Síguenos

Actualidad

¿Quién organizó la entrada masiva de migrantes en Ceuta y por qué?

Ceuta queda bajo la lupa judicial tras una entrada masiva de migrantes que la Audiencia Nacional investiga por posible organización criminal.

Publicado

el

Nueva reforma política en Marruecos

La Audiencia Nacional ha abierto diligencias previas para aclarar si la entrada masiva de migrantes registrada en Ceuta los días 30 y 31 de julio respondió a una actuación espontánea o fue concertada, impulsada o dirigida por una organización criminal. La jueza María Tardón ha encargado a la Comisaría General de Extranjería y Fronteras de la Policía Nacional un informe que también deberá ayudarla a decidir una cuestión anterior a todas las demás: si la Audiencia Nacional es realmente competente para investigar el caso.

La decisión judicial no significa que exista ya una trama probada, ni que Marruecos, una red de tráfico de personas o algún responsable político hayan sido señalados penalmente. Significa algo bastante menos cinematográfico y bastante más importante: el juzgado considera necesario comprobar los hechos denunciados antes de archivar la causa, asumirla o enviarla a otro tribunal. La ley obliga a verificar una denuncia salvo que los hechos carezcan claramente de relevancia penal o sean manifiestamente falsos. Abrir diligencias, por tanto, no equivale a dictar sentencia desde la portada de un periódico.

Qué busca exactamente la Audiencia Nacional

El informe policial deberá determinar si la llegada de decenas de miles de personas a la frontera ceutí fue una mera acumulación de decisiones individuales, favorecida por mensajes virales y por la relajación de los controles marroquíes, o si hubo una estructura organizada detrás: instrucciones, financiación, captación, transporte, coordinación digital o participación de grupos dedicados al tráfico de migrantes.

La orden de la jueza habla de averiguar si se produjo una acción concertada o dirigida por una organización o grupo criminal. También solicita que, en caso de aparecer indicios suficientes, se identifique a posibles participantes y responsables. El encargo no consiste en investigar la inmigración irregular como fenómeno general, sino en reconstruir cómo pudo concentrarse en tan poco tiempo una movilización humana de dimensiones desconocidas hasta ahora en la frontera de Ceuta.

Las diligencias parten de una denuncia presentada por Iustitia Europa, formación situada en el espacio ultraconservador, que atribuye a lo ocurrido posibles delitos contra la seguridad del Estado y la nación, favorecimiento de la inmigración irregular, tráfico de personas, organización criminal y omisión del deber de perseguir delitos. Son calificaciones propuestas por el denunciante, no conclusiones asumidas por la magistrada. Ese matiz, pequeño en apariencia, separa una investigación judicial de una consigna política.

De la convocatoria digital a una posible organización

La Policía tendrá que estudiar previsiblemente las convocatorias difundidas mediante redes sociales y aplicaciones de mensajería, su alcance, sus autores y la existencia de instrucciones comunes. Una llamada multitudinaria en internet puede explicar que miles de personas se desplacen hacia una frontera, pero no demuestra por sí sola una organización criminal. Para alcanzar esa categoría harían falta indicios de estabilidad, reparto de funciones, coordinación consciente o propósito delictivo compartido.

También será relevante reconstruir los movimientos previos hacia localidades marroquíes próximas a Ceuta, el uso de vehículos o embarcaciones, los posibles pagos a intermediarios y la conducta de las fuerzas fronterizas de Marruecos. Otra cosa será traducir una eventual permisividad política o policial en responsabilidad penal individual. La sospecha puede flotar en el ambiente; el Derecho, bastante menos poético, exige hechos concretos, personas identificables y conductas encajables en un delito.

Por qué todavía se discute qué tribunal debe investigar

La Audiencia Nacional no es un gran juzgado nacional al que llegan automáticamente todos los asuntos que sacuden al país. Sus competencias penales están delimitadas por la ley e incluyen determinados delitos contra los altos organismos de la nación y la forma de gobierno, terrorismo, grandes organizaciones criminales, falsificación de moneda y otros hechos de especial naturaleza o dimensión.

Por eso María Tardón necesita saber qué ocurrió antes de decidir quién debe investigarlo. Si aparecen indicios de delitos contra la independencia o la seguridad del Estado, de una organización criminal con alcance suficiente o de conductas conectadas con materias reservadas a la Audiencia Nacional, la causa podría continuar en Madrid. Si los hechos se reducen a delitos comunes cometidos en Ceuta, el expediente podría terminar en los juzgados ordinarios de la ciudad autónoma.

Las diligencias previas sirven precisamente para determinar la naturaleza del hecho, las personas que pudieron intervenir y el órgano competente para juzgarlo. No hay contradicción en que un tribunal investigue provisionalmente para decidir si puede investigar: es uno de esos aparentes laberintos judiciales que, vistos de cerca, tienen bastante lógica.

Los delitos contra la paz o la independencia del Estado, mencionados por la denuncia, poseen una configuración muy concreta en el Código Penal. No basta con que un episodio sea grave, desestabilizador o políticamente humillante. Debe acreditarse una conducta ajustada a los tipos penales previstos, algunos vinculados a la ejecución en España de órdenes o disposiciones de gobiernos extranjeros que atenten contra la independencia o la seguridad nacional. La distancia entre una acusación sonora y una imputación sostenible puede ser enorme.

Por qué el informe lo realiza la Policía de Extranjería

La magistrada ha pedido el informe a la Comisaría General de Extranjería y Fronteras, la unidad policial especializada en inmigración irregular, fronteras, redes de tráfico de personas y documentación de extranjeros. Que el encargo recaiga en un órgano dependiente administrativamente del Ministerio del Interior ha alimentado lecturas partidistas sobre la cercanía de determinados mandos al ministro Fernando Grande-Marlaska.

Conviene colocar esa insinuación en su sitio. La Policía Nacional depende orgánicamente del Gobierno, pero cuando actúa como Policía Judicial en una investigación penal queda bajo la dirección funcional del juez, del tribunal o del Ministerio Fiscal. El informe deberá responder a lo que ha solicitado María Tardón, no a las conveniencias informativas del ministro de turno.

Esto no convierte automáticamente a la investigación en infalible ni impide discutir la idoneidad de sus responsables. Las actuaciones policiales pueden ser impugnadas, ampliadas, contrastadas mediante otras unidades o sometidas a peritajes. Pero presentar la dependencia administrativa de Interior como prueba de una investigación controlada políticamente supone saltarse varios escalones. Y, de paso, olvidar que la autoridad judicial puede reclamar nuevas diligencias si el informe resulta incompleto, contradictorio o poco convincente.

La etiqueta de un “comisario de la red de Marlaska” pertenece, por ahora, al terreno político y mediático. La resolución conocida encomienda la actuación a una unidad policial; no atribuye delito alguno a sus mandos ni señala interferencias del Ministerio del Interior. Habrá que juzgar el informe por sus datos, su trazabilidad y su capacidad para reconstruir los hechos. Lo demás es ruido de tertulia, que en España nunca escasea.

Las cifras que explican la dimensión del caso

El número de entradas fue creciendo a medida que Interior, la Delegación del Gobierno y las autoridades ceutíes depuraban los datos. El último balance comunicado por el Gobierno elevó a alrededor de 72.000 personas quienes cruzaron desde Marruecos, de las que unas 70.000 habrían sido devueltas o habrían regresado. El delegado del Gobierno en Ceuta calculó el 5 de agosto que permanecían en la ciudad unas 2.500 personas, entre ellas alrededor de 500 menores solos. Las cifras no encajan al milímetro porque siguen siendo estimaciones realizadas en medio de movimientos, identificaciones y retornos continuos.

La magnitud desbordó las referencias habituales. Antes del episodio, los balances anuales de entradas irregulares en Ceuta se medían en centenares o pocos miles, no en decenas de miles concentradas durante unas horas. Muchas personas accedieron bordeando a nado el espigón del Tarajal; otras lo hicieron a pie aprovechando el colapso fronterizo. El mar, oscuro y comprimido por miles de cuerpos, se convirtió en una puerta letal.

El balance humano continúa siendo provisional. Los servicios forenses españoles trabajaban con decenas de cadáveres trasladados a una morgue temporal instalada en el antiguo hospital militar de Ceuta, mientras Marruecos comunicó la recuperación de otros cuerpos en sus aguas. Una información publicada el 5 de agosto situaba en 77 los fallecidos custodiados en el lado español, aunque otros recuentos anteriores habían ofrecido cifras distintas conforme aparecían nuevas víctimas y se aclaraba dónde habían sido recuperadas.

Esta tragedia importa también para la causa penal. La investigación no solo deberá preguntarse quién convocó o facilitó el movimiento, sino si alguna conducta organizada creó un peligro deliberado para miles de personas, cobró por rutas imposibles o aprovechó la ausencia de controles. La extranjería es el marco administrativo; las muertes, el posible tráfico de seres humanos y una eventual coordinación criminal pertenecen ya a otro paisaje jurídico.

Organización criminal, presión política o mezcla de ambas

La hipótesis de una operación dirigida desde Marruecos aparece inevitablemente por el precedente de mayo de 2021, cuando la relajación de los controles marroquíes permitió la entrada de miles de personas en Ceuta durante una crisis diplomática con España. Pero los paralelismos históricos no sustituyen a las pruebas. En esta ocasión deberá aclararse si hubo una decisión de Estado, tolerancia de mandos locales, incapacidad operativa, actividad de redes criminales o una combinación caótica de todos esos factores.

El Gobierno español sostiene que no recibió un aviso previo del Centro Nacional de Inteligencia sobre una entrada de estas dimensiones. Grande-Marlaska también ha defendido la respuesta de las fuerzas de seguridad y la posterior cooperación marroquí para devolver a la mayoría de quienes cruzaron. Otras informaciones y asociaciones profesionales han hablado, en cambio, de falta de previsión, escasez de medios y señales previas que no fueron atendidas. Esa contradicción será uno de los pantanos del expediente: distinguir una alerta genérica de una información concreta, verificable y comunicada a quienes podían actuar.

Una responsabilidad política podría existir aunque no aparezca delito alguno. Fallar en la previsión, reaccionar tarde o depender excesivamente de la colaboración de Marruecos puede provocar dimisiones, reprobaciones parlamentarias o cambios en la política fronteriza sin desembocar necesariamente en el Código Penal. Al revés también vale: una red criminal puede operar aprovechando un contexto político tenso sin que exista una orden directa de ningún gobierno.

La investigación deberá evitar dos atajos tentadores. El primero consiste en llamar invasión a cualquier llegada masiva y convertir a cada migrante en una pieza de una conspiración. El segundo, igual de cómodo, sería reducir lo ocurrido a una suma casual de jóvenes que decidieron nadar hacia Ceuta la misma noche. Entre ambos extremos queda un territorio más incómodo: redes sociales, desesperación económica, traficantes, fronteras utilizadas como palanca diplomática y administraciones que saben menos de lo que deberían. O dicen saber menos.

Una investigación abierta a todos los desenlaces

El informe de Extranjería marcará el siguiente movimiento. La Audiencia Nacional puede declararse competente y ordenar nuevas investigaciones, remitir las actuaciones a los juzgados de Ceuta o archivar la causa si no aparecen indicios penales suficientes. También podría separar hechos: conservar aquellos de alcance nacional y enviar los delitos comunes al órgano territorial correspondiente.

A 5 de agosto no constan públicamente personas concretas investigadas ni una organización criminal identificada por el juzgado. Lo que existe es una denuncia, unas diligencias preliminares y un mandato policial para reconstruir un episodio fronterizo extraordinario. Todo lo demás —autores intelectuales, órdenes extranjeras, encubrimientos ministeriales— continúa en el terreno de las hipótesis.

La cuestión que ha llegado a la Audiencia Nacional no es únicamente cómo pudieron cruzar decenas de miles de personas, sino quién creó las condiciones para que sucediera y con qué intención. La respuesta puede revelar una trama, una cadena de negligencias o ese cóctel tan reconocible en las grandes crisis: señales ignoradas, intereses cruzados y decisiones tomadas cuando el agua ya estaba dentro de la casa. De momento, el juzgado ha pedido pruebas. Algo menos vistoso que una condena anticipada, aunque bastante más democrático.

Newsletter

Periodista internacional con más de 20 años de experiencia en radio, prensa y medios digitales. Licenciado en Ciencias de la Comunicación, trabaja entre España e Italia con la mirada puesta en la actualidad.

Lo más leído