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¿Por qué se ha frenado el decreto para acelerar expulsiones en Ceuta?
El Gobierno mantiene en revisión el decreto para acelerar expulsiones en Ceuta, frenado por Sumar y cuestionado por ONG por sus garantías jurídicas.

Resumen
- El decreto para acelerar expulsiones en Ceuta sigue sin aprobarse
- Sumar asegura que frenó su llegada al Consejo de Ministros
- Las ONG alertan de riesgos para el asilo y las garantías jurídicas
El decreto con el que el Gobierno pretende acelerar las devoluciones y expulsiones de migrantes en Ceuta ha quedado, de momento, fuera del Consejo de Ministros. Sumar sostiene que fueron sus ministros y su grupo político quienes frenaron su llegada a la reunión del 29 de septiembre, mientras el borrador continúa sometido a negociación por las dudas que plantea sobre el derecho de asilo y las garantías jurídicas de las personas afectadas. A 1 de octubre de 2026, la norma no está aprobada ni en vigor.
No es un detalle menor. El proyecto pretende recortar tiempos en los procedimientos abiertos tras la crisis migratoria de Ceuta, pero toca cuestiones bastante más delicadas que una mera simplificación administrativa: cuándo puede solicitarse protección internacional, cuánto tiempo existe para recurrir una resolución y en qué circunstancias una persona puede permanecer en España mientras se examina su caso. Doce organizaciones especializadas en migración, asilo y derechos humanos han reclamado cambios profundos o la retirada de la propuesta.
El decreto de Ceuta sigue sin aprobarse
El Ejecutivo trabaja en un real decreto-ley específico para Ceuta destinado a agilizar la tramitación de solicitudes de protección internacional y los procedimientos de denegación, retorno y expulsión. La medida se enmarca en la situación extraordinaria desencadenada tras las entradas masivas registradas en la ciudad autónoma a finales de julio y en el dispositivo posterior activado por el Gobierno.
La norma no figuró entre las disposiciones aprobadas por el Consejo de Ministros del 29 de septiembre. La referencia oficial de aquella reunión sí recoge otras decisiones relacionadas con Ceuta y un informe actualizado sobre la situación de la ciudad, pero no el decreto destinado a modificar estos procedimientos migratorios.
La eurodiputada de Sumar Estrella Galán afirmó después que su formación y los ministros de su espacio habían sido quienes habían “frenado” que la propuesta llegara al Consejo. El borrador, entretanto, continúa generando discusión dentro del Ejecutivo y fuera de él. Hay, por tanto, dos planos que conviene no mezclar: la disputa política en el Gobierno de coalición y las objeciones jurídicas planteadas al contenido de la futura norma.
Qué cambiaría el borrador sobre las expulsiones en Ceuta
Hablar simplemente de “expulsiones” resulta cómodo, aunque jurídicamente el paisaje tiene más colores. Retorno voluntario, devolución, denegación de entrada y expulsión no significan exactamente lo mismo ni siguen siempre idénticos procedimientos. El proyecto incide precisamente sobre varias de estas vías y sobre la protección internacional.
Según el contenido conocido del borrador, una de las novedades afectaría a las personas que hayan recibido una orden de devolución, expulsión o denegación de entrada y posteriormente soliciten protección internacional. Si esa solicitud se formula después de siete días desde la notificación, podría inadmitirse en determinados supuestos contemplados por el proyecto. Las organizaciones críticas consideran que ese plazo puede resultar especialmente problemático cuando existen dificultades para acceder a información, asesoramiento jurídico o al propio procedimiento.
Cinco días para recurrir una resolución desfavorable
Otro de los puntos más discutidos es el plazo previsto para determinados recursos judiciales. El borrador establece en algunos casos apenas cinco días naturales para acudir a la jurisdicción contencioso-administrativa. Las organizaciones firmantes consideran que ese margen puede dificultar el acceso efectivo a abogado, intérprete y documentación suficiente para preparar la defensa.
La propuesta contempla también un sistema excepcional de notificaciones mediante el BOE para determinadas personas alojadas en centros sobreocupados o dispositivos de emergencia. Las ONG sostienen que recurrir a este mecanismo podría provocar que algunos afectados no conocieran a tiempo una resolución que abre plazos muy breves para reaccionar. El debate, de nuevo, está en la distancia entre acelerar un expediente y mantener intacta la posibilidad real de defenderse.
También se cuestionan modificaciones en la intervención de la Comisión Interministerial de Asilo y Refugio y el papel de ACNUR dentro de determinados procedimientos. Según la información conocida sobre el proyecto, ACNUR señaló que había tenido noticia de la reforma a través de los medios y que no había sido consultado oficialmente sobre su elaboración.
El derecho de asilo está en el centro del choque
El asunto jurídicamente más sensible no es únicamente la velocidad de la Administración, sino lo que puede suceder mientras se decide si una persona tiene derecho a protección internacional. La legislación española establece como regla general que, presentada una solicitud de protección, la persona extranjera no puede ser objeto de retorno, devolución o expulsión hasta que se resuelva la petición o esta no sea admitida.
El principio de no devolución marca el límite
Aquí entra en juego el llamado principio de no devolución, conocido internacionalmente como non-refoulement. En esencia, impide enviar a una persona a un lugar donde pueda quedar expuesta a persecución, tortura u otros daños graves en los supuestos protegidos por el derecho internacional.
Las organizaciones que se oponen al borrador consideran que algunos de sus artículos podrían debilitar esta garantía al introducir situaciones en las que un solicitante de asilo no tendría derecho a permanecer en España hasta la resolución de su petición. También cuestionan las excepciones planteadas por motivos de orden público o seguridad nacional, especialmente por la amplitud con la que podrían interpretarse algunos comportamientos. Estas son objeciones formuladas por las entidades; el texto, de momento, sigue siendo un proyecto sujeto a cambios.
El marco europeo tampoco impide acelerar los procedimientos. El Reglamento europeo sobre protección internacional contempla procedimientos fronterizos más rápidos para examinar solicitudes y facilitar el retorno de quienes no tengan derecho de estancia, pero exige que se respete plenamente el principio de no devolución y que las peticiones fundadas puedan acceder a protección. Ese equilibrio es, precisamente, donde se concentra buena parte de la discusión.
Ceuta ya acelera retornos sin esperar al nuevo decreto
Que la norma permanezca pendiente no significa que las devoluciones estén paralizadas. El Gobierno ha reforzado en Ceuta los servicios de Extranjería y Fronteras y los equipos dedicados a los triajes, las primeras identificaciones y evaluaciones que permiten decidir qué procedimiento corresponde en cada caso.
El balance oficial presentado el 29 de septiembre contabilizaba 8.243 personas que habían regresado: 7.794 mediante retorno voluntario y 449 registradas por el Gobierno como expulsiones. Los servicios de Extranjería y Fronteras habían sido reforzados con 96 efectivos y se habían iniciado 3.220 triajes, con un ritmo superior a un centenar diarios.
La diferencia entre esas cifras importa. Un retorno voluntario no equivale a una expulsión, aunque ambos terminen con la salida de España. El propio Ejecutivo separa ambas categorías en sus balances oficiales y mantiene que las personas sin derecho a permanecer en territorio español deberán regresar, mientras quienes puedan acogerse a protección internacional seguirán el procedimiento correspondiente.
Sumar lleva el desacuerdo al interior del Gobierno
La controversia tiene también una vertiente política evidente. Sumar ha querido dejar constancia de que no acepta el borrador en sus actuales términos y reivindica haber evitado que llegara al Consejo de Ministros. Galán afirmó en el Parlamento Europeo que su formación votaría en contra de medidas que, a su juicio, representasen un retroceso de derechos. Es la posición de Sumar dentro de una negociación gubernamental que todavía no ha producido un texto definitivo.
Las organizaciones sociales han planteado críticas todavía más específicas. CEAR, Oxfam Intermón, Movimiento por la Paz, Servicio Jesuita a Migrantes, Red Acoge y otras entidades sostienen que el proyecto podría introducir una especie de régimen excepcional para el derecho de asilo en Ceuta. También cuestionan que algunas de sus disposiciones pudieran afectar a solicitudes presentadas desde el 30 de julio de 2026 que todavía están pendientes.
En sentido distinto, asociaciones vecinales de Ceuta han reclamado procedimientos más rápidos, pero también han pedido que se desarrollen dentro del marco legal y con garantías jurídicas. Parte de la población considera insuficiente el ritmo de las repatriaciones y teme que una situación prolongada mantenga la presión sobre una ciudad de dimensiones reducidas. La discusión, por tanto, no se limita a estar a favor o en contra de las expulsiones: también enfrenta distintas posiciones sobre los plazos, las garantías y la gestión de una crisis excepcional.
Una norma todavía abierta
El Gobierno tiene delante un problema concreto: tramitar miles de expedientes con rapidez, determinar quién tiene derecho a permanecer en España y ejecutar las resoluciones que procedan. Los datos oficiales muestran que los retornos continúan y que el dispositivo administrativo se ha reforzado, pero cambiar las reglas del asilo para acelerar aún más los procedimientos entra en un terreno jurídico especialmente sensible.
Por eso el decreto para acelerar expulsiones en Ceuta continúa abierto. Sumar reivindica haber frenado su llegada inicial al Consejo de Ministros; las ONG cuestionan varios apartados por sus efectos sobre el asilo y la tutela jurídica; mientras, el Gobierno mantiene en marcha los procedimientos ordinarios y los retornos. Hasta que exista un texto definitivo aprobado y publicado, las medidas extraordinarias descritas en el borrador siguen siendo una propuesta en negociación, no las reglas actualmente aplicables.










