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Cultura y sociedad

Mario Biondo: por qué la Audiencia de Madrid duda del suicidio

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Mario Biondo sacando foto en un puerto

Un auto de la Audiencia de Madrid cuestiona el suicidio de Mario Biondo y señala fallos clave en 2013; la familia acudirá al Constitucional.

La Audiencia Provincial de Madrid ha reconocido por escrito, en un auto fechado el 6 de octubre de 2025, que existen indicios consistentes de que la muerte de Mario Biondo —ocurrida en Madrid el 30 de mayo de 2013— pudo no ser un suicidio. El tribunal no reabre la causa, porque topa con el muro de la cosa juzgada derivada del sobreseimiento libre acordado en 2013, pero sí fija una idea que cambia el marco institucional del caso: la versión oficial del ahorcamiento autoinfligido ya no es la única tesis con respaldo judicial en España. Esa afirmación llega acompañada de un reproche nítido a cómo se gestionó la investigación en las primeras horas, cuando debieron asegurarse actuaciones que hoy, con el paso del tiempo, resultan irrecuperables o de eficacia muy limitada.

Este movimiento judicial tiene efectos claros. No se traduce en imputaciones ni en diligencias nuevas dentro del proceso penal español, pero legitima la duda ante la narración que cerró el expediente hace doce años y refuerza el valor de la resolución italiana de 2022, en la que un juez de Palermo sostuvo que el cámara italiano fue asesinado por manos desconocidas y posteriormente colocado para simular un suicidio. A partir de aquí, la estrategia de la familia de Biondo se concentra en dos frentes: el recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional —por la tutela judicial y por la investigación deficiente— y la eventual vía europea ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Como derivada adicional, queda abierta la puerta a una reclamación de responsabilidad patrimonial por errores de la investigación inicial.

Audiencia de Madrid duda del suicidio de Mario Biondo

Lo que afirma el auto y por qué lo afirma

La resolución de la Audiencia de Madrid no reescribe la historia del procedimiento, pero recoloca sus piezas. Lo hace sobre tres pilares. Primero, constata que la documentación pericial aportada por la acusación particular —años de informes forenses y reconstrucciones técnicas— “proporciona elementos serios” para cuestionar la hipótesis del suicidio. Segundo, integra la conclusión judicial italiana de 2022, que ya descartó la mecánica suicida y habló de una puesta en escena. Tercero, subraya omisiones clave en la fase inicial de la investigación española: decisiones que debieron tomarse “en la inmediatez” y que no se tomaron, comprometiendo desde entonces la calidad probatoria del expediente.

El tribunal madrileño no entra en una pericial propia —no es su función en apelación— ni identifica responsables concretos. Pero su mensaje es inequívoco: la certeza del suicidio se erosiona cuando se examinan con calma la escena, las lesiones descritas en informes posteriores y la cronología de comunicaciones y movimientos previos al hallazgo. El auto añade una idea incómoda para cualquier sistema penal: cuando una investigación nace mal orientada, es difícil corregirla sin pruebas frescas y con una década de distancia.

Una cronología que explica el giro institucional

El 30 de mayo de 2013, Mario Biondo, operador de cámara italiano y marido de la presentadora Raquel Sánchez Silva, aparece muerto en el domicilio que ambos compartían en Madrid. La escena se interpreta como un ahorcamiento suicida. A partir de esa lectura, el Juzgado de Instrucción n.º 21 dicta sobreseimiento libre: para el juzgado, no hay delito que investigar. Ese cierre tiene efectos potentes, porque imprime cosa juzgada a la tesis oficial y blinda, en la práctica, una posible reapertura años después, salvo supuestos excepcionales.

La familia de Biondo no se resigna. Durante años impulsa pericias alternativas, contrasta actas, revisa cronologías, promueve nuevas autopsias y mantiene vivo el caso en Italia. El 2 de agosto de 2022, un juez de Palermo firma una resolución que descarta el suicidio y habla de homicidio cometido por desconocidos, acompañado de una simulación para aparentar un colgamiento. Esa resolución, al mismo tiempo, archiva por limitaciones temporales y probatorias: demasiados años después, demasiado deterioro documental, demasiado tarde para reconstruir la verdad material con garantías penales.

El 6 de octubre de 2025 llega el matiz decisivo desde España. La Audiencia Provincial de Madrid reconoce que existen indicios que cuestionan el suicidio y que faltaron diligencias esenciales al inicio. No reabre el caso —la cosa juzgada pesa—, pero rompe la soledad institucional de la hipótesis italiana y desplaza la conversación pública: lo que la familia venía defendiendo ya no es solo un relato de parte, sino una duda avalada por un tribunal español.

Qué indicios sostienen la duda razonable

La escena y la mecánica del hallazgo. La tesis italiana describió una puesta en escena: la posición del cuerpo en la biblioteca, la altura y la física del punto de suspensión, la forma del nudo y la compatibilidad de la cuerda con una mecánica autoinfligida. Ese análisis, cruzado con la documentación gráfica, sugiere una incoherencia entre lo que se vio y lo que se dijo que había ocurrido. La Audiencia de Madrid, al hacerse eco de los informes aportados en este tiempo, valida que el conjunto de esas piezas permite dudar con fundamento.

Lesiones y autopsias. En Italia se practicaron exámenes forenses ampliados que apuntaron a lesiones difíciles de encajar en un suicidio por ahorcamiento sin terceros. Se habló de golpes previos y de marcas que no cuadraban con una suspensión sencilla. La resolución de 2025 en Madrid no “da por buenas” esas conclusiones en términos absolutos, pero sí dice que merecen crédito indiciario, justo lo contrario de lo que se sostuvo en 2013.

Cronología y comunicaciones. Mensajes, llamadas, trazas digitales, accesos y cámaras suelen dibujar un mapa fiable de las últimas horas de una persona. Ese mapa no se aseguró bien en 2013, y eso lo reconoce ahora el tribunal. Faltaron diligencias rápidas de preservación y análisis, faltó un horizonte claro de interceptaciones y de aseguramiento de dispositivos. Doce años después, esa información ya no existe o está irremediablemente incompleta. La consecuencia no es menor: sin cronología fina se desdibuja la escena y se multiplican las zonas grises.

El sentido de las omisiones. La Audiencia localiza el problema en el minuto uno. Cuando la primera lectura de una muerte condiciona la recogida de indicios, las fotos, la cadena de custodia y hasta el enfoque de la autopsia, todo lo que llega después abre menos puertas de las que debería. Esa es, en el fondo, la crítica institucional de 2025: no es que haya una prueba definitiva de homicidio, es que faltó la investigación necesaria para descartar de forma sólida lo que ahora vuelve como duda razonable.

La clave jurídica que lo frena todo: cosa juzgada y sobreseimiento libre

El sistema procesal español diferencia entre sobreseimiento libre y provisional. El libre, acordado en 2013, declara que los hechos no son constitutivos de delito; el provisional, en cambio, reconoce que faltan pruebas por ahora. La diferencia es enorme: el libre genera cosa juzgada material, impidiendo reabrir salvo supuestos excepcionales (nuevos hechos de relevancia penal, personas distintas, pruebas absolutamente novedosas que no pudieron aportarse antes). En el caso Biondo, la Audiencia de Madrid no aprecia que se den esas bases para sortear el cierre.

Esto no significa que no haya vías. La familia ha optado por el amparo constitucional. ¿Qué puede ocurrir? El Tribunal Constitucional podría entender que se vulneró el derecho a la tutela judicial efectiva por falta de investigación diligente y ordenaría retrotraer actuaciones. No sucede a menudo, pero hay precedentes de reproche a instrucción deficiente cuando afecta a derechos fundamentales. Si el amparo no prospera, queda la senda de Estrasburgo, centrada no en culpables, sino en si el Estado investigó con la diligencia debida una muerte potencialmente violenta. Ese debate encaja en la doctrina del artículo 2 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que obliga a los Estados a una investigación efectiva y rápida cuando hay riesgo de privación de vida por terceros.

Como corolario, la propia Audiencia sugiere un terreno contencioso-administrativo: la responsabilidad patrimonial del Estado por un funcionamiento anormal de la Administración de Justicia. Aquí se discute si la mala praxis —omisiones, demoras, errores de método— causó un daño efectivo a los padres de Biondo. No sustituye al proceso penal, pero sí reconoce que una investigación mal hecha tiene víctimas más allá del delito no acreditado.

Qué no implica el auto, y qué sí deja sobre la mesa

No hay señalamiento de personas. Ni el auto italiano de 2022 ni el de Madrid de 2025 mencionan a un autor o a una autora. Tampoco existe orden de reapertura del procedimiento en España, ni la Audiencia se aparta del sobreseimiento libre que clausuró la causa en su día. Lo que sí hay es un cambio de estatuto para la duda: ya es institucional, no un debate mediático o pericial en los márgenes.

También hay un aviso al sistema: los tribunales reconocen que faltó investigación cuando más importaba. Y, al hacerlo, legitiman que hoy haya hueco para la sospecha razonable sin poder traducirla en juicio. Para quienes piden certezas, es frustrante; para el Estado de Derecho, es una lección de garantías y de límites.

Un caso con nombres propios y una advertencia contra el ruido

La relevancia pública de Raquel Sánchez Silva, viuda de Biondo, ha contaminado a veces el debate con tertulias y conjeturas. Conviene separar planos. Ni el documento italiano de 2022 ni la resolución de 2025 en Madrid atribuyen responsabilidad penal a ninguna persona concreta. La justicia trabaja con hechos, pruebas y estándares; el resto es ruido. La Audiencia de Madrid no condena ni absuelve a nadie; certifica una duda: que el suicidio no es, a la luz de lo aportado, una explicación blindada.

La familia de Biondo ha sostenido una batalla larga en juzgados y medios. Lo noticioso hoy no es la convicción de la familia —conocida—, sino el cambio de enfoque en la judicatura española. Resulta también pertinente recordar que el archivo italiano de 2022 no fue una derrota de la tesis del homicidio, sino el reconocimiento de que no era viable reconstruir lo que no se aseguró a tiempo. Es el mismo mensaje que ahora recoge Madrid: los años borran los renglones finos de cualquier investigación.

Por qué lo técnico importa tanto: escena, cuerpos y datos

Para entender por qué la Audiencia duda del suicidio, hay que bajar a la técnica. Cualquier muerte potencialmente violenta se apoya en tres materias primas: escena, cuerpo y datos.

La escena es la geografía del caso. Posiciones, huellas, fibras, alturas, puntos de apoyo, nudos. En 2013, la escena del domicilio de Biondo se leyó bajo el prisma del suicidio. Esa lectura condicionó la recogida de indicios, la fijación fotográfica y los informes. Años después, cuando pericias independientes revisan las fotos y encuentran incompatibilidades, el sistema ya no puede volver a la biblioteca como estaba aquella mañana. A toro pasado, las certezas se escapan.

El cuerpo es la fuente de verdades más tozuda, pero también requiere metodología. Las autopsias posteriores practicadas en Italia detectaron lesiones que no encajan con una suspensión simple y sugieren intervención de terceros. Al no haberse orientado desde el primer minuto como una posible muerte violenta, la autopsia española inicial acotó su alcance. No es un juicio ad hominem a los forenses de 2013; es la constatación de que la hipótesis condiciona la mirada. Si asumes suicidio, buscas suicidio.

Los datos cerraban el triángulo. En 2013, la ventana para solicitar interceptaciones, conservación de metadatos, acceso a terminales, cámaras y control de accesos era de horas. No se pidió todo lo que se podía pedir, no se preservó toda la huella digital. Con el calendario en contra, esa omisión hoy es definitiva. El tribunal lo asume: lo que no se aseguró entonces no se recupera ahora con garantías.

Dónde puede ir el caso desde aquí

El recurso de amparo ante el Constitucional es la vía lógica tras el auto de la Audiencia. La familia argumentará que el archivo de 2013 vulneró su derecho a una investigación eficaz y que el reconocimiento actual de indicios confirma la insuficiencia de entonces. Si el TC les da la razón, podría ordenar que se reabran diligencias o que se retrotraiga la instrucción a un momento en el que aún se puedan practicar actos útiles. Si el TC no entra o inadmite, quedará el TEDH. Allí no se juzga el crimen, sino el comportamiento del Estado: ¿investigó con diligencia una muerte dudosa? Responder afirmativamente implica condena y reparaciones, no una causa penal nueva, pero sí un reconocimiento de que las cosas no se hicieron bien.

En paralelo, la responsabilidad patrimonial del Estado es algo más que un último recurso: es una discusión técnica sobre daños y funcionamiento anormal. Si se acredita que no se practicaron actuaciones básicas que deberían haberse realizado y que ello impidió llegar a una verdad procesal, puede haber lugar a indemnización. Es un camino que no depende de imputar a nadie; evalúa el servicio público de justicia.

Qué cambia ya, sin esperar a futuros pronunciamientos

Cambia la narrativa institucional del caso. Hasta ahora, y durante años, la muerte de Mario Biondo en España estaba cerrada como suicidio. Desde el 6 de octubre de 2025, existe un auto de una Audiencia Provincial que dice que hay indicios de lo contrario. No abre el procedimiento, pero abre la conversación: lo que se afirmó en 2013 ya no es palabra sagrada. El reconocimiento judicial español empata con el italiano y desplaza el debate al plano de las garantías: qué se hizo, qué se dejó de hacer y qué ya no puede hacerse.

También cambia la percepción pública. El caso Biondo había quedado atrapado entre especiales televisivos, teorías y polémicas personales. Con el movimiento de la Audiencia, el foco vuelve al expediente y a los papeles: escena, pericias, cronología, diligencias. Ese es el territorio en el que un asunto tan sensible debe vivir y resolverse.

Doce años después, la duda ya es institucional

Doce años separan la mañana del 30 de mayo de 2013 del auto de la Audiencia de Madrid conocido el 6 de octubre de 2025. Entre ambas fechas han pasado peritos, jueces, titulares y silencios. Lo que no había ocurrido hasta ahora era que un tribunal español admitiera de forma expresa que la muerte de Mario Biondo pudo no ser un suicidio y que la investigación no estuvo a la altura en sus primeras horas. Ese reconocimiento no condena a nadie, no reabre la causa, no resuelve el laberinto. Pero mueve el centro de gravedad del caso y obliga a releerlo con otros ojos.

La verdad procesal tiene enemigos: el tiempo, la inercia, las hipótesis cerradas. El caso Biondo recuerda que no hay segundas primeras horas; lo que no se asegura al principio se evapora. Con todo, el paso de la Audiencia importa. Oficializa la duda y la aleja del ruido. Identifica errores y omisiones sin necesidad de buscar culpables a cualquier precio. Señala vías de control institucional —Constitucional, Estrasburgo, responsabilidad patrimonial— y deja claro que un Estado serio se mira al espejo cuando tiene que hacerlo. El nombre de Mario Biondo ya no es solo el de un caso discutido; es el de una advertencia sobre la fragilidad de la verdad cuando la investigación nace con el pie cambiado. A partir de hoy, la pregunta no es si hubo un suicidio incuestionable. La pregunta —implícita, incómoda— es por qué no se investigó con la fuerza necesaria cuando todavía se podía. Y esa, al fin, es la duda que la justicia española ha decidido reconocer.


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Este artículo ha sido redactado basándose en información procedente de fuentes oficiales y confiables, garantizando su precisión y actualidad. Fuentes consultadas: ABC, La Vanguardia, 20minutos, Cadena SER, El Confidencial, Telecinco.

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