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Cultura y sociedad

¿Por qué la jueza de la DANA rechaza archivar el caso Pradas?

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la jueza de la DANA

La jueza de la DANA rechaza archivar el caso Pradas por indicios de negligencia y retrasos; el auto ordena diligencias y marca la cronología.

La instructora mantiene abierta la causa penal por la gestión de la DANA porque observa indicios sólidos de una conducta negligente atribuible a la entonces consellera de Interior, Salomé Pradas, y considera prematuro cerrar la investigación. El auto habla de “negligencia grosera” —un estándar más alto que la simple imprudencia—, subraya retrasos en la activación del Cecopi, alertas a la población emitidas tarde y falta de control de barrancos y puntos críticos en un episodio con un resultado mortal gravísimo. Al existir diligencias pendientes que pueden esclarecer responsabilidades y cronologías, no procede el sobreseimiento libre.

La resolución añade pasos concretos: reclama a la Conselleria de Emergencias la identificación de quién ordenó el Es-Alert del domingo 28 de septiembre —ya en 2025—, incorpora a la causa los vídeos “mudos” de la reunión del Cecopi del 29 de octubre en los que a las 17.00 se planteó enviar avisos a móviles en la zona de Utiel-Requena y pide peritajes forenses para determinar si dos fallecimientos posteriores deben computarse como víctimas de la DANA, lo que elevaría el balance. Con este panorama probatorio por completar, el juzgado descarta cerrar el caso en esta fase.

Qué significa rechazar el archivo en este punto

El sobreseimiento libre equivale a la exoneración definitiva porque la justicia entiende que el hecho no es delito o no existen indicios suficientes para seguir. Negarlo es un mensaje claro: hay materia para investigar y la instrucción no está agotada. El juzgado no dicta sentencia ni prejuzga culpabilidades, pero se aferra a evidencias que, en su conjunto, dibujan un patrón de actuación deficiente en una emergencia excepcional. Por eso la figura procesal adecuada en este momento no es archivar, sino profundizar.

En el expediente aparecen tres vectores que se entrelazan. Primero, el deber objetivo de cuidado exigible a quien coordina una emergencia con alerta roja. Segundo, la celeridad en activar centros de coordinación (Cecopi) y sistemas de aviso masivo a la población (Es-Alert) cuando ya hay señales inequívocas de riesgo extremo. Tercero, la vigilancia de puntos críticos —barrancos, ramblas, infraestructuras— donde un desbordamiento súbito puede multiplicar daños. El auto no es una teoría, es la traducción jurídica del reloj: dónde se perdieron minutos, quién decidió y cuándo.

La denegación del archivo también preserva la posibilidad de delimitar responsabilidades entre niveles técnicos y políticos, algo que rara vez es binario en tiempo real. El juzgado quiere cronologías milimétricas: minutos de activación, órdenes de corte de pasos subterráneos, canales de comunicación entre 112, Aemet y mandos operativos, hora efectiva de cada Es-Alert, geocercas aplicadas y, si las hubo, rectificaciones. Sólo con esa secuencia es posible valorar jurídicamente si existió o no una “negligencia grosera”.

Negligencia grosera y posición de garante: los pilares

El auto utiliza la expresión “negligencia grosera”, una categoría que excede el descuido leve. Aquí no se enjuicia un error puntual, sino un conjunto de decisiones tardías o erróneas frente a un peligro objetivo y conocido. En términos de responsabilidad pública, ese listón opera sobre la “posición de garante” de la entonces titular de Interior y Emergencias: quien ostenta la dirección de un dispositivo asume deberes reforzados de protección. No basta con estar al tanto; la obligación es prever, coordinar y ordenar con antelación suficiente.

Esa posición de garante se concreta en mandos, protocolos y capacidades de comunicación con la ciudadanía. Si hay avisos meteorológicos severos, si crecen los caudales y las incidencias se acumulan, el tiempo de la duda se acorta. En ese terreno, la jueza ve omisiones sucesivas: convocatoria tardía del Cecopi, alertas que no salen cuando ya se barajan internamente, control insuficiente de barrancos que horas después se convertirán en puntos de máxima letalidad. El término “parsimonia” que recoge la resolución es significativo: en emergencias, la lentitud también es una decisión.

Retrasos en el Cecopi y fallos de alerta

Los vídeos “mudos” incorporados a la causa aportan una imagen precisa de la tarde del 29 de octubre. A las 17.00, según esas grabaciones, se plantea enviar mensajes Es-Alert a los móviles de Utiel-Requena, la única comarca en situación 2 del Plan Especial de Inundaciones a esa hora. La propuesta no cuaja en ese momento y el aviso masivo termina demorándose. Ese lapso no es un detalle: es el nudo del reproche jurídico. Si ya se contemplaba la medida, ¿por qué no se ejecutó? En una cadena de mando bien engrasada, las decisiones críticas requieren pocas manos y pocos pasos.

Las alertas a la población no agotan la comunicación de riesgos. Deben encadenarse con órdenes a policías locales y brigadas, cierres preventivos de pasos inferiores y túneles, avisos a residencias y centros sanitarios, protocolos de compañías eléctricas y renovación de parte meteorológico. La jueza no afirma aún hechos probados; constata indicios de que esa rueda en 2024 giró tarde. Un año después, ante otro episodio de lluvias intensas, sí se activó preventivamente un Es-Alert dominical. La comparación no condena por sí sola, pero ilumina que las herramientas estaban y podían usarse a tiempo.

El control de los puntos críticos

La instrucción menciona los barrancos, y no por un tecnicismo. En una DANA, el mapa de riesgo se fragmenta en microcuencas y tramos urbanos donde decenas de centímetros marcan la diferencia entre un susto y una tragedia. Controlar significa vigilar caudales, cerrar accesos, precintar entradas a garajes, evitar que vehículos se aventuren en zonas inundables y bordear instalaciones eléctricas o de gas. El auto sugiere que faltó ese control en varios puntos, y que la visión de conjunto quedó atrapada demasiado tiempo en objetivos parciales.

En paralelo, la coherencia entre fase del plan y medidas reales es clave. Declarar una situación 2 sin acompañar con acciones proporcionales deteriora la cadena de mando porque devalúa las señales internas. La causa trata de encajar si hubo alertas redundantes que no se tradujeron en decisiones, o informes técnicos que no escalaron hasta quien debía validar cierres y cambios de fase. El enfoque no es teórico: se mira la hora, se mira el mapa y se busca la orden.

Una cronología que pesa: de las 17.00 al aviso tardío

La tarde del 29 de octubre arranca con noticias dispersas y focos activos en el interior de la provincia. A media tarde, ya hay informes de rescates y personas atrapadas. A las 17.00, la opción Es-Alert sobre la mesa. Después, un Cecopi plenándose con responsables autonómicos y técnicos. En algún momento, la prioridad se centra en infraestructuras concretas —presas, carreteras clave—, mientras barrios y tramos urbanos siguen sin aviso certero. Horas más tarde, el mensaje masivo llega ya con el agua corriendo por muchas calles. La lectura judicial es meridiana: el tiempo entre la idea y la orden efectiva no se justificó.

Esa cronología, que se reconstruye con actas, imágenes, audios y testimonios, es la columna vertebral de la causa. No hay melodrama; minutos y metros. Cada documento aporta un punto de fijación: entrada de una autoridad, inicio de una videollamada, publicación de un aviso de Aemet, registro del 112, GPS de una patrulla. Cuando todo cuadra, aparece una historia limpia. Cuando chirría, la instrucción no puede cerrar. Bajo ese prisma, el auto concluye que faltan piezas y que no es razonable bajar la persiana.

El peso probatorio de una reunión del Cecopi introduce otro debate: la influencia de la presencia de autoridades políticas en decisiones operativas. La jueza no hace política; audita si la cúpula facilitó o entorpeció el flujo de órdenes. La llegada del president —registrada en esos vídeos— y el intercambio con la consellera son hechos. La cuestión procesal es si hubo un cuello de botella y quién lo generó. Depurar eso requiere oír a técnicos, leer correos y cruzar horarios. Sin ese trabajo, archivar sería inconsistente.

Víctimas, peritajes y el debate sobre la causalidad

El balance de víctimas ha sido otro carril de la investigación. Se contabilizan 229 fallecidos en el episodio, con dos casos en evaluación forense —residentes de un geriátrico de Paiporta fallecidas días después— cuya vinculación causal con la riada podría elevar la cifra a 231. No se trata de una pugna numérica. En derecho penal, causalidad es la palabra clave: que el daño tenga un nexo demostrable con el hecho investigado. Por eso la instructora oficia a la residencia para recabar historias clínicas y solicita al Instituto de Medicina Legal un informe completo.

Ese frente forense dialoga con el operativo. Si se prueba que en el geriátrico hubo falta de aviso o de evacuación a tiempo, y que las lesiones derivadas condujeron al fallecimiento días después, el mapa de responsabilidades podría ensancharse. A su vez, si no hay relación causal, se cierra esa puerta. La jueza no adelanta conclusiones, simplemente no las bloquea antes de recibir la prueba. De nuevo, la idea matriz: la instrucción no ha terminado y todavía pueden variar datos sustanciales del caso.

Hay otro matiz: el reconocimiento de víctimas no es sólo estadístico. Acarrea derechos de los familiares, responsabilidad patrimonial de la administración y, eventualmente, agravantes en el tipo penal si se acredita imprudencia con resultado de muerte multitudinario. Archivar ahora privaría al proceso de resolver ese eje, dejando lagunas. El auto, en cambio, prefiere la certeza: que hablen los informes y se incorpore lo que falte.

El reloj también se investiga

El rechazo al archivo transmite dos ideas que van más allá del caso y, sin embargo, lo explican con precisión. Primera: las emergencias no se miden sólo por la cantidad de lluvia, sino por la velocidad con la que las instituciones consiguen traducir ese riesgo en órdenes claras. Y aquí la justicia ve minutos perdidos en activación, alerta y control. Segunda: la tecnologíaEs-Alert, plataformas de mandono exime de decidir; o sirve en tiempo real o no sirve.

La jueza rechaza archivar porque todavía faltan respuestas sobre quién, cuándo y cómo se tomaron ciertas decisiones críticas. Los vídeos del Cecopi prueban que se barajaron medidas de comunicación temprano, pero no basta con barajarlas. Falta documentar la traza: quién propuso, quién avaló, quién frenó, quién cambió el criterio. Esa cadena de autoría es la que permite asignar responsabilidades con rigor y evitar que el relato se deslice hacia vaguedades.

Queda, además, la mirada de aprendizaje institucional. El Es-Alert dominical de 2025, con carácter preventivo, sugiere que sí es posible activar antes y con mejor geocodificación cuando el riesgo asoma. Si ese estándar se acredita como viable, el contraste con 2024 se volverá más elocuente. La cultura de emergencias evoluciona a golpe de casos: para que cambie, los autos tienen que nombrar lo que ocurrió y fijar dónde se falló. No archivar es parte de ese proceso.

Al final, la causa Pradas seguirá siendo instruida. Aún deben llegar informes, declarar testigos, peritar cronologías. El juzgado ha marcado un itinerario de diligencias que no es retórico: apunta a los puntos de fricción donde minutos y responsables se encuentran. Sólo entonces, con el reloj completo sobre la mesa, tocara decidir si hubo delito o si la reacción fue, pese a todo, suficiente. Hoy, el mensaje es inequívoco: la jueza de la DANA rechaza archivar el caso Pradas porque las piezas aún no encajan, hay indicios contundentes y el deber de cuidado —cuando tanta gente pierde la vida— no admite atajos.


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Este artículo se ha elaborado con información procedente de fuentes oficiales y medios españoles de referencia. Fuentes consultadas: Agencia EFE, elDiario.es, Europa Press, Poder Judicial.

Periodista con más de 20 años de experiencia, comprometido con la creación de contenidos de calidad y alto valor informativo. Su trabajo se basa en el rigor, la veracidad y el uso de fuentes siempre fiables y contrastadas.

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