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¿Por qué Figaredo pide militarizar Ceuta y desafiar a los tribunales?

Figaredo reclama militarizar Ceuta y actuar al margen de los tribunales, una propuesta que desata un choque político, legal y constitucional.

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José María Figaredo
José María Figaredo / WIKIPEDIA

José María Figaredo ha reclamado el despliegue del Ejército y la Armada en la frontera de Ceuta, la devolución inmediata a Marruecos de quienes entraron irregularmente y una actuación del Estado al margen de lo que establezcan el Tribunal Supremo o el Constitucional. La propuesta puede resumirse deprisa: proteger la frontera es una obligación legítima; considerar prescindibles a los tribunales, no.

El diputado asturiano y secretario general del grupo parlamentario de Vox convirtió así la crisis migratoria ceutí en algo más que una discusión sobre vigilancia, acogida o repatriaciones. Su intervención colocó en el centro una cuestión bastante más áspera: si la seguridad nacional permite suspender las reglas cuando estas incomodan. La respuesta del ordenamiento español es clara. Ni el Gobierno, ni las Fuerzas Armadas, ni un partido político pueden actuar fuera de la ley alegando que el momento es excepcional.

El mensaje de Figaredo que incendió el debate sobre Ceuta

Figaredo realizó sus declaraciones durante una entrevista televisiva, después de la entrada masiva de personas desde Marruecos. Pidió “militarizar toda la frontera”, desplegar “al Ejército, a la Armada, a todo lo que haga falta” y devolver sobre la marcha a quienes denominó “invasores”.

El dirigente de Vox elevó todavía más el tono cuando defendió que había que “cazarlos a todos, uno por uno”. No hablaba únicamente de impedir nuevos cruces en el perímetro fronterizo, sino de localizar dentro de Ceuta a quienes hubieran conseguido entrar y trasladarlos inmediatamente a Marruecos, sin detenerse —según su planteamiento— en procedimientos administrativos o resoluciones judiciales.

La frase que terminó de disparar el vídeo fue aún más directa: “Nos tiene que dar igual el Tribunal Constitucional, el Tribunal Supremo”. Figaredo sostuvo que España no podía ponerse “a mirar el punto y la coma” mientras estuvieran en juego la seguridad de los ciudadanos y la integridad territorial. El problema es que esos puntos y esas comas son, precisamente, los que separan una decisión gubernamental legítima de una actuación arbitraria.

Puede defenderse una frontera más vigilada, exigir responsabilidades al Gobierno, reclamar cooperación real de Marruecos o discutir la política migratoria europea. Todo eso cabe dentro del debate democrático. Desobedecer las resoluciones judiciales, en cambio, no es una opción política disponible en el menú.

Militarizar la frontera no significa suspender la ley

El empleo de las Fuerzas Armadas en Ceuta no sería, por sí mismo, contrario a la Constitución. El artículo 8 atribuye al Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire y del Espacio la misión de garantizar la soberanía, la independencia y la integridad territorial de España. La legislación de defensa también permite su intervención ante situaciones de grave riesgo, calamidad u otras necesidades públicas, siempre bajo la dirección del Gobierno y dentro del marco legal.

Eso ya ocurrió, con características distintas, durante anteriores crisis fronterizas. Los militares apoyaron sobre el terreno a las fuerzas de seguridad, vigilaron zonas sensibles y contribuyeron a restablecer el control. No recibieron una patente de corso. Apoyar el control fronterizo no convierte a los soldados en policías sin límites ni permite improvisar devoluciones colectivas.

Un despliegue militar tendría que ser acordado por las autoridades competentes, acompañado de instrucciones operativas precisas y coordinado con la Policía Nacional y la Guardia Civil, que conservan las funciones ordinarias relacionadas con extranjería, vigilancia y control de fronteras.

También habría que concretar qué misión se encomienda a cada unidad. Vigilar accesos, proporcionar apoyo logístico, prestar asistencia sanitaria, controlar el espacio marítimo o impedir nuevos cruces no son lo mismo que detener personas dentro de la ciudad y expulsarlas. Mezclar todas esas tareas bajo la palabra “militarización” puede resultar eficaz para un corte de vídeo, aunque jurídicamente sea una niebla bastante espesa.

Las Fuerzas Armadas, además, tienen entre sus misiones la defensa del propio orden constitucional. Utilizarlas para prescindir de los controles establecidos por ese orden sería una contradicción difícil de disimular: algo parecido a proteger una puerta derribando la casa.

Las devoluciones inmediatas tienen límites concretos

La legislación española contempla un régimen especial de rechazo en frontera para Ceuta y Melilla. Permite devolver a quienes sean detectados mientras intentan superar los elementos de contención fronterizos de manera irregular. Pero ese mecanismo no se extiende automáticamente a cualquier persona extranjera localizada después en una playa, una calle, un centro de acogida o una vivienda.

El Tribunal Constitucional estableció que ese rechazo solo puede resultar conforme a la Carta Magna cuando se aplica atendiendo a las circunstancias individuales, queda sometido a control judicial y respeta las obligaciones internacionales de España. Debe prestarse una atención especial a menores, posibles solicitantes de asilo y otras personas vulnerables. No existe, por tanto, una devolución automática que convierta a miles de individuos diferentes en un único bulto administrativo.

La distinción importa. Impedir que una persona termine de atravesar una valla mientras se produce el intento de entrada no equivale a expulsarla cuando ya ha accedido al territorio español. En este segundo escenario pueden resultar necesarios la identificación, la comprobación de la edad, la asistencia letrada, el análisis de una eventual petición de protección internacional o la apertura del procedimiento previsto en la Ley de Extranjería.

El Supremo acotó las devoluciones de quienes entran a nado

El Tribunal Supremo reforzó esa diferencia al concluir que el régimen especial de rechazo fronterizo no permite devolver de manera inmediata a los migrantes que llegan a nado a Ceuta o Melilla, porque la norma se refiere específicamente a quienes son sorprendidos intentando superar los elementos físicos de contención de la frontera.

Ese pronunciamiento explica la irritación expresada por Figaredo, pero no convierte la sentencia en opcional. Cuando el Supremo interpreta el alcance de una ley, la Administración debe actuar conforme a esa interpretación mientras no cambie la norma o una resolución posterior establezca otra cosa. Las sentencias no son opiniones de tertulia con toga.

La Constitución somete a ciudadanos y poderes públicos al ordenamiento jurídico y establece la obligación de cumplir las sentencias y demás resoluciones firmes de jueces y tribunales. No incluye una excepción para crisis migratorias, campañas electorales, vídeos virales ni mañanas de particular enfado.

Vox pidió a una jueza medidas que Figaredo quería ignorar

La controversia contiene una paradoja política nada menor. Mientras Figaredo afirmaba que el Supremo y el Constitucional debían dar igual, Vox acudía a la Audiencia Nacional para solicitar medidas urgentes relacionadas con Ceuta: un despliegue militar en la frontera, presencia naval de la Armada e identificación masiva de las personas llegadas.

La magistrada María Tardón rechazó esas peticiones porque no guardaban relación directa con las diligencias preliminares abiertas y porque un juzgado de instrucción no era competente para ordenar ese tipo de operaciones gubernativas. La jueza todavía debía recibir informes de la Policía Nacional y la Guardia Civil antes de decidir si asumía una investigación sobre los hechos denunciados.

Es decir: el partido pidió a un tribunal que ordenara aquello que uno de sus dirigentes sostenía que debía hacerse ignorando a los tribunales. La política española posee estas pequeñas filigranas. Uno llama estorbo al árbitro y, unos minutos después, le reclama un penalti.

La decisión judicial tampoco significa que desplegar militares sea ilegal o que el Gobierno no pueda reforzar la frontera. Significa algo más sencillo: esa decisión corresponde al Ejecutivo, no a una jueza que examina la posible existencia de delitos. La separación de poderes también sirve para esto, aunque a veces resulte menos emocionante que un discurso sobre invasiones.

Seguridad fronteriza y Estado de derecho no son enemigos

La reacción de Figaredo ha encontrado apoyo entre quienes consideran que la frontera quedó desbordada y que el Gobierno respondió tarde o de forma insuficiente. El malestar no nace de la nada. Ceuta soporta una presión territorial, asistencial y política que desde Madrid suele observarse como quien mira una tormenta detrás del cristal.

También existe una preocupación legítima por la utilización de los flujos migratorios como instrumento de presión por parte de Marruecos, por las redes que difunden mensajes falsos para alentar cruces y por la capacidad española para proteger una frontera exterior de la Unión Europea. Ignorar estos problemas o reducir cualquier crítica a una muestra de xenofobia sería una forma bastante cómoda de no gobernar.

Pero reconocer la gravedad de la situación no obliga a aceptar el lenguaje de la “caza” ni la idea de que toda persona que cruza irregularmente constituye un combatiente enemigo. Entre los recién llegados puede haber adultos que buscan entrar sin autorización, menores, personas engañadas por redes, víctimas de trata o ciudadanos con motivos para solicitar asilo. Las autoridades deben identificarlos precisamente porque el Estado no puede decidir su destino a granel.

Un país democrático puede ejercer un control fronterizo firme, detener entradas irregulares, exigir cooperación al Estado vecino y ejecutar expulsiones legales. Lo que no puede hacer es decidir que los tribunales cuentan solamente cuando confirman la voluntad del Gobierno de turno. Eso no fortalece al Estado; lo deja a merced de quien mande ese día.

Ceuta no cabe en un eslogan de veinte segundos

Figaredo logró que su intervención circulara porque ofreció una respuesta simple ante una crisis compleja: Ejército, devoluciones inmediatas y tribunales apartados. El mensaje entra limpio en una pantalla de móvil. La realidad, menos obediente, incluye competencias administrativas, menores tutelados, posibles solicitudes de protección, cooperación internacional, vigilancia marítima y sentencias que delimitan el poder público.

La propuesta de reforzar militarmente la frontera puede debatirse y, bajo determinadas condiciones, ejecutarse. La llamada a ignorar al Supremo y al Constitucional cruza otra línea. No plantea únicamente una política migratoria más severa, sino que convierte la legalidad en un obstáculo prescindible cuando el poder considera que tiene un motivo superior.

Ceuta necesita seguridad, medios y una política fronteriza comprensible. También necesita que las decisiones difíciles soporten el peso de la ley. Porque la autoridad democrática no se demuestra actuando sin controles, sino manteniéndolos cuando el miedo, la presión y el ruido invitan a quitarlos de en medio.

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Periodista internacional con más de 20 años de experiencia en radio, prensa y medios digitales. Licenciado en Ciencias de la Comunicación, trabaja entre España e Italia con la mirada puesta en la actualidad.

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