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¿Por qué la Fiscalía pide casi 100 años por la encerrona de Natzaret?

Un gesto para pedir silencio desembocó en la grave encerrona mortal de Natzaret. La Fiscalía reclama penas que rozan los 100 años de prisión.

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un juez con uniforme negra y martillo justicia

La Fiscalía reclama penas que, sumadas, rozan los 100 años de prisión por el ataque cometido el 2 de mayo de 2025 junto a una iglesia evangélica de Natzaret, en València. El Ministerio Público sostiene que no fue una pelea improvisada entre dos familias, como se creyó durante las primeras horas, sino una encerrona preparada durante cinco días para matar a los hermanos Antonio e Israel Flores de Castro.

Antonio murió después de recibir varias cuchilladas. Israel, que entonces tenía 17 años, sobrevivió tras sufrir dos heridas de arma blanca, una en la ingle y otra en el abdomen. La acusación considera que los agresores acudieron al lugar con un plan previo y con la intención de impedir que los hermanos pudieran defenderse o escapar.

El origen de semejante despliegue de violencia habría sido un gesto mínimo. La madre de las víctimas pidió al teclista del culto que guardara silencio porque no era el momento de tocar. La respuesta que se le atribuye resume el fondo del asunto con una crudeza difícil de maquillar: una mujer no podía mandarle callar.

Una petición fiscal que cambia la dimensión del caso

El escrito de acusación reconstruye los hechos como una acción concertada, no como una reyerta surgida al calor de una discusión. La diferencia es esencial. Una riña supone una escalada repentina, más o menos caótica; una emboscada implica tiempo para pensar, capacidad para desistir y, pese a todo, la decisión de seguir adelante.

La Fiscalía considera que los participantes adultos actuaron con un propósito homicida compartido y que eligieron un lugar y un momento en los que las víctimas tendrían pocas posibilidades de huir. De ahí que la calificación penal sea mucho más grave que la manejada al principio de la investigación, cuando la causa se abrió provisionalmente por un homicidio y otro en grado de tentativa.

Las penas solicitadas se aproximan en conjunto al centenar de años, pero conviene evitar la aritmética de feria. No significa que una sola persona vaya a pasar un siglo entre rejas. Se trata de la suma de las condenas reclamadas para los procesados por los diferentes delitos atribuidos a cada uno.

Tampoco es todavía una sentencia. La versión de la Fiscalía deberá enfrentarse a las defensas, al examen de las pruebas y, finalmente, a la valoración del tribunal. Los acusados conservan la presunción de inocencia mientras no exista una resolución firme.

El gesto que fue convertido en una afrenta

El conflicto habría comenzado durante el culto celebrado el domingo anterior al crimen. En un momento determinado, la madre de Antonio e Israel indicó a Diego M. M., teclista de la congregación, que dejara de tocar. No hubo, según la reconstrucción fiscal, una agresión previa ni una amenaza. Apenas un ademán para pedir silencio.

Diego habría interpretado aquel gesto como una humillación, no tanto por la orden en sí como por proceder de una mujer. Ahí aparece el presunto móvil: una idea del honor tan frágil que necesitó cuchillos, familiares y varios días de preparación para mantenerse en pie.

La acusación sitúa en el centro del caso un componente claramente machista, esa vieja superstición según la cual obedecer a una mujer rebaja al hombre y cualquier límite merece castigo. El gesto fue convertido en una afrenta; la afrenta, en un asunto familiar; y el asunto familiar, según la Fiscalía, en una represalia mortal.

La investigación sitúa después distintos contactos y movimientos destinados a preparar la respuesta. El desacuerdo dentro de la comunidad religiosa habría dejado de ser una disputa menor para transformarse en un plan de venganza. Cinco días. Tiempo suficiente para enfriarse, hablar, recapacitar o acudir a los responsables del templo. Se escogió otra cosa.

Cinco días para preparar la emboscada

El viernes 2 de mayo, alrededor de las 19.30 horas, los dos hermanos acudieron a la zona de la calle Castell de Pop, junto a la iglesia evangélica de Natzaret. Allí se produjo el ataque. Las primeras noticias hablaron de una pelea entre dos familias, una descripción comprensible en medio del desconcierto, los gritos y la llegada de ambulancias y patrullas.

La investigación policial fue dibujando después una escena distinta. Israel declaró que él y su hermano habían sido atacados por varias personas armadas. Antonio recibió puñaladas en el pecho y fue trasladado al Hospital La Fe, donde murió durante la intervención médica.

Israel sufrió heridas graves, aunque logró recuperarse. Llegó a seguir el entierro de su hermano por videollamada desde el hospital: una imagen fría, casi doméstica, que cuenta mejor el daño que cualquier adjetivo. Mientras una familia despedía a Antonio, el superviviente permanecía ingresado con las marcas físicas del ataque.

El relato de Israel se convirtió en una pieza decisiva de la investigación. Su testimonio permitió identificar a quienes, según su versión, participaron en la agresión y precisar las armas que portaban. También debilitó la tesis inicial de una pelea espontánea: los hermanos no habrían acudido a un enfrentamiento pactado, sino que fueron sorprendidos por un grupo preparado para atacarles.

Un padre, sus hijos y una familia bajo sospecha

Entre los principales investigados aparecieron Diego M. M., de 42 años cuando ocurrieron los hechos, y su hijo José M. M., de 22. Ambos fueron detenidos en Málaga pocos días después y enviados a prisión provisional, señalados como presuntos autores materiales del ataque.

Junto a ellos fue arrestada una mujer de la familia, que quedó en libertad después de prestar declaración. La Policía detuvo también en Alzira a un hombre de 67 años, padre de Diego y abuelo de José, cuya presencia en el lugar fue confirmada durante la investigación.

Israel declaró que este último llevaba una garrota y que habría facilitado una navaja a uno de los agresores. El hombre reconoció que estuvo en la zona, pero negó haber golpeado a nadie o entregado arma alguna. La jueza lo dejó en libertad con cargos, le retiró el pasaporte y le impuso comparecencias periódicas.

Esta composición familiar es uno de los elementos más perturbadores del caso. La acusación no describe a un agresor aislado que perdió el control, sino una movilización de distintas generaciones alrededor de una ofensa absurda. El agravio se comparte, se hincha y termina convertido en una obligación colectiva.

Los mayores, según la hipótesis fiscal, no habrían contenido a los jóvenes. Todo lo contrario. La familia aparece retratada como parte de una dinámica de venganza en la que cada integrante asumió un papel distinto, desde la presencia física hasta el supuesto suministro de armas.

El menor que no puede responder penalmente

En la escena estaba asimismo un menor de 13 años, hijo del teclista y hermano del joven encarcelado. Según el testimonio del superviviente, portaba un arma blanca, aunque no llegó a utilizarla durante el ataque.

Al no haber cumplido los 14 años, queda fuera de la responsabilidad penal prevista por la legislación española para menores. La edad no borra lo ocurrido ni elimina la necesidad de protección e intervención social, pero sí impide que pueda ser juzgado penalmente por aquellos hechos.

Su presencia añade una capa especialmente incómoda al caso. Un niño situado en el centro de una disputa de adultos, armado y rodeado de familiares que, según la acusación, acudieron a ejecutar una emboscada. Una forma torcida de aprendizaje: la violencia presentada como defensa del honor y la familia convertida en escuela de represalias.

Por qué se habla de asesinato y no de una reyerta

Para que un homicidio pueda calificarse como asesinato deben concurrir circunstancias específicas, como la alevosía, el ensañamiento o la comisión por precio. En este procedimiento, el eje de la acusación parece descansar en la preparación previa y en la forma elegida para atacar a los hermanos, presuntamente sin ofrecerles una posibilidad real de defensa o huida.

La existencia de mensajes, testimonios, desplazamientos y acuerdos anteriores al 2 de mayo será determinante. No basta con que la Fiscalía afirme que hubo una encerrona: debe demostrar que los procesados conocían el plan, que aceptaron participar en él y que sus actos contribuyeron al resultado mortal o al intento de causar la segunda muerte.

También deberá individualizarse la conducta de cada acusado. Estar presente no equivale automáticamente a apuñalar; no haber usado el arma tampoco excluye necesariamente la responsabilidad si se acredita una cooperación decisiva dentro de un plan común. Esa frontera, áspera y técnica, ocupará buena parte del juicio.

Israel sobrevivió. Por eso no puede hablarse con propiedad del asesinato consumado de los dos hermanos, pese a algunas formulaciones publicadas sobre el caso. La acusación se refiere a una muerte y a un ataque potencialmente mortal, previsiblemente tratados como asesinato consumado y tentativa de asesinato si el tribunal acepta la tesis de la emboscada.

La Fiscalía tendrá que demostrar asimismo que el propósito homicida alcanzaba a todos los participantes y no solamente a quienes blandieron las armas. La defensa, por su parte, podrá discutir tanto la planificación como la intención, el reparto de papeles y la credibilidad de cada testimonio.

La fe, el machismo y una violencia descomunal

Los hechos ocurrieron alrededor de una iglesia evangélica y nacieron de una disputa durante el culto, pero convertir el caso en un juicio contra todos los creyentes sería tan sencillo como injusto. La responsabilidad penal es personal. Una congregación no responde por los actos que algunos de sus miembros cometan fuera de cualquier doctrina religiosa reconocible.

Otra cuestión es el entorno cultural que muestra el móvil atribuido al teclista. La frase sobre no aceptar órdenes de una mujer revela una concepción jerárquica y posesiva del respeto. No es exclusiva de una religión, una etnia o un barrio. Está presente, con distintos disfraces, allí donde la masculinidad se mide por la capacidad de imponerse.

La fe, en este episodio, parece haber sido solamente el escenario. El verdadero altar fue el orgullo. Y el orgullo, cuando necesita demostrar su autoridad mediante la violencia, suele ser apenas miedo con ropa de domingo.

Entre el gesto de pedir silencio y la muerte de Antonio Flores hay un abismo. La Fiscalía sostiene que ese abismo no se cruzó en un segundo de furia, sino paso a paso, durante cinco días de preparación. Esa es la parte más grave del relato: la presunta voluntad de convertir una nimiedad en una sentencia privada.

Las penas cercanas a los 100 años expresan la dimensión jurídica de la acusación, aunque ninguna cifra recompone la escena. Antonio murió; Israel cargará con las heridas y con el recuerdo de haber visto caer a su hermano. Los procesados conservan su derecho a defenderse, pero la hipótesis fiscal, si queda probada, deja poco espacio para el equívoco.

No fue el sonido de un teclado. Tampoco una discusión religiosa. Fue la idea de que una mujer había traspasado una frontera invisible al pedir silencio y de que aquella supuesta insolencia debía pagarse con sangre. Un gesto diminuto, una violencia descomunal. A veces el fanatismo del honor cabe en una sola frase; sus consecuencias ocupan toda una vida.

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Periodista internacional con más de 20 años de experiencia en radio, prensa y medios digitales. Licenciado en Ciencias de la Comunicación, trabaja entre España e Italia con la mirada puesta en la actualidad.

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