Síguenos

Salud

Eutanasia por depresión: ¿qué revela el caso de Pere Puig?

Publicado

el

Eutanasia por depresión

Pere Puig, vecino de Reus, recibió la eutanasia por depresión tras años de batalla legal y reabre el debate que sacude a España.

Pere Puig, vecino de Reus y de 54 años, ha recibido la prestación de ayuda para morir después de dos años y medio de batalla legal y médica. Su caso no ha sacudido la conversación pública por una rareza administrativa ni por una disputa menor entre informes, sino porque se sitúa en uno de los puntos más delicados de la ley española: la eutanasia en personas con sufrimiento psíquico persistente. Puig arrastraba una depresión crónica severa, resistente a los tratamientos, y sostenía desde hace tiempo que su vida se había convertido en una secuencia de dolor, encierro y desgaste. La prestación se ha realizado en Cataluña, donde estos supuestos siguen siendo extraordinarios y representan una parte ínfima del total. Precisamente por eso el caso ha ganado tanta fuerza: no es un episodio rutinario, es uno de los más excepcionales que permite la norma.

La noticia deja una imagen muy concreta, muy difícil de simplificar con consignas: un hombre que pidió morir de forma legal tras años de sufrimiento psíquico, que superó un procedimiento lleno de filtros y que además quiso donar sus órganos tras la prestación. Eso obliga a mirar el asunto de frente. No se trata solo de la historia personal de Pere Puig, sino de lo que revela sobre cómo se aplica la ley de eutanasia en España, qué entiende el sistema por sufrimiento intolerable, qué papel tienen las comisiones de garantía, cuánto tarda el proceso y por qué Cataluña se ha convertido en el territorio donde más claramente se ve este debate. También obliga a salir del ruido: la ley no autoriza cualquier petición, ni basta con una declaración de voluntad. Exige capacidad, reiteración, información, informes favorables y revisión externa. En teoría, un recorrido garantista. En la práctica, a veces, un camino larguísimo.

La historia de Pere Puig en Reus

Pere Puig vivía en Reus y llevaba más de veinte años conviviendo con un cuadro clínico que había dejado de ser una suma de diagnósticos para convertirse en una forma de derrumbe cotidiano. A la depresión severa crónica se añadían ansiedad constante, ataques de pánico, agorafobia, dolor persistente, hipertensión y una pérdida acusada de masa muscular. No era una descripción vaga del malestar, ni una tristeza encadenada a una mala racha, ni ese lenguaje liviano con el que a veces se banaliza la enfermedad mental. Era, según la resolución que acabó validando la solicitud, un padecimiento grave, sostenido, resistente a los tratamientos y vivido como intolerable. El propio Puig había resumido su situación con una frase que lo decía todo sin adornos: “Hoy se pone fin a mi sufrimiento”. No son palabras literarias. Son palabras de agotamiento.

Durante estos años, su caso se convirtió en una pelea contra el tiempo y contra el atasco del sistema. La primera solicitud se presentó hace casi dos años y medio y el expediente quedó frenado por varios informes desfavorables emitidos por su médico de cabecera en el CAP Sant Pere. Hubo negativas, revisiones, recursos y una espera que se fue haciendo más áspera cuanto más se prolongaba. Esa es una de las claves del caso: la ley existe desde 2021, pero la existencia de la ley no evita por sí sola la demora, la resistencia clínica o la judicialización. En el recorrido de Puig aparece todo eso. Aparece también una contradicción muy española: se presume de garantías y, a la vez, esas garantías pueden convertirse en una maquinaria de desgaste cuando la interpretación del caso es restrictiva. Al final, fue la Comisión de Garantía y Evaluación de Cataluña la que acabó avalando que cumplía los requisitos.

Dos años y medio hasta la autorización

El expediente de Puig no se resolvió por inercia, ni por presión mediática, ni por una lectura extensiva de la norma. Se resolvió cuando la comisión catalana entendió que concurrían los elementos que exige la ley: capacidad plena para decidir, voluntad libre e informada, reiteración de la petición y existencia de un sufrimiento psíquico constante e intolerable sin perspectivas razonables de mejoría. Ese punto es fundamental. En los casos ligados a trastorno mental, la discusión central no gira solo sobre el dolor o el pronóstico, sino sobre la capacidad de la persona para decidir sin interferencias que anulen su autonomía. Por eso el control es especialmente estricto. La comisión concluyó que Pere Puig mantenía esa capacidad y que su solicitud era coherente, persistente y jurídicamente válida.

El caso ha sido presentado además como uno de los muy pocos autorizados en Cataluña por enfermedad mental, alrededor del 1% del total de prestaciones en la comunidad y, según los datos difundidos hasta ahora, el sexto caso reconocido en este ámbito. Esa rareza estadística explica el eco que ha tenido. No se está hablando de una práctica habitual ni de una pendiente resbaladiza hecha norma. Se está hablando de expedientes excepcionales, revisados al milímetro, donde la administración sanitaria y los equipos médicos miden con más cautela que nunca el encaje legal. Y aun así, o precisamente por eso, cada caso termina pesando muchísimo más que su volumen real. Porque cuando el sufrimiento es psíquico, la sociedad tiende a mirar con más sospecha, más miedo y más prejuicio. Como si el dolor mental tuviera que demostrar siempre un extra de legitimidad para ser creído.

Qué valoró la comisión catalana

Lo decisivo en la resolución favorable fue que la depresión crónica de Pere Puig no se entendió como un episodio transitorio, sino como un proceso largo, refractario a los tratamientos y con un impacto severo sobre su autonomía y su vida diaria. En otras palabras: no bastó con certificar que estaba mal; hubo que acreditar que estaba persistentemente mal, sin alivio razonable y sin una expectativa terapéutica realista que cambiara de forma significativa su situación. La ley española no usa la expresión “enfermedad terminal” como único pasaporte. También contempla el padecimiento grave, crónico e imposibilitante y el sufrimiento físico o psíquico constante e intolerable. Ahí es donde encajan estos casos. Ahí, y solo ahí. Ese matiz importa porque desmonta una idea muy extendida: la eutanasia en España no está reservada solo a enfermos con pronóstico de muerte inminente.

También pesó la persistencia de la voluntad. La ley exige una solicitud reiterada, separada por un plazo mínimo entre una y otra petición, salvo que la pérdida de capacidad sea inminente. Exige además que el médico responsable informe sobre diagnóstico, alternativas y posibilidades, incluidos los cuidados paliativos cuando procedan. Después interviene un médico consultor y, por último, la comisión de garantía de cada comunidad autónoma. En teoría es un circuito pensado para evitar precipitaciones. En la práctica, el itinerario puede alargarse mucho, sobre todo cuando hay discrepancias clínicas o recursos judiciales de por medio. El caso de Puig lo demuestra. Y no es el único. En Cataluña, en los últimos meses, otros expedientes han acabado convertidos en batalla judicial, lo que ha abierto una discusión seria sobre si la protección de derechos está funcionando o si a veces se transforma en una demora incompatible con el propio sentido de la ley.

Qué dice la ley española sobre estos casos

La Ley Orgánica 3/2021, en vigor desde junio de ese año, regula la ayuda para morir como una prestación del sistema sanitario y no como una excepción clandestina tolerada a regañadientes. Ese cambio de enfoque no es menor. La norma reconoce el derecho de determinadas personas a solicitar la eutanasia o el suicidio médicamente asistido cuando concurren requisitos muy concretos. Habla de enfermedad grave e incurable y también de padecimiento grave, crónico e imposibilitante, siempre que provoquen un sufrimiento físico o psíquico constante e insoportable que la persona considere intolerable. El solicitante debe ser mayor de edad, residir legalmente en España, tener capacidad para decidir y formular la petición de manera libre, consciente, informada y reiterada. Nada de automatismos. Nada de barra libre. Todo pasa por un procedimiento reglado.

Lo que ha hecho el caso de Pere Puig es mostrar con crudeza uno de los bordes menos entendidos de esa ley. Porque el debate público suele girar alrededor del cáncer terminal, de las enfermedades neurodegenerativas muy avanzadas o de la dependencia física extrema. Sin embargo, la ley también contempla el sufrimiento psíquico cuando alcanza ese nivel de gravedad, persistencia e irreversibilidad práctica que la norma exige. Esto no significa que cualquier depresión entre en ese marco. No entra cualquier depresión, ni cualquier sufrimiento emocional, ni cualquier episodio clínico complejo. Entran solo los casos en los que los comités y los informes concluyen que existe un sufrimiento intolerable, mantenido en el tiempo, resistente a las terapias y compatible con una decisión libre y lúcida. Ese es el filtro. Duro, estrecho, nada fácil de atravesar. De ahí que en España estos supuestos sigan siendo excepcionales.

Cataluña, el territorio donde más se ve el cambio

Cataluña es la comunidad donde la prestación de ayuda para morir ha tenido un desarrollo más visible. En 2024 registró 358 solicitudes, aprobó 189 y realizó 142 prestaciones, una subida de algo más del 51% respecto al año anterior. Esas 142 muertes representaron en torno al 0,21% del total de fallecimientos en la comunidad. La media de tiempo entre la primera solicitud y la resolución favorable se situó en 63 días, con una mediana de 50. Son cifras importantes porque retratan dos movimientos a la vez. Por un lado, un uso creciente de la ley. Por otro, una tramitación que sigue siendo lenta para expedientes que, por definición, suelen estar ligados a situaciones límite. En Tarragona, durante 2024, se realizaron siete prestaciones. La mayor parte de las solicitudes, además, nacieron en atención primaria, no en grandes unidades hospitalarias, un dato revelador porque coloca este debate mucho más cerca del médico de cabecera que de la abstracción legislativa.

Hay otro detalle que ayuda a entender el cambio de fondo. En Cataluña, la ayuda para morir no se ha concentrado solo en hospitales. En 2024, aproximadamente el 39,5% de las prestaciones se realizaron en el domicilio y otro 39,5% en centros hospitalarios. El resto se repartió entre sociosanitarios y residencias. Esto no es un matiz decorativo. Habla de la forma en que la ley se inserta en la vida real, en los espacios donde la gente está, enferma, dependiente o agotada. El final no sucede solo en una habitación clínica con luz fría; a veces ocurre en casa, en un cuarto conocido, en silencio, con la familia cerca. El caso de Pere Puig también se lee desde ahí: no solo como una decisión legalmente posible, sino como una prestación sanitaria integrada en el sistema catalán, aunque todavía con enormes zonas de tensión cuando el supuesto clínico es complejo o controvertido.

España: más solicitudes, más prestaciones, mismas demoras

En el conjunto de España, la ley ha seguido avanzando, pero lo ha hecho con una mezcla de crecimiento y lentitud. Desde su entrada en vigor hasta el cierre de 2024 se registraron 2.432 solicitudes y se realizaron 1.123 prestaciones. Solo en 2024 hubo 929 procesos finalizados: 426 terminaron con la prestación realizada, 141 con denegación, 54 con revocación y 308 con el fallecimiento de la persona durante la tramitación. Ese último dato es quizá el más áspero de todos. No por su efecto político, sino por lo que retrata. Más de trescientas personas murieron antes de que el procedimiento concluyera. En una ley pensada para responder a situaciones de sufrimiento extremo, la demora no es un problema accesorio. Es parte central del problema.

La tasa española de eutanasia sigue siendo baja si se compara con otros países europeos con más recorrido. En 2024 representó alrededor del 0,10% de las muertes, una de cada mil. Cataluña encabezó el número de prestaciones con 142, seguida por Madrid con 62 y País Vasco con 50. El perfil dominante de quienes solicitaron la ayuda para morir sigue bastante estable: personas mayores, con una fuerte presencia de mayores de 80 años, y cuadros clínicos sobre todo neurológicos y oncológicos. Las enfermedades neurológicas representaron cerca del 46% y las oncológicas en torno al 28% de las prestaciones realizadas en 2024. Ahí está el patrón principal del sistema español. Los casos de salud mental, como el de Pere Puig, quedan fuera de esa corriente mayoritaria. Existen, pero son residuales. Por eso cada uno de ellos adquiere un peso simbólico desproporcionado y termina funcionando como campo de prueba para medir hasta dónde está dispuesta a llegar la aplicación efectiva de la ley.

Europa y el límite más difícil

Cuando se mira a Europa, el caso español aparece en una zona intermedia: más avanzada que la mayoría de países, pero todavía muy lejos del volumen de los sistemas más asentados. En la Unión Europea, la eutanasia está regulada de forma expresa en Países Bajos, Bélgica, Luxemburgo y España. Alemania, Austria e Italia han abierto la puerta al suicidio médicamente asistido en determinados supuestos, que no es exactamente lo mismo. Francia sigue debatiendo un modelo propio más restrictivo. Eslovenia, por su parte, ha dado pasos recientes, pero ha dejado fuera los supuestos ligados a enfermedad mental. Es decir, Europa no avanza en bloque ni comparte una sola solución. Cada país combina derecho, medicina, cultura política y temor social de una manera distinta. Y justo en ese punto el sufrimiento psíquico aparece como la frontera más discutida.

El ejemplo más citado es Países Bajos, porque allí el sistema lleva muchos más años funcionando y deja ver mejor la fotografía de conjunto. En 2024 registró 9.958 casos de eutanasia, equivalentes al 5,8% del total de muertes. Dentro de ese volumen, 219 expedientes estuvieron ligados en gran medida a trastornos psiquiátricos. La comparación con España es brutal. Aquí la tasa total ronda el 0,10% y los casos por enfermedad mental son excepcionales. Eso no significa que España vaya a copiar a Países Bajos ni que exista una línea recta entre un modelo y otro. Significa algo más simple: España está todavía en una fase contenida, muy garantista y muy desigual territorialmente, mientras que otros países llevan más tiempo afinando el encaje entre autonomía personal, protección clínica y control institucional. El caso de Pere Puig, en ese mapa europeo, no marca una expansión masiva. Marca, más bien, la aparición visible de una discusión que en otros lugares ya lleva años abierta.

Lo que deja el caso Pere Puig

El nombre de Pere Puig queda ya asociado a varias cosas a la vez. A una historia personal durísima. A una batalla administrativa de casi treinta meses. A un tipo de expediente rarísimo dentro del sistema catalán. Y a una pregunta que ya no va a desaparecer del debate sanitario español: qué hacer cuando el sufrimiento que la persona considera intolerable no viene de una enfermedad terminal, sino de un trastorno mental crónico, severo y refractario. La ley responde que puede autorizarse, sí, pero solo cuando se cumplan condiciones muy estrictas. La sociedad responde con más dudas, más prevención y más incomodidad. Entre ambos planos, el sistema sanitario queda obligado a hilar muy fino. Porque si aprieta demasiado, convierte el derecho en papel mojado. Si afloja sin garantías, rompe la confianza en el procedimiento.

Hay además un elemento que añade otra dimensión al caso: la donación de órganos tras la eutanasia. España ha incorporado esta posibilidad a su sistema y en 2024 63 personas acogidas a la prestación optaron por donar, lo que supuso alrededor del 14,79% de las eutanasias realizadas ese año. Desde que la ley entró en vigor, esos donantes han hecho posibles cientos de trasplantes. No cambia el corazón del debate, pero sí desmonta una caricatura frecuente, la de que estos procesos terminan en un gesto privado sin vínculo alguno con la comunidad. A veces ocurre lo contrario. Incluso en ese último tramo, hay una decisión de utilidad pública. En el caso de Pere Puig, ese detalle no es marginal. Refuerza la idea de que no se trató de una salida impulsiva, sino de una resolución consciente dentro de un procedimiento legal y meditado.

Cuando el derecho llega tarde

Al final, lo más incómodo del caso no es solo que se haya autorizado una eutanasia por depresión crónica. Lo verdaderamente incómodo es que tuviera que tardar tanto en resolverse. Ahí está la herida que atraviesa hoy la aplicación de la ley en España. En 2024, centenares de personas murieron antes de completar la tramitación de su expediente. En Cataluña, donde el sistema funciona con más rodaje que en otros territorios, siguen apareciendo procedimientos atascados y conflictos judiciales que prolongan el proceso durante meses. Se habla mucho de garantías y menos de tiempos. Pero en esta materia el tiempo es sustancia, no decorado. Un plazo administrativo excesivo no es una molestia burocrática. Puede ser la diferencia entre que el derecho exista de verdad o llegue cuando ya no sirve.

Por eso el caso de Pere Puig no se agota en su dimensión personal ni en el debate moral que inevitablemente despierta. Deja sobre la mesa una cuestión bastante más concreta y bastante más urgente: si el sistema español está preparado para aplicar su propia ley con la rapidez, la homogeneidad y la seguridad jurídica que promete. Cataluña ha mostrado que la norma se usa más, que la red sanitaria la ha incorporado y que los expedientes complejos pueden salir adelante. También ha mostrado que la controversia se dispara cuando entra en juego la salud mental y que las demoras siguen siendo un problema estructural. En ese cruce queda la historia de Pere Puig: la de un vecino de Reus que consiguió la eutanasia tras años de sufrimiento y resistencia institucional, y la de un país que todavía está aprendiendo, a trompicones, qué significa convertir la muerte asistida en un derecho real y no solo en una posibilidad escrita en el BOE.

Gracias por leerme y por pasarte por Don Porqué. Si te apetece seguir curioseando, arriba tienes la lupa para buscar más temas. Y si esto te ha gustado, compártelo: así la historia llegará un poco más lejos.

Lo más leído