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¿Cómo ha abolido Líbano la pena de muerte y qué cambia desde ahora?

Líbano da un paso histórico al abolir la pena de muerte tras 22 años sin ejecuciones y abre un nuevo escenario penal para todo Oriente Medio.

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El ministro de Justicia, Adel Nassar
El ministro de Justicia, Adel Nassar / WIKIPEDIA

Líbano ha dado uno de esos pasos que, en Oriente Medio, pesan bastante más que una reforma del Código Penal. El Parlamento libanés aprobó este 11 de agosto de 2026 la abolición de la pena de muerte y su sustitución por una pena de cadena perpetua con trabajos forzados agravados, culminando un proceso político que llevaba años rondando las instituciones y que había avanzado con rapidez desde 2025.

La decisión convierte a Líbano en el primer país de Oriente Medio en aprobar formalmente la abolición de la pena capital y lo coloca a la cabeza del movimiento abolicionista en una región donde las ejecuciones continúan siendo frecuentes. El cambio, de todos modos, no llega sobre un folio en blanco: el país no ejecutaba a ningún condenado desde enero de 2004. Durante más de 22 años, la horca seguía escrita en las leyes mientras el Estado evitaba utilizarla. Una contradicción bastante libanesa —aunque, en realidad, no tan excepcional— que el Parlamento ha decidido finalmente borrar.

Líbano rompe con una pena que llevaba décadas sin ejecutar

La Cámara libanesa, formada por 128 diputados, respaldó por mayoría la eliminación de la pena capital del ordenamiento jurídico. El bloque parlamentario de Hizbulá fue la principal excepción al consenso que permitió sacar adelante la reforma.

El ministro de Justicia, Adel Nassar, calificó la decisión de histórica. No es una exageración de protocolo. Líbano llevaba más de dos décadas aplicando una moratoria de facto: los tribunales podían seguir dictando condenas a muerte, pero las ejecuciones habían desaparecido de la práctica estatal.

La última se produjo el 17 de enero de 2004. Desde entonces hubo nuevas sentencias capitales que quedaron suspendidas, fueron conmutadas o nunca llegaron a ejecutarse. A finales de 2025, los datos oficiales de la administración penitenciaria situaban en torno a 85 las personas condenadas a muerte en las cárceles libanesas.

Es decir, la pena de muerte no era una pieza arqueológica olvidada entre códigos amarillentos. Seguía produciendo consecuencias jurídicas reales.

Qué cambia exactamente con la nueva legislación

La reforma elimina la pena de muerte allí donde aparezca recogida en la legislación libanesa y modifica el sistema de penas para sustituirla por la siguiente sanción máxima. La fórmula aprobada durante la tramitación establece la cadena perpetua acompañada de trabajos forzados agravados.

También desaparecen las disposiciones procesales que regulaban cómo debía ejecutarse una sentencia de muerte. No se trata, por tanto, de una simple promesa de no utilizarla: el objetivo es extirpar la pena capital del aparato jurídico, tanto de los delitos que la contemplaban como de las normas destinadas a aplicarla.

Hay un matiz formal importante. La aprobación parlamentaria es decisiva, pero las leyes libanesas deben ser promulgadas y publicadas oficialmente para completar su entrada en vigor. El presidente de la República tiene constitucionalmente esa función después de que la Cámara apruebe una norma.

Qué ocurre con quienes ya estaban condenados a muerte

La tramitación de la reforma ha incluido expresamente a quienes recibieron una sentencia capital antes de la abolición. La filosofía jurídica es sencilla: si el Estado considera que una determinada pena deja de ser admisible, mantenerla únicamente para quienes fueron condenados unos años antes produciría una peculiar lotería cronológica.

El texto trabajado por el Parlamento prevé que los condenados anteriores puedan beneficiarse del nuevo régimen de penas, aunque las reglas sobre reducción posterior de condenas introducen cautelas adicionales cuando las familias de las víctimas manifiestan su oposición.

La sustitución de la ejecución, por tanto, no equivale a una excarcelación automática. Ese equívoco ha alimentado parte de la discusión pública y conviene despejarlo: eliminar la pena de muerte modifica el castigo máximo que puede imponer el Estado, no borra los delitos ni sus condenas.

La extraña figura de los trabajos forzados agravados

La desaparición de la pena de muerte deja otro debate sobre la mesa. La nueva sanción máxima incluye trabajos forzados agravados, una figura que ya existe en el derecho libanés pero cuya aplicación práctica es escasa.

Ahí aparece una de las zonas grises de la reforma. Las prisiones del país arrastran problemas de hacinamiento, financiación e infraestructura, y no existe un sistema penitenciario preparado para convertir esa expresión jurídica en un régimen ordinario de trabajo.

La cuestión no es menor. Las normas internacionales sobre tratamiento de presos establecen límites al trabajo penitenciario para que no se convierta en un castigo aflictivo añadido. Abolir la horca para sustituirla por una formulación penal de contornos imprecisos sería un progreso indudable, sí, aunque acompañado de letra pequeña.

El siguiente debate libanés probablemente será ese: qué significa exactamente una cadena perpetua con trabajos agravados en una prisión real, con funcionarios reales, recursos limitados y seres humanos dentro. Las leyes suelen quedar muy elegantes en el boletín oficial; las cárceles tienen la mala costumbre de ser más concretas.

Una reforma nacida tras años de moratoria

La abolición no apareció de repente este verano. En octubre de 2025, un grupo de siete diputados de distintas formaciones presentó una propuesta preparada por organizaciones libanesas que llevaban años defendiendo la eliminación de la pena capital.

El Consejo de Ministros respaldó el proyecto en noviembre de 2025, algo especialmente relevante porque convertía una reivindicación histórica de derechos humanos en una iniciativa con apoyo institucional explícito. Después llegaron el examen parlamentario, las enmiendas y el trabajo de distintas comisiones.

El 9 de julio de 2026, tres comisiones parlamentarias reunidas conjuntamente aprobaron el texto. Una primera votación prevista para mediados de julio terminó aplazada en medio de disputas políticas relacionadas también con el debate sobre una posible amnistía general. Finalmente, el pleno ha dado el paso que faltaba.

Durante esos años de transición, Líbano también había ido modificando su posición internacional. El país respaldó en 2020, 2022 y 2024 las resoluciones de Naciones Unidas que pedían una moratoria mundial de las ejecuciones con vistas a la abolición.

La política, al menos esta vez, terminó alcanzando a la práctica: una moratoria prolongada durante más de dos décadas ha desembocado en la decisión de retirar la pena capital de la legislación.

Un movimiento a contracorriente en Oriente Medio

El momento elegido resulta especialmente llamativo porque la región avanza, en buena medida, en dirección contraria. En 2025 se registraron al menos 2.611 ejecuciones en Oriente Medio y el norte de África, frente a 1.442 el año anterior.

Irán concentró la mayor parte, con al menos 2.159 ejecuciones registradas, mientras Arabia Saudí alcanzó un máximo de al menos 356. Egipto, Irak, Kuwait, Emiratos Árabes Unidos y Yemen también llevaron a cabo ejecuciones durante ese año.

Y 2026 tampoco había empezado precisamente como una primavera abolicionista. Jordania volvió a ejecutar condenados en junio después de varios años sin hacerlo, mientras el debate sobre la utilización de la pena capital ha seguido vivo en otros países de la región.

En ese paisaje regional, el movimiento libanés adquiere otra dimensión. El país no solo mantiene una moratoria: elimina la posibilidad jurídica de ejecutar. Esa diferencia parece semántica hasta que cambia un Gobierno, estalla una crisis de seguridad o una mayoría parlamentaria decide que ha llegado la hora de desempolvar una pena que seguía intacta en el Código Penal.

Una moratoria depende de una decisión política. Una abolición cambia la ley. Y esa distancia jurídica, aparentemente pequeña sobre el papel, puede separar una suspensión temporal de una transformación duradera del sistema penal.

Hizbulá, las víctimas y el debate sobre la amnistía

La votación tampoco ha sido una escena idílica de unanimidad nacional. El bloque parlamentario de Hizbulá no apoyó la abolición, una posición que rompe el amplio acuerdo político que permitió aprobar la iniciativa.

Al mismo tiempo, el Parlamento discute una ley de amnistía general mucho más controvertida, que podría beneficiar a condenados por determinados delitos y reducir otras penas. Ambas cuestiones han coincidido en el calendario y eso ha generado una mezcla incómoda en el debate público.

Familiares de militares y miembros de las fuerzas de seguridad libanesas asesinados por grupos islamistas han protestado contra posibles reducciones de condena o excarcelaciones. Para algunas familias, la pena máxima representa también una dimensión simbólica de justicia frente a crímenes especialmente graves.

Conviene separar los planos. Abolir la pena de muerte no significa amnistiar a un condenado, ni tampoco convertir automáticamente una cadena perpetua en una condena corta. Una cosa decide qué castigos puede imponer legítimamente el Estado; la otra determina si determinadas personas pueden recibir reducciones, indultos o excarcelaciones.

Mezclarlas resulta políticamente rentable. Jurídicamente son cuestiones distintas, aunque inevitablemente se crucen en un país donde la memoria de la violencia política y sectaria continúa pesando sobre cualquier discusión penal.

Un pequeño país rompe una frontera bastante grande

La decisión parlamentaria coloca a Líbano ante una etapa nueva de su derecho penal. Quedan pendientes la promulgación, la publicación oficial y, después, algo menos vistoso que una votación histórica pero bastante más difícil: hacer funcionar el nuevo sistema de penas sin trasladar viejos problemas a nuevas etiquetas.

También queda pendiente la dimensión internacional. La abolición abre la posibilidad de que Líbano refuerce su compromiso mediante los instrumentos internacionales contra la pena capital, dando una capa adicional de protección jurídica a una decisión que hasta hace poco descansaba esencialmente sobre una moratoria práctica.

Pero la frontera principal ya está cruzada. Durante 22 años, el Estado libanés decía con sus actos que no quería ejecutar y con sus leyes que todavía podía hacerlo. Esa puerta acaba de empezar a cerrarse también jurídicamente.

En una región donde la pena capital sigue formando parte del repertorio punitivo de numerosos Estados, Líbano renuncia a la ejecución como castigo penal. No resuelve los problemas de sus cárceles, ni los de su sistema judicial, ni el dolor de las víctimas. Pero cambia algo bastante elemental: el Estado deja atrás la idea de que una condena judicial deba terminar necesariamente con una muerte irreversible.

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Periodista internacional con más de 20 años de experiencia en radio, prensa y medios digitales. Licenciado en Ciencias de la Comunicación, trabaja entre España e Italia con la mirada puesta en la actualidad.

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