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¿Por qué 1.400 hoteles preparan una demanda millonaria contra Booking?

Más de 1.400 empresas hoteleras preparan una demanda contra Booking por sus cláusulas de paridad y buscan una gran indemnización millonaria.

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camarera hace cama de hotel

Resumen

  • Más de 1.400 hoteles preparan una demanda colectiva contra Booking
  • El litigio cuestiona las cláusulas de paridad y las comisiones cobradas
  • Las indemnizaciones podrían ser millonarias, pero aún no hay sentencia

Más de 1.400 empresas hoteleras españolas preparan una demanda colectiva contra Booking.com por el uso durante años de las llamadas cláusulas de paridad. El conflicto gira alrededor de una restricción fácil de entender: los alojamientos no podían vender una habitación más barata en su propia página web —y, durante una primera etapa, tampoco en otras plataformas— que en el portal de reservas.

La acción, promovida por la Confederación Española de Hoteles y Alojamientos Turísticos, la CEHAT, y coordinada jurídicamente por CCS Abogados, todavía no se ha presentado ante los tribunales. Los promotores esperan reunir documentación, calcular el perjuicio sufrido por cada empresa y observar antes otros procedimientos abiertos en Europa. La demanda podría interponerse en 2027, después del intento obligatorio de resolver la disputa por una vía extrajudicial.

No se habla, pese al ruido de las cifras, de una indemnización concedida ni de dinero a punto de llegar a las cuentas de los hoteles. Las estimaciones manejadas por los abogados apuntan a compensaciones que podrían alcanzar hasta el 7,3 % de las cantidades pagadas a Booking, tomando como referencia litigios semejantes. Es una hipótesis pericial. El juez tendrá la última palabra y, entre medias, probablemente unos cuantos archivadores.

El precio de la habitación estaba atado

Las cláusulas de paridad formaban parte de las condiciones contractuales entre Booking.com y numerosos establecimientos. Su versión amplia impedía publicar precios inferiores tanto en la web directa del hotel como en otras agencias de viajes en línea. La versión estrecha mantenía la prohibición únicamente para los canales propios del alojamiento.

El hotel podía decidir cuánto costaba la habitación, sí, pero no siempre dónde podía ofrecerla más barata. Una libertad comercial con la puerta entreabierta: suficiente para entrar, no tanto para moverse dentro. En la práctica, la paridad de precios reducía el margen para competir desde la web oficial.

Los establecimientos sostienen que esa limitación debilitó la venta directa y redujo sus posibilidades de negociar. Un viajero podía descubrir un hotel gracias a Booking, acudir después a la página oficial y encontrarse exactamente la misma tarifa, aunque la reserva directa ahorrase al negocio la comisión de intermediación. Según los promotores de la demanda, esas comisiones podían acercarse en determinados casos al 20 % del importe de la reserva.

Booking defendía que la paridad evitaba el llamado parasitismo comercial: que un cliente utilizara la plataforma para buscar, comparar fotografías, leer opiniones y localizar el alojamiento, pero terminara reservando fuera por unos euros menos. El argumento tiene lógica económica; otra cosa es que justifique una restricción contractual tan extensa. Ahí está, precisamente, el nudo judicial.

Qué dijo realmente la Justicia europea

La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de septiembre de 2024 dio impulso a las reclamaciones hoteleras, aunque conviene no convertirla en algo que no fue. El tribunal no concedió indemnizaciones ni declaró automáticamente ilícito cada contrato firmado por Booking.

Lo que estableció fue que las cláusulas de paridad, tanto amplias como estrechas, no podían considerarse en principio restricciones accesorias indispensables para que funcionara el servicio de reservas. Tampoco quedó demostrado que fueran objetivamente necesarias ni proporcionadas para garantizar la viabilidad económica de la plataforma.

La distinción importa. El pronunciamiento europeo debilitó una de las principales defensas jurídicas de Booking, pero corresponde a los tribunales nacionales estudiar la aplicación concreta del derecho de la competencia, determinar si existió una infracción y comprobar si esta causó un daño cuantificable a cada hotel.

Booking se aferra a ese matiz. La compañía sostiene que el tribunal europeo no declaró ilegales todas las cláusulas de paridad y que sus efectos deben examinarse caso por caso. También niega que se haya probado un perjuicio económico para los alojamientos o para los consumidores.

Dos ofensivas distintas contra Booking

La reclamación que reúne a más de 1.400 empresas no debe confundirse con otra iniciativa paralela dirigida por Eskariam y Regula. Son procedimientos independientes, aunque ambos orbitan alrededor de las mismas restricciones comerciales y del poder adquirido por Booking en la distribución hotelera.

La acción vinculada a la patronal CEHAT incluye hoteles, balnearios, apartamentos turísticos y grandes cadenas. El número de empresas adheridas no equivale al de establecimientos: una sola sociedad puede explotar decenas de hoteles, mientras que otras compañías administran únicamente uno. Entre los grupos incorporados existe alguno con alrededor de 10.000 habitaciones.

El equipo jurídico pretende calcular el daño a partir del tiempo durante el cual cada negocio trabajó con Booking, su facturación canalizada mediante la plataforma y las comisiones abonadas. La horquilla del 7,3 % procede de referencias utilizadas en el Reino Unido, por lo que tendrá que adaptarse al mercado español y someterse a una prueba económica propia.

La segunda ofensiva, encabezada por Eskariam junto a Regula, agrupa por el momento a más de 750 establecimientos y gestiona reclamaciones superiores a 200 millones de euros. Otros centenares de hoteles se encuentran en proceso de adhesión, lo que podría elevar la cartera reclamada hasta aproximadamente 400 millones.

Los 4.000 millones no son una indemnización acordada

La cifra de más de 4.000 millones de euros difundida alrededor del litigio representa una estimación del perjuicio potencial agregado en el mercado español, no la suma que Booking haya aceptado pagar ni una cantidad reconocida judicialmente.

El cálculo parte de modelos económicos sobre los ingresos del periodo afectado y sitúa el posible daño en una franja de entre el 1,65 % y el 2,12 %. Transformar ese porcentaje teórico en indemnizaciones reales exigirá probar la infracción, establecer qué habría ocurrido sin las cláusulas y separar su efecto de otras variables: inflación, estacionalidad, categoría del hotel, ubicación, competencia local o evolución de la venta directa.

Esa es la parte menos vistosa del litigio. Nada de grandes discursos bajo una lámpara de tribunal, al menos al principio; habrá hojas de cálculo, contratos antiguos, facturas y peritajes capaces de enfriar cualquier entusiasmo.

La multa de 413 millones sigue recurrida

El frente civil no nace en el vacío. En julio de 2024, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, la CNMC, impuso a Booking.com una sanción de 413,24 millones de euros por abusar de su posición de dominio e imponer condiciones comerciales inequitativas a los hoteles españoles, además de restringir la competencia de otras agencias de viajes en línea.

La CNMC calculó que Booking había concentrado entre el 70 % y el 90 % del mercado español durante el periodo investigado. Entre las conductas cuestionadas aparecía la prohibición de que los establecimientos ofrecieran en sus webs una tarifa inferior a la publicada en la plataforma.

Esa sanción no es firme. Booking la recurrió y la Audiencia Nacional acordó suspender cautelarmente su ejecución mientras resuelve el procedimiento. La suspensión no anula la decisión de la CNMC, pero tampoco permite presentarla como una condena definitivamente consolidada.

La multa administrativa y las demandas de los hoteles recorren caminos jurídicos diferentes. La primera castiga, si acaba confirmándose, una conducta contraria a la competencia. Las segundas buscan reparar daños particulares. Una empresa puede haber infringido las normas y, aun así, cada demandante debe demostrar qué perdió y por qué.

Europa cambió las reglas para las grandes plataformas

La presión sobre Booking aumentó cuando la Comisión Europea la designó en mayo de 2024 como guardián de acceso bajo la Ley de Mercados Digitales. Esa categoría se reserva para grandes plataformas que actúan como puerta de entrada entre empresas y consumidores y que, por su tamaño, quedan sometidas a obligaciones más estrictas.

La normativa europea prohíbe que estos intermediarios impidan a sus empresas usuarias ofrecer precios o condiciones mejores mediante otros canales. Booking tuvo que adaptar su funcionamiento y las cláusulas dejaron de aplicarse en Europa durante 2024. Los abogados de los hoteles sitúan el final del periodo reclamable en el 30 de junio de 2024.

El cambio regulatorio evita que la práctica continúe, pero no resuelve por sí solo lo ocurrido antes. Los alojamientos reclaman ahora el supuesto sobrecoste acumulado durante años, cuando dependían de una plataforma que les aportaba visibilidad mundial y clientes, pero también imponía unas condiciones difícilmente negociables. Ahí convivían utilidad y dependencia, el matrimonio habitual de la economía digital.

Una batalla que acaba en los jueces

La demanda de las 1.400 empresas seguirá durante los próximos meses en fase de preparación. Los abogados quieren conocer primero el resultado de procedimientos relacionados en los Países Bajos, donde tiene su sede Booking.com B.V., porque esos pronunciamientos podrían reforzar la acusación de abuso de posición dominante o modificar la forma de calcular los daños.

Antes de acudir a los tribunales españoles deberá intentarse una mediación o negociación. Que ese acercamiento termine en acuerdo parece complicado por la distancia entre las partes: los hoteles hablan de comisiones abusivas y competencia restringida; Booking considera las reclamaciones infundadas y anuncia una defensa firme.

Tampoco existe, de momento, un calendario de pagos, una indemnización estándar ni una devolución automática para todos los alojamientos que hayan utilizado la plataforma. Cada negocio necesita conservar contratos, liquidaciones, facturas y datos sobre las reservas gestionadas durante el periodo afectado.

Los consumidores no forman parte de esta reclamación empresarial y no recibirían directamente una compensación. El eventual efecto para el viajero sería indirecto: una mayor libertad de los hoteles para ofrecer descuentos en sus propios canales podría intensificar la competencia, aunque nada obliga a que toda reducción de comisiones se traslade íntegramente al precio final.

Booking transformó la manera de reservar hoteles y proporcionó a miles de pequeños establecimientos un escaparate que antes solo estaba al alcance de las grandes cadenas. Ese valor no desaparece porque ahora exista un pleito. Tampoco convierte en inocuas todas las condiciones contractuales que acompañaron al servicio.

La batalla decidirá si la plataforma utilizó su posición para limitar la competencia y cuánto dinero perdieron realmente los alojamientos. Por ahora hay miles de empresas movilizadas, reclamaciones por centenares de millones y una cifra potencial mucho mayor flotando sobre el proceso. No hay sentencia, ni cheque, ni victoria anticipada.

La habitación podía cancelarse gratis hasta cierta fecha. El conflicto contractual, visto lo visto, tardará bastante más en desaparecer.

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Periodista internacional con más de 20 años de experiencia en radio, prensa y medios digitales. Licenciado en Ciencias de la Comunicación, trabaja entre España e Italia con la mirada puesta en la actualidad.

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