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La Eurocámara abre la vía judicial en dos causas contra Alvise

Dos causas pueden seguir su curso en España, aunque el levantamiento no equivale a una condena ni altera el escaño.

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quitar la inmunidad a Alvise

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El Parlamento Europeo ha autorizado que la justicia española avance en dos investigaciones que afectan a Luis Alvise Pérez: una por el presunto acoso a la fiscal valenciana Susana Gisbert y otra por posibles delitos electorales y financiación ilegal de partido. La decisión elimina la protección parlamentaria para actuar en esos casos concretos, pero no declara culpable al eurodiputado ni le retira el escaño.

Las dos decisiones responden a solicitudes distintas remitidas por el Tribunal Supremo, conocidas como suplicatorios. Además, hay una tercera petición, relacionada con las denuncias de dos eurodiputados que abandonaron Se Acabó la Fiesta, que todavía debe pasar por el procedimiento parlamentario. Cada expediente se tramita por separado: la autorización para investigar unos hechos no se extiende automáticamente a otras causas.

Qué ha decidido exactamente el Parlamento Europeo

La primera autorización se refiere a la investigación por el presunto acoso a Susana Gisbert, fiscal delegada contra los delitos de odio en Valencia. El pleno respaldó el informe elaborado por el eurodiputado italiano Mario Furore, del Movimiento Cinco Estrellas e integrado en el grupo de La Izquierda. La votación se celebró a mano alzada y permitió que el Tribunal Supremo continúe las actuaciones relativas a esa denuncia, sin que la Eurocámara se pronunciara sobre si los hechos ocurrieron o constituyen delito.

En una decisión posterior, el pleno autorizó también que prosiga la investigación sobre una posible infracción electoral y una presunta financiación ilegal de Se Acabó la Fiesta. La solicitud se vincula a la recepción de 100.000 euros en efectivo de un empresario relacionado con el negocio de las criptomonedas durante la campaña de las elecciones europeas de 2024. Esa cantidad y el contexto de la entrega forman parte de la investigación, no de una conclusión judicial sobre la responsabilidad de Pérez.

Las autorizaciones tienen un alcance limitado: permiten a las autoridades españolas actuar en relación con los hechos incluidos en cada solicitud. No eliminan de manera general todas las prerrogativas del cargo ni sirven como una resolución sobre el fondo de las denuncias. En términos prácticos, el Parlamento deja de impedir que avance la justicia en esos expedientes, mientras la decisión sobre la existencia de delito corresponde a los tribunales.

Por qué se levantó la protección en el caso de la fiscal

El informe parlamentario sobre Gisbert se apoyó en dos elementos centrales. Según el documento, los hechos denunciados se habrían producido entre enero y febrero de 2024, antes de que Pérez obtuviera el acta de eurodiputado en junio de ese año. En ese momento, por tanto, no tenía la condición de miembro del Parlamento Europeo, circunstancia que pesó al valorar si la protección podía obstaculizar una actuación judicial.

El informe también examinó si había indicios de que el procedimiento se hubiera iniciado para perjudicar la actividad política de Pérez como eurodiputado. Esa sospecha se conoce en el ámbito parlamentario como fumus persecutionis: la posible existencia de una persecución con motivación política. Los miembros de la comisión no apreciaron elementos que permitieran establecer esa intención y recomendaron retirar la inmunidad para este caso concreto.

Ese razonamiento no acredita que la denuncia sea cierta ni que la conducta atribuida a Pérez se produjera tal como se describe. Se ocupa de una cuestión distinta: si había motivos para que la Eurocámara mantuviera la protección frente a la actuación judicial. La respuesta parlamentaria fue negativa, pero el examen de los hechos y de las pruebas queda fuera de esa votación.

Qué significa la inmunidad de un eurodiputado

La inmunidad parlamentaria protege el funcionamiento independiente de la institución y evita que una actuación judicial interfiera de manera indebida en la labor de sus miembros. No equivale a una declaración de inocencia ni crea una excepción permanente frente a la justicia. Cuando un tribunal solicita autorización para proceder contra un eurodiputado, el Parlamento analiza el suplicatorio y decide si levanta esa protección respecto de los hechos descritos.

La clave está en que el examen es específico. Si hay una denuncia distinta, con otros hechos y otra petición judicial, hace falta un expediente separado. Por eso, que la Eurocámara haya permitido avanzar en el caso de la fiscal no resolvía la solicitud sobre la financiación de la formación; y esas dos decisiones tampoco resuelven por sí solas la petición posterior relativa a otros parlamentarios. La inmunidad se valora causa por causa, no como un bloque que desaparece de una vez.

También conviene separar tres planos que a menudo se confunden: la autorización del Parlamento, la investigación de los tribunales y una eventual sentencia. La primera despeja un obstáculo parlamentario; la segunda reúne y examina los elementos del caso; la tercera, si llega a producirse, determina las consecuencias jurídicas. El levantamiento de la protección está en el primer plano, de modo que no es una condena ni anticipa el resultado del proceso.

La investigación sobre los 100.000 euros

El segundo suplicatorio se refiere a la presunta recepción de 100.000 euros en efectivo de un empresario de criptomonedas durante la campaña europea de 2024. La investigación del Supremo busca aclarar si ese dinero se entregó para financiar la actividad electoral de Se Acabó la Fiesta y si la operación pudo vulnerar las normas electorales o las reglas de financiación de los partidos. La existencia de una entrega denunciada no resuelve por sí sola qué finalidad tuvo ni cómo debe calificarse legalmente.

La cifra adquiere relevancia porque el posible origen y destino del dinero son precisamente parte del objeto que las autoridades deben esclarecer. La investigación pretende determinar si hubo una aportación vinculada a la campaña y si se habría ocultado o gestionado de una forma irregular. Con la información disponible, no corresponde presentar esos extremos como hechos probados: son sospechas sometidas a investigación, no conclusiones firmes.

La aprobación del suplicatorio permite al Supremo continuar las actuaciones relacionadas con esos presuntos delitos. No significa que el Parlamento haya validado la denuncia, ni que haya juzgado la legalidad de la entrega. Tampoco debe confundirse la autorización con una resolución sobre las cuentas del partido. Esa valoración dependerá de lo que establezca el procedimiento judicial, que es el ámbito en el que se examinan las pruebas y la posible responsabilidad de cada persona implicada.

Una tercera solicitud sigue otro recorrido

El Tribunal Supremo ha remitido además una tercera petición al Parlamento Europeo, esta vez por presunta revelación de secretos y acoso a los eurodiputados Diego Soler y Nora Junco. Ambos concurrieron a las elecciones bajo las siglas de Se Acabó la Fiesta y después abandonaron la formación. Según las denuncias mencionadas en la información disponible, atribuyen a Pérez una campaña de hostigamiento en redes sociales; esas acusaciones tampoco equivalen a hechos acreditados.

La solicitud aún debe ser examinada por la comisión de Asuntos Jurídicos antes de que pueda llegar a una votación del pleno. Ese trámite es independiente de los dos suplicatorios ya aprobados, por lo que las decisiones previas no anticipan necesariamente el desenlace de este expediente. La comisión tendrá que valorar la petición correspondiente y, después, el pleno deberá pronunciarse si el procedimiento llega a esa fase.

La existencia de varias solicitudes muestra por qué cada autorización debe leerse con precisión. No hay una única decisión que permita investigar cualquier conducta atribuida al eurodiputado: cada suplicatorio identifica unos hechos y una causa. Una aprobación no cubre acusaciones distintas ni convierte automáticamente todas las denuncias en procesos autorizados. En el caso de Soler y Junco, el expediente descrito permanece pendiente de su evaluación parlamentaria.

El escaño y los derechos parlamentarios no desaparecen

Levantar la inmunidad en una causa no supone expulsar al eurodiputado del Parlamento ni suspender por sí mismo sus derechos asociados al cargo. Pérez conserva su escaño y la condición de miembro de la institución. La medida permite que la justicia actúe sobre los hechos concretos de cada solicitud, pero no altera automáticamente su representación política.

Tampoco implica una inhabilitación. Esa consecuencia solo podría derivarse de una decisión judicial adoptada conforme al procedimiento correspondiente, no de la votación parlamentaria sobre un suplicatorio. La Eurocámara no estaba decidiendo si Pérez debía dejar su puesto, sino si la inmunidad impedía que el Supremo continuara con investigaciones determinadas.

El eurodiputado puede recurrir el levantamiento ante la justicia europea, según la información recogida en el informe del caso de Gisbert. Esa posibilidad no transforma la decisión en una sentencia sobre la denuncia ni significa que el recurso vaya a prosperar. La diferencia esencial permanece: la autorización parlamentaria abre la vía procesal, mientras el tribunal competente decide sobre el fondo.

Qué queda por aclarar en los tribunales

En el caso de la fiscal valenciana, la investigación deberá determinar qué ocurrió durante el periodo señalado y si la conducta denunciada encaja en algún delito. En el expediente de financiación, habrá que aclarar el origen, el propósito y el tratamiento de los 100.000 euros mencionados en el suplicatorio. Son cuestiones diferentes, con hechos y elementos de prueba propios, aunque ambas puedan afectar al mismo eurodiputado.

La información disponible también deja claro que el calendario parlamentario no sustituye al judicial. Que una solicitud haya sido aprobada permite continuar las actuaciones, pero no fija por sí mismo cuándo terminarán ni qué resolución dictará el Supremo. Sin una decisión judicial firme sobre las acusaciones, describir a Pérez como responsable de los delitos investigados sería adelantarse a lo que todavía debe establecerse.

El episodio ilustra el equilibrio que intenta mantener la inmunidad europea: proteger la independencia del Parlamento sin convertir el cargo en una barrera absoluta frente a la justicia. En este caso, el pleno consideró que podía retirarse la protección en dos investigaciones y dejó una tercera solicitud pendiente de examen. El alcance real de esas decisiones es concreto y acotado: los procesos pueden avanzar, pero la culpabilidad aún debe probarse ante los tribunales.

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Periodista internacional con más de 20 años de experiencia en radio, prensa y medios digitales. Licenciado en Ciencias de la Comunicación, trabaja entre España e Italia con la mirada puesta en la actualidad.

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