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La CNMV da luz verde a la nueva oferta de BBVA por Sabadell
El nuevo canje eleva la propuesta un 10%, pero deja a los accionistas ante una decisión ligada al valor de BBVA.

La Comisión Nacional del Mercado de Valores ha autorizado la modificación de la oferta de BBVA sobre Banco Sabadell, y el periodo para aceptarla vuelve a estar en marcha. La propuesta mejorada eleva un 10% la contraprestación, elimina el efectivo y plantea un canje de una acción nueva de BBVA por cada 4,8376 títulos de Sabadell. En el calendario anunciado tras la aprobación, el plazo termina el 10 de octubre, incluido.
El permiso del supervisor no significa que la operación esté cerrada ni que las dos entidades vayan a fusionarse. Abre la etapa en la que los accionistas de Sabadell deciden si entregan sus títulos a cambio de acciones de BBVA, mientras se comprueba si se alcanza la condición mínima de aceptación y se mantienen en el horizonte otros filtros regulatorios. La autorización valida la oferta modificada; la decisión sobre acudir corresponde a cada accionista.
Qué cambia con la oferta mejorada
La primera propuesta combinaba acciones y dinero: ofrecía una acción de nueva emisión de BBVA y 0,70 euros en efectivo por cada 5,5483 acciones de Sabadell. La revisión aprobada sustituye esa fórmula por un canje exclusivamente en acciones y mejora en un 10% la contraprestación anunciada por BBVA. Por tanto, desaparece el pago en efectivo y el resultado económico para quien acepte queda ligado al valor bursátil de los títulos de la entidad oferente.
La comparación no se resuelve mirando solo el número de acciones de cada entidad. El canje fija cuántos títulos de BBVA corresponden a los de Sabadell, pero el valor equivalente en euros se mueve con la cotización de BBVA. Según los cálculos difundidos con la modificación, la propuesta equivalía a 3,39 euros por acción de Sabadell tomando como referencia el cierre de BBVA previo al anuncio de la mejora, y a 2,99 euros si se empleaba la media de cotización de los tres meses anteriores. Son equivalencias calculadas con referencias de mercado, no un importe en efectivo garantizado.
Con las mismas referencias, la oferta original equivalía a 3,08 euros y 2,73 euros, respectivamente. Esa diferencia ayuda a dimensionar la mejora, aunque no permite conocer por sí sola el atractivo actual del canje: ambas acciones pueden variar de precio mientras la oferta está abierta. BBVA justificó el cambio como una forma de aumentar la participación de los accionistas de Sabadell en la entidad resultante y señaló que la contraprestación íntegramente en acciones podría permitir un tratamiento fiscal de neutralidad en determinadas circunstancias.
El plazo se reanuda y tiene fecha de término
La autorización de la modificación reactiva el periodo de aceptación, que había quedado suspendido durante la tramitación del cambio. El calendario comunicado fija su final para el 10 de octubre, incluido, y completa un plazo total de 30 días naturales. No se trata, por tanto, de un nuevo periodo indefinido: los titulares de acciones de Sabadell disponen de esa ventana para decidir si se adhieren a la oferta bajo sus términos actualizados.
La fecha importa porque aceptar no es lo mismo que esperar al resultado. Quien transmite la aceptación a través de su entidad depositaria manifiesta su voluntad de entregar las acciones si la operación se liquida conforme al folleto. El procedimiento concreto se canaliza mediante el banco o intermediario donde estén depositados los títulos, que comunica las instrucciones y condiciones operativas aplicables. La CNMV autoriza la oferta, pero no decide por los accionistas ni cursa en su nombre las aceptaciones.
Al concluir el plazo, se contabilizarán las acciones adheridas y se determinará si se cumple la condición mínima prevista para que BBVA siga adelante. La operación se dirige al conjunto del capital de Sabadell y el folleto establece un umbral ligado a la mayoría de los derechos de voto, descontando las acciones en autocartera. La entidad puede renunciar a esa condición en los términos que contempla la oferta; de hecho, sus cálculos de capital incluyen un escenario de aceptación del 30% si decide no exigir la mayoría. Alcanzar ese porcentaje no equivale automáticamente a completar la adquisición total.
La recomendación de Sabadell no sustituye el voto
Tras aprobarse la modificación, el consejo de administración de Sabadell dispone de cinco días para emitir una recomendación sobre la nueva propuesta. La dirección ya había anticipado su rechazo a la operación y, según la información difundida, el consejo volvió a recomendar por unanimidad que los accionistas no aceptaran la oferta. Esa posición forma parte de la información que reciben los inversores, pero no impide que cada titular decida de manera distinta.
La recomendación de un consejo y la aceptación efectiva son cosas diferentes. Los accionistas pueden valorar la propuesta, la cotización de ambos bancos, las perspectivas de Sabadell como entidad independiente y el tipo de exposición que tendrían al pasar a ser titulares de BBVA. Los inversores institucionales también suelen analizar el canje con sus propios criterios de valoración. No existe un resultado automático por el hecho de que el consejo de Sabadell rechace la operación: el desenlace depende de las acciones que se presenten y de las condiciones de la oferta.
La CNMV también ha precisado que la contraprestación fue fijada por BBVA conforme al régimen aplicable a las ofertas públicas y que no fue sometida a su consideración como precio equitativo. Esto no significa que el supervisor haya certificado que el canje sea atractivo para todos, ni que haya fijado una valoración independiente de Sabadell. Su autorización se refiere a la modificación y a la documentación presentada. La valoración económica y la conveniencia de aceptar siguen siendo cuestiones distintas del control regulatorio.
Una oferta en acciones traslada parte del riesgo al canje
Cuando una oferta incluye dinero, esa parte tiene un importe nominal definido. En un canje compuesto solo por acciones, en cambio, el valor que recibe el accionista de Sabadell depende también de la cotización de BBVA hasta que se materialice la operación. Si las acciones de BBVA bajan, el valor equivalente del canje se reduce; si suben, aumenta. El ratio de 4,8376 establece la proporción, pero no congela el valor de mercado de cada título.
Por eso conviene distinguir entre la cifra de referencia difundida al anunciarse la mejora y el valor que pueda tener el intercambio en otra sesión bursátil. Comparar la oferta con el precio de Sabadell en el mercado requiere observar ambas cotizaciones en el mismo momento y tener presente que el mercado puede incorporar expectativas sobre el resultado. La prima no es una cantidad fija cuando la contraprestación depende de acciones cotizadas, y una fotografía de un solo día no describe toda la evolución del plazo.
La oferta tampoco equivale a vender las acciones de Sabadell en bolsa. Una venta ordinaria se ejecuta al precio disponible en el mercado, mientras que la aceptación supone someterse a los términos del folleto y al resultado global de la operación. En un caso se recibe el importe de la transacción de mercado; en el otro, si la oferta se liquida, se reciben títulos de BBVA conforme al canje. La diferencia incluye no solo el momento de cobro, sino también la exposición posterior a otra entidad y a sus variaciones bursátiles.
La fiscalidad depende de que se cumplan las condiciones
BBVA ha señalado que la contraprestación íntegramente en acciones puede permitir a ciertos accionistas acogerse al régimen de neutralidad fiscal si, como resultado de la liquidación, la entidad alcanza la mayoría de los derechos de voto de Sabadell. La propia entidad advierte de que ese tratamiento está condicionado. No basta con que la oferta se pague en acciones: el resultado de la operación y las circunstancias fiscales de cada titular también cuentan.
Si BBVA no alcanza la mayoría de los derechos de voto, la neutralidad fiscal mencionada no resultaría aplicable, según la explicación incluida en la documentación de la oferta. Para los residentes fiscales en España, la ganancia o pérdida derivada de la aceptación y liquidación tendría que integrarse, con carácter general, en la base imponible correspondiente del impuesto sobre la renta o del impuesto sobre sociedades. El efecto fiscal no puede deducirse únicamente del formato del canje.
La situación concreta puede variar según la residencia fiscal, el tipo de accionista y el precio al que se adquirieron los títulos, entre otros elementos. Por eso, las cifras de equivalencia de la oferta no deben confundirse con el resultado neto después de impuestos. La documentación señala una posibilidad condicionada, no una garantía individual. Las consecuencias tributarias particulares corresponden al análisis profesional de cada caso y no quedan resueltas por la aprobación de la CNMV.
El coste en acciones y el impacto de capital para BBVA
Como la contraprestación se entrega en títulos de nueva emisión, BBVA necesita emitir acciones para atender el canje de quienes acepten. El suplemento del folleto indica que no hace falta una nueva autorización de los accionistas de BBVA: la ampliación aprobada en la junta del 5 de julio de 2024, con facultades renovadas en marzo de 2025, cubre las acciones necesarias para la oferta modificada. Si acudiera el 100% del capital de Sabadell, BBVA tendría que emitir hasta 1.038 millones de acciones, frente a los 905 millones previstos con la oferta anterior.
La cifra máxima no significa que esa emisión vaya a producirse necesariamente. Depende del nivel de aceptación y de la liquidación de la operación. Para los accionistas actuales de BBVA, la emisión supone que habría más títulos en circulación si se completa el canje, una cuestión relacionada con la dilución de su participación. El efecto concreto depende del número de acciones finalmente entregadas y del valor que la operación aporte a la entidad, no solo del máximo previsto en el folleto.
BBVA también ha detallado efectos potenciales sobre su ratio de capital CET1, que mide el capital de máxima calidad en relación con los activos ponderados por riesgo. Para un escenario de aceptación del 30% y renuncia a la condición de mayoría, estima un impacto positivo de unos 21 puntos básicos, al contabilizar la participación mediante el método de puesta en equivalencia y aplicar una ponderación del 250% a los activos ponderados por riesgo de la participación adquirida hasta superar ciertos umbrales. Una vez rebasados, parte de la participación podría deducirse directamente de la base de capital y el efecto podría llegar a cero.
La entidad añade otro cálculo si se tiene en cuenta la venta de TSB y la distribución del dividendo extraordinario de Sabadell: en ese escenario, estima un impacto positivo de unos 42 puntos básicos, que podría situarse en 22 puntos si la participación se dedujera por completo de la base de capital. Con la primera propuesta, las horquillas indicadas eran de entre 16 y 5 puntos básicos, y de entre 37 y 16 puntos en el escenario con la venta de TSB y el dividendo extraordinario. BBVA comunicó una ratio CET1 del 13,34%. Son estimaciones de la entidad bajo supuestos concretos, no resultados ya materializados.
El visto bueno bursátil no completa una fusión
La autorización de la CNMV permite que la oferta modificada siga adelante, pero no sustituye los análisis de competencia ni los controles prudenciales asociados a un eventual cambio de control. Son fases diferentes: el supervisor bursátil revisa la oferta y su información; las autoridades de competencia examinan los efectos de una concentración en los mercados; y los supervisores bancarios valoran aspectos de solvencia, gobierno y control. Una aceptación suficiente no convierte por sí sola a dos bancos en una única entidad.
En España, el análisis de competencia corresponde a la CNMC. Entre los asuntos relevantes para una operación bancaria de esta escala están la rivalidad en banca minorista, la financiación a pequeñas y medianas empresas, los medios de pago y el crédito al consumo. Si la autoridad detectara problemas en mercados concretos, podría examinar medidas correctoras. El alcance y la forma de cualquier remedio dependerían de la evaluación regulatoria; no se pueden dar por decididos antes de que exista un análisis y una resolución.
También está en juego TSB, la filial británica de Sabadell. Un cambio de control de la matriz puede implicar la intervención de los supervisores del Reino Unido, además de los controles bancarios europeos y españoles que correspondan. Estas revisiones atienden a la estabilidad y al gobierno de las entidades, no a la misma pregunta que la autoridad de competencia. Incluso si la oferta prospera, la integración corporativa tendría que recorrer etapas adicionales, con sus propios calendarios y autorizaciones.
Qué ocurriría si no se alcanza el umbral
Si las aceptaciones no llegan a la mayoría de los derechos de voto exigida y BBVA no renuncia a esa condición, la oferta no se completaría conforme a los términos previstos. Si el banco decidiera renunciar a ella, podría quedarse con una participación significativa sin haber adquirido todo el capital. En ese supuesto, el resultado sería distinto de una fusión inmediata: BBVA tendría que gestionar su posición como accionista y cualquier paso posterior estaría sujeto a sus propias reglas societarias y regulatorias.
La posibilidad de una compra forzosa de las acciones restantes tampoco es automática. El folleto declara que la oferta no es de exclusión, aunque BBVA contempla ejercer el derecho de venta forzosa si se cumplen los requisitos legales. Este mecanismo exige una aceptación muy elevada y las condiciones previstas para aplicarlo; no basta con superar la mayoría necesaria para que la oferta salga adelante. La referencia habitual ronda el 90%, pero el porcentaje por sí solo no sustituye el cumplimiento de todos los requisitos aplicables.
Si no se alcanzara un nivel suficiente para el control total, podrían abrirse escenarios diferentes: desde que la operación decaiga según sus condiciones hasta que BBVA conserve una participación minoritaria relevante. Una nueva oferta o una modificación futura no pueden darse por hechas. El folleto recoge la posición actual del oferente y sus condiciones; el desenlace dependerá de la respuesta accionarial y de las decisiones que adopte BBVA dentro del marco regulatorio.
La operación todavía tendría consecuencias fuera del mercado
Una eventual integración también abriría preguntas sobre oficinas, empleo, servicios y competencia local, aunque la autorización de la oferta no resuelve ninguna de ellas. La concentración de redes puede ser distinta según la provincia y el tipo de cliente. En territorios donde ambas entidades coinciden con fuerza, las autoridades podrían examinar con especial atención la oferta bancaria disponible para hogares y empresas. Los efectos finales dependerían de las condiciones regulatorias y de los planes que se presentaran para ejecutar una integración.
En el plano laboral, las duplicidades de estructura y la combinación de sistemas suelen formar parte del debate de una fusión bancaria. El artículo original de la operación ya situaba el empleo y la continuidad del servicio entre los asuntos sensibles, junto con las garantías para las pymes y la estabilidad de las oficinas. Sin embargo, no hay en la autorización de la CNMV un calendario de cierres, un número de puestos afectados ni un plan definitivo de integración que permita anticipar medidas concretas. La luz verde a la oferta no equivale a un anuncio de ajustes laborales.
Para los clientes, cualquier cambio operativo llegaría después de que la operación se aprobara y se diseñara su ejecución. Una oferta de adquisición no altera por sí misma las cuentas, tarjetas o contratos vigentes de Sabadell, ni convierte de inmediato su aplicación o su red en las de BBVA. La integración de dos bancos exige coordinar sistemas y servicios con cuidado, y los cambios concretos solo podrían conocerse cuando existieran decisiones formales. La atención cotidiana no cambia por el mero hecho de que se abra el periodo de aceptación.
El plazo abre una decisión, no escribe el desenlace
La mejora de BBVA modifica el equilibrio de la oferta: aumenta un 10% la contraprestación y elimina el efectivo, pero también hace que el valor recibido dependa enteramente de acciones de BBVA. El canje de una acción por cada 4,8376 de Sabadell, las referencias equivalentes de 3,39 y 2,99 euros y la condición fiscal vinculada a alcanzar la mayoría describen piezas distintas de una misma decisión. Ninguna cifra aislada sustituye al resultado final de aceptación.
El consejo de Sabadell recomendó rechazar la propuesta, mientras BBVA sostuvo que la nueva fórmula mejora la valoración y permite a los accionistas participar en su capital. Entre ambas posiciones, el mercado seguirá reflejando expectativas y movimientos de cotización, pero la aceptación efectiva se conoce al cierre del plazo y tras el recuento correspondiente. El 10 de octubre marca el final de la ventana comunicada, no una garantía de que la adquisición vaya a consumarse ese día.
Después llegarán, si se cumplen las condiciones, la liquidación del canje y las revisiones necesarias para cualquier cambio de control o integración. Si no se cumplen, el resultado puede ser una operación fallida o una participación sin fusión inmediata, según las cláusulas aplicables y las decisiones de BBVA. La CNMV ha despejado un trámite esencial; ahora el peso pasa a los accionistas de Sabadell y, más adelante, a los supervisores que deban valorar las consecuencias de una de las mayores operaciones bancarias recientes en España.

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