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¿Cómo habrá que adelantar a ciclistas desde octubre según la DGT?

Desde octubre, la DGT obliga a frenar al adelantar ciclistas, mantener 1,5 metros y cambiar completamente de carril en los tramos regulados.

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adelantar a ciclistas nueva norma DGT

Resumen

  • Desde octubre habrá que adelantar 20 km/h por debajo del límite
  • La separación mínima seguirá en 1,5 metros y habrá cambio total de carril
  • En ciudad se exigirán cinco metros detrás de cada bicicleta

Desde el 1 de octubre de 2026, adelantar a ciclistas fuera de poblado obligará a levantar el pie de forma clara: el vehículo deberá circular, durante toda la maniobra, al menos 20 km/h por debajo del límite de la vía. En una carretera limitada a 90 km/h, por ejemplo, el adelantamiento tendrá que hacerse a un máximo de 70 km/h. No basta con frenar al acercarse y volver a acelerar junto a la bicicleta; la reducción se exige antes de iniciar el movimiento y mientras se completa.

Se mantiene la separación lateral mínima de 1,5 metros, pero la reforma endurece la forma de respetarla. En calzadas con más de un carril por sentido será obligatorio realizar un cambio completo de carril. En carreteras convencionales, con un solo carril en cada dirección, el conductor podrá ocupar parte o la totalidad del carril contrario cuando sea necesario, siempre que exista visibilidad, margen suficiente y no se ponga en peligro a quienes circulan de frente. La vieja escena de pasar rozando, con el retrovisor casi peinando el maillot, queda todavía más fuera de la norma.

La nueva regla de los 20 km/h menos

La principal novedad del Reglamento General de Circulación no fija una velocidad única para todos los adelantamientos, sino una diferencia respecto al máximo permitido en cada tramo. Si el límite es de 100 km/h, habrá que adelantar como máximo a 80; si es de 90, a 70; si es de 80, a 60. La cuenta es sencilla, aunque en carretera conviene hacerla antes de tener al ciclista pegado al parabrisas.

La obligación afecta a los adelantamientos realizados fuera de poblado y se aplica desde antes de comenzar la maniobra hasta que el vehículo haya rebasado por completo a la bicicleta o al grupo. El objetivo es reducir el golpe de aire, la pérdida de estabilidad y la gravedad de un posible impacto. Una diferencia de velocidad excesiva convierte el paso de un turismo, una furgoneta o un camión en una sacudida seca; para quien pedalea, esa ráfaga no es una abstracción jurídica, se nota en los hombros y en el manillar.

Qué ocurre en una carretera limitada a 90 km/h

El ejemplo más común será el de una carretera convencional con límite de 90 km/h. El conductor deberá comprobar que puede invadir el carril contrario sin riesgo, señalizar, reducir hasta 70 km/h como máximo, dejar al menos 1,5 metros y mantener esa velocidad reducida durante todo el adelantamiento. Solo después de regresar con seguridad a su carril podrá adaptar de nuevo la marcha al límite general.

La maniobra no se vuelve automática por cumplir las cifras. Si hay una curva, un cambio de rasante, tráfico de frente o falta de espacio, toca esperar. Los 20 km/h menos no conceden prioridad ni permiten adelantar donde la visibilidad es insuficiente. El reglamento añade una capa de protección; no borra las demás reglas. A veces serán diez segundos detrás de una bicicleta. No parece una tragedia nacional.

Los 1,5 metros siguen siendo obligatorios

La distancia lateral de 1,5 metros continúa siendo el suelo legal, no una recomendación decorativa. Debe medirse respecto al ciclista, no respecto a la línea del arcén, y ha de mantenerse durante todo el paso. Cuando circula un grupo, el conjunto se considera una única unidad móvil, de modo que el adelantamiento debe completarse sin cortar la formación ni regresar al carril entre dos bicicletas.

En vías con más de un carril por sentido, la norma exige ocupar por completo el carril contiguo. No vale desplazar medio coche y dejar una rueda sobre la línea. Ese cambio completo de carril ya formaba parte del marco legal para adelantar a ciclos y ciclomotores, pero el nuevo texto lo integra en una regulación más amplia que incluye también la reducción de velocidad. Distancia y velocidad dejan de caminar por separado.

En una vía de un solo carril por sentido, podrá invadirse el carril contrario incluso donde el adelantamiento esté prohibido, pero únicamente cuando la maniobra pueda realizarse sin riesgo. Esta posibilidad existe para no condenar al ciclista y al tráfico a una fila interminable, aunque no es una carta blanca. Si viene otro vehículo, si el trazado es ciego o si la calzada no ofrece margen, el conductor debe permanecer detrás.

El cambio también alcanza a peatones, ciclomotores y patinetes

El nuevo artículo no se limita a las bicicletas. La reducción de velocidad fuera de poblado y la anchura mínima se aplican también al adelantar a peatones, animales, vehículos de tracción animal, ciclomotores y vehículos de movilidad personal. El legislador agrupa así a quienes carecen de una carrocería capaz de absorber un golpe: usuarios vulnerables de la vía, dicho en lenguaje administrativo; cuerpos expuestos, dicho sin membrete.

La misma lógica se extiende a los vehículos inmovilizados por avería, accidente, auxilio, mantenimiento o regulación del tráfico cuando ocupan total o parcialmente el carril. Para rebasarlos habrá que conservar al menos 1,5 metros y reducir 20 km/h respecto al límite. La reforma intenta ordenar maniobras que durante años quedaron confiadas a una vaga invitación a extremar la precaución, fórmula tan elegante como elástica.

Ciclistas en grupo y tráfico en sentido contrario

Cuando varios ciclistas circulen juntos serán tratados como una sola unidad móvil. El conductor debe esperar hasta disponer de espacio para rebasar al grupo entero; colarse en medio, obligando a cerrar filas o partiendo el pelotón, puede poner en riesgo a quienes pedalean y a los vehículos que llegan de frente. La paciencia aquí no es cortesía: forma parte de la seguridad vial.

También queda prohibido adelantar si se pone en peligro o se entorpece a ciclistas que circulen en sentido contrario, incluso cuando estos avanzan por el arcén. Esta precisión importa en carreteras estrechas, donde algunos conductores abren la trayectoria para superar una bicicleta y trasladan el riesgo al ciclista que viene de cara. Cambiar una víctima potencial por otra no cuenta como maniobra correcta.

En ciudad: cinco metros detrás y bicicletas en el centro

La reforma no se queda en las vías interurbanas. En ciudad, los ciclistas circularán preferentemente por el centro del carril cuando su seguridad y la de los demás usuarios lo permitan. La medida busca evitar puertas que se abren, coches que salen de aparcamientos y adelantamientos apretados junto al bordillo. El centro del carril no es una provocación ni una licencia para pasear sin mirar; es una posición de seguridad reconocida por la norma.

Los vehículos a motor deberán dejar una distancia mínima de cinco metros cuando circulen detrás de una bicicleta en el mismo carril. Ese colchón permite reaccionar ante un bache, una alcantarilla, una frenada o un giro inesperado. En el tráfico urbano, donde todo ocurre a pocos metros y con ruido de fondo, cinco metros pueden parecer mucho hasta que alguien cae.

En calles de un solo carril limitadas a 30 km/h o menos, los ayuntamientos podrán autorizar que las bicicletas circulen en ambos sentidos, pero hará falta señalización. No será una autorización automática en cualquier calle. Los ciclistas también podrán rebasar por la derecha o por la izquierda a vehículos detenidos o sometidos a paradas frecuentes para alcanzar las zonas de espera adelantada en cruces con semáforo.

Multas y puntos: no todas las infracciones son iguales

Incumplir las normas sobre adelantamiento tiene la consideración de infracción grave, castigada con carácter general con una multa de 200 euros. La pérdida de puntos depende de la conducta concreta. Adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas, o hacerlo sin dejar la separación mínima de 1,5 metros, lleva aparejada la retirada de seis puntos del permiso de conducir.

Conviene no mezclar esa sanción con cualquier error en la maniobra. El nuevo deber de reducir 20 km/h se incorpora a las reglas de adelantamiento y su incumplimiento puede ser denunciado como infracción grave, pero la detracción de seis puntos está vinculada expresamente al adelantamiento peligroso o a no respetar el metro y medio. La denuncia deberá describir el hecho observado y aplicar el precepto correspondiente, no una especie de tarifa plana del castigo.

La reforma también elimina las exenciones del casco para ciclistas en vías interurbanas. Desde octubre, todos deberán llevarlo, incluidas las situaciones que antes podían justificar no usarlo. Los ciclistas profesionales, como los repartidores, tendrán además que utilizar casco y chaleco reflectante durante su actividad. El nuevo reglamento ensancha la protección por ambos lados: exige más a quien conduce un vehículo a motor y también a quien circula sobre dos ruedas.

Menos prisa, más espacio

La nueva norma de la DGT cambia una idea muy arraigada: adelantar rápido no siempre significa adelantar mejor. Frente a un ciclista, la maniobra segura exige menos velocidad, más distancia y tiempo suficiente. El coche deberá esperar, abrirse y pasar sin convertir el arcén en un desfiladero. Elemental, sí; pero ha hecho falta escribirlo con cifras.

Desde el 1 de octubre, la referencia práctica será clara: veinte kilómetros por hora menos que el límite fuera de poblado, 1,5 metros de separación lateral y cambio completo de carril cuando la carretera tenga más de uno por sentido. En ciudad, cinco metros detrás y mayor reconocimiento del espacio ciclista. La carretera no se vuelve más lenta por decreto; se vuelve, al menos sobre el papel, un poco menos hostil.

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Periodista internacional con más de 20 años de experiencia en radio, prensa y medios digitales. Licenciado en Ciencias de la Comunicación, trabaja entre España e Italia con la mirada puesta en la actualidad.

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