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¿PP o PSOE: quién suma más casos de corrupción desde 1975?

Durante medio siglo de democracia, las cifras comparadas dejan un veredicto incómodo y nítido: el Partido Popular acumula más causas judiciales de corrupción, más condenas firmes y más piezas con ingresos en prisión que el Partido Socialista.

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Las recopilaciones de casos de corrupción desde la Transición sitúan al Partido Popular por delante del PSOE en número de tramas judicializadas. También acumula condenas en grandes procedimientos como Gürtel. Pero no existe un registro oficial que asigne a cada partido todas las causas y condenas, de modo que ningún marcador cerrado puede presentarse como una estadística definitiva. La respuesta cambia, además, según se cuenten investigaciones, sentencias, personas condenadas o dinero público implicado.

El contraste más claro está en las grandes causas: el PP fue declarado partícipe a título lucrativo en una pieza de Gürtel, y la justicia acreditó pagos con fondos no declarados para reformar parte de su sede. El PSOE arrastra los ERE andaluces, excepcionales por el volumen de ayudas investigadas, además de Filesa y Roldán. Las resoluciones del Tribunal Constitucional han modificado condenas del caso ERE, mientras que investigaciones recientes relacionadas con personas del entorno socialista siguen sin sentencia. Contar todo ello como si tuviera el mismo valor judicial daría una imagen falsa.

Por qué el recuento no es una clasificación oficial

Una trama puede generar varias piezas separadas, investigadas por distintos juzgados y resueltas con años de distancia. Gürtel es el ejemplo más visible: bajo ese nombre conviven adjudicaciones municipales, contratos de eventos, financiación electoral y hechos ocurridos en diferentes territorios. Sumar cada pieza como un caso distinto multiplica el total; reunirlas bajo una sola trama lo reduce. Ninguno de los dos métodos sirve por sí solo para medir la gravedad de lo ocurrido.

Los repertorios de procedimientos difundidos desde la Transición suelen colocar al PP por encima del PSOE. Algunos le atribuyen más de 250 causas frente a más de 130 del PSOE, pero esas cifras dependen de qué episodios se incluyen, cuándo se cierra cada registro y cómo se vincula a los implicados con unas siglas. No equivalen a 250 y 130 condenas, ni permiten afirmar que todos los hechos atribuidos a un partido fueran cometidos por la organización. Una investigación archivada tampoco pesa lo mismo que una sentencia firme.

Hay otra dificultad: ambos partidos han gobernado el Estado, comunidades autónomas, diputaciones y miles de ayuntamientos durante largos periodos. Esa exposición desigual al poder influye en las oportunidades de adjudicar contratos, repartir ayudas o colocar cargos, y también en las posibilidades de que aparezcan casos. Los estudios centrados en corrupción municipal entre 2000 y 2020 muestran una presencia elevada de las dos grandes formaciones, con el PP ligeramente por delante en algunas series. Esa observación no autoriza a trasladar automáticamente el resultado a todos los ámbitos ni a todo el periodo desde 1975.

La comparación exige separar cuatro planos que a menudo se mezclan: hechos investigados, responsabilidad penal individual, responsabilidad del partido y perjuicio económico acreditado. Una condena a un excargo no convierte por sí sola al partido en condenado; tampoco una cantidad adjudicada irregularmente demuestra que todo ese dinero se perdiera. Con esas reservas, la pauta general favorece al PP en volumen de grandes tramas y condenas asociadas, mientras el PSOE destaca por la magnitud económica del expediente andaluz. El detalle judicial explica por qué.

Gürtel, la caja B y las otras grandes tramas del PP

Gürtel retrató una relación prolongada entre cargos públicos y empresarios que obtuvieron contratos, organizaron actos y canalizaron pagos al margen de los controles ordinarios. Sus ramificaciones alcanzaron municipios y administraciones de varias comunidades, entre ellas Madrid y la Comunidad Valenciana. En la primera gran sentencia, dictada en 2018 sobre hechos de 1999 a 2005, hubo 29 condenados. Otras piezas, como las relativas a la visita del papa a Valencia, Boadilla del Monte o Arganda del Rey, añadieron procedimientos y penas. La cifra de condenados cambia según las piezas incluidas; no debe confundirse con el número de personas que han ingresado efectivamente en prisión.

Aquella sentencia estableció, además, una distinción decisiva: el PP fue declarado partícipe a título lucrativo por beneficiarse de actividades ilícitas en determinados municipios. No se trató de una condena penal al partido como autor de todos los delitos de Gürtel, sino de una obligación patrimonial vinculada al beneficio obtenido. La resolución tuvo una consecuencia política inmediata y de alcance nacional: precipitó la moción de censura de 2018 que apartó a Mariano Rajoy del Gobierno.

La financiación opaca abrió otro frente. El Tribunal Supremo confirmó en 2024 que parte de la reforma de la sede del PP en la calle Génova de Madrid se pagó con dinero procedente de una contabilidad paralela. En esa obra se investigaron pagos en efectivo superiores al millón de euros. El tribunal mantuvo responsabilidades económicas y revisó algunas penas individuales por las dilaciones del proceso. Que una pena cambie por el tiempo transcurrido no convierte en inexistentes los hechos acreditados, aunque sí modifica el resultado judicial para las personas afectadas.

Gürtel tampoco agota el historial popular. Púnica investigó adjudicaciones y relaciones entre responsables públicos y empresas en varios municipios y en la Comunidad de Madrid; una de sus líneas examinó contratos de eficiencia energética asociados a Cofely por un valor aproximado de 224 millones de euros. Ese importe corresponde a contratos bajo investigación, no a dinero robado o perdido en su totalidad. Las distintas piezas avanzan a ritmos diferentes, por lo que las declaraciones de acusados, las peticiones de pena y las condenas no pueden fundirse en un único resultado.

Lezo, centrado en el Canal de Isabel II, examinó operaciones de expansión empresarial y posibles desvíos de fondos. En la compra de la sociedad brasileña Emissão se identificó un perjuicio inicial estimado en unos 23,3 millones de euros. Entre Gürtel, Púnica y Lezo aparecen mecanismos diferentes —adjudicaciones dirigidas, intermediarios, sobreprecios y movimientos societarios difíciles de seguir—, pero también un rasgo común: la investigación tarda años en reconstruir el recorrido del dinero. Ese tiempo influye tanto en la recuperación de fondos como en la ejecución de las penas.

Los ERE andaluces y el alcance de sus revisiones

El gran expediente asociado al PSOE es el sistema de ayudas sociolaborales de la Junta de Andalucía. Durante años se distribuyeron fondos mediante un procedimiento cuya falta de controles fue examinada por los tribunales. En la pieza principal se manejó una cifra cercana a 680 millones de euros en ayudas. No significa que esa cantidad fuera íntegramente a destinatarios indebidos ni que pueda anotarse sin más como dinero sustraído: incluye fondos cuya concesión y supervisión quedaron bajo examen, con situaciones distintas entre beneficiarios y ejercicios.

La Audiencia de Sevilla condenó en 2019 a 19 ex altos cargos, entre ellos los expresidentes andaluces Manuel Chaves y José Antonio Griñán. El Supremo confirmó en 2022 aspectos fundamentales de aquella sentencia. Por duración, volumen presupuestario y nivel político de los encausados, los ERE constituyen un caso singular dentro de la corrupción vinculada al PSOE. La discusión posterior, sin embargo, impide presentar todas las condenas iniciales como un bloque intacto.

En 2024, el Tribunal Constitucional estimó recursos de varios condenados y obligó a revisar partes de las resoluciones. En el caso de Griñán anuló la condena por malversación y ordenó reconsiderar la relativa a prevaricación; también afectó a la situación de Chaves y de otros ex altos cargos. La Audiencia de Sevilla planteó cuestiones ante la justicia europea, mientras permanecen vivas distintas piezas. Las revisiones modifican responsabilidades penales concretas; no permiten, por sí mismas, afirmar que el sistema de ayudas funcionara con controles adecuados ni que cada acusado mantenga la condena originalmente impuesta.

El contraste con Gürtel muestra el riesgo de usar una sola magnitud para decidir quién encabeza el balance. Los ERE sobresalen por dinero público distribuido mediante el sistema examinado; Gürtel, por sus numerosas ramificaciones y por las condenas dictadas en piezas sucesivas. Comparar los 680 millones andaluces con la suma de contratos investigados en Púnica o con las cantidades atribuidas a Lezo mezclaría ayudas concedidas, valor de adjudicaciones y perjuicios estimados. Son cifras relevantes, pero responden a preguntas diferentes.

Filesa, Roldán y las investigaciones abiertas

Antes de los ERE, el PSOE ya había afrontado dos episodios que marcaron los años noventa. Filesa reveló un sistema de financiación irregular mediante empresas vinculadas al partido y acabó con ocho condenas. Las operaciones examinadas se cifraron en más de 1.200 millones de pesetas, unos 7,2 millones de euros al cambio. El dinero se obtenía para financiar actividad política, una dimensión distinta de la apropiación personal que apareció en otros procedimientos de aquella época.

Luis Roldán, director general de la Guardia Civil durante un Gobierno socialista, fue condenado a una larga pena de prisión por delitos que incluyeron malversación y cohecho. Las cantidades vinculadas a comisiones y fondos desviados se situaron alrededor de 1.600 millones de pesetas, unos 9,6 millones de euros al cambio. Su condena fue personal: asociar el caso al periodo político en que ocupó el cargo no equivale a atribuir todos sus delitos al PSOE como organización. El episodio sí dejó una huella duradera sobre la confianza en los controles del Estado.

Los procedimientos recientes requieren todavía más cautela. La investigación conocida como caso Koldo examina contratos de material sanitario adjudicados durante la pandemia por importes superiores a 50 millones de euros y actuaciones de personas próximas al exministro José Luis Ábalos. Informes policiales han señalado, entre otros extremos, gastos en efectivo de su entorno cuya trazabilidad bancaria se investiga. Ni el volumen contratado equivale a un perjuicio probado ni un informe policial sustituye a una sentencia. La contratación de emergencia explica parte del contexto en que se produjeron las adjudicaciones, pero no determina por sí sola su legalidad.

También siguen abiertas las actuaciones judiciales relativas a Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, y a David Sánchez, su hermano. La Universidad Complutense se ha personado como perjudicada en la investigación que afecta a Gómez, y el procedimiento sobre un puesto de trabajo en la Diputación de Badajoz ha avanzado hacia el juicio en el caso de Sánchez. Ninguno de estos procedimientos cuenta aún con una condena. Además, la relación familiar con un dirigente no convierte automáticamente el expediente en una causa penal contra su partido. Su relevancia política puede ser indudable sin alterar esa distinción jurídica.

El dinero, la cárcel y los límites de cada indicador

Ni las estadísticas penitenciarias ni las judiciales ofrecen un contador completo de presos por corrupción desglosado por partido. Por eso resulta engañoso convertir las condenas dictadas en Gürtel en un número equivalente de ingresos en prisión o afirmar cuántos militantes de cada formación están encarcelados en un momento dado. Una pena de cárcel no siempre implica ingreso inmediato: influyen los recursos, la duración de la condena, sus posibles suspensiones y la evolución de cada caso. Las cifras disponibles describen piezas y fechas determinadas, no un censo permanente.

El dinero plantea un problema parecido. En Gürtel hay responsabilidades civiles, multas y fondos intervenidos; en Lezo se estimaron perjuicios para operaciones concretas; en Púnica figuran contratos examinados; en los ERE, ayudas tramitadas mediante el sistema investigado. Sumar esas cantidades produciría un total sin significado claro. Incluso cuando un tribunal fija una indemnización, embargar bienes o localizar cuentas en el extranjero no supone que el Estado haya recuperado inmediatamente todo lo reclamado. Los cobros pueden demorarse mucho después de la sentencia.

También hay hechos políticamente graves que no terminan en condena penal. Una decisión administrativa cuestionable puede vulnerar reglas de transparencia sin constituir delito; a la inversa, un proceso archivado no demuestra que los controles originales fueran buenos. Responsabilidad política y responsabilidad penal operan con criterios distintos. La primera permite exigir explicaciones sobre nombramientos, contratos o supervisión; la segunda requiere acreditar hechos y atribuirlos individualmente con las garantías propias de un juicio. Esa diferencia protege tanto el interés público como la presunción de inocencia.

Las dilaciones añaden otra capa. Procesos prolongados pueden dar lugar a rebajas de pena, mientras una absolución o una revisión constitucional obliga a corregir lo afirmado sobre la situación de un acusado. El balance, por tanto, no se actualiza simplemente incorporando nuevas noticias: también debe retirar condenas anuladas o matizar las modificadas. Esa disciplina importa especialmente al comparar partidos, porque una investigación recién abierta resulta mucho más visible que el cambio judicial producido años después.

Una comparación que revela fallos más profundos

El balance más defendible es necesariamente prudente: las recopilaciones sitúan al PP por delante en número de casos vinculados a sus cargos y en condenas surgidas de grandes tramas; el PSOE concentra en los ERE el expediente de mayor volumen de ayudas examinado. No hay una cifra oficial única que convierta esa comparación en un veredicto matemático. Tampoco cabe utilizar las investigaciones en curso para anticipar culpabilidades. La ventaja de distinguir cada indicador no es suavizar los hechos, sino describirlos sin convertir sospechas, contratos y sentencias en una misma unidad.

Detrás de expedientes muy distintos aparece un terreno propicio compartido: capacidad de decidir adjudicaciones, controles internos insuficientes y relaciones poco transparentes entre administraciones y proveedores. Los contratos menores o de emergencia pueden ser necesarios, pero también exigen trazabilidad; las puertas giratorias y los contactos con grupos de interés reclaman reglas verificables. El problema no empieza cuando un juez abre una causa, sino cuando resulta difícil reconstruir quién decidió, con qué información y en beneficio de quién. La protección de quienes alertan de irregularidades forma parte de esa misma necesidad de control.

Desde 1975, la sucesión de escándalos ha tenido costes que van más allá de las penas y del dinero susceptible de recuperación. Un contrato amañado desplaza a competidores, encarece servicios y deteriora la confianza en decisiones que afectan a todos. Las condenas llegan después; los controles deben funcionar antes. El PP y el PSOE presentan historiales judiciales distintos, pero sus casos dejan una lección común: cuanto menos visible es el camino del dinero público, más difícil resulta detectar su desvío y reparar el daño cuando finalmente sale a la luz.

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Periodista internacional con más de 20 años de experiencia en radio, prensa y medios digitales. Licenciado en Ciencias de la Comunicación, trabaja entre España e Italia con la mirada puesta en la actualidad.

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