Síguenos

Actualidad

¿Qué es el nuevo catálogo para retirar símbolos franquistas?

El Gobierno pondrá en marcha antes de que termine noviembre el catálogo oficial que faltaba para retirar de las calles, edificios y espacios públicos los vestigios de exaltación del franquismo.

Publicado

el

catálogo para retirar símbolos franquistas

Diseñado por Freepik

El Gobierno publicará en noviembre el catálogo BOE para retirar símbolos franquistas; claves legales, plazos y cambios en calles y edificios.

El Gobierno pondrá en marcha antes de que termine noviembre el catálogo oficial que faltaba para retirar de las calles, edificios y espacios públicos los vestigios de exaltación del franquismo. Ese listado, que se publicará en el Boletín Oficial del Estado, identificará de forma nominativa placas, escudos, monumentos, denominaciones y emblemas vinculados a la dictadura con un mandato claro: retirada o eliminación por parte de las administraciones competentes. Con la publicación, los ayuntamientos y organismos responsables ya no podrán refugiarse en la indefinición. Habrá una relación oficial y una pauta homogénea para actuar.

El anuncio llegó en la sesión de control del Congreso del 22 de octubre de 2025, durante un intercambio entre el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y la portavoz de EH Bildu, Mertxe Aizpurua, que preguntó por las medidas para poner fin a la exaltación del franquismo. El jefe del Ejecutivo ligó el paso al 50.º aniversario de la muerte de Franco, adelantó actos en 2025 por el inicio de la Transición y recordó la intención de reformar el régimen de asociaciones para impedir que entidades como la Fundación Francisco Franco mantengan tribunas públicas financiadas o amparadas por el Estado. En paralelo, la Cámara vivió un duro cruce entre PP y PSOE con alusiones a Bildu. Más allá del ruido político, el hecho es concreto y operativo: el catálogo tendrá fecha y efectos tangibles sobre el callejero, las fachadas y los espacios donde aún perviven símbolos de la dictadura.

Publicación y efectos inmediatos

La inminente publicación del catálogo activa una palanca que llevaba tiempo prevista en la Ley de Memoria Democrática y que, en la práctica, simplifica y acelera decisiones que hasta ahora se resolvían caso a caso, con informes dispares y litigios recurrentes. Cuando el listado esté en el BOE, cada elemento inventariado llevará aparejada una instrucción: retirar, eliminar, trasladar o, si la conservación está justificada por interés artístico o patrimonial, contextualizar con señalética permanente que explicite su origen y su significado en términos pedagógicos. La ley ya establecía que la exaltación del golpe de 1936, de la guerra civil y de la dictadura no tiene cabida en espacios de titularidad pública ni en elementos privados visibles desde la vía pública. Con el catálogo en la mano, la ejecución se vuelve más directa.

Habrá un cambio de ritmo. Los ayuntamientos con calles, placas y escudos señalados tendrán que abrir expediente, resolver y ejecutar. El procedimiento será el común de las administraciones públicas: identificación del elemento, motivación, trámite de audiencia cuando proceda, resolución y retirada o sustitución. Los plazos, hasta ahora a menudo elásticos, quedan acotados; y la responsabilidad, más clara. Si se detectan incumplimientos, la normativa prevé sanciones graduadas y la posibilidad de actuar subsidiariamente para garantizar que un municipio o un organismo no paralice sine die una retirada debida. En términos prácticos, el lector verá primero los cambios en toponimia —calles y plazas—, luego en placas conmemorativas que aún sobreviven en portales y colegios, y en tercer lugar en escudos y relieves en edificios administrativos levantados en los años 40 y 50.

Qué contendrá el catálogo oficial

El documento no será una simple enumeración. Incluirá descripciones, ubicaciones exactas y tipologías de los elementos censados, con referencias a su origen y a la razón que motiva su retirada. En el apartado de tipologías cabe casi todo lo que ha sobrevivido a las ordenanzas locales: placas del antiguo Instituto de la Vivienda con el yugo y las flechas, escudos preconstitucionales en fachadas y frontones, nombres de vías que honran a líderes de la dictadura, placas conmemorativas de inauguraciones y monolitos dedicados a “caídos” de la causa franquista. También entran distinciones honoríficas otorgadas por corporaciones públicas a jerarcas o responsables del aparato represivo de la dictadura, todavía vigentes en algunos reglamentos municipales, y denominaciones de centros educativos, instalaciones deportivas o equipamientos que mantengan referencias laudatorias.

El catálogo tendrá un carácter dinámico. Nacerá con una primera entrega —una fotografía inicial del vestigio franquista en España—, pero está pensado para actualizarse a medida que se localicen nuevos elementos o se resuelvan alegaciones. Esa elasticidad es relevante: hay archivos municipales que siguen ordenándose, fondos fotográficos que permiten confirmar el origen de escudos camuflados en reformas de los años 70 y 80, o inventarios autonómicos de patrimonio que cruzan datos de forma más fina desde hace pocos años. La Administración General del Estado coordinará esa tarea con comunidades autónomas y ayuntamientos, que aportarán sus listados, y con la red de centros de memoria creada en los últimos años. También se abre paso la colaboración ciudadana: asociaciones memorialistas y particulares podrán elevar propuestas de inclusión, acompañadas de pruebas —fotografías, referencias archivísticas, actas municipales— que faciliten el trabajo técnico y jurídico.

Importa detenerse en un matiz: no todo vestigio será retirado sin más. La ley contempla las excepciones tasadas por razón de interés artístico o arquitectónico y la contextualización con criterios historiográficos cuando la eliminación suponga una pérdida patrimonial injustificada. Es la vía para resolver, por ejemplo, relieves en fachadas protegidas o piezas con autoría y valor artístico intrínseco, siempre que dejen de exaltar y pasen a explicar. En esos casos, la solución será incorporar paneles interpretativos y, si procede, modificar el elemento para su desactivación simbólica —retirada de insignias, cambio de leyendas, eliminación de honores—.

Cómo se aplicará en calles, edificios y monumentos

La primera capa de aplicación será el callejero. Con el catálogo publicado, los consistorios deberán instar el cambio de denominación de las vías recogidas, aprobar el acuerdo plenario correspondiente y ejecutar la nueva rotulación. Se buscarán alternativas consensuables y claras, frecuentemente con referencias locales —mujeres relevantes del municipio, científicos nacidos en la zona, deportistas, maestros— para minimizar costes y fricciones. La experiencia de ciudades que renovaron su nomenclátor en la última década sugiere que la transición, si se hace con calendarización y ventanilla única, no tiene por qué provocar caos en servicios postales o catastros: las bases de datos se actualizan de forma coordinada y, durante un tiempo prudencial, conviven la denominación antigua y la nueva a efectos de paquetería y notificaciones.

En edificios públicos, la orden irá por dos carriles. Por un lado, eliminación de escudos preconstitucionales de pedestales, frontones y cancelas, o su sustitución por el escudo constitucional; por otro, retirada de placas inaugurales con simbología falangista o leyendas de exaltación. Cuando el inmueble esté protegido o las piezas tengan valor artístico, se activará el régimen de intervención con informe técnico y autorización patrimonial, incorporando señalización estable que explique el contexto histórico sin dejar margen a la ambigüedad. El objetivo ya no es solo quitar, es desactivar y explicar para que la memoria pública sea compatible con la verdad histórica y con los valores de un Estado democrático.

Los monumentos quedan sometidos al mismo principio. Aquellos cuya misión explícita sea exaltar la dictadura, su ideario o a sus promotores serán retirados o trasladados a espacios museísticos o de estudio donde puedan interpretarse críticamente. Los que gocen de protección por su valor escultórico o paisajístico entrarán en la vía de contextualización severa, que incluye cambios de leyendas, retirada de símbolos y lecturas históricas visibles. Esta línea de actuación ya se ha aplicado en ámbitos como cementerios o espacios de memoria donde conviven tumbas, placas y esculturas; el catálogo uniformará criterios y reducirá la discrecionalidad que hasta hoy alimentaba litigios y contradicciones entre municipios vecinos.

Sanciones, excepciones y quién paga la retirada

El régimen sancionador de la Ley de Memoria Democrática existe y no depende del catálogo, pero se hará valer con más claridad cuando la relación de símbolos esté publicada. Las infracciones se gradúan por gravedad y contemplan multas económicas, la devolución de ayudas públicas y, en supuestos persistentes, la actuación subsidiaria de un nivel de la administración sobre otro para garantizar el cumplimiento. La lógica es simple: si un ayuntamiento incumple la ley, el Estado o la comunidad autónoma pueden intervenir para ejecutar la retirada y repercutir los costes. De nuevo, la existencia de un catálogo con nombres y apellidos acota la discusión: no se abre un debate teórico, se cumple una instrucción publicada.

Sobre quién paga, la norma distribuye cargas. En general, la administración titular del bien o la competente en la materia asume el coste de sustitución, retirada o contextualización. Hay líneas de financiación vinculadas a programas de memoria democrática y convenios interadministrativos que permiten cofinanciar actuaciones, especialmente cuando el volumen de elementos a retirar es elevado o cuando la intervención requiere proyectos técnicos por el grado de protección patrimonial del inmueble. En toponimia, el coste principal se concentra en rotulación y bases de datos; en edificios, en obras menores y en la fabricación de señalética interpretativa. En ambos casos, las cifras son manejables si se planifican y se ejecutan por lotes.

Las excepciones deben leerse con lupa. No son salvoconductos para la inacción, sino supuestos tasados que requieren informes técnicos con sustento historiográfico y patrimonial. La clave es neutralizar la exaltación. Un relieve del que se retiran insignias, se modifican leyendas y se acompaña de un texto explicativo sobre la represión o sobre el contexto de su creación deja de glorificar y pasa a explicar. Es ahí donde la política pública de memoria, la museografía contemporánea y el derecho administrativo se tocan: el objetivo no es borrar el pasado, sino evitar su apología en el espacio común y explicarlo con rigor cuando su permanencia esté justificada por razones culturales.

Un apunte sobre elementos privados visibles desde la calle. La ley es clara: si un símbolo franquista en una fachada de una comunidad de propietarios o en un edificio privado impacta en el espacio público, también procede su retirada o neutralización. En esos casos, la administración puede requerir a la propiedad la actuación correspondiente y, ante el incumplimiento, ejecutarla subsidiariamente. La práctica municipal muestra que suele bastar con un requerimiento motivado y un plazo razonable para que la comunidad de vecinos acometa la sustitución de la placa o la eliminación del emblema.

Reacciones políticas y marco del 50.º aniversario

El clima parlamentario del 22 de octubre fue bronco. La intervención de Aizpurua, la respuesta del presidente y el cruce posterior entre la portavoz del PP, Ester Muñoz, y la vicepresidenta primera, María Jesús Montero, reflejan el grado de polarización que sigue rodeando la política de memoria en España. El Ejecutivo situó el anuncio del catálogo en una agenda más amplia: actos en 2025 por el inicio de la Transición, coincidiendo con los 50 años de la muerte de Franco, y la voluntad de endurecer la regulación del derecho de asociación para evitar que entidades que ensalzan el franquismo se beneficien de espacios institucionales o de recursos públicos. La bancada popular criticó con dureza los aplausos del PSOE a la defensa de Montero, y el intercambio dejó claro que la batalla narrativa continúa.

Pero el recorrido del catálogo no depende de esa disputa. La Ley de Memoria Democrática, aprobada en 2022, fijó un mandato legal, y el Gobierno ha decidido activarlo en un año simbólico. Hay razones políticas evidentes —el calendario, el debate público, la presión social de asociaciones de víctimas y de investigadores— y razones administrativas: sin una lista unificada, los litigios se multiplican, los informes chocan y la ejecución se resiente. Con el catálogo, un alcalde ya no discute si un escudo con el águila de San Juan o una placa con el yugo y las flechas son o no retirables; discute cómo y cuándo ejecuta la orden y si cabe contextualización por razones de protección patrimonial. Cambia el terreno de juego.

El aniversario empuja otras políticas de memoria que discurren en paralelo: apertura de archivos, censos de víctimas, señalización de lugares de represión y programas educativos que aterrizan en aulas de secundaria y en centros de formación de docentes. El catálogo se inserta ahí como pieza visible: no solo ordena, también comunica. Dice qué queda, dónde está y qué se hará. Y, de paso, permite medir avances y resistencias con más objetividad que el rifirrafe semanal en el Parlamento.

Guía básica para activar un expediente desde el territorio

El catálogo tendrá su propia vida en los despachos, pero sucede en el territorio. Municipios grandes y pequeños, diputaciones y consejerías deberán mover ficha. ¿Qué caminos existen cuando un vecino o una entidad detectan un vestigio que persiste tras la publicación? El mecanismo es sencillo y, sobre todo, trazable. La persona o asociación puede registrar una solicitud ante el ayuntamiento o la administración competente con la ubicación exacta, una descripción, fotografías y, si las hay, referencias a actas o documentos históricos. Con el catálogo como referencia, el consistorio debe incoar el procedimiento, recabar informe técnico-jurídico y resolver. Si el elemento está inventariado, el margen de discrecionalidad se reduce; si no lo está, el expediente puede proponer su inclusión para la próxima actualización.

Cuando el elemento afecte a bienes protegidos, entran en juego las comisiones de patrimonio. No es un freno, es un filtro para compatibilizar la preservación arquitectónica con la neutralización simbólica. En ocasiones, desmontar un relieve o una vidriera puede dañar el conjunto; en otras, intervenir para eliminar signos franquistas y añadir contexto es viable y más razonable. Cada caso exige proyecto técnico. La experiencia acumulada en ayuntamientos como Madrid, Barcelona, Valencia, Sevilla, Zaragoza, A Coruña o Gijón —con centenares de actuaciones en la última década— demuestra que la casuística es amplia y que contar con protocolos acelera decisiones sin mermar garantías.

El calendario importa, porque de él dependen costes y contrataciones. Un municipio que planifica la sustitución de toda la rotulación afectada en un mismo contrato consigue economías de escala; quien lo hace a saltos, no. En edificios, aprovechar obras de mantenimiento para eliminar o contextualizar símbolos reduce trámites y facturas. En toponimia, la coordinación con Correos, Catastro y organismos estadísticos evita duplicidades y reclamaciones. Son lecciones aprendidas que el catálogo viene a normalizar a escala nacional.

Contexto histórico y jurídico que conviene recordar

La retirada de símbolos franquistas no es una política aislada ni nueva. Viene de lejos, con hitos reconocibles: la exhumación de Francisco Franco del Valle de los Caídos en 2019; la transformación del recinto en Valle de Cuelgamuros con un nuevo marco de gestión; la salida de Queipo de Llano de la basílica de la Macarena en 2022; la retirada de medallas a agentes implicados en torturas durante la dictadura por parte de varias administraciones; la limpieza del callejero en capitales y municipios medianos desde 2016. La Ley de Memoria Histórica de 2007 abrió la senda; la Ley de Memoria Democrática de 2022 la ensanchó y precisó, incorporando el catálogo como herramienta troncal y reforzando el régimen sancionador.

Desde la óptica jurídica, la clave es el interés general: preservar un espacio público libre de exaltación de una dictadura y acorde con los valores constitucionales. La ley se apoya en principios del patrimonio cultural, en la libertad ideológica —que no ampara la apología en espacios públicos— y en el deber de memoria con las víctimas. No hay un vacío de garantías: los actos administrativos que ordenan retiradas son motivados, se someten a audiencia cuando procede y son recurribles ante la jurisdicción contencioso-administrativa. A diferencia de otras etapas, el catálogo reduce la incertidumbre probatoria. No es lo mismo discutir si una placa concreta “exalta” —discusión a menudo resbaladiza— que apoyarse en un inventario oficial que ya ha aplicado criterios uniformes.

Hay, por último, un elemento pedagógico. Convertir objetos antes utilizados como propaganda en recursos para explicar qué ocurrió y por qué fue incompatible con una democracia liberal es un cambio de paradigma. Se ha hecho en otros países con contextualizaciones de estatuas, placas o nombres de edificios que tenían una lectura celebratoria del autoritarismo o del racismo. El catálogo, con su mandato de retiro o neutralización, no borra la historia; codifica una forma de contarla sin exaltarla.

A partir de ahora: calendario y obligaciones

La agenda queda fijada en tres planos. El primero, temporal: publicación antes de que acabe noviembre y puesta en marcha inmediata de expedientes en las administraciones afectadas. El segundo, competencial: ayuntamientos al frente del callejero y de la señalética de edificios municipales; comunidades autónomas en su patrimonio y en su red de centros educativos y sanitarios; ministerios y entes estatales en sus inmuebles y espacios. El tercero, cultural: retirada cuando haya exaltación, contextualización cuando la conservación esté justificada, y musealización cuando se trate de piezas trasladadas a espacios de memoria o de investigación.

La política también jugará su papel. Habrá plenos municipales ajustando nomenclátor, comisiones de patrimonio informando proyectos, consorcios cerrando calendarios de obras y una conversación pública que, como se vio en el Congreso, seguirá siendo áspera. Pero el marco está ahí y es ejecutable. En el corto plazo, el lector verá nuevos nombres en placas de calles, escudos constitucionales sustituyendo emblemas preconstitucionales, y paneles que explican por qué esas huellas dejaron de ser homenaje para convertirse en memoria. Es la parte visible de una política que no improvisa: estaba escrita y ahora se aplica.

La pregunta ya no es si se debe actuar, sino cómo se ejecuta bien. Con inventario, plazos y criterios, el catálogo ofrece el mapa. La responsabilidad de hacer que se cumpla —sin arbitrariedades, sin bandazos, con respeto al patrimonio y con claridad pedagógica— recae en quienes ocupan hoy las instituciones. Eso es lo que cambia con la publicación: el terreno de la discusión se estrecha, la obligación se ensancha y la memoria democrática deja, por fin, menos espacio a la duda y más al cumplimiento.

Newsletter

Periodista internacional con más de 20 años de experiencia en radio, prensa y medios digitales. Licenciado en Ciencias de la Comunicación, trabaja entre España e Italia con la mirada puesta en la actualidad.

Lo más leído