puede asegurarse que el eventual borrado afectara precisamente al periodo 8-14 de marzo acotado por el instructor. Es más, señalaron que no se puede descartar que los contenidos atribuidos al borrado se eliminaran antes. En otras palabras: la certeza técnica sobre la supresión de mensajes clave no existe.

La UCO defendió su metodología. En el registro del 30 de octubre de 2024 en el despacho oficial de García Ortiz practicó un volcado integral de los dispositivos por razones técnicas y operativas: un volcado selectivo habría sido impracticable o insuficiente para asegurar la cadena de custodia de la evidencia. El único matiz fue el ordenador de mesa, donde se hizo una selección específica. Esa amplitud en la recogida de datos ha sido impugnada por la Fiscalía y la Abogacía del Estado, que la consideran nula por una amplia vulneración de derechos fundamentales.

La nota de prensa y el pulso por el relato

El hilo del 13 de marzo de 2024 condensa el combate por el marco narrativo. De un lado, la UCO indica que es el fiscal general quien impulsa la nota de prensa para aclarar que el pacto lo propuso la defensa; de otro, la defensa subraya que había razones objetivas para informar, dada la exposición pública de una negociación que, por definición, debía quedar amparada por la reserva del procedimiento. Un detalle no menor: la nota finalmente salió con el membrete de la Fiscalía Provincial, algo que los agentes interpretan como señal de una decisión tomada desde la cúpula pero materializada en un escalón inferior.

A esa disputa se sumó el debate sobre la prensa. García Ortiz recordó que el abogado de González Amador envió un correo del fiscal que le investigaba a Miguel Ángel Rodríguez para “hacer un uso político” y que esa comunicación acabó reproducida en un medio. También aludió a la conversación con el autor de una información de El Mundo que atribuía la iniciativa del pacto a la Fiscalía y no al abogado, extremo que —subrayó— se conoció gracias a la investigación y no por confesión espontánea de la parte acusadora. Este detalle alimenta su tesis de que la acusación ha sido selectiva en la manera de revelar los hechos.

Qué se dirime en este juicio: revelación de secretos, jerarquía y política

Bajo el ruido, el núcleo jurídico es nítido. La acusación centra su disparo en un presunto delito de revelación de secretos. Si la cadena de correos y la nota del 13 de marzo se gestaron desde la cúpula y sirvieron para publicitar que la defensa pidió un acuerdo reconociendo delitos fiscales, la reserva del proceso pudo quebrarse, con perjuicio para la situación procesal de González Amador. La defensa lo niega y replica que la información circuló por varios canales —Fiscalía, Abogacía del Estado, entorno político— y que su intervención se limitó a la gestión institucional de un asunto de extraordinaria repercusión pública, con activación de la dación de cuentas prevista por la ley.

El factor político es inevitable. El empresario no es un desconocido: es la pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid. El caso, por tanto, trasciende el perímetro judicial y aterriza en la batalla pública entre instituciones y partidos. El envío del correo a Miguel Ángel Rodríguez, la urgencia de la nota y la publicación de las piezas de la negociación alimentaron el debate sobre si hubo una instrumentalización del procedimiento. En ese punto, el silencio de García Ortiz —no responder a las acusaciones— es también una táctica: evita convertirse en sparring de una interpretación que, según él, ya parte de premisas falsas.

Tampoco se puede obviar la dimensión corporativa. La UCO invoca la jerarquía: en una institución vertical, nada relevante se hace sin que lo sepa quien está arriba. La defensa subraya que esa es una deducción y que, sin accesos a los dispositivos ni trazas digitales, no puede elevarse a prueba. Entre una cosa y la otra discurre el juicio: indicios frente a certezas, procedimiento frente a relato.

Qué sabemos hoy y qué falta por aclarar

Hoy sabemos que García Ortiz no contestó a las siete acusaciones. Que lo hizo apelando a un concepto —lealtad procesal— con el que denuncia omisiones sustantivas de la acusación principal. Sabemos que negó la filtración y que aportó una cronología con nombres y fechas: 6 de marzo llamada del periodista Jose Precedo a la Dirección de Comunicación de la Fiscalía; 7 de marzo oferta de conformidad que no le habría sido comunicada “directa e inmediatamente” por Almudena Lastra; 12-13 de marzo publicación de correos de la negociación; 13 de marzo nota impulsada desde la Fiscalía General y difundida con membrete de la Fiscalía Provincial. Consta, además, la petición de penas: 4-6 años de prisión y hasta 12 de inhabilitación.

También sabemos que la UCO declaró que el fiscal general tenía el control por jerarquía y por el lugar en el que residía la información. Admitió no tener la prueba directa de la filtración, pero enfatizó indicios: el borrado del móvil, el borrado del Gmail, el volcado integral de dispositivos, la posesión del correo a las 21.59 del 12 de marzo y la llegada del último correo a las 23.47. A ese cuadro se suman los peritos informáticos de la Abogacía del Estado, para quienes no es posible reconstruir con certeza qué se borró ni cuándo.

En el plano procesal, queda por dilucidar la validez de los registros y volcados —impugnados por vulneración de derechos— y, sobre todo, si la suma de indicios de la acusación puede cruzar el umbral de la condena penal por revelación de secretos. En el plano institucional, el juicio expone tensiones entre la Fiscalía General y la estructura madrileña sobre los flujos de información y la gestión comunicativa de un asunto extremadamente sensible.

Un desenlace abierto con dos relatos que chocan

La jornada deja dos certezas contrapuestas. Para García Ortiz, su silencio es un dique: marcar que no se prestará a un juego que, cree, nace de omisiones esenciales —la doble remisión del correo, el envío a Miguel Ángel Rodríguez, la falta de comunicación de Almudena Lastra— y que confunde responsabilidades institucionales con autores de una filtración que niega. Para la UCO, en cambio, el dominio jerárquico y los tiempos de acceso bastan para colocar la sombra de la dirección sobre el fiscal general, aunque reconozca que no hay una huella digital que cierre el círculo.

La causa seguirá su curso, con los registros bajo discusión, las pericias enfrentadas y una nota —la del 13 de marzo— convertida en símbolo del pulso por el relato. A día de hoy, el fiscal general no responde a las acusaciones y la Guardia Civil sostiene que mandaba. Entre ambos polos se decidirá si lo ocurrido fue un ejercicio de control institucional en un caso de altísimo impacto público o una revelación indebida de comunicaciones procesales. Quedan fechas, nombres y correos en el tablero; también una pregunta latente: ¿qué pesa más, la jerarquía o la prueba? Aquí, por ahora, el único subrayado firme es el choque. Y que, en el Supremo, el silencio también habla.


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Este artículo se ha redactado con información contrastada y reciente. Fuentes consultadas: EFE, EFE, El País, Cadena SER.

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