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Silvia Intxaurrondo gana a RTVE: ¿qué sueldo cobrará tras el juicio?

Silvia Intxaurrondo vence a RTVE en los tribunales y recupera una retribución superior a 250.000 euros anuales tras la rebaja salarial aplicada

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Silvia Intxaurrondo sonriente 2026

Resumen

  • Intxaurrondo recupera una retribución superior a 250.000 euros al año
  • La Justicia anula la rebaja que dejó su sueldo en unos 140.814 euros
  • Seguirá como personal no fijo de RTVE con salario y complementos

Silvia Intxaurrondo ha ganado el principal pulso de su batalla judicial con RTVE. La Justicia ha anulado la rebaja salarial que sufrió después de que su relación profesional con la Corporación fuera regularizada y reconoce su derecho a mantener una remuneración equivalente a la anterior: alrededor de 253.000-254.000 euros anuales mientras continúe desempeñando las funciones de dirección y presentación de La Hora de La 1.

La cifra necesita una explicación, porque el caso ha ido dejando números distintos por el camino. Intxaurrondo cobraba 253.356,96 euros anuales antes de que RTVE modificara sus condiciones en septiembre de 2025. Tras pasar a ser personal no fijo de la Corporación, su remuneración quedó en unos 140.814 euros al año, sumando salario base y complementos. El fallo conocido este 15 de septiembre de 2026 considera que esa reducción no podía imponerse en los términos en que se hizo.

Una sentencia que desmonta la rebaja salarial

El núcleo del conflicto era bastante menos enrevesado que el ruido que lo ha rodeado: Intxaurrondo seguía realizando esencialmente las mismas tareas, dirigir y presentar el matinal de La 1, pero la regularización de su relación laboral había provocado un recorte muy importante de sus ingresos.

La sentencia estima parcialmente su demanda y declara nula la reducción anual de salario aplicada tras su incorporación como trabajadora de RTVE. A partir de ahí, la fórmula no consiste simplemente en colocar en una nómina ordinaria una cifra de 254.000 euros. La presentadora percibirá el salario correspondiente al convenio colectivo de RTVE y los complementos necesarios vinculados a sus funciones hasta alcanzar una retribución equivalente a la que tenía anteriormente.

Es una diferencia importante. Intxaurrondo no recupera sin más su antiguo contrato mercantil; conserva su nueva relación laboral con la Corporación, pero la Justicia entiende que el cambio de encaje jurídico no justificaba semejante tijeretazo económico mientras continuaran las funciones que daban origen a esa remuneración.

Y el tijeretazo era notable.

De 253.356 euros a 140.814: el origen del conflicto

Antes de septiembre de 2025, los servicios de Silvia Intxaurrondo eran contratados por RTVE a través de Sukun Comunicación SL. La documentación conocida sobre aquellos acuerdos recogía cantidades diferentes para sus labores de dirección y presentación, con un máximo contractual que llegó a situarse en 269.757 euros anuales. La remuneración que la periodista identifica en su demanda como la que realmente venía percibiendo ascendía a 253.356,96 euros.

La distinción explica por qué unas informaciones hablan de 269.000 euros y otras de unos 254.000. No son necesariamente cifras contradictorias: una correspondía al máximo previsto en determinados contratos y otra a la remuneración anual tomada como referencia en el litigio.

La intervención de la Inspección de Trabajo

El equilibrio contractual saltó por los aires después de una actuación de la Inspección de Trabajo y la Seguridad Social. RTVE tuvo que regularizar la situación de la periodista y darle de alta como trabajadora por cuenta ajena. El propio presidente de la Corporación, José Pablo López, explicó posteriormente en sede parlamentaria que el alta no había sido una decisión discrecional de RTVE, sino consecuencia de la actuación administrativa.

Desde septiembre de 2025, Intxaurrondo quedó integrada como personal no fijo de RTVE, sometida al convenio colectivo de la Corporación.

La nómina que desencadenó la demanda

Con el nuevo esquema se le atribuyó un salario base de 2.201,84 euros mensuales en 14 pagas, junto con un plus de programas de 10.000 euros mensuales durante 11 meses, dividido entre sus funciones de dirección y presentación. El resultado era una retribución anual aproximada de 140.814 euros.

Seguía siendo una nómina poco habitual, desde luego, pero quedaba más de 110.000 euros por debajo de lo que venía percibiendo. La periodista aceptó determinadas cantidades “a cuenta”, reservándose el derecho a reclamar las diferencias, y llevó el asunto a los tribunales.

Ahí estaba la cuestión de fondo: podía modificarse la forma jurídica de la relación laboral, sí; otra cosa era determinar si ese cambio permitía alterar de forma tan drástica la remuneración cuando el trabajo efectivo continuaba siendo esencialmente el mismo. El juzgado ha respondido a favor de Intxaurrondo en ese punto.

Intxaurrondo no ha ganado todo lo que reclamaba

La resolución, sin embargo, no constituye una victoria absoluta. El juzgado también ha rechazado o limitado algunas de las condiciones que la periodista pretendía conservar.

Uno de esos asuntos era el transporte entre su domicilio y Prado del Rey. La Justicia reconoce el desplazamiento de ida cuando la jornada comienza antes de las cinco de la madrugada, al tratarse de una posibilidad contemplada por la normativa interna para los trabajadores que empiezan a esas horas. No reconoce en los mismos términos el viaje de regreso al domicilio.

También conviene afinar otra cuestión: hablar simplemente de una sentencia completamente recurrible resulta impreciso. Según la información conocida sobre el fallo, la declaración de nulidad de la modificación sustancial de las condiciones de trabajo no admite recurso, mientras que la parte relacionada con la tutela de derechos fundamentales sí puede ser objeto de recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia.

Por tanto, la fotografía judicial tiene matices. El aspecto económicamente más relevante del litigio queda claramente favorable a la presentadora, aunque el procedimiento incluía otras pretensiones y vías jurídicas diferentes.

El sueldo vuelve a poner a RTVE bajo el foco

El caso tiene inevitablemente una segunda lectura porque hablamos de una empresa pública y de una de sus presentadoras más conocidas. La remuneración de Intxaurrondo llevaba tiempo provocando discusión política y sindical, mucho antes de conocerse esta sentencia.

USO RTVE, por ejemplo, había defendido públicamente que la integración de cualquier profesional en la plantilla debía respetar los criterios retributivos comunes establecidos por el convenio. Esa es precisamente una de las cuestiones que convierte el fallo en un asunto delicado dentro de la Corporación: Intxaurrondo seguirá dentro del marco laboral de RTVE, pero conservará mediante complementos una remuneración muy superior al salario base ordinario.

El debate, claro, se presta al ruido político. Y tratándose de RTVE, pocas cosas necesitan demasiada ayuda para conseguirlo.

Pero hay otro dato que tampoco puede sacarse de la ecuación. Intxaurrondo acaba de cumplir cinco años al frente de La Hora de La 1 y el programa atraviesa su mejor etapa de audiencia. RTVE informó a comienzos de septiembre de que el espacio cerró la temporada 2025-2026 con un 18,8% de cuota de pantalla, frente al 8,4% registrado en la primera temporada de la periodista, y que el seguimiento conjunto con el Canal 24 Horas alcanzaba el 21,2%.

Es decir, el conflicto salarial afecta a una profesional que ocupa actualmente una posición central en la parrilla y dirige uno de los productos informativos con mejor rendimiento de la televisión pública. Eso no decide jurídicamente cuánto debe cobrar —los audímetros todavía no dictan sentencias—, pero ayuda a entender por qué el contrato llevaba años siendo excepcional.

Una victoria judicial con una factura de más de 250.000 euros

A efectos prácticos, la respuesta es bastante nítida: Silvia Intxaurrondo volverá a situarse en el entorno de los 254.000 euros anuales por su trabajo como directora y presentadora de La Hora de La 1, frente a los aproximadamente 140.814 euros que había pasado a percibir tras su regularización laboral. La cantidad se articulará mediante el salario previsto en el convenio de RTVE y los correspondientes complementos.

La sentencia no borra lo ocurrido desde la intervención de Trabajo ni devuelve a la periodista a su antigua relación mercantil. Hace algo jurídicamente más interesante: mantiene la regularización laboral pero rechaza que aquella regularización sirviera para rebajar de forma sustancial unas condiciones económicas asociadas a unas funciones que continuaron desempeñándose.

De ahí nace el verdadero alcance del caso. No es solo una discusión sobre si una presentadora de televisión pública cobra mucho, poco o una cifra capaz de animar cualquier sobremesa. Es una disputa sobre contratos, derechos laborales y condiciones salariales, y sobre cuánto puede cambiar una empresa las condiciones de alguien cuando cambia el envoltorio jurídico, pero no el trabajo que realiza.

El sueldo queda de nuevo por encima de los 250.000 euros

En el caso de Silvia Intxaurrondo, la Justicia ha trazado la línea. Y esa línea, al menos salarialmente, vuelve a quedar por encima de los 250.000 euros al año.

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Periodista internacional con más de 20 años de experiencia en radio, prensa y medios digitales. Licenciado en Ciencias de la Comunicación, trabaja entre España e Italia con la mirada puesta en la actualidad.

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